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RESOLUCIÓN 445 Resolución sobre Política Provincial de Convivencia
Escolar.
RESOLUCIÓN 446 Resolución sobre asistencia, puntualidad y
permanencia.
Es un órgano colegiado, deliberativo, de consulta y resolución
Se constituye por convocatoria del directivo al inicio del ciclo lectivo.
Presidido por el directivo. FORMADO POR: 2 DIRECTIVOS, 2 PRECEPTOR, 2
INTEGRANTES SERVICIO DE ORIENTAC.; 2 NO DOCENTE, 2 DOCENTE, 2 PADRES, 4 ALUMNOS
Miembros elegidos democráticamente Mandatos: no podrán ser superiores a 2 años
Sanciones:- Deben garantizar al alumno el derecho a la
educación.
- Perseguir una función educadora y formativa
- El alumno tiene derecho a realizar su descargo y a ser escuchado antes de ser sancionado
Leves: daño leve, de baja intensidad para quien las realizó.
Moderadas: daño leve, de baja intensidad a terceros pares.
Intermedia: daño leve, de baja intensidad a terceros adultos. Daños de baja intensidad a la Escuela.
Graves: daños de mayor intensidad y riesgo para si mismos y pares.
Extremadamente graves: daños de mayor intensidad y riesgo para terceros adultos. También cuando la magnitud del daño a un par o a la escuela lo justifique.
Límites innegociables: •Atentado contra la vida.•Lesión gravísima•Uso de armas.•Delitos contra la integridad sexual
Consiste en aplicar un puntaje inicial de 25 puntos a cada estudiante.
Duración: un ciclo lectivo. Se restan puntos en forma proporcional a las
faltas cometidas. Los padres deberán ser informados periódicamente de la
variación del ICE
Falta leve Se resta 1 punto
Falta moderada Se restan entre 2 y 3 puntos
Falta intermedia Se restan entre 4 y 6 puntos
Falta grave Se restan entre 7 y 9 puntos
Falta extremadamente grave Se restan entre 10 o 12 puntos
Cada uno de los puntos pueden ser recuperados con acciones reparatorias.
Éstas deben ser consensuadas entre estudiantes y escuela y avaladas por padres.
Tiempo de realización: no más de un mes.
Podrán ser: - Acciones reparatorias direccionales:
directamente relacionadas con la falta cometida.- Acciones reparatorias compensatorias: buscan
producir un aporte compensatorio para los sujetos o comunidad educativa donde se realizó la falta. Puede ser un aporte material o simbólico y ser realizadas en el contexto escolar o en el socio-comunitario.
La asistencia anual de los alumnos deberá ser , como mínimo, del 85% de los días establecidos en el calendario escolar.
Se empieza a considerar cuando un alumno hubiere excedido las inasistencias institucionales.
En aquellos espacios curriculares donde el alumno cumpla con la asistencia del 85%, mantendrá su condición de “alumno regular”.
En los espacios curriculares dónde no lo haya cumplido pasará a ser considerado como “alumno en situación condicional” y deberá rendir cada uno de estos espacios en instancia de exámenes complementarios de diciembre y/o sucesivos.
EL ALUMNO DEBE SEGUIR ASISTIENDO A CLASES Y CUMPLIR CON LA TOTALIDAD DE
LAS OBLIGACIONES.
Si el desempeño del alumno condicional lo amerita los aprendizajes adquiridos serán considerados como créditos de hasta un 30% en los exámenes complementarios.
Consignar en la libreta del profesor, boletín del alumno y libro anual esta situación y completar con la calificación obtenida en las instancias de Diciembre y/o sucesivas
RÉGIMEN ACADÉMICO
Alternativas de cursado que faciliten el logro de los objetivos pedagógicos a
poblaciones escolares con dificultades de asistencia sistemática (Resolución N° 93-
CFE-09) Algunas estrategias
- Asistencia intensiva en periodos prefijados- Semipresencialidad con instancias de
orientación y acompañamiento- Presencialidad asistida con recursos
virtuales y/o apoyos a distancia- Sistemas de Tutorías o enseñanza asistida
por materiales de autoaprendizaje.
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