republica bolivariana de venezuela ministerio del poder popular para la educaciÓn universitaria
Post on 08-Jan-2016
34 Views
Preview:
DESCRIPTION
TRANSCRIPT
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELAMINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LA EDUCACIÓN UNIVERSITARIA
INSTITUTO UNIVERSITARIO DE EDUCACION ESPECIALIZADA (IUNE)MATERIA: INTRODUCCION AL DERECHO
PROF: ABG. JESSICA I. MARIN B.
Blog: http://jessicamarin.soup.io E-mail: jessica.marin.b@gmail.com
INTRODUCCION AL DERECHO
HOMBRELIMITES
REGLAS TECNICAS: Pautas o criterios que nos indican cuales son los medios idoneos para lograr un fin determinado, pero no imponen un deber de modo absoluto.
NORMAS: Reglas de conducta de observancia obligatoria
CLASIFICACION DE LAS NORMAS
CONVENCIONALISMOS SOCIALES
MORALES
RELIGIOSAS
JURIDICAS
DERECHO
NOCION
Vulgar
Etimológica
ACEPCIONES
Norma
Facultad
Ciencia
Principio Superior
“Sistema de normas que, coexistiendo con otras normas diferentes, limitan la libertad del hombre y ordenan su comportamiento en la sociedad, con miras a conseguir un orden social indispensable para su desarrollo y perfeccionamiento”
“Colección de principios, preceptos y reglas a que están sometidos todos los hombres en cualquier sociedad civil , para vivir conforme a justicia y paz; y a cuya observancia pueden ser compelidos por la fuerza”
“Un conjunto de normas destinadas a regir la conducta de los hombres en sociedad”
DEFINICIONES
“Dícese del conjunto de leyes, reglamentos y demás resoluciones, de carácter permanente y
obligatorio, creadas por el Estado para la conservación del orden social”
“Es el orden normativo e institucional de la conducta humana en sociedad inspirado en postulados de justicia, cuya base son las relaciones sociales existentes que determinan su contenido y carácter”
“Conjunto de normas que rigen la vida de la nación, cuyo incumplimiento es susceptible de
ser castigado”
DEFINICIONES
RAMAS DEL DERECHO
Derecho Publico
Derecho Privado
Derecho Social
DERECHO PÚBLICO
Es el conjunto de normas jurídicas que regula las relaciones
del Estado con los demás Estados, organizaciones públicas,
los individuos y a su vez regula las relaciones de los
individuos con la sociedad a la que pertenecen, y las
relaciones de los mismos entre si.
Derecho Público Interno.
Derecho Administrativo.
Derecho Comunitario de
Nacionalidades.
Derecho constitucional.
Derecho de Familia y del Menor.
Derecho del Trabajo ó Laboral.
Derecho Financiero.
DIVISIÓN DEL DERECHO PÚBLICO
Derecho Municipal.
Derecho Tributario.
Derecho Penal.
Derecho Externo.
Derecho Comunitario Estatal.
Derecho Ecológico.
Derecho Internacional Público.
DERECHO PRIVADO
Es el conjunto de normas jurídicas que
regula las relaciones entre los
particulares, e incluso entre el Estado
y los particulares, en los casos en los
cuales el Estado se comporta como un
particular.
Derecho Interno.
Derecho Agrario.
Derecho Civil.
Derecho Mercantil ó Comercial.
Derecho Empresarial.
Derecho Minero
Derecho Externo.
Derecho internacional Privado.
Derecho de Internet o
telecomunicaciones
DIVISIÓN DEL DERECHO PRIVADO
DIFERENCIAS ENTRE EL DERECHO PUBLICO Y EL PRIVADO
DERECHO PÚBLICO
Contiene las normas de
organización de la sociedad.
Va dirigido al Estado
El interes esta centrado en
el Estado
Es irrenunciable
Es imperativo
DERECHO PRIVADO
Contiene las normas de
conducta del ser humano
Va dirigido a las
personas
El interes esta centrado
en el individuo
Es facultativo
Se impone la voluntad
La rama del derecho social nace en el derecho público a partir
de los cambios en las formas de vida.
Su objetivo es ordenar y corregir las desigualdades que existen
entre las clases sociales, con la intención de proteger a las
personas ante las distintas cuestiones que surgen en el día a
día.
El derecho social, comprende: el derecho laboral, el derecho a la
seguridad social, el derecho agrario, el derecho ecogologico o
ambiental y el turistico.
DERECHO SOCIAL
Derecho Positivo: es el conjunto de normas emanado de la
autoridad competente y cuya aplicación es efectiva en tiempo
y lugar
Derecho Natural: es el conjunto de principios normativos
esenciales al orden social que se fundan en la naturaleza
humana, se conocen por la luz de la razon natural y se
imponen a los hombres por fuerza de la misma naturaleza
CLASIFICACION
Derecho Interno: conjunto de normas jurídicas que rigen los
actos de los individuos cuando se realizan dentro de un
territorio nacional o estado.
Derecho Externo: conjunto de normas jurídicas que rigen las
relaciones entre estados.
CLASIFICACION
Derecho Sustantivo: aquellas normas que establecen los
derechos y obligaciones de los sujetos vinculados por el
ordenamiento juridico
Derecho Adjetivo: Son las normas destinadas a garantizar
el ejercicio de los derechos y el cumplimiento de las
obligaciones consagradas por el derecho sustantivo
CLASIFICACION
Derecho Objetivo: Conjunto de normas imperativo-
atributivas que rigen la conducta humana en la vida social.
Derecho Subjetivo: Es el poder o facultad concedido a una
persona por el derecho objetivo para hacer, poseer o exigir
algo.
CLASIFICACION
FUENTES DEL DERECHO
Es el principio u origen de una cosa, el lugar donde nace o se
produce algo. Es el principio, el fundamento, el origen, la
causa o la explicación de una cosa.
Cuando hablamos del origen de la norma jurídica, nos
referimos a los hechos que le dan nacimiento, a las
manifestaciones de la voluntad humana, a los usos o
prácticas sociales que la generan.
Fuentes Históricas: Son documentos históricos que
hablan o se refieren al Derecho. Serán históricas las fuentes
que han perdido su vigencia y se sitúan en la historia del
Derecho Positivo.
CLASIFICACION
Fuente Originaria: Las que crean derecho ex nihilo,
sin un sistema jurídico precedente. Característico de los
procesos revolucionarios
Fuente Derivativa: Las que crean derecho usando los
métodos procedimentales establecidos en un régimen
jurídico preexistente
CLASIFICACION
Fuentes Formales: Aquellos hechos o actos a los cuales
se les atribuye una especifica aptitud para crear normas
jurídicas.
Fuentes Materiales: Son los problemas que surgen
de la realidad histórica de cada pueblo y que son
regulados por el Derecho.
CLASIFICACION
Fuentes Directas: cuando encierran en sí las normas
jurídicas aplicables (ley, costumbre). Se refiere a las
fuentes jurídicas según que estas contengan la norma en si
mismas.
Fuentes Indirectas: cuando, sin contener en si mismas
las normas jurídicas, ayudan a interpretarlas, aplicarlas,
producirlas, coadyuvan a su explicación a su explicación y
sirven para su conocimientos.
CLASIFICACION
La Constitución
La Ley
La Costumbre
Los Principios generales del
Derecho
La Jurisprudencia
Los Reglamentos
La Doctrina
El negocio jurídico
FUENTES DEL DERECHO INTERNO
Los tratados
La costumbre internacional.
Los Principios generales del Derecho.
Las opiniones de la Doctrina.
Los actos unilaterales de los Estados.
La Jurisprudencia de los Tribunales Internacionales
Los actos y resoluciones de las Organizaciones internacionales.
FUENTES DEL DERECHO INTERNACIONAL
VALIDEZSuele entenderse como la existencia jurídica de la norma
CONDICIONESCreada por el órgano competente
Cumplimiento del procedimiento de creación
No haber sido derogada
No contradictoria con normas y principios superiores
EFICACIA
Es eficaz cuando los destinatarios ajustan su
comportamiento a lo prescrito en la norma o, al menos,
en los casos en que esto no ocurre, cuando la misma
tiene fuerza bastante para imponer la consecuencia en
ella prevista como reacción al incumplimiento
ESCALA PARA MEDIR LA EFICACIA
100%
60%
30%
0%
Se cumple espontaneamente sin necesidad de recurrir a sanciones
Se obedece por temor a ser sancionados
Se incumple a pesar de aplicarse sanciones
Se incumplen sin que ni siquiera el aparato coactivo sea capaz o tenga interes en imponer la sancion
FINES DEL DERECHO
JUSTICIA
Virtud fundamental de dar a cada quien lo que le corresponde
BIEN COMUN
Posibilidad de los integrantes de la sociedad de alcanzar sus fines
individuales sin atentar contra la expectativa de sus semejantes
SEGURIDAD JURIDICA
Garantia que tienen los integrantes de la sociedad de acudir a los
organos del estado para asegurar sus bienes y su humanidad
top related