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Lenguaje jurídico

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Marco Llinás Volpe

Lenguaje jurídicoFilosofía del lenguaje

Universidad Externado de Colombia

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ISBN 958-616-605-8

© MARCO LLINÁS VOLPE, 2002© UNIVERSIDAD EXTERNADO DE COLOMBIA, 2002

Derechos exclusivos de publicación y distribución de la obraCalle 12 n.º 1-17 Este, Bogotá - Colombia. Fax 342 4948.

[www.librosuexternado.com]

Primera edición: febrero de 2002

Ilustración de cubierta: Diálogo por Mario Volpe, acrílico sobre tela,80 x 80 cm., Berna, Suiza/99

Diseño de carátula y composición: Departamento de PublicacionesImpresión y encuadernación: Arco Impresores,con un tiraje de 1.000 ejemplares.

Impreso en ArgentinaPrinted in Argentina

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Dice GERARD CORNU* que“el docente, nunca sabe qué harán los

alumnos con aquello que reciben en clase”.En el presente libro intentamos materializar

en alguna medida estas palabras.

* Jurista. Profesor de la Universidad de Derecho, de Economía y de CienciasSociales de París. Autor de lúcidos tratados en derecho civil. Recoge en su obraLingüística Jurídica un profundo estudio etimológico de términos de obligadaconsulta.

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CONTENIDO

PRÓLOGO 11

I. EL LENGUAJE DEL DERECHO 13A. Origen del lenguaje jurídico 13B. Noción del lenguaje jurídico 15C. Los conceptos jurídicos 21D. La significación del enunciado jurídico 23E. El estilo del lenguaje jurídico 24F. Funciones del lenguaje jurídico 26G. La función técnica del concepto 28H. La argumentación 31I. Lenguaje corriente y lenguaje técnico 32J. La analogía y la disyunción 36K. Mediación entre dos lenguajes 38L. El lenguaje de la técnica legislativa 40

1. El reduccionismo 402. La ficción jurídica 413. La abstracción 414. Los tipos jurídicos 42

II. ELEMENTOS DEL LENGUAJE 45A. La palabra 45B. La construcción de lo semiótico 49C. La intersubjetividad del lenguaje 56D. Lingüística 65E. La lingüística de las frases 70F. Filosofía del lenguaje 75

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III. INTERPRETACIÓN JURÍDICA 85A. La comprensión lingüística de la ley 85B. Acto de la interpretación 88C. Intención original y sentido original 94D. Interpretación textual e intención del autor 95E. La intención del texto 97F. Papel del intérprete 97G. La autonomía semántica del texto 100H. Texto y contexto 101I. Textualismo 102J. Desconstructivismo 105K. Estructuralismo 110

IV. HERMENÉUTICA JURÍDICA 117A. El fundamento ontológico 117B. Razón de ser 123

BIBLIOGRAFÍA 135

EL AUTOR 147

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PRÓLOGO

El profesor MARCO LLINÁS VOLPE, después de haber de-mostrado sus grandes méritos como estudiante, docentee investigador, nos enriquece con un oportuno, útil ycompleto estudio denominado Lenguaje jurídico, dán-dome el honor de escribir este prólogo.

Con maestría se refiere a la función del lenguaje en elderecho, remontándose a su origen, noción y función,analizando sus elementos y llegando hasta la filosofía dellenguaje.

En una segunda parte toma lo fundamental de sutemática, para ocuparse de la interpretación jurídica,comenzando por la comprensión lingüística de la ley, elpapel del intérprete y las diversas escuelas como el tex-tualismo, el descontructivismo y el estructualismo.

Así mismo, desarrolla con propiedad la temática rela-tiva a la hermenéutica jurídica, desde su fundamentoontológico hasta su razón de ser.

Destaca en el estudio la completa, actual y modernabibliografía consultada.

Este trabajo constituye un serio aporte a la metodologíaque permite una completa incursión en el estudio delderecho y, por sobre todo, un buen manejo de conceptosfilosóficos y sociológicos al servicio del estudio de estarama del saber humano.

Le da tal connotación a la palabra y al lenguaje alservicio del derecho, que nos permite afirmar, como

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MICHAEL FOUCAULT en su obra Las palabras y las cosas, quelas palabras se quedan cortas para determinar el sinnú-mero de cosas que cada día aparecen, a lo que agrega-ríamos: a la cantidad y variedad de modalidades en lasrelaciones jurídico-patrimoniales que a diario se sucedenen la vida en sociedad.

SAÚL SOTOMONTE SOTOMONTE

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I. EL LENGUAJE DEL DERECHO

A. Origen del lenguaje jurídico

El lenguaje jurídico parece tener su origen en el lenguajede lo místico. Cuando los noruegos comenzaron a colo-nizar Islandia, en el siglo IX, no eligieron cualquier lugar.Esta misión correspondía a la obra de la divinidad, ajenaa cualquier intervención humana.

Al acercarse a la costa en sus navíos, arrojaban por laborda a los dioses del hogar atados a robustos maderos.Estos debían indicar el destino final de los errantes mora-dores. Ya en tierra firme, lanzaban flechas encendidascomo parte del ritual que al atravesar el espacio legitimabael territorio ante el designio divino.

En los primeros días, los actos jurídicos eran, antetodo, actos místicos. Sin duda, uno de los orígenes de laidea de derecho de propiedad ha de ser buscado en lacreencia de un poder que surge aneja al ritual divino. Estehecho es importante para poder comprender el lenguajejurídico.

HÄGERSTRÖM ofrece muy temprano una prueba decómo las transacciones jurídicas del ius civile teníancarácter mágico-primitivo. Este autor quiso mostrar queel ius civile era un sistema de reglas para adquirir poderessobrenaturales, ya que los antiguos actos jurídicos, talescomo la mancipatio o la stipulatio, eran actos del más allá.

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Sostuvo que cuando una señora compraba en el mercadoun pescado fresco realizaba un acto de alcance sobre-natural.

En la Antigüedad, los actos jurídicos eran entesformales. La ceremonia se atenía a actos y a palabrasprecisas. Entre los romanos, la menor irregularidadanulaba el acto.

Con el paso de la experiencia, se han ido reduciendopoco a poco los requisitos formales. En amplios ámbitos,el derecho no prescribe forma alguna; aun cuando seahecha de manera informal, una promesa puede serconsiderada como jurídicamente válida.

A pesar de la insistencia de la escuela realista escan-dinava, hoy ningún jurista reconocerá que el derechoconsista en un poder misterioso. Tampoco podrá serpersuadido de que los hombres de negocios creen queintercambian poderes misteriosos cuando hacen transac-ciones o que alguno de nosotros realiza un acto de magiaal comprar un periódico en la calle.

Ahora bien, el lenguaje jurídico sí es en gran medidajuzgado por su apariencia, y es interpretado como unlenguaje que refleja una realidad. Por tanto, es observadocomo una estructura de un orden superior.

Con simples palabras alcanzamos a crear efectosinvisibles. El pro-pósito del lenguaje jurídico consiste enplasmar la realidad, y no sólo reflejarla. Con este fin seutilizan palabras específicamente con una función técnica.El discurso normativo tiene en principio un carácterregulador, donde cada palabra persigue un fin.

El lenguaje sirve a propósitos múltiples gracias a suestructura y no puede ser desordenado en aras de podercumplir su función. Hay reglas que gobiernan su usomínimo para lograr un máximo alcance de comprensión.

Las palabras son usadas para descubrir la realidad,para informar acerca de hechos, para expresar emociones,

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para provocarlas o para influir en la conducta. Todos losconceptos manejados por la ciencia jurídica son de tipoideológico. En otras palabras, son construcciones ima-ginarias al servicio de unos propósitos.

B. Noción del lenguaje jurídico

Nuestro lenguaje jurídico es substancialmente una partedel lenguaje corriente. Más aún, en muchos casos nopodríamos saber qué sucede en el mundo sin una ciertacompresión del lenguaje jurídico.

Leemos en los periódicos noticias acerca de actos degobierno y actos del Congreso, sanción de leyes e impo-sición de gravámenes: todos estos sucesos están descritosen términos jurídicos. Es más, algunas zonas del lenguajejurídico son altamente técnicas, y por consiguiente incom-prensibles para el lego.

Los conceptos fundamentales de nuestro lenguajejurídico son los derechos (subjetivos) y los deberes. Elprincipal objeto del derecho consiste en la determinaciónde los derechos y deberes de los individuos y su aplicaciónpráctica. Pero también hablamos de potestades jurídicasy de muchos tipos de calidades jurídicas, tales como la deser jurídicamente capaz, casado, fideicomisario, repre-sentante de otro, miembro del gobierno, funcionariopúblico, etc.

Cuando usamos este lenguaje, nos movemos en unesfera de la realidad diferente a la del mundo sensible,perfectamente natural al mundo del derecho. Utilizamosel lenguaje corriente en nuestra actividad práctica, y lohacemos con éxito evidente.

Celebramos un contrato para un fin cualquiera, porejemplo, para obtener el uso de un automóvil. Así, nadiese preocupa por plantear ninguna cuestión referente a laconexión del lenguaje jurídico con la referencia realizada.

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El lenguaje jurídico es un medio útil para un fin, y esto essuficiente para los propósitos prácticos.

Desde el punto de vista metafísico, el derecho y todolo que a él pertenece corresponde a una esfera supra-sensible. Esto era evidente para los grandes maestros delderecho natural del siglo XVII, tales como GROCIO yPUFENDORF. Un derecho (subjetivo) creado por las normasjurídicas incluye, según ellos, un poder espiritual, unapotestas que se encuentra por encima de los hechos de lavida real.

Esta idea de los derechos y deberes como poderesmísticos y de los vínculos se extiende hasta nuestrotiempo, aunque a menudo en forma velada; OHERING ySALMOND, por ejemplo, definen al derecho (subjetivo)como un interés jurídicamente protegido. Es obvio queeste “interés” no lo es en sentido psicológico.

Se puede tener un derecho sin saberlo. La palabra“interés” sólo puede ser entendida como una engañosaexpresión que se refiere al poder místico. Por tanto, ladefinición dice que un derecho es un poder místico quepuede hacerse valer, en caso de necesidad, mediante elaparato del derecho.

Según AUSTIN, tener un deber no es otra cosa que estarbajo el mandato de otra persona o de un grupo de per-sonas. Esto significa recibir la intimación del deseo deotra persona que tiene el poder y el propósito de causarun mal si el hecho deseado no se realiza.

El concepto de derecho subjetivo, decimos, descansasobre un deber. Un derecho es un corolario de un deberconferido mediante la imposición de un deber.

Ahora bien, el lenguaje jurídico está abrumado por elpeso de nociones metafísicas. Es necesario eliminarlaspara así ubicar a la ciencia jurídica sobre bases científicas.La ciencia jurídica tiene que ocuparse de hechos y no deentidades de carácter metafísico.

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Más aún, el lenguaje jurídico comprende en principiopalabras de alcance legal, las cuales sólo tienen sentidopara el derecho, a menos que se entienda el sentidoderivado, como cuando nos referimos a la hipoteca, perolo hacemos en sentido literario para expresar que al-guien tiene una carga muy pesada a sus espaldas.

Ello no quiere decir que el lenguaje jurídico no tome enpréstamo de vez en cuando palabras del lenguaje co-rriente. Ya sea con su misma etimología: padre, madre,salario, etc.; ya sea con un sentido distinto.

Toda definición jurídica, por lo general, tiene un doblecarácter: uno convencional y otro funcional. Lo conven-cional consiste en acordar en la cosa designada. Ladesignación unívoca en el orden jurídico corresponde alcarácter propio de la codificación normativa. En cuantoa lo funcional, el derecho no debe detenerse en hacer unrepertorio de los conceptos de manera científica sinopráctica, a fin de obtener un resultado de carácter social.

En derecho, los muebles y los inmuebles tienen unsentido de bienes móviles o inmóviles. Así, los terrenos,las casas y edificios son inmuebles. Las joyas, las mer-cancías, y los automóviles son muebles. Ambas connota-ciones tienen obligaciones diferentes para los pro-pietariosde cada clase de bien en razón, precisamente, de su natu-raleza.

Las palabras de derecho no sirven para describir sinopara actuar. Para el derecho, una noción corriente se con-vierte en relevante cuando la ley le adhiere consecuenciasparticulares en el ámbito jurídico.

La ley podrá conceder a la palabra un sentido singular.Según el caso, podrá definir la palabra para el uso exclu-sivo del texto, sin modificar los casos análogos. O bien,podrá la ley excluir acepciones diversas a las previstaspor la norma. Por último, la ley puede guardar silencio

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para recoger, por medio de la costumbre y el uso, susignificado que le dé funcionalidad temporal.

Debemos recordar que, por más que en el derecho setenga extremo cuidado, éste no es ajeno al fenómeno dela polisemia.

La polisemia es la suma institucionalizada de valorescontextuales, siempre instantáneos, aptos continuamentepara enriquecer. Es, en virtud de su adaptación como laspalabras que contraen valores que no poseían en símismas y que hasta contradicen los que poseen en otrossitios.

El legislador debe prever, por tanto, que el significadode una palabra acarree la disfunción de un texto. Paraevitar la incoherencia, es recomendable utilizar las pala-bras que tienen sentido único, o bien, en su defecto, seránecesario precisarlo en la ley. El sentido de una palabraconsistirá en su capacidad de ser integrante de unsintagma y de desempeñar una función.

El significado de cuando una conducta socialmente es“normal” surge a partir de los valores de la sociedad y dela necesidad del momento. Según el derecho anglosajón,estos conceptos se conocen con el nombre de “estándaresjurídicos”, y, a su vez, el derecho civil las describe como“directivas”.

Existen numerosas expresiones jurídicas que nopueden ser convenientemente definidas. El derecho noha podido despejar ciertas nociones evanescentes por elservicio que le prestan a éste, pero que no dejan de pre-sentar cierta dificultad interpretativa en los momentosen que más se necesitan, como la culpa, la equidad o elabuso del derecho, pues siempre, al ser empleadas, secorre el riesgo de caer en contradicción.

De una parte, incurrimos en el verbalismo, cuandodecimos que la culpa consiste en no conducirse como “un

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buen padre de familia” o “un buen hombre de negocios”,las cuales son definiciones puramente verbales. Por cuantoel hecho de no cometer faltas es lo que en últimascaracteriza al buen padre de familia o al buen hombre denegocios. De otra parte, nos queda arrojarnos a lacasuística, para identificar, caso por caso, las hipótesis enlas que de manera culposa incurre una persona. Pero laimaginación, por ambiciosa que sea, no puede anticiparla totalidad de los casos.

Sin embargo, es preciso tener presente que estas nocio-nes sirven para ablandar y corregir la aspereza del sistema.No obstante, con frecuencia la realidad jurídica supera laficción legal. Por tanto, el método aconseja delegar en lasaltas cortes la interpretación y el alcance de estos conceptosque la propia costumbre y el uso coadyuvan a nutrir.

El lenguaje jurídico se desplaza en dos planos: unolineal y el otro trascendental. El primero comporta la di-mensión racional, mientras que el segundo adquiereplena justificación en el campo meta-lingüístico. Entrela-zadas ambas dimensiones, sin preferencias ni exclusiones,se extiende su fundamento nocional. Los niveles dese-mejantes de lectura, al trascender, guardan justa simetríacon la dimensión propia otorgada por la fuerza y el índicede percepción.

En toda ciencia, el lenguaje es el vehículo de transmisiónde los conocimientos obtenidos sin perder de vista laslimitaciones inherentes al mismo. La ciencia jurídica sesirve de un lenguaje propio, de un léxico que en cada casoexpresa con precisión el concepto, el juicio o las conse-cuencias jurídicas.

El léxico transmite los imperativos normativos, expresalas decisiones judiciales o manifiesta los contenidos delas relaciones jurídicas. Cada concepto requiere un tér-mino. Por ello, la ciencia jurídica elabora conceptos típicos,

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dentro de un sistema nocional entero, capaz de repre-sentar su contenido. Una expresión técnica de carácterpreciso, previene tediosos litigios.

Sin embargo, al lenguaje jurídico se le critica el hechode que, al alcanzar precisión en la expresión semántica,se aleja injustamente de un entendimiento simple; peronecio es pretender que las leyes empleen un lenguaje ase-quible a todo el mundo, ajeno a tecnicismos, sin palabrasque posean un sentido concreto y determinado dentro dela jerga propia del oficio o ciencia, que de hecho terminapor ser comprensible para pocos. El lenguaje jurídico, alperder exactitud, queda inhabilitado para expresar sucontenido de manera llana. No obstante, la normatividaddebe evitar circunloquios y ampulosidades que de-terioren su consistencia.

Sin duda, el léxico jurídico es un instrumento de téc-nica. El derecho tiene como objetivo establecer un ordencapaz de asegurar todos los intereses del bien común.Debe aprehender el contexto social y contener su tejidoestructural eludiendo la ambigüedad.

El lenguaje jurídico debe favorecer la captación delsignificante. La oscuridad no aporta más que pluralidadde interpretaciones, que es sinónimo de ineficacia. En elplano de la ciencia, la ambivalencia terminológica este-riliza la comunicación.

Por tanto, utilizar un lenguaje sometido a significadoselásticos supone el debilitamiento de su fuerza reguladora.Deben ser eliminados los excesos lingüísticos que noaporten firmeza y determinación al contenido semánticode la norma. El lenguaje jurídico debe ser práctico yexento de complicaciones. En sintesis, la norma debeprocurar ser funcional y eficiente.

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C. Los conceptos jurídicos

El jurista tiene necesidad de utilizar términos específicospara la designación de objetos. Los objetos se presentanbajo dos formas: de una parte, por circunstancias dehecho, y de otra, por combinaciones de medios paraobtener ciertos fines, que con frecuencia son obras delderecho.

La legitimidad de un vocabulario jurídico aparececuando los hechos sobrevenidos dispensan a la lenguacorriente de tener un término específico para indivi-dualizar el fenómeno. Este hecho obliga al jurista a elegiruno para designarlo.

Los conceptos pueden venir del lenguaje común.Cuando esto sucede, su contenido y el valor intangibleson los mismos que en su origen etimológico portaban.En ocasiones, el derecho los matiza de contenido jurídicosin alterar innecesariamente su primer significado, comoen el caso de la buena fe. La noción de buena fe, a pesarde no ser originaria de la ciencia jurídica, hoy ocupa unsitio preponderante dentro de los principios generalesdel derecho universal.

En algunos casos, la ley resuelve adjudicar a los con-ceptos principios jurídicos propios y despojar el sentidode la palabra de aquellos rasgos sin relevancia jurídica.La etimología de la palabra está sujeta a unas conse-cuencias fijadas por la norma, aunque puede conservarciertos rasgos originarios, así sea como polo de referencia.

A partir de la nueva fijación nocional intelectual surgenlos conceptos en calidad de préstamo para la cienciajurídica, que delimita el concepto otorgándole un estrictoperfil. Ahora bien, en menor número existen conceptospropiamente conceptualizados por la ciencia jurídica,que se construyen de acuerdo con el nivel de abstracción

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en que se mueve la ciencia del derecho. Estos seránconceptos jurídicos puros, mientras los demás seránconsiderados como conceptos asumidos.

Todo conjunto de conceptos jurídicos puede clasificarsede un modo u otro. En unos casos, a partir de valorespuros e ideales; en otros, a partir de fenómenos sociales,de aspectos empíricos o, finalmente, según una aproxima-ción estrictamente técnica.

Como ejemplos tenemos: la buena fe, como conceptoestablecido a partir de valores y principios éticos; lapersona, como concepto esencial basado en un fenómenoparticularmente social; el bien inmueble, precisamentecomo concepto general de carácter empírico y pragmáticode las cosas; o el acto administrativo, cuya naturalezatécnica lo individualiza y lo justifica plenamente. Así, losconceptos jurídicos, asumidos o puros, encuentran unespacio acorde con un sentido de utilidad en el glosariodel derecho.

Ahora bien, los conceptos jurídicos cuyo contenidoverse sobre un valor tienen un contenido normativo; losdemás, como los técnicos, sólo poseen un sentidodelimitativo.

A partir de la naturaleza técnica e instrumental quetienen los conceptos jurídicos podemos colegir su rasgocomún. En los conceptos asumidos, se limita a los aspectosobjeto de conceptualización jurídica, mientras en losconceptos jurídicos puros abarca la totalidad de susparticularidades.

Este rasgo es una consecuencia propia de la naturalezay la finalidad de la ciencia jurídica. Esta ciencia tiende ano decirnos qué son las cosas en sentido ontológico sino,por el contrario, qué función tienen en el orden jurídico;lo demás es obra de intérpretes con aliento renovador.

La ciencia jurídica pretende, a partir del esquemanocional, advertir qué representan los conceptos o qué

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determina su función, o descubrir el alcance que tienenpara el derecho.

D. La significación del enunciado jurídico

Poco antes de ser ejecutado, durante la RevoluciónFrancesa, el químico LAVOISIER supo que se encontrabaante una nueva entidad de la naturaleza –el oxígeno–, alhaber pesado en su balanza de laboratorio lo que no seacostumbraba pesar. Lo que es considerado una certezapuede cambiar.

La formulación de las reglas del juego nunca es exacta.Hay lugar a un margen de indeterminación en la ejecucióncuando consideramos seguir una regla. La interpretaciónde resultados puede cambiar por ese margen de inde-terminación. Los conceptos cambian con los significadosde las palabras al alterarse el juego del lenguaje.

Desde el inicio de nuestra formación, la movilidad dela imagen es algo característico. El niño aprende a creery a actuar de acuerdo con estas creencias que forman unsistema. Algunos elementos se mantienen inmutablesmientras otros se transforman. Lo que se mantiene firmelo hace no porque intrínsicamente sea obvio, sino porqueel contexto que lo sostiene persiste. Las proposicionesque conforman la imagen se consolidan. Así, algunos ele-mentos cambiarán mientras otros permanecerán estables.Esta relación cambia con el tiempo, de modo que lasproposiciones que fluyen se solidifican y las sólidas sefluidifican.

Al considerar al lenguaje como un medio para repre-sentar la realidad se explican mejor los caracteres de lasignificación. Se trata de un punto de partida naturalpara comprender el funcionamiento del lenguaje.

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E. El estilo del lenguaje jurídico

Por texto jurídico entendemos la información, el comen-tario, la opinión, la argumentación. Aunque podemosdistinguir textos especializados jurídicos de exposición,opiniones y comentarios, redactados por especialistas ydirigidos a profesionales o estudiosos del derecho; textosexplicativos e informativos cuyo destinatario puede serel público cultivado, lector de determinadas publicacionesperiódicas; textos divulgativos dirigidos al público engeneral. Pero, ¿cuál debe ser el contenido estilístico deestos textos?

Particularmente, expresarse en términos ininteligiblesse ha convertido hoy en una especie de admiración sinclaro fundamento teleológico. Sin embargo, la claridaddebe ser la norma principal de cualquier texto jurídico obien legal.

Nos atrevemos a decir que, en cuanto al estilo juris-diccional, es la más de las veces expositivo, descriptivo eimpersonal. Abundan los participios de presente y losgerundios; las construcciones subordinadas, principal-mente las oraciones de relativo o adjetivas; al ser textosorales emplean fórmulas declamatorias y ampulosas conestilo reiterativo, acumulativo y complejo, sin excluir elanacrónico lenguaje jurídico-barroco.

El lenguaje de la ley y de juristas es objeto de frecuentescensuras pero por razones opuestas. Mientras al legal sele reprocha aridez, al lenguaje de los juristas se le acusade reiterativo y locuaz.

La ley ha abusado con cierta protuberancia y sinmayores escrúpulos de la elocuencia, al tratar de hacerserespetar mediante la pompa de un lenguaje mayestático;con ello sólo logra exponerse a la sospecha de confiar másen los recursos de la elocuencia que en su poder deautoridad.

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Ahora bien, el legislador contemporáneo comprendeque su misión no consiste necesariamente en imponer,sino más bien en convencer por medio de la elaboracióndel consenso normativo. El lenguaje de la ley debe evitaradoptar cierta crudeza al expresar su contenido. Sufunción debe ordenar y no únicamente razonar, debeevitar el estilo didáctico para centrar sus fines más en unatécnica que en la armonía del texto a fin de no abrir undebate donde sea impertinente, toda vez que le restaríafuerza de aplicación.

En ocasiones notamos que el lenguaje legal se distinguepor aquello que elude y no por lo que anuncia contener.Fiel a sus objetivos, debe expresar lo necesario con frialdad.El lenguaje de la ley debe evitar en todo caso el estilo dela convicción.

La ley en ocasiones resuelve renunciar a la claridad dellenguaje usual. Los códigos modernos no contienen niuna sola norma que no encierre una orden o un preceptoimperativo. Hoy no recurren, como en otros tiempos, agiros especiales, con los cuales el legislador usualmentellamaba la atención o despertaba la sensibilidad deldestinatario de la ley. El lenguaje legislativo hoy huye dela ilación propia del discurso corriente y, por ende, enocasiones las distintas normas jurídicas aparecen formu-ladas en la ley de un modo inconexo. La técnica legislativadesplazó al estilo jurídico.

El lenguaje legal debe transmitir el modelo de pensa-miento que representa con claridad jurídica. Para ellopodrá seleccionar un léxico de principios y criterios. Sinembargo, el lenguaje deberá evocar algo más que la purafuncionalidad técnica de los conceptos.

Sin duda, el lenguaje jurídico no es inocente, articulaconceptos y encierra un sistema de pensamiento, quesólo al ser trabajado aparte podrá consolidarse de maneraindependiente del pensamiento.

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Debemos advertir que existen varios lenguajes: el dellegislador, el del juez, el del intérprete, todos ellos concaracterísticas desemejantes. El lenguaje del legislador sesingulariza por lacónico y mesurado; el legislador debeponer de manifiesto los fines perseguidos por la ley yreafirmar la necesidad de obediencia de aquellos llamadosa acatarla. El juez, a su vez, desea disponer como permitirque con su decisión nada impida orientar casos análogos;mientras el intérprete quiere entender el sentido pleno dela ley.

Ahora bien, el lenguaje normativo busca ante todo lafórmula precisa, la brevedad, la concisión. Por el contrario,el lenguaje jurisdiccional debe señalar y justificar loshechos, los motivos de una sentencia; en consecuencia,tiende a ser prolijo y detallista. Estos lenguajes no de-jande presentar inconvenientes al relacionar sus elementosfiliales y multiplicar sus esencias.

El estilo debe moldear toda la coloración emocionalque el intercambio lingüístico permite, sin excluir elgesto simbólico, la entonación, la modulación y la vehe-mencia de carácter que marca el pulso del imperio de laley. Por tanto, el objetivo del estilo consiste en compensarlos matices innecesarios de la voz de la justicia.

F. Funciones del lenguaje jurídico

Hoy entendemos que el lenguaje tiene varias funciones,siendo la cognitiva la más evidente, donde se concede alos nombres y luego a los enunciados un papel original.Luego tenemos la función comunicativa, la cual nospermite no tanto describir el mundo como ponernos deacuerdo con los demás, entendernos acerca de lo que hayy de lo que vale para unos y otros. Por último, encontramosla función categorizadora, es decir, la que singulariza losmatices.

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El siglo XX adoptó diferentes modelos de lenguajesegún las preferencias de las funciones. Quienes hanoptado por la primera, han desarrollado concepcionescognitivas del lenguaje normalmente tomando comoparadigma a la ciencia y a su discurso. Quienes han opta-do por la segunda, han comprendido el lenguaje comoforma de vida, a menudo tomando como modelo la vidaética en un sentido amplio. Quienes, por el contrario, hanseguido la tercera, han antepuesto la literatura y la retóricacomo el hecho principal.

El lenguaje nos abre a la verdad; no a la verdad en elsentido tradicional, sino a la verdad como fundación desentido, como fundación de lo que, acaso luego, pero sóloluego, puede ser verdadero o falso como correspondencia,pero que en el lenguaje preexiste. Hay que tener presenteque el lenguaje constriñe las opciones descriptivas, y estaparticularidad, lejos de favorecer, limita.

Para la funcionalidad del lenguaje jurídico no es nece-sario que las frases en cuestión sean verdaderas o falsas.Basta con que se las considere de esa manera. Nuestracreencia en la realidad del derecho de propiedad es lorelevante, y esta creencia puede ser errónea. Es posibleque las aseveraciones respecto a la existencia de derechossean de tal naturaleza que la cuestión de la verdad no seaplique a ellas.

Hablando estrictamente, un enunciado que dice que Aes el propietario de esta casa no es ni verdadero ni falso,pues aun cuando creemos dar información de la realiza-ción real entre A y la casa, en verdad no lo hacemos. Tansolo repetimos una frase que aparentemente afirma unhecho. Esta frase carecería por completo de sentido sifuera usada de manera irregular.

Otro es el caso si es empleada de conformidad con eluso jurídico. Pues entonces es utilizada únicamentecuando supone saber que A tiene un título jurídico

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respecto de la casa y que no ha transferido aún suderecho.

La expresión “derecho subjetivo” no denota una reali-dad; tiene otras funciones. En primer término, tiene unafunción de signo, que pretende influir en la conducta.Pero como estamos acostumbrados a pensar que los he-chos operativos “crean derechos”, los enunciados acercade derechos son indirectamente informativos.

Si suponemos que un enunciado de este tipo esformulado de acuerdo con las reglas jurídicas acerca dela adquisición de derecho, la conclusión es que A tiene untítulo jurídico respecto de cierto objeto. El llamado deberjurídico, incorrectamente imaginado como deber, sereduce sólo al hecho psíquico de sentirse quizá obligado.

G. La función técnica del concepto

Analicemos un momento la función técnica de palabrasnuevas en el lenguaje jurídico. El euro, por ejemplo, secreó en 1997, como moneda transable nominalmente, sinque su circulación se iniciara antes del 2002. En ningunaparte se encontraba el euro, salvo en el lenguaje. Esta for-ma de lenguaje era fundamental para el desarrollo de laUnión Europea. No interesa que el euro sea o no unobjeto. Lo importante es que haya un reconocimiento deél, lo que permite hablar de manera particular.

Una de las más frecuentes invenciones de la mentehumana es el conservar las formas del lenguaje, inclusivede cosas que no existen. Pero esas realidades se reducen,en suma, a superestructuras forjadas por la imaginación.

La única realidad auténtica consiste, según la semiótica,de un mecanismo colectivo especial. El lenguaje permiteproducir un efecto al pronunciarse ciertas palabras. Deahí la importancia de las formas lingüísticas utilizadas enlas transacciones jurídicas de cualquier orden.

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El nuevo funcionario, al aceptar cumplir con todas lasobligaciones inherentes al cargo, manifiesta: “Sí juro”.Reconocemos al instante la forma de lenguaje que esinclusive utilizado de igual forma y de manera general ennegocios jurídicos y contratos.

Estas expresiones no se emplean para relatar hechos,ya que no buscan describir nada. Por el contrario, supreocupación consiste en establecer un giro jurídico útily efectivo.

AUSTIN, creador de la “escuela analítica”, las identificócomo “realizativas”. Al formular tales expresiones efec-tuamos una acción. Con la expresión realizativa, en elcampo jurídico, creamos derechos y deberes. Estos seránestablecidos mediante acuerdo de voluntades. Así, elderecho de propiedad se transfiere, se constituye unasociedad, se forma un fideicomiso.

Las expresiones realizativas tienen un sentidodeclaratorio. Por el hecho de pronunciar ciertas palabrasse formaliza de inmediato la creación de una relacióninmaterial. Nos proponemos crear un efecto, sin excluirel silencio.

Pensemos en los silencios de la administración, o en lapromesa de compra de acciones no consumada. El silenciopuede decir mucho: al callar, hacemos entender algo,creamos un efecto nuevo y surge el hecho, aunque hablares esencialmente decir algo.

Alguien puede hablar sin sindéresis y su palabra nodecir nada. Por eso es necesario encontrar las palabrasprecisas y, en contraste, aprender el silencio elocuente.

El lenguaje tiene como función recoger lo relevantesegún la estructura del derecho. Un enunciado sólo seconvierte en promesa diciéndoselo a alguien; y éste tieneen sí mismo el carácter de promesa y debe ser entendidocomo tal.

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Esto quiere decir que en la promesa el lenguaje sesobrepasa a sí mismo. Una sentencia es vinculante tanpronto como es promulgada. Sin embargo, no se cumpleen cuanto promulgada, sino sólo al momento de laejecución de su cumplimiento.

Se considera que los efectos jurídicos se producenporque el derecho así lo dispone. Hablamos como si elderecho tuviese el poder de establecer una relación causalentre los hechos y los efectos jurídicos. Los derechos y losdeberes son creados. Los derechos son transferidosmediante declaraciones verbales.

Las calidades jurídicas son conferidas a personas o acosas mediante declaraciones de la autoridad. Así, pues,nadie se preocupa por plantear ninguna cuestión referentea la conexión del lenguaje jurídico con la realidad. Estelenguaje sirve a un fin y ello, para efectos prácticos, esampliamente suficiente.

Es concebible que, en determinadas circunstancias,las normas jurídicas produzcan el efecto de establecernexos psicológicos entre ideas de actos o conductas ypalabras de derecho. El sistema de “derechos subjetivos”y “deberes jurídicos” es una superestructura ideológica,tejida por encima de la realidad objetiva. Así, por ejemplo,lo imperativo reemplaza a lo permisivo.

La ley se compone de palabras y por ello pertenece allenguaje. El lenguaje puede tener distintas funciones:puede ser transitivo, en cuanto sirve para comunicarinformación o tener una experiencia indirecta; puede sercatártico al expresar emociones, como sucede en la ple-garia religiosa; o reflexivo, cuando pretende objetivar elpensamiento científico y filosófico; incluso puede seroperativo, cuando está conectado a la acción. Este es elcaso del lenguaje jurídico, que asume en la ley su formadefinitoria y, a la vez, adquiere en ella flexibilidad deempleo para hacer posible su interpretación.

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H. La argumentación

La noción de argumentación consiste en un procedimientopor el cual una persona se propone conducir a su audienciaa adoptar una posición por medio de aserciones quetienen por objeto demostrar la validez de su posición.

Además, concita una acción destinada a tener influen-cia sobre un destinatario, a intervenir en su comporta-miento y en sus conocimientos al articularse estre-chamente con él. Es la forma definitiva que toma elrazonamiento en el discurso.

Un texto argumentativo se aborda desde el ángulológico del razonamiento o desde la disposición argu-mentativa, entendida ésta como la estructura semánticaadoptada.

ARISTÓTELES concibe la argumentación como el arte depersuadir por el diálogo. El pensamiento escolástico seconcentra enteramente en el orden, la esencia, la verdady su demostración; este campo de estudio es retomadosólo en el curso del siglo XX por la nueva retórica1.

El estudio de la argumentación en el lenguaje estáapenas en sus comienzos. Es necesario resaltar los trabajosde la escuela de Neuchatel, la cual se sitúa en una pers-pectiva de lógica natural. A pesar de su carácter máslógico que lingüístico, estos estudios desembocan en unaconcepción de los procedimientos argumentativos queconstituyen la base de todo estudio de este tema.

La escuela de GRIZE califica como argumentativosaquellos discursos en los cuales el objetivo está práctica-mente orientado hacia la acción. Su objetivo es provocaruna decisión, decidir una elección, suscitar un juicio, una

1. PERELMAN y OLBRECHTS-TYTECA.

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evaluación, formar una opinión. Se diserta sobre unproblema cualquiera o se da acceso a un conocimientocualquiera presentándolo en una forma adaptada al in-terlocutor.

Así como existe una coherencia narrativa, se puededefinir una coherencia argumentativa respecto de laadmisibilidad del discurso. Para adherirse, el interlocu-tor debe haber reconocido y admitido previa-mente unaforma legítima de lenguaje.

La verosimilitud, es decir, el mundo representado porel discurso, debe ser pensable, sus objetos identificablesy sus relaciones plausibles. La aceptabilidad, los fines ylos valores puestos en juego son la ocasión de una iden-tificación posible, a la cual el interlocutor puede consentirapropiándose del modelo del tema propuesto.

I. Lenguaje corriente y lenguaje técnico

El jurista era la persona letrada. El privilegio estaba en supropia condición de alfabetizado. Esta circunstancia ge-neró una disección entre lenguaje común y lenguajejurídico escrito.

La práctica, la recepción científica del derecho romanocomo summun ius o ratio scripta, y el academicismo ensan-charon el margen entre los dos lenguajes, de manera quefacilitaba la comunicación entre sí y el progreso de latécnica normativa, exegética e interpretativa, al propiotiempo que hacían de este lenguaje algo incomprensibley ritual, cuyo rasgo fundamental está hoy representadoúnicamente en la formalidad.

El lenguaje jurídico se hace denso y complejo, al mis-mo tiempo que se convierte en un universo autónomo,diferenciado del lenguaje común. Las fronteras entre unoy otro lenguaje son flexibles y permeables. Es mucho másfrecuente el caso de elementos del lenguaje común que

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son tomados por el lenguaje jurídico que el contrario,aunque de manera excepcional existen elementos propiosdel lenguaje jurídico que han pasado intactos al lenguajecomún.

El proceso de diversificación entre ambos lenguajes,corriente y materno, es lento. El lenguaje normativo esdescriptivo de conductas o mandatos y así como de san-ciones. En un comienzo no es un lenguaje específico:hunde sus rudimentos en la experiencia común y en lacostumbre de los pueblos y naciones. Pero, a medida quela forma escrita se generaliza como medio de expresiónde normas y decisiones jurídicas, dicho lenguaje comienzaun lento proceso hacia la especialización.

La opacidad del lenguaje jurídico se muestra máscomo un defecto de los juristas que como una necesidadcientífica. Sin embargo, difícilmente podría evolucionarel derecho si no se construye sobre la base de un lenguajepropio cada vez más técnico.

La conceptualización y tecnificación del lenguaje per-miten la simplificación de las normas y la fluidez de lacomunicación. Iniciarse en el lenguaje jurídico consisteen aprender el vocabulario, el estilo, los géneros, la con-textualización, la interpretación. El lenguaje se convierteen un instrumento, agiliza la argumentación, la construc-ción de reglas, y la interpretación de normas y cláusulascontractuales.

En otros muchos casos, y aun existiendo una claracorrespondencia entre el significado común y el signi-ficado técnico-jurídico, los términos comportan una cargajurídica tan abundante que puede decirse que pasan a serpalabras diferentes, de tal modo que sin conocer bien elcomponente técnico la frase puede resultar absoluta-mente ininteligible.

Se debe meditar sobre la lengua corriente y sus raíces.La lengua primaria contiene ilimitados sentidos habidos

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en su pasado, que esperan soñolientos el despertar de suconciencia.

Es necesario tener presente la permanente agresión dela técnica contra el lenguaje. El hombre corre el riesgo dealinear su relación a la lengua bajo la exigencia de launivocidad de la técnica. La agresión del lenguaje técnicocontra la lengua es una amenaza contra la esencia delhombre.

Sin embargo, no se trata de elaborar conceptos opuestosentre lengua corriente y lengua técnica. Por el contrario,el objeto consiste en interesarnos en el proceso dialécticoentre ambas lenguas, para analizar los resultados quevan a influir de manera determinante en el mensaje.

Hay que considerar con seriedad si la educación de lalengua no merece ser, más que una formación, unameditación que pese sobre la lengua. Ahora, tal medita-ción revelaría al mismo tiempo la dimensión salvadoraque abriga en el secreto de la lengua, en la medida que esella la que nos conduce de golpe a la proximidad de lo in-formulable.

La lengua corriente deja aparecer las cosas y obedeceal descubrimiento de sí. El lenguaje corriente puedeevocar lo que es ambiguo, aquello que está disimulado oes imperceptible.

Mientras el lenguaje técnico reposa sólo sobre laproducción de mensajes predeterminados, la lenguatecnificada es regulada por modelos de la teoría de lainformación, donde la palabra lleva a comunicar un men-saje cifrado.

En el lenguaje técnico, todo aquello que no soporta serreducido a un mensaje es virtualmente eliminado. Elideal de esa lengua tecnificada es la circularidad hermé-tica, donde las operaciones sucesivas son dirigidas por laretroalimentación constante de información que garantizasu autorregulación.

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Ahora bien, ¿cómo se pone en contacto el lenguajecorriente con el lenguaje técnico? ¿Cómo se puede llevara cabo el mundo cotidiano de las circunstancias de hechode la vida y el mundo técnico de las normas? Debemosmirar estas preguntas más como un reto para la lógica dellenguaje que como interrogantes que presentan fisurasirreparables en el andamiaje semántico de la justicia.

El lenguaje jurídico debe centrarse en ser técnico, porser el lenguaje precisamente de la ley. El lenguaje técnico-jurídico no es un lenguaje científico, si analizamos susestructuras principales, como la sintaxis y la semántica,pues éstas no se fundamentan en reglas explícitas ni pro-pias al derecho.

El derecho habla de un lenguaje técnico e incluso de unlenguaje jurídico. El primero supone contener los prin-cipios, el otro guarda el rigor en la estructura. Cuando seda una posibilidad de subsunción jurídica, lo propiodebe ocurrir en el plano lingüístico.

De esta manera surge una experiencia común sobrelos contenidos pensados en la utilización de las palabras.Estas reciben un “significado promedio”, los puntos devista se tornan intercambiables. Sólo a causa de esaintersubjetividad del lenguaje y de la reciprocidad deperspectivas existe un mundo común.

La función de la ley no se encuentra tan sólo en lafundamentación, sino en la limitación de la autoridad. Ellenguaje, más que un concepto, es un dominio, y su apli-cación se permite en espacios delimitados no por zonassino por contenidos justificados por el entendimiento, lapertinencia y la utilidad social.

Para ello se hace necesario un lenguaje que evite laimprecisión y la ambigüedad, inclusive lo metafórico. Ellenguaje técnico debe estar depurado de elementos cientí-ficos que impidan interpretar la normatividad por fuerade la realidad de los hechos.

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El lenguaje de la ley debe moverse sobre el planoracional. Debe ser de carácter abstracto, exacto, unívocoy unidimensional.

El derecho obtiene forma con la sentencia y ahí aumentasu dimensión a partir de los conceptos. Las fronterasestán fijadas por la sentencia que establece conceptos deorden en sentido universal. Ello permite cumplir sufunción de equilibrar las tensiones dentro de un marco dejusticia y equidad.

El tenor de una disposición legislativa, una decisiónde justicia, o un acto jurídico es fijado por la remisión a lacostumbre. Está sumido en una norma en donde la signi-ficación de las palabras es fijada por el uso. El uso lo estodo para la lengua y bastante para el derecho. Es del usoque la lengua y el derecho, en grados diferentes, tomanorigen, forma y fuerza. El lenguaje jurídico al comunicarse proyecta definitivamente como un edificio lingüístico.

¿Podremos decir que existe un lenguaje jurídico, si allenguaje se le mira como forma particular de expresión?Creemos que no, aunque es cierto que el derecho se mani-fiesta en lenguajes nacionales. Sin embargo, en ese sentido,no puede hablarse de lengua del derecho pura.

Para que haya realmente lenguaje del derecho seráindispensable la existencia de usos específicos de lalengua común como conjunto de elementos particularesa un sistema que le sea propio.

J. La analogía y la disyunción

La visión moderna se fundó en la exclusividad de loexacto y en la negación de la analogía o lo contingente. Lamodernidad desvaloriza lo analógico a favor de lo dis-yuntivo, causando profunda ruptura en el ámbito delpensamiento que, ante el rigor de la inercia de la época,rara vez concede espacio para otra cosa que la exactitud.

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A partir de la modernidad, el pensar unívoco y laexclusión de la analogía serán responsables de escisionesy desgarramientos insuperables. La exigencia de exactitudconduce a la sola aceptación de los conceptos unívocos2

y a la eliminación de los analógicos. A partir del pensardisyuntivo y exacto es que se niega o, al menos, se res-tringe la analogía.

La ley establece cuándo se es mayor de edad. Elloevacua de pleno el sentido de categorías descritas conprecisión en un sistema cerrado. Tales conceptos cumplenen forma óptima con el mandato legal, aunque su fun-cionalidad depende de elementos numéricos.

Para los demás casos, la analogía introduce conceptosabiertos que describen la esencia del fenómeno. Unconcepto de carácter abstracto y general permite englobarparadigmas incontrovertibles. Los conceptos abstractossubsumen las circunstancias de hecho, las cuales seránacomodadas a la norma.

La analogía evoca la simultaneidad como método deanálisis de modo para surtir efecto. La interpretación esde carácter compuesto “deductivo-inductivo”. El ejercicioanalógico consiste en el ir y venir entre la ley y las cir-cunstancias de hecho. Entre la vida y la norma radica laextensio propia de la analogía.

Toda creación de derecho envuelve un proceso ana-lógico. El tenor literal de la norma permanece inmóvilfrente al desplazamiento del sentido. La polaridad delsupuesto de hecho y el supuesto normativo se desarrollanen el derecho.

2. Una palabra se convierte en concepto si la totalidad de un contexto deexperiencias y significaciones sociales y políticas, en el cual y para el cualse usa una palabra, entra, en su conjunto, en esa única palabra.

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El sentido de la ley se esconde en las circunstancias dela vida. La norma no cambia con frecuencia; no así suinterpretación, la cual está sujeta más a la tensión de laépoca que a un método científico de interpretación.

La interpretación argumenta a partir de la naturalezade las cosas. El derecho es la armonización de la normalegal con la realidad. El método consiste en poner encorrespondencia el deber ser y el ser. Supone que lanorma y las circunstancias de hecho coincidan.

Ese mediador del proceso de creación del derecho esel sentido, en el que la norma legal y las circunstanciasdeben corresponder. Ese es el sentido de la analogía, esdecir, la ratio iuris, el espacio entre la realidad y el juiciode la experiencia. La conclusión a partir de la normahacia las circunstancias es el fundamento del procesoanalógico. Esta constituye la mediación entre la justiciaconforme al hecho y la justicia conforme a la norma.

El concepto unívoco, unidimensional, definido enforma tajante, es apenas el resultado de una abstracción.Cuando este concepto aplicado a la realidad sea reflejadoen la sentencia perderá otra vez su carácter abstracto paraconvertirse en concreto. La analogía presta así utilidadvital para casos futuros, cuando confluyen razones dehecho en circunstancias similares.

K. Mediación entre dos lenguajes

En términos semánticos, el lenguaje sirve para designarobjetos, así como para representar circunstancias. Desdeesta perspectiva, el lenguaje se concibe como conjunto designos que se construyen por medio de palabras. El juez,mediante el uso del lenguaje, determina lo referente alsignificado de la ley. Antes de esto no existe tal corres-pondencia.

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Naturalmente, en los casos rutinarios, no se presentandificultades para efectuar la concordancia entre el cono-cimiento del acusado y la intención de la ley. En los casosdifíciles, empero, ella debe ser lograda mediante unintenso trabajo.

Este proceso de comunicación no se realiza unilateral-mente, de tal forma que para evitar las representacionesdel lenguaje corriente del procesado son traducidas allenguaje de la ley.

En un proceso recíproco se acercan entre sí dos modelosde conducta, el del autor y el de los conceptos legales enlos que piensa el juez. Es de esa forma que se produce unamediatización de las expresiones de lenguaje.

Los estereotipos deben ser conducidos a los conceptos,y éstos deben conducirse a los tipos de ley. El lenguaje delautor debe idealizarse y el lenguaje de la ley debe nor-matizarse.

A la valoración en el ámbito del lego debemos añadiruna paralela en la esfera del juez. Una identidad entreestos dos horizontes nunca se alcanzará. Debe bastar tansólo un grado suficiente de similitud para que la imputa-ción tenga lugar.

La valoración paralela se consuma en el juez. El debemediar entre el mundo de lenguaje corriente de quieninfringe la ley y el mundo jurídico-técnico de la ley. Laculpabilidad en sentido jurídico se esconde realmente enla cabeza del juez y, por tanto, es él quien deberá llevar laculpa del autor al plano del lenguaje jurídico.

A partir de la base de la “culpa legal” fallará el juez.Este parte de un simple hecho y se dirige hacia un con-cepto elevado que podríamos ubicar dentro de un meta-nivel. En últimas, ello depende de la dimensión concep-tual que la jurisprudencia haya dado al uso del lenguajeen sus definiciones más significativas.

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L. El lenguaje de la técnica legislativa

A menudo, la técnica legislativa se apoya en los giros dellenguaje jurídico a fin de resolver aspectos del marcoregulatorio. Entre ellos resaltamos los más representa-tivos, que son el reduccionismo, la ficción jurídica, laabstracción y los tipos jurídicos. Veremos cómo el len-guaje tiene atribución técnica propia, la cual permiteresolver situaciones particulares del derecho.

1. El reduccionismo

Uno de los recursos usados por la técnica jurídica es el dereducir una cualidad a una cantidad. La reducciónsimplificadora consiste en la sustitución de lo cualitativopor lo cuantitativo.

¿Con qué criterio se mediría la menor aptitud de cadapersona? ¿Cómo se evaluaría en términos cualitativos laedad avanzada? Si la norma sobre jubilación determinaraque la edad de retiro dependiera de la aptitud paracontinuar desarrollando la actividad laboral sin esta-blecer un límite en el tiempo, ello se prestaría para per-manentes controversias en cada caso en que hubiera quefijar la terminación de la relación laboral.

La técnica jurídica emplea la teoría del reduccionismo,estableciendo un límite a fin de evitar disquisiciones queno aportan a la transparencia normativa. Así, la edadavanzada se transforma en una cantidad determinada deedad.

No obstante, estas dificultades han sido resueltas porla técnica jurídica, la cual ha sido acusada de manerareiterativa de sobresimplificar la situación particular defondo y trazar una línea caprichosa y arbitraria.

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2. La ficción jurídica

Recordemos que la ficción tuvo su origen en el derechoromano, donde se recurrió al procedimiento de fingirque un hecho, distinto al contemplado por la ley, eraigual a aquel, equiparándolo de este modo en cuanto asus efectos jurídicos. Después de la recepción medievaldel derecho romano, los juristas definieron durante siglosla ficción, de acuerdo con la técnica romana, como legisadversus veritatem, in re possibile ac ex iusta causa dispositio.

La técnica de la ficción jurídica no simula ni encubrenada, ni contiene ninguna disposición contra la verdad.Se trata de un recurso legislativo, en cuya virtud seotorgan los efectos jurídicos de un hecho a otro distinto.

La fictio iuris es un instrumento de técnica jurídica, queequipara formalmente en una norma dos supuestos dehecho diversos, constituyendo una equivalencia en sutratamiento jurídico, al otorgar a uno los efectos jurídicosque una norma jurídica distinta adjudica al otro.

3. La abstracción

Sin la abstracción, la técnica legislativa se vería abocadaa una tarea estrictamente casuística. Las leyes son posiblesporque el entendimiento es capaz de captar los rasgoscomunes de determinados hechos o acciones, para luegoreducirlos a una representación y formular sobre ellos unjuicio aplicable a todo el conjunto.

El legislador recoge mediante leyes los rasgos comunesde las estructuras sociales. Por eso, se dice que toda ley essiempre norma general y abstracta, que exige, claro está,una aplicación prudencial. El derecho, en tanto cono-cimiento de validez general, actúa por abstracción.Conocido como un conjunto de objetos, la mente separaaquellas particularidades que definen a cada uno.

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El concepto está integrado por el conjunto de particula-ridades que el entendimiento recoge en una sola unidad,luego de separar aquello de lo que se puede prescindirsin alterar la propia esencia nocional.

El jurista abstrae las particularidades que reflejanaquel modo de la realidad que compete al orden del dere-cho, a diferencia de otros hechos que carecen de relevancia.Al surgir el concepto, el juicio, o el enunciado jurídico,debe reflejar un aspecto de la certeza, precisamente aquélcuyo conocimiento es necesario para implantar el ordensocial.

4. Los tipos jurídicos

Los tipos de construcción del sistema son aquellos que serefieren a la estructura y configuración de actos, institu-ciones y relaciones jurídicas o relaciones que presenta larealidad.

El tipo legal, más que un concepto jurídico, es unesquema empírico. Para formar el tipo, la mente esque-matiza más que conceptualiza. Por ello, su grado de abs-tracción es pequeño y conserva una inmediata referenciaa la realidad. Este rasgo epistemológico de los tiposexplica su uso en la técnica jurídica.

Los tipos legales pueden ser abiertos, cuando sólorecogen algunos rasgos parciales, o bien cerrados, cuandodelimitan de modo completo la figura en todos sus ras-gos característicos.

Las relaciones jurídicas, los actos y las institucionesque no se enmarcan en los tipos configurados por la leyo por la ciencia se denominan atípicos. Se distinguen delas formas típicas del tipo normal. Sin embargo, estasformas atípicas no quedan fuera del orden jurídico: seregulan por las normas generales especiales.

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Las alternaciones de los tipos pueden surgir de variasfuentes. En un extremo tenemos la realidad social y en elotro está el lenguaje. Las interpretaciones que surgentanto de la realidad como del lenguaje pueden alterar eltipo, y de eso debe estar, si no protegido, al menos adver-tido el tipo.

Así, el reduccionismo, la ficción jurídica, la abstraccióny los tipos penales son algunos ejemplos representativosde elementos de estricta técnica legislativa, que acomodaen su estructura el lenguaje jurídico, a fin de establecer unorden a partir de la naturaleza misma de las cosas.

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II. ELEMENTOS DEL LENGUAJE

A. La palabra

“No sabemos –ha dicho OCTAVIO PAZ– en dónde empiezael mal, si en las palabras o en las cosas, pero cuando laspalabras se corrompen y los significados se vuelveninciertos, el sentido de nuestros actos también se tornaincierto”.

No podemos cerrar espacios a la realidad. De algunamanera, ésta se hará presente. En los libros sagrados delas Indias Orientales, los brahmanes dieron rango dedivinidad a la palabra. Decían que ella habitaba los cielosdesde el principio y que sólo en parte había sido reveladaal hombre. Esta concepción no es exclusiva de ellos y desu tiempo.

En Grecia, mucho después, también dan unos al idiomaorigen divino y otros origen humano. Ambas opinionesse han perpetuado con el paso del tiempo. A HERÁCLITO

(siglo IV a. C.) se le atribuye la idea que supone laspalabras semejantes a la sombra de las cosas, y su imagenvocal igual a los árboles y a las montañas cuando rever-beran sobre el agua de los ríos, y parecida a la figura al serreflejada sobre un espejo.

DEMÓCRITO llama a los vocablos “estatuas vocales”.Dice, además, que no tienen imagen propia, ni sonindependientes de la voluntad del hombre. Se asemejan,

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más bien, a artificios tributarios de leyes humanas deorigen celestial.

En Atenas, al impulsar las actividades del espíritumediante la filosofía, cuentan únicamente con la palabra,mejor, con el verbo. La urbe era abierta a todos los vientosy se podía discutir cualquier tema. Se hacía todo esfuerzoposible para que la lengua fuera soberana. Se ponía fe enella desde un principio, y ella supo lograr su advenimientotriunfal.

En ese medio generoso, el debate público creó aquellosprocesos dialécticos que dieron origen a la democracia.Luego, la democracia dio forma a las instituciones esta-tales, una de ellas la de mayor virtud: la justicia. Losgriegos no fueron los creadores de las leyes, pero mos-traron favor al definir su papel y, sobre todo, su pureza.

Jasón dice a Medea, su esposa extranjera: “Hasdescubierto aquí la justicia y ya sabes ahora vivir segúnla ley, no según la fuerza”.

En la Hélade, las ideas, la conducta moral, el nacio-nalismo y la orientación pública surgen durante el de-bate. Más tarde, el procedimiento discursivo se generalizay pasa al vulgo, y éste lo convierte en pirotecnia verbal deplazas y mercados en toda ciudad-estado de la península.Es entonces cuando la palabra se convierte en el únicomedio de explicar todo lo pensado.

En 1725, GiAMBATTISTA VICO afirma, con comprobadaclarividencia, que el homo sapiens crea primero la lin-güística, enseguida los mitos, luego las costumbres y alfin las leyes para someterlas al cambio constante y a ladisposición nueva.

En 1848 la fiebre del oro arrastra a miles de aventurerosal Lejano Oeste. Durante la primera mitad del siglo XX, elmetal precioso gobierna al mundo. En la actualidadexiste la misma migración, pero ya no al American Riversino al Silicon Valley.

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La silicona se puede obtener de la arena, aquella quelas gentes del año 1848 desechaban por indeseable.Sabemos que lo valioso de un microprocesador no es lasilicona de la cual está hecho sino, más bien, el cono-cimiento incorporado en forma de signo, en forma delingüística, y guardado allí con su significado y susignificante.

Para dar capacidad a un microprocesador de siliconase necesitaban transitores. El primer microprocesadorque se hizo en 1958 contaba con sólo dos transistores. En1971, Intel usaba hasta dos mil trescientos transistores encalculadoras japonesas.

La unión libre de computadoras y teléfono celular vaa permitir a toda persona, en cualquier lugar y hora, laubicación permanente y el acceso a la noticia en directo.

Hoy día, si queremos definir el desarrollo de un país,esto no se debe hacer en función del oro, sino en funcióndel conocimiento transmitido, hecho primero vocablo.Así, el ingreso per cápita va a depender del conocimientoper cápita, y los desposeídos serán los carentes de idioma,los pobres de conocimiento oportuno.

En el futuro inmediato habrá más palabras que desco-dificar, hasta poder encontrar a cada una de ellas susentido, su profundidad y el exacto valor.

Se revisita así una dimensión oculta del entendimiento,el control sobre los diferentes niveles de lectura y elalcance de la interpretación penetrante que se desdoblandentro de los nuevos tejidos de la comprensión. Ya elsaber no será parte de la noticia, pues éste surge del hechoque no es propiamente el hecho mismo.

A partir de las palabras generamos el sentido de lasleyes. El término “estructura” ha adquirido hoy valor deprincipio doctrinal. Tomar el significante y el significadodesligados de su contexto original sin desnaturalizarloses imposible.

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La palabra es hoy, ante todo, provocación. Uno de lospensamientos más profundos en materia de interpreta-ción, que parte de todo aquello que la palabra por símisma es incapaz de contener y, por ello, está inhabilitadapara defender, se aprecia en SAN AGUSTÍN, quien comentael dicho paulino:

La palabra mata, el espíritu vivifica.

Sin embargo, si un texto carece de claridad, y esto leimpide brillar, no por ello procede la recomposición.Intentar otorgar coherencia a un texto cuyos principiosson cuestionables no faculta al intérprete a evacuar lasustancia vital en detrimento de la intención, dando pasoal oportunismo. La interpretación no debe conducir a lareescritura del texto.

Que la interpretación de la palabra o del texto repre-sente una tarea peculiar creadora de derecho no cambianada en absoluto. La tarea hermenéutica que se planteaaquí es jurídica. Pero, en cualquier caso, también la pala-bra sigue siendo enunciado y pretende ser verdadera encuanto palabra. El significado de cualquier oración vadeterminado por los significados de las palabras que lacomponen y por su disposición sintáctica.

WITTGENSTEIN afirma:

Pronuncia una frase y piensa: ¡Pronúnciala con inte-ligencia! Y ahora no la pronuncies, y ¡haz aquello con loque la acompañaste inteligentemente! Palabra y pen-samiento, palabra y significado no se pueden separar. Elsignificado no es algo adicional a la palabra pensada,sino algo en la palabra misma.

En ese mismo sentido decimos que no se puede continuardesuniendo la palabra de su edificio lingüístico, porque

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esto hace que se diluya su fuerza semántica. Pensarlo deforma distinta obliga a disociar el sonido y la palabra desu estructura. Al buscar destino a un vocablo cualquierahay que conocer antes el sistema al cual pertenece.

Nuestra era se caracteriza por la tendencia de todas lasdisciplinas científicas a reemplazar el atomismo por elestructuralismo y lo individual por lo diverso. El lenguajeno es solamente el vehículo de información, sino, másbien, una actividad que tiende a regular el compor-tamiento.

Planteada la lengua como un sistema, hay que analizarsu estructura subyacente para descubrir allí cómo suspartes son interdependientes y cómo el todo predominasobre lo individual de los componentes. Un punto deafinidad existe tanto en el sistema como en la estructurareferida.

La vida humana, lengua, política, religión son mani-festaciones de la expresión de una estructura susceptiblede ser determinada mediante normas. En lo presente,hay que ir de la palabra, ayer substrato incierto de lasleyes, a la estructura misma de la lengua.

B. La construcción de lo semiótico

Dos vocaciones opuestas se condensan en el campo dellenguaje a través del siglo XX. Una desea hacer del lenguajeun elemento sin peso, que se aligere como una nube; laotra tiende a imprimir al lenguaje un espesor, la consis-tencia del cuerpo, de las sensaciones.

Decimos que el lenguaje es la actividad significantepor excelencia. Incluso podemos señalar que es la imagenmisma de lo que puede ser la significación. Todo otromodelo significativo que pudiéramos construir seríaaceptado en la medida en que se asemejara al de lalengua. En cuanto una actividad es concebida como

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representación de alguna cosa, como “significante” dealgo, surge la tentación de llamarla lenguaje. De ahí quea veces se hable de lenguaje a propósito de diversos tiposde actividades humanas.

Sabemos que el lenguaje está hecho de signos. El signoes la unidad semiótica. Es necesario entender al signocomo unidad y como participante del orden semiótico.No debemos olvidar que el lenguaje es fruto de consensosimperceptibles.

El signo tiene por criterio un límite inferior que es el designificación. No podemos descender por debajo delsigno sin afectar a la significación. La unidad será laentidad libre, mínima en su orden, no descomponible enuna unidad inferior. El signo es una unidad definida,participante de la consideración semiótica de la lengua.

Se sabe que toda forma lingüística está constituida porlos llamados fonemas, es decir, por un número restringidode unidades sonoras. Hay que notar bien que el signo nose descompone inmediatamente en fonemas. Ni unaserie de fonemas compone de inmediato un signo. Elanálisis semiótico, diferente del análisis fonético, exigeplantear, antes del nivel de los fonemas, el de la estructurafonemática del significante.

Contrariamente a la idea de que la frase pudieraconstituir un signo, se ha considerado, por lo tanto, queel signo y la frase son mundos distintos, y, por con-siguiente, requieren descripciones distintas.

No hay signo sino cuando existe dualidad. Una cosa eslo que representa y otra la que es representada. Esadualidad se encuentra en el signo mismo, que podemosconsiderar desde dos puntos de vista: se puede ver comouna cosa entre las otras, o bien en cuanto lo que ellarepresenta.

Una pintura de una batalla del siglo XVIII que transcurreen Europa Occidental es una cosa como cualquier otra.

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Posee ciertas propiedades físicas: una masa, unasuperficie, un espacio. Estas, en calidad de propiedades,son ajenas a lo que el cuadro en la escena representa. Laescena remite a otras ideas, a otra cosa más allá delcuadro mismo. Así, el cuadro es cruel, épico o trágico.Esto lo diríamos de aquello que representa.

Nosotros conocemos las cosas que pueblan el mundopor medio de un intermediario de ideas que habitannuestro espíritu. El hombre inventó algunos signosexteriores y sensibles mediante los cuales los pensa-mientos son compuestos y transmitidos.

Cuando un hombre habla es con el fin de hacerseentender. El objeto del lenguaje es poder lograr que lasideas sean comprendidas por otro. Ahora bien, el lenguajeutiliza palabras que son precisamente signos. El inter-locutor no puede aplicar las palabras y los signos a otracosa que a las ideas que él mismo tiene en su espíritu, todavez que si las utilizara de manera diferente haría de lossignos conceptos propios.

Cuando el hombre es capaz de representar ideas quetienen otros hombres es consciente en darles los mismosnombres que le han dado otros, y es a sus propias ideasque él les da nombre, ideas que él tiene, y no a ideas quedesconoce.

El signo nace de una convención y ésta surge delconsenso. El consenso es construido a partir de unaabstracción conceptual o de un hecho. La abstracción eslo que niega el hecho pero ocupa un espacio en el cualtransita la mente del hombre.

No sabemos cómo se desarrolló el lenguaje en laprehistoria. Suponemos, eso sí, que las necesidades decomunicación influyeron en la estructura. Sin embargo,el lenguaje es enteramente una cuestión de comunicación.

Nos comunicamos en primer lugar con otra persona,o con nosotros mismos. Para ello debemos recurrir a la

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semántica y a la sintaxis. Estas comprenden un conjuntode reglas a las cuales debe someterse el pensamientoindividual cuando quiere expresarse interior o exterior-mente.

La lingüística tendría un alcance limitado si nopreexistiera una estructura subyacente. Es a partir de lasintaxis que se puede deducir la estructura, que es lo queconstituye el interés principal de la lingüística.

Los filósofos racionalistas del siglo XVII, DESCARTES,LEIBNIZ y otros, señalan que existen ideas inherentes a lamente, en tanto que el lenguaje es adquirido de formaarbitraria. Las ideas, con sus verdades, son congénitas.Estas se manifiestan en la naturaleza humana comoinclinación, disposición o potencialidad. El conocimientoes anterior a cualquier experiencia. Ello determina laforma del conocimiento que se obtiene a partir de laexperiencia. Más aún, hay quienes aceptan la posibilidadque exista un conocimiento inconsciente.

La tradición empirista –por ejemplo– entiende la mentecomo una tabula rasa. La mente –dicen sus exponentes–no contiene conocimiento anterior a la experiencia, nocondiciona las formas del conocimiento posible, exceptopor el hecho de que este debe derivar de la experienciamediante ciertos mecanismos, como ocurre con la aso-ciación de ideas. Así, para los empiristas (LOCKE) elconocimiento procede de la experiencia, mientras paralos racionalistas (DESCARTES) parte de la existencia delconocimiento de manera innata, previo a cualquierexperiencia.

A lo largo del estudio del hombre hay quienes creenque la investigación se debe realizar mediante unaobservación rigurosa de su comportamiento. Otros, porel contrario, no dudan en que las observaciones sonválidas, pero sólo en la medida en que revelen leyesocultas. Así, la metodología de la investigación se bifurca

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en dos escuelas irreconciliables: la behaviorista, la cual selimita a los hechos del comportamiento, y la empirista,que utiliza los hechos como claves para evidenciar leyessubyacentes.

Este conflicto se manifestó en el distanciamiento con-ceptual de dos escuelas lingüísticas: la taxonómica y lagenerativa. BLOOMFIELD desarrolla una lingüísticadescriptiva y taxonómica, fundada en métodos distribu-cionales, prolongando el estructuralismo sincrónicosaussuriano.

A su turno, la escuela taxonómica norteamericanaconsideraba que el objetivo de su disciplina era el declasificar los elementos de las lenguas humanas. Deberíaser una especie de botánica verbal. Llegó así a definirsecomo una ciencia clasificatoria, la cual se desarrolló máscomo técnica que como ciencia.

Otra corriente lingüística se concentraría en cambio enla descripción de la estructura gramatical, en lugar debuscar un objetivo taxonómico, alimentado por un criteriode clasificación artificial.

Surge así la escuela generativa, la cual se centra enconstruir un procedimiento que conciba todas las ora-ciones de una lengua. Estipula, en su momento, que elobjetivo de la descripción lingüística debe consistir en laconstrucción de una teoría que explique el número infi-nito de oraciones de la lengua natural y demuestre cuálesconjuntos de palabras son oraciones, para así distinguirlasdefinitivamente de las ambiguas.

CHOMSKY impulsa decididamente la gramática gene-rativa. Define al hombre como un animal sintáctico ysostiene que la sintaxis debe ser estudiada con inde-pendencia de la semántica. Insiste en que la forma debeser individualizada del significado. Reitera que la estruc-tura del cerebro determina su sintaxis y advierte que estaes una de las claves para el estudio de la mente. Señala:

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En el centro de las preocupaciones de la investigaciónactual se encuentra el aspecto creador del lenguaje en elnivel del uso corriente […]

Pareciera como si el sujeto hablante, al inventar dealguna manera su lengua, en la medida en que se expresa,o descubriéndola, en la medida en que la escuchaalrededor suyo, hubiese asimilado a su propia sustanciapensante un sistema coherente de reglas, un código ge-nético, que determina a su vez la interpretación semánticade un conjunto indefinido de frases reales, expresadas oescuchadas. Pareciera, en otras palabras, como sidispusiera de una “gramática generadora” de su propialengua3.

El objeto de la lingüística es el conocimiento subyacenteque el hablante tiene de la lengua. Ello le permite produciry comprender oraciones que nunca ha escuchado. Sebusca, desde luego, analizar los diferentes componentesque conforman la gramática: el sintáctico, el cual describela estructura interna del número infinito de oraciones dela lengua; el fonológico, que trata la estructura sonora delas oraciones, y el semántico, el cual analiza la estructurade significado de las oraciones.

La fonología y la semántica son interpretativas, en elsentido de que describen los sonidos y el significado,pero no generan oraciones. La descripción de una lenguadebe contener reglas gramaticales que generen seriesinfinitas de oraciones de la lengua. Que excluyan la am-bigüedad, así como aquello que no posea sentido, ya quesu fin consiste, exclusivamente, en describir en cadaoración la estructura gramatical.

3. NOAM CHOMSKY. “De quelques constantes de la théorie linguistique”, enDiogéne, Nº 51, 1965, p. 14.

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La lengua tiene dos maneras de ser en el sentido y enla forma. La lengua es interpretada como semiótica cuandoentendemos que su función es la de “significar”. Ahorabien, cuando la lengua es concebida desde el punto devista semántico, entendemos que su función consiste en“comunicar”.

Lo semiótico se caracteriza como una propiedad de lalengua; lo semántico resulta de una actividad del locutorque pone en acción la lengua. El signo semiótico existe ensí, funda la realidad de la lengua pero no trae aplicacionesparticulares. La frase, expresión del patrimonio semántico,no es sino particular.

Con el signo se alcanza la realidad intrínseca de lalengua; con la frase se está vinculado a las cosas de afuerade la lengua.

El signo tiene por parte constituyente el significadoque le es inherente. El sentido de la frase implica, a su vez,referencia a la situación del discurso y a la actitud dellocutor.

Dado así el marco general de esta definición, inten-tamos decir cómo aparecen esta vez las nociones deforma y sentido a la luz de la semántica. La expresiónsemántica por excelencia es la frase. Decimos la frase engeneral, sin distinguir la proposición, a fin de atenernosa su esencia, que consiste en la producción del discurso.Ya no se trata, esta vez, del significado del signo, sino delo que puede llamarse lo intentado. Lo que el locutorquiere decir, la construcción lingüística de su pen-samiento.

La noción de semántica nos introduce en el dominiode la lengua en uso y en acción. Vemos en la lengua lafunción de organizar la vida de los hombres. Es la lenguainstrumento de la descripción y del razonamiento. Sóloel funcionamiento semántico de la lengua permite la inte-gración y, por consiguiente, la regulación de la conciencia.

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La unidad semiótica es el signo; la unidad semánticaes la palabra. La palabra recupera su función natural, alser la unidad mínima del mensaje y la unidad necesariade la codificación del pensamiento. El sentido de unafrase es su idea; el sentido de una palabra es su empleo.

De la confusión entre sentido y referencia, o entrereferente y signo, ha nacido el concepto de la arbitrariedaddel signo. Si el sentido de la frase es la idea que expresa,la referencia de la frase es el estado de cosas que laprovoca.

Decir la misma cosa en una como en otra categoría deidiomas es la prueba de la independencia del pensamientoy de la estructura lingüística.

La sintaxis comprende también todos los signosutilizados en la lengua y no sólo su concatenación y losnexos entre dichos signos. Es, a la vez, una especie devocabulario y conjunto de reglas gramaticales, según laconcepción tradicional de la sintaxis.

El sentido de la frase no es otra cosa que el sentido delas palabras que la componen. El sentido de las frases esdado por la idea; el sentido de las palabras, por su empleoen la frase. El sentido de la frase equivale a la totalidad dela idea percibida desde un ángulo semántico. La formade la frase es dada por la composición de unidades se-mióticas independientes.

El concepto de semántica permite restablecer unaserie de mediaciones entre el mundo de los signos. Así, lacaptación por nuestra lengua de lo real se manifiestagracias a lo semántico.

C. La intersubjetividad del lenguaje

La intersubjetividad se puede definir a partir de lossujetos y el objeto de la conversación. Estos son parte deljuego de los dos extremos de la comunicación. Sin em-

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bargo, también podemos aproximarnos a la intersub-jetividad simplemente por medio del contenido subjetivoestricto del mensaje. Cualquiera de las formas men-cionadas de aproximación es válida. Pero antes deadentrarnos en el análisis, revisemos el alcance inter-subjetivo mismo como punto de partida.

Al respecto nos preguntamos: ¿el lenguaje es inde-pendiente de los interlocutores? ¿Tiene el lenguaje unsistema estructural de nodos que permitan la construcciónintersubjetiva? ¿El lenguaje puede ser funcionalmenteintersubjetivo? ¿Es preciso identificar si existe algu-nacaracterística que permita reconocer al lenguaje como unelemento intersubjetivo?

Identificar la realidad de dichas características permiteaislar una de las mayores variantes en que el lenguaje nosacerca a la verdad. La intersubjetividad puede servirpara acercarnos a la certeza final o bien alejarnos defi-nitivamente de ella. La certeza, en todo caso, va referidaa lo real, a la evidencia, a lo hecho y no a la búsqueda dela verdad, de la cual se ocupa con tanto ahínco la filosofía.

El lenguaje tiene características propias que permitenidentificar en su estructura los elementos que establecenvínculos entre las palabras. Detrás de las palabras seconstruyen los lazos asociativos que nutren la conciencia.Pensemos en la posibilidad de la comunicación que sepuede establecer entre dos aparatos electrónicos provistosde inteligencia artificial y capaces de dar lectura a mensajessin la intervención humana.

Allí la información está amparada de cualquier margende interpretación. Esta comunicación impide una lecturade datos, más bien es una mera identificación. No podre-mos hablar entonces de comunicación por no contenerelementos intersubjetivos. La reciprocidad entre losinstrumentos da un resultado previsto dentro de unmenú programado de manera inalterable. Los mensajes,

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al no contar con la intervención humana, permanecenexactos, hasta tanto la lectura del hombre haga inevitablela mediación.

En el lenguaje existen nodos que hacen parte de lafunción misma. Al cumplirse el mensaje produce unefecto en la conciencia y en la inconciencia del receptor.Así, la información se entrega en parte codificada: elreceptor al recibirla la descifrará total o parcialmente. Losnodos del lenguaje permiten que suceda el entendimientoen un espacio que sólo el lenguaje puede proveer pormedio de versátiles remisiones en idas y venidas queconvengan en reacciones impredecibles.

En la antropología tenemos vestigios de civilizacionesque han dejado atrás objetos sin rastro de lenguaje escrito.Sin embargo, el objeto crea un símbolo, produce unalfabeto que construye un significado que a poco disponeun sentido. Es, precisamente, la mejor forma de conocerlos hechos de manera indirecta. La percepción se hace po-sible por la lectura del lenguaje cuyo contenido se presentavisible por los nodos comunicantes vitales de la comunica-ción y eminente remisión semiótica.

Entonces, nos preguntamos: ¿dónde se inicia laintersubjetividad del lenguaje y dónde comienza lasubjetividad del receptor? ¿Dónde se inicia la subjetividadde los interlocutores y dónde termina? El problemaconsiste en saber cuándo y en qué momento sucede cadauno, a fin de determinar su alcance, ya que en últimasparecen caras de una misma moneda.

En el sentido de un enunciado se distinguen tres tiposde indicaciones: la representación de la realidad (objetiva),la expresión de la actitud del locutor (subjetiva) y elllamado del locutor al alocutario (intersubjetiva), que noes otra cosa que la acción del primero sobre el segundo.Esta se conoce con el nombre de denotación al aspecto

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objetivo y connotación a los otros aspectos: el subjetivo yel intersubjetivo.

La manera como el lenguaje ordinario describe larealidad consiste en hacer de ella el tema de un debateentre los individuos. El lenguaje no posee una parteobjetiva ni tampoco los enunciados dan acceso directo ala realidad. Si el lenguaje ordinario la describe, lo hacepor intermedio de lo subjetivo o por medio de lo inter-subjetivo.

La descripción en su aspecto objetivo se hace mediantela expresión de una actitud y de un llamado que el locutorhace al interlocutor. A esta altura podemos unificar losaspectos subjetivo e intersubjetivo, sin arriesgar nadapara identificarlos en su verdadero alcance significativo,que convergen en el valor argumentativo.

El valor argumentativo de una palabra es, por defi-nición, la orientación que se le otorga al discurso, y sueleser el papel que pueda desempeñar en éste. La particula-ridad de la capacidad formadora del lenguaje radica,ante todo, en distinguir lo significativo.

No obstante, al hablar de la distinción entre frase yenunciado, y en segundo lugar de la distinción entresignificación y sentido, encontramos algunos elementossignificativos. El enunciado, por ejemplo, puede ser unarealidad empírica, y lo observamos cuando escucha-moshablar a la gente. La frase, por el contrario, es una entidadteórica. Una construcción del lingüista le sirve para expli-car infinidad de enunciados. Esto nos permite entenderque la frase puede ser observada: no oímos, no vemosfrases, solamente escuchamos enunciados.

Llamamos significación al valor semántico de la frasey llamamos sentido al valor semántico del enunciado. Lafrase tiene, pues, una significación y el enunciado unsentido. Esta es una decisión arbitraria. No pretende

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corresponder a todos los usos que se hacen de las pala-bras: significación y sentido. Sin embargo, una y otra sonbien diferentes.

La significación consiste en un conjunto de instruc-ciones, de directivas que permiten interpretar los enuncia-dos de la frase. La significación de la frase es una especiede “modo de uso”, que permite comprender el sentido delos enunciados. La significación es abierta. Dice lo quehay que hacer para encontrar el sentido del enunciado.

La intersubjetividad del lenguaje es una facultad quepermite materializar aquello que, estando presente, se haeclipsado. Por ello decimos que transmitimos más de loque comunicamos.

Las ideas pueden ser transmitidas integralmente, asísu forma aparente no sea totalizante. El lenguaje es partede la comunicación verbal. Pero el lenguaje crea espaciosque se construyen por fuera de él, aunque sigue siendoparte formal de la comunicación.

Las asociaciones sensoriales originales son indispen-sables para generar los nodos mediante los cuales seestructura la teoría. La observación es el vehículo de laevidencia científica. De allí surge lo que se conoce con elnombre de “frases de observación”, las cuales se reconocencomo pilares que permiten estructurar el proceso deaprendizaje del lenguaje.

Las palabras que se aprenden en la primera etapa dela vida se realizan por medio de asociaciones: papá,mamá, tetero, etc. El requerimiento de intersubjetividades esencial para que el niño aprenda las expresiones deotros interlocutores en ocasiones compartidas. Muchasde ellas son aprendidas no sólo por simple condicio-namiento o imitación, sino por construcción subsecuentede un sofisticado vocabulario.

Las frases producto de la observación reflejan eventoso situaciones externas del mundo. Las “frases de observa-

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ción” exceden las intenciones contenidas en las frases delos niños en la etapa de aprendizaje. Lo anterior nosconduce a examinar las frases de observación en bús-queda del vínculo entre la observación y la teoría.

La frase de observación es el medio de verbalizar lapredicción que constata la teoría y que se asocia conestimulaciones por condicionamiento de respuestas ycircunstancias.

El requerimiento de estimulación puede ser alcanzadode cualquier forma. Nos preguntamos: ¿cuáles son apren-didos directamente por condicionamiento y cuáles pormedio del lenguaje más complejo? Esto varía según elindividuo. Pero esos dos requerimientos, intersubjetivi-dad y correspondencia para la estimulación, nos aseguranque cualquier frase de carácter observacional puede seraprendida de forma directa. Al afirmar o negar en laocasión oportuna, el interlocutor será estimulado y asífijará el sentido de ella.

Hay que pensar primero en las palabras primitivas,las cuales son la pieza de entrada en el aprendizaje, queestán asociadas como un todo al “margen de estimula-ción” por condicionamiento. Es, precisamente, esteintercambio de palabras, mediante “frases de observa-ción” y “frases teóricas”, que proveen conexiones lógicasy hacen, finalmente, de la observación algo particular-mente relevante para la teoría científica.

Comenzando con una frase en vez de términos vemosque no hay barreras para compartir el vocabulario pordos tipos de frases, y es el vocabulario compartido lo quetermina por vincularlos.

El requerimiento de intersubjetividad es lo que haceuna ciencia objetiva. Están relacionadas por estructura yfiguras de objetos como meros “nodos de estructura”.Pueda que haya un objeto particular, pero es indiferenteal apoyo a la verdad de la frase observacional, así como

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indiferente al apoyo prestado a la frase teórica, y porúltimo, indiferente al suceso de las teorías en suspredicciones.

La reinterpretación deja las frases asociadas a lasestimulaciones y todo vínculo lógico sin perturbar. Essignificativo en la ontología la contribución de “nodosneutrales” en la estructura de la teoría.

Los filósofos en la antigua India discutían acerca decuáles fueron los primeros vehículos del sentido de laspalabras y del sentido de las frases. El argumento a favorde las palabras consistía en señalar que éstas estánlimitadas en número y pueden ser aprendidas todas altiempo. Las frases, a su turno, decían los contradictores,son ilimitadas en número. Sólo podemos dominarlas alaprender cómo construirlas según las palabras previa-mente aprendidas. Así, las palabras le deben su sentidoa las frases.

Aprendemos frases cortas como un todo. Aprendemoslas palabras de acuerdo con su uso en la frase y asíconstruimos otras frases de pa-labras de ese mismo modoaprendidas. La búsqueda de una noción substancial debepartir del examen de la frase.

En psicología, se puede estar de acuerdo o no con lateoría del comportamiento4, pero en lingüística no hayun recurso alterno. En el hablante el alcance del arraigosocial del lenguaje es incontrovertible. Cada uno aprendeel lenguaje por medio de la observación del comporta-miento verbal de otros, quienes a su turno se lo corrigen,acentúan o condicionan.

Lo que flota en el espacio es nuestro lenguaje común,que cada uno es libre de interiorizar. Por eso decimos quela comunicación ha sido inmejorablemente denominada,

4. La teoría del behaviorismo.

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ya que es en el lenguaje donde la intersubjetividadsubyace.

Al principio, el problema de la mente era ontológico5

y lingüístico6. Sin embargo, con el paso del tiempo se havenido consolidando la aceptación de que la menteconsiste más en substancia que en cualquier otra cosadiferente. Estas reflexiones fueron replanteadas en undoble problema de lenguaje mental: el sintáctico y elsemántico.

Una proposición es cierta o falsa, salvo que existaambigüedad. Algunos entienden las palabras relacio-nadas a frases, mientras otros las entienden referencial-mente, más que al sentido propio de la frase. Al respectopodemos identificar dos escuelas. La primera consideraque el vehículo de la certeza es la frase, mientras lasegunda supone que hay en las frases un sentido. Sinembargo, la ciencia demuestra que hay varias manerasde concebir el mundo.

La subjetividad es la capacidad del locutor de plan-tearse como “sujeto”. La unidad psíquica que trasciendees la totalidad de las experiencias conscientes. La sub-jetividad no es más que la emergencia en el ser de unapropiedad fundamental del lenguaje. Encontramos aquíel fundamento de la subjetividad que se determina por elestatuto lingüístico de la persona.

La polaridad de las personas no pasa de ser unaconsecuencia pragmática. Polaridad, por lo demás, muysingular en sí y que presenta un tipo de oposición, cuyoequivalente no aparece en parte alguna fuera del lenguaje.

5. El lenguaje se funda en una realidad que no es otra que la de ser. En ellenguaje, el hombre se constituye como sujeto.

6. Unica es la condición del hombre en el lenguaje. El lenguaje no es posiblesino en calidad de sujeto y se remite a sí en su discurso.

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Esta polaridad tiene una posición de trascendenciarespecto al otro referencial. Ninguno de los dos términoses concebible sin el otro: el “yo” y el “otro”. Son comple-mentarios, pero visto en términos de oposición interior yexterior, pero al mismo tiempo son reversibles.

Así se desploman las antinomias del “yo” y del “otro”,del individuo y la sociedad. Dichas variantes se puedenacercar o alejar. Es, en una realidad dialéctica que englobalos dos términos y los define por relación mutua, dondese descubre el fundamento lingüístico de la subjetividad.

Pero insistimos: ¿tiene que ser lingüístico dicho funda-mento? El lenguaje de hecho responde a ello en todas suspartes. Está marcado tan profundamente por la expresiónde la subjetividad que se pregunta uno si construido deotra manera podría efectivamente funcionar.

El lenguaje es, pues, la posibilidad de la subjetividad,por contener siempre las formas lingüísticas apropiadasa su expresión. El discurso provoca la subjetividad, envirtud de que consiste en instancias discrecionales, máscuando la variedad de matices proporciona cada vez másun mayor espectro.

Por ello se ha llegado a decir que el lenguaje proponeen cierto modo formas “vacías”. Cada locutor, en ejerciciodel discurso, se apropia del espacio concedido parasellarlo con la alternativa que le provee la creatividadespeculativa propia. La instancia del discurso es así cons-titutiva de todas las coordenadas que definen al sujeto.La intersubjetividad permite construir, sobre todo, aquelloque no se percibe a simple luz.

En lingüística, bastantes nociones aparecerán bajouna nueva dimensión si se restablecen en el marco deldiscurso. Esta es la lengua, en tanto sea asumida por elhombre. La condición de intersubjetividad hace posiblela comunicación lingüística.

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El hombre ha sido expulsado de su individualidad, ypeor aún, hoy poco o nada lo ata a lo colectivo. ¿Acaso suespacio de construcción sólo se consolida en lo inter-subjetivo?

D. Lingüística

En el Fedro PLATÓN cuenta que el creador de la escriturase presentó ante el rey de Egipto, para mostrar su inven-ción como un apoyo a la memoria, a lo que el agudomonarca replicó: “No ha inventado Ud. un medio parareforzar la memoria, sino, por el contrario, para debi-litarla”.

Es en Grecia donde se elaboran las nociones grama-ticales que han dominado la lingüística con un enfoqueanalítico de las secuencias sonoras, que hacen posible laaprehensión de la lengua como sistema.

Desde la época presocrática se considera que el lenguajees una creación que deriva, en forma parcial, de lanaturaleza misma de las cosas.

Sin duda, el lenguaje es un sistema fónico, controladopor el individuo, susceptible de ser transpuesto en sistemaescrito. Según la concepción de HERÁCLITO, las palabrasconstituyen una propiedad inherente a las cosas queéstas designan. De allí la creencia en las propiedadesmágicas de las profecías: producir una parte de la realidadque ellas enuncian. Esta primitiva ausencia de disociaciónfue reemplazada, durante la cultura griega, por una crea-ción humana atribuida a éstas. Esta concepción, que yaaparece en PARMÉNIDES, será desarrollada por ARISTÓTELES,en tres postulados:

1. Las palabras han sido creadas por el hombre, ellas noexisten como características de la realidad, sino en virtudde una convención institucional de la sociedad.

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2. A pesar de la diversidad de lenguas naturales, de usosy de contextos, esta convención hace posible la comu-nicación en la medida en que cada palabra es portadorade una sola y única significación, que todo miembro delgrupo puede reconocer.

3. Las palabras, organizadas en proposiciones o frases,constituyen un espejo fiel de la naturaleza, cuyo orden ylógica expresan.

El lenguaje como imagen de una realidad constituía unarespuesta a los partidarios de la incomunicabilidad. Elanálisis de la lengua es el mejor medio para el estudio delos fenómenos extraverbales. Por ello se dice que el usode la lengua presupone de alguna manera un cono-cimiento integral de la realidad.

Con el desarrollo de las prácticas escolares, los aspectoslógicos del pensamiento aristotélico se reprodujeron. Lavigencia del pensamiento aristotélico explica que aúnhoy se perciba al significado como una evidencia.

ARISTÓTELES distingue los sustantivos de los verbos,que tienen la propiedad de poder expresar el tiempo.Con los estoicos, que introducen el número, el género, lavoz, el modo y el tiempo, llegará a su culminación la obraposterior de los gramáticos de Alejandría, quienesestablecen las bases de la mayor parte de las categoríasmorfológicas que conocemos actualmente: sustantivo,verbo, participio, artículo, pronombre, preposición,adverbio y conjunción, entre otros.

Luego, durante el medievo comienza el interés por laslenguas bárbaras, sus orígenes y alfabetos. Así, ladescripción del lenguaje se hace con fines didácticos, conel objeto de conservar la lengua “noble”, y el argumentopedagógico utilizado con más frecuencia es, sin duda, sucarácter lógico.

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Dado el interés por la lógica, durante esa época sepresta particular atención a la descripción de las relacionesentre las categorías gramaticales. Los autores toman encuenta el orden de las palabras y la forma de las mismasa fin de analizar las relaciones de “reacción” entre elnombre y los verbos.

Sin embargo, a tiempo que las gramáticas especulativasdurante el medievo se tratan de sistematizar en el planológico, se manifiesta en ellas la necesidad de tomar encuenta la forma específica y concreta del habla: lasemántica.

En el renacimiento aparecen las primeras gramáticasde las lenguas vulgares. Estos textos tendrán una finalidaddidáctica e incluso pragmática. Se trata de organizar lasregularidades del funcionamiento de los idiomas popu-lares, sin preocuparse por los aspectos teóricos. Surgenmúltiples procedimientos pedagógicos, tales como lastablas de conjugación, los inventarios y las reglas nume-radas con sus excepciones.

Así, la gramática tradicional establece las definiciones,reglas y explicaciones, mostrando una mezcla a vecesinextricable de criterios relacionados con la lógica, con lasemántica y con las características aparentes de las uni-dades. La reflexión semántica se caracteriza por sersumaria y poco rigurosa. Incluso descuida la dimensiónenunciativa para no ocuparse del problema de lareferencia.

En 1925, bajo la égida de WATSON y de WEISS, surge unanueva corriente de pensamiento conocida con el nombrede “conductismo”, que trata de explicar el procederhumano en términos maquinales, es decir, rechazandolos conceptos mentalistas. Analizan estos autores losenunciados de una lengua haciendo abstracción de lascategorías semánticas. Es decir, se concentran en notomar en consideración más que acontecimientos que

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cualquier observador pueda abordar en el tiempo y en elespacio. Recurren solamente a conceptos y a hipótesisque corresponden a operaciones materiales precisas.

Sobre estas bases proponen definir los enunciados dela lengua como una cadena de estímulos y respuestassustitutivas, que se insertan en las cadenas de com-portamiento social.

Luego aparece BLOOMFIELD, quien presenta un enfoqueconocido como lingüística taxonómica, basado en unaclasificación de las unidades morfosintácticas que per-miten precisar las bases de corrientes contemporáneas.

Surgen, posteriormente, por mencionar otras co-rrientes: el funcionalismo, la perspectiva enunciativa, lagramática generativa y la lingüística textual.

El funcionalismo se caracteriza por la voluntad de noconsiderar la estructura de la lengua como una realidady busca las razones que explican la organización de lossistemas lingüísticas particulares no en el psiquismo decada individuo sino, por el contrario, en las interaccioneshumanas diarias.

El método distribucional y el método del análisis soninsuficientes para hacer aparecer la verdadera situaciónsintáctica de las unidades de la lengua. Esos dos métodosconstituyen transposiciones del método fonológico a lasintaxis y no tienen en cuenta, por esa razón, las diferenciasque existen entre las unidades de primera articulación(los morfemas organizados en frases) y las unidades desegunda articulación (los fonemas organizados enmorfemas).

La identidad de las unidades sonoras es un criterioinsuficiente para definir una unidad lingüística, toda vezque las mismas secuencias pueden tener significadosdiversos en función de su contexto lingüístico o en fun-ción de su contenido extralingüístico.

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La perspectiva enunciativa constituye otra forma desuperación del enfoque estructuralista. Para ellos, ellenguaje constituye un doble sistema de referencias:primero, está constituido por unidades de tipo signo,cuya función es la de representar objetos generales o par-ticulares que forman parte de la experiencia del sujeto; ysegundo, se realiza materialmente en frases, cuya funciónes remitir a los acontecimientos concretos que definen lasituación de enunciación.

El análisis basado en las oposiciones surgido de lafonología es pertinente al nivel de los signos. Existenvarios niveles de fonemas, de morfemas y de lexemasque pueden ser aislados, clasificados y combinados. Sepuede pensar que el mismo objeto-lengua es susceptiblede ser abordado desde la realidad y desde la accióncomunicativa.

En la primera perspectiva, calificada de semiótica, lasunidades funcionan como signos y pueden ser objeto delanálisis destinado a identificar las opciones. La segundaperspectiva se califica como semántica y constituye dis-cursos que para ser comprendidos deben ser puestos enrelación con las situaciones de enunciación.

La puesta en práctica de la lengua en situacionesconcretas mediante actos individuales de utilización es elfuncionamiento discursivo del lenguaje.

Cada producción concreta de enunciados genera unasignificación global, que no se reduce a la suma de los sig-nificados de los signos que la componen, ya que dependeigualmente de ciertos parámetros contextuales7, y delconocimiento que comparten los protagonistas en elmedio social propio.

7 Hablante, interlocutores, espacio-tiempo del acto de enunciación.

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Otro aspecto se relaciona con el aparato formal de laenunciación, es decir, con subconjuntos de unidades quesólo pueden ser comprendidos teniendo en cuentaparámetros extraverbales. Todo hablante, en efecto, da aconocer, por medio de indicios, la manera en que se sitúaen relación con el contenido de su enunciado y con susinterlocutores.

Todo sujeto hablante se revela apto para producir ycomprender una infinidad de enunciados, inclusoaquellos que nunca leyó ni oyó previamente. Sin em-bargo, el objetivo de la lingüística no puede ser el dedescribir lo existente, sino el de establecer las reglas quepermiten a cada individuo construir infinitos nuevosenunciados a partir de los medios finitos de que disponela lengua.

E. La lingüística de las frases

El funcionalismo, desarrollado por MARTINET y susdiscípulos, la perspectiva enunciativa, tal como surge delos trabajos de JAKOBSON y, sobre todo, de BENVENISTE, lasgramáticas generativas y todas las corrientes surgidas deésta, pertenecen, como las escuelas estructuralistas ini-ciales, a la que se denomina la “lingüística de las frases”.

Ese funcionamiento más allá de la frase ha conducidoa muchos autores contemporáneos a elaborar una lin-güística textual, que describe el status y el funcionamientode las unidades lingüísticas con relación al texto del queforman parte.

Los lingüistas del siglo XIX consideraron a la lenguacomo una especie de organismo viviente, cuya evoluciónestaba regida por leyes tan imperativas como las de lavida misma. La lengua –decían– es fuerte, porque esarbitraria y neutra.

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Con SAUSSURE, la lingüística sienta las bases de unanueva disciplina estructural del sentido como cienciaautónoma. Ultimamente, las ciencias del lenguaje hanprogresado a un ritmo imponente, en especial en el áreade la sintaxis, la semántica y la gramática.

La lengua sólo puede ser descrita en su estructura si setoma en cuenta su función, esto es, el hecho de que sirvepara significar. Todo análisis debe incorporar, poco omucho, el fenómeno de la significación.

SAUSSURE se concentra en las nociones de significantey de significado. Estos términos fueron introducidospara expresar el carácter social del análisis que efectúa lacolectividad lingüística en el plano de la expresión y en elplano del contenido.

Pocas veces se distingue claramente el contenido delcódigo. Este suele estudiarse a través del prisma delcontenido. Diversas razones explican la falta de interéspor el código o la predilección de que goza el contenido.La comunicación puede ser analizada como instrumentode la lengua, o bien según la forma como es transmitidala información. Sin embargo, vale la pena poner depresente la posible confusión entre código y contenido,significante y significado, designandum y designado,referente y referido, gramática y semántica, confusiónque puede tener causas profundas y no siempre bienestudiadas.

El mensaje sólo se transmite por el canal del códigopreconcebido. Este puede ser indescifrable, si no lo pre-ceden conocimientos previos, ajenos al mismo código. Elpensamiento individual o colectivo somete el código asus necesidades y éste le imprime sus huellas indelebles.Cuando uno de ellos falla, el otro queda sin control o sedisgrega. En tales condiciones, no debe sorprender quese explique uno con arreglo al otro y de este modo se tomea veces el uno por el otro.

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El desacoplar las asociaciones convencionales estambién frecuente y puede tener efectos verbales. Estoproviene de intervenciones sobre el referente o sobre elreferido.

Ciertas modificaciones pueden ser introducidas porvoluntad con fines precisos, como en literatura, o bienresultar de cambios incontrolados en la utilización delcódigo. En cada caso hay límites que no se pueden reba-sar so pena de generar incomunicación o tergiversación.

Los lenguajes técnicos, las jergas, la poesía, el argot, ellenguaje infantil, las expresiones patológicas, propor-cionan con frecuencia ejemplos de desacoplamiento denaturaleza y en grado variado. Tal es el caso del esquizo-frénico, quien puede construir un discurso demencial sinerrores de gramática.

La lengua puede revelarse como un instrumento dúctila las necesidades de la comunicación. No debe ser vistacomo poseedora de todo y de algo.

La movilidad del lenguaje resulta irrisoria si se lacompara con la que se percibe en la realidad del pensa-miento. Para la mayoría, el mundo sensible, en tanto nose exprese, se diversifica sin traba alguna.

La relación entre significante y significado puedemostrar estabilidad en el espacio y en el tiempo. Ladependencia la establece aquella que afecta el nivelsintáctico. Los cambios son lentos en el tiempo y las des-viaciones apenas toleradas.

Esta relación entre significados es más estable que larelación entre vocablos. Revelan estar sometidas amodificaciones frecuentes y rápidas en el transcurso deltiempo y durante él experimentan notables variaciones.

En la morfosintaxis se juegan el porvenir de unalengua, la perennidad de un texto o la pertinencia de untratado. En ese mismo plano ha tenido que inventarse elhombre nuevos lenguajes para poder abordar mejor el

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mundo físico. El sistema se desquicia en las realizacionesdispares de cada individuo, en la colectividad y en eltiempo. Tal disparidad contribuye a debilitar las yaazarosas relaciones entre la expresión y lo expresado.

La lengua es el instrumento y el producto de unórgano humano. Imperfecta en comparación con unsistema teórico, cargada de redundancias y de ambi-güedades, con un desarrollo irregular, sometida unasveces a restricciones meticulosas y otras veces entregadasin reserva a licencia. La lengua dista mucho aún dealcanzar el grado óptimo en cuanto a la cantidad deinformación transmisible.

El cerebro humano es incapaz de abarcar la totalidadde la información encerrada en cada signo o combinaciónde signos, y menos de organizarla con la debida opor-tunidad.

Todo esquema engendra reglas y niveles conceptualessegún evidencias que le son propias. De ahí se deriva unacoherencia que otorga a la teoría visos de generalidad oprofundidad que satisfacen a la mente, pero que noabarca la diversidad o la complejidad de la realidad.

Algunos actos y objetos tienen sentido, pero no essiempre fácil saber en qué consiste su capacidad designificar. Cuando se toma como objeto de estudio elsignificado del lenguaje se plantean diversos problemas.Uno de ellos es el de distinguir qué tipo de entidades lin-güísticas pueden tener significado. Cuando se conoce elmedio de interpretar ciertas acciones que producensignificado se está en camino de descubrir el mecanismocausante de éste.

Sabemos que ciertos actos de habla y algunos objetostienen significado. Se dice así que el lenguaje es, enúltimas, una colección de actos de habla. Lo que tienen encomún es que hacen referencia siempre a hechos deexpresión.

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Hay distintas clases de expresiones: las palabras y lasoraciones son dos de ellas. Las palabras pueden enten-derse como cadena de morfos, es decir, como realizaciónde los morfemas o unidades significativas mínimas dellenguaje, separadas por espacios. Una vez determinadaslas entidades lingüísticas en cuanto a lo que significan,debe interesar cuál es el significado y cómo puedensignificarlo. Los problemas del significado empiezancuando se percibe que el lenguaje puede ser infinito,creativo y eterno.

El significado lingüístico está relacionado con lasexpresiones por medio de un código específico que impo-nen las reglas. Este significado es indispensable paradarle contenido a las palabras del hablante. Lo que ésteañada a la expresión pertenece a su identidad o a susintenciones, al momento habido y al lugar de la emisión.Estas propiedades se identifican con el contexto, que es lacondición que permite a una misma expresión tenervarios significados.

La noción del significado plantea que el papel semióticoen que se conjugan las expresiones de los contextos esmezcla del sentido y de la referencia.

La relación entre signo lingüístico, sentido del signo yreferencia está dirigida a entender cómo todo signoperteneciente a un lenguaje tiene un sentido y un lenguajelógico. Todo signo con sentido debería tener una refe-rencia, aun cuando a la misma referencia le pueda corres-ponder más de un signo.

Se conoce como lo deseable que a cada expresión lecorresponda un único sentido, pero en las lenguas natu-rales esto no siempre ocurre y es común que el sentido deun nombre propio varíe de un habitante a otro.

Conocer el sentido de un signo ayuda a conocer sureferencia, porque el sentido es, en cierto modo, una guía

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hacia la referencia del signo, pero siempre guía parcial,puesto que con el sentido la referencia no queda del tododeterminada. A cada signo con sentido corresponde unareferencia, pero se ha señalado cómo las referencias pue-den ser alcanzadas desde signos distintos con diferentessentidos.

La evolución de la lingüística convierte el lenguaje enobjeto, pero el pensamiento persiste en vivir en el elementodel lenguaje.

F. Filosofía del lenguaje

El siglo XX fue escenario de un giro lingüístico (linguisticturn). Un viraje hacia lo lingüístico como ciencia inde-pendiente, cuyo fundamento inspiró a filósofos ylibrepensadores a replantearse lo evidente a partir deuna nueva construcción conceptual que tendría comopunto de partida el lenguaje.

WITTGENSTEIN demostró un singular interés por el usodel lenguaje, por la forma en que hablamos al comu-nicarnos (ordinary language). Centró sus primeros análisisen la pragmática lingüística, en los hombres en cuantoestán juntos unos con otros y frente a otros en el lenguajeque pertenece a la praxis.

Hoy, lo lingüístico (ser lingüísticamente) se ha tor-nado vital. El lenguaje es lo que conlleva al entendimiento,conduce a la comunicación, al discurso abierto. El lenguajees por sí solo acontecer lingüístico. La palabra que le esdicha a alguien no es representable con símbolos concep-tuales, salvo que se haga mediante ecuaciones verificables.La palabra existe como algo que le llega a uno. De estemodo, la filosofía de hoy ha cambiado su orientación enun viaje que va del monólogo al diálogo.

Según WITTGENSTEIN, al significado se le conoce con elnombre de “concepción figurativa del lenguaje”. En ella

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el lenguaje dice por qué significa, ya que es una figura dela realidad.

El enfoque inicial de WITTGENSTEIN constituye unesfuerzo de clarificación de la filosofía del lenguaje tanfundamental como el emprendido por SAUSSURE. Asícomo este último se desesperaba por “la dificultad queexiste para escribir diez líneas dotadas de sentido enmateria de lenguaje”, WITTGENSTEIN intentó establecerlas bases de un análisis filosófico “sensato”, fijando lasignificación de nociones tan simples como mundo,hechos, cosas, representaciones o formas. Este enfoque locondujo a una especie de reformulación de los postuladosaristotélicos:

1. “La representación es un hecho”, pero es un hechode naturaleza particular, que debe tener alguna cosa encomún con aquello que representa. En otras palabras, lossignos de la lengua son elementos objetivos que repre-sentan hechos pre-existentes y objetivos.

2. Lo que hace que una frase sea imagen de la realidades que ella tenga la estructura que representa. Existe,pues, un estrecho paralelismo entre la organización de lalengua y la organización de la realidad.

Los planteamientos de WITTGENSTEIN ponen límites alpensamiento aristotélico, y estos límites son los que vana realimentar el esceptismo en torno a lo semántico.

La palabra recoge de la intuición lo que el lenguajerepresenta. Una figura aquí es una imagen, una repre-sentación, una maqueta, una búsqueda del arquetipovirtual. Así, las figuras que uno forma a partir de loshechos son siempre hechos, y en tal forma las figuras quehacemos deben tener rasgos iguales a los hechos de loscuales son figura. En el mismo orden en que los hechos noson simples, ni pueden serlo, las figuras tampoco lo son,no deben serlo. Al igual que los hechos, las figuras estándotadas de natural complejidad.

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Para que un lenguaje sea figura cabal del mundo serequiere correspondencia entre los objetos del mundo ylos elementos de la figura. Los elementos de la figuraestán combinados de modo característico. Esa forma enla cual están combinados se llama “estructura de la fi-gura”, y la disposición en la que los elementos se combinanunos con otros se denomina “forma de figuración”.

La forma de figuración es aquella donde la figura re-presenta a lo figurado, y la figura y lo figurado compartenla condición de que lo primero pueda representar a losegundo. Más aún, para que la figura represente a lofigurado, la figura y lo figurado no sólo deben compartirla referencia entre los elementos y los objetos, sino tambiénel modo en que los objetos están colocados en cada caso.

Las figuras suelen serlo de aquello que tenga la mismaforma, pero esto no dice que figura y figurado necesitanexhibir apariencias semejantes. Algo es figura de otracosa cuando ambas comparten los mismos elementos dela figura que representa elementos de lo figurado, de losobjetos del mundo y en la figura se reflejan las relacionesen las que están éstas; así la figura resulta lógica a partirde su estructura formal.

Las figuras son complejas porque representan“estados” de cosas. Esta complejidad les da el sentido. Elsentido de la figura es lo que ella representa, y lo querepresenta una figura es un estado de cosas posibles en elespacio lógico.

La figura puede ser verdad o mentira, y el que sea louno o lo otro depende del acuerdo o desacuerdo de susentido de entendimiento con el mundo. Ninguna figuraes verdadera si se independiza del mundo. Todos losestados de cosas están constituidos a partir de los mismosobjetos y en cierta figura el conjunto de los objetos escomún a los mundos posibles.

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Se ha visto cómo hacemos figuras a partir de loshechos. En un sentido simple, el pensamiento es la figuralógica de los hechos. La figura del mundo es el pensa-miento y éste se ha formado a partir de una imagenmental del universo.

Como figura el pensamiento es un hecho, y como talestá dotado de complejidad. El pensamiento como figuralógica tiene sentido y puede ser verdadero o falso. Cuandomundo y pensar van en un mismo sentido, el pensamientoes verdadero y representa con fidelidad al mundo.

Ningún pensamiento es probado a priori. Su verdaddepende de su concordancia con el mundo que concibe.El estudio del lenguaje corresponde con el estudio de losprocesos del pensar diferentes.

Se suele comparar el lenguaje con la ropa, porque éstasuele ocultar la forma del cuerpo en lugar de resaltarla.De la misma manera que de la forma de la ropa no sepuede deducir la forma del cuerpo que cubre, no puedededucirse del lenguaje la forma del pensamiento queoculta. De hecho, en la lengua una misma palabra puedepertenecer a diferentes símbolos y ocurre igual a comodos palabras distintas se usan en un mismo modo. Puededecirse que signo, es decir, palabra, es lo perceptible en elsímbolo.

Cualquier lenguaje sígnico está formado por propo-siciones que describen estados de cosas posibles. Así, alsigno dicho mediante el pensamiento que expresamos selo llama proposición, y de ese modo la proposición es elsigno proposicional en su relación proyectiva del mundo.Se sabe que la proposición añade al signo la posibilidadde representación. El signo es un hecho formado porpalabras relacionadas de modo determinado.

En el lenguaje existen dos formas de expresiones, losnombres y las proposiciones. Los nombres son los sím-bolos simples usados en las proposiciones. Los nombres

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y los objetos a los que representan son simples, es decir,carecen de complejidad y, por esto, de estructura. Enotras palabras, el nombre no puede descomponerse másallá porque, precisamente, es un signo primitivo.

Mientras que los nombres son simples, las pro-posiciones son complejas y la forma de significar enambos es diferente. Las proposiciones no nombranobjetos, como sí lo hacen los nombres, sino que coincideno no con los hechos, es decir, tienen sentido. En cambio,el nombre es simple y no tiene posibilidad de describir,sólo de nombrar. Las proposiciones describen hechos enforma falsa o verdadera según coinciden o no con ellos.

El lenguaje puede ser mirado desde un ángulo com-puesto de reglas. La primera etapa consiste en elaborarletras, luego palabras y al cabo frases. Por otro lado,componemos un diccionario de palabras que representanprimero cosas, luego acciones y en seguida hechos. Elcontexto será el tablero sobre el cual estarán represen-tados ilimitadamente los espacios. Las reglas simplespodrán dar pie a ser cuidadosamente transformadas enotras reglas, hasta alcanzar un extremo máximo sin perdersu sentido mínimo. El lenguaje obtendrá así una dimen-sión profunda al alcanzar cada vez niveles más complejos.

El lenguaje simple no puede confundirse con el reduc-cionista, ni el lenguaje complejo con el confuso. Sin duda,a mejor composición de reglas mayor será el alcance dellenguaje. Sin embargo, no es posible conocer las partessin conocer el todo, o conocer el todo sin conocer unacualquiera de las partes.

SAN AGUSTÍN concibe el juego del nombrar en Las con-fesiones. Un lenguaje apatronado por el aprendizaje denombres de cosas. El patrón será completado cuando sehaya aprendido el nombre de cada una. Cada nombre esaprendido por definición exhaustiva. Es decir, señalandocada cosa y designándola.

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Si tengo que explicar el sentido de la palabra “rojo” aalguien, qué mejor que señalar algo de ese mismo color.Este es el caso del aprendiz de carpintero, a quien alseñalarle el martillo se le enseña que debe entregarlo. Loprimordial para el aprendiz es saber identificar (sentido)y luego comprender que debe pasar la herramienta a sututor (acción).

El lenguaje no es sólo identificar, sino saber conjugarlas situaciones en el contexto. Un lenguaje es aprendidosólo cuando uno puede jugar los varios juegos que com-pone el lenguaje concernido. Esto es, cuando uno haaprendido cómo usar las palabras para hacer preguntas,describir cosas y eventos, dar órdenes, hacer reque-rimientos y promesas, evaluar, condenar o nombrar.

Imaginar un lenguaje es imaginar una forma de vida.Hablar sobre el lenguaje como un fenómeno único yambiguo sería como hablar sobre el juego como si sóloexistiera uno solo. El número de juegos que puedenformularse a partir del lenguaje es indefinido. No porquese puedan imaginar nuevas formas, sino porque sufrontera no está delimitada, y sostener que es infran-queable sería darle una condición que de hecho esinnecesaria y por demás arbitraria.

La filosofía revela la auténtica estructura lógica delmundo. Su misión es analizar frases para descubrir lasproposiciones elementales de las cuales son funcionesverdaderas. Al revelar su lógica manifiestan, además, elcorrespondiente estado de las cosas. WITTGENSTEIN seaparta de la observación consistente en que el estado delas cosas está representado en objetos llamados por laspalabras y que éstas están compuestas por proposiciones.

Imaginemos un tablero de ajedrez. En cierto contextopodemos decir que está hecho de cuadros blancos ynegros. Cada cuadro es simple. En otro contexto, unopuede decir que el tablero está compuesto de colores

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blancos y negros. Estas dos premisas difieren. La palabra“cuadro” no está comprendida por el mismo significadode “color”. ¿Cuál es la premisa correcta? Esto dependedel contexto. Ningún enunciado en sí mismo es correcto.Si digo, en cambio, que el tablero de ajedrez está com-puesto por cuadros de colores, ello no sigue el contextoapropiado, un cuadro coloreado es simple. En un contexto,debe decidirse que cada cuadro es hecho de un color yuna forma; en otro, que consiste de varios rectángulos.

WITTGENSTEIN se pregunta por qué no utilizamos uncontexto en donde pueda ser llamado por su simpleobjeto. Si la idea de los objetos absolutamente simplesestá desamparada, se debe abandonar la idea la cualafirma que existen estados simples, los cuales tienencierta forma lógica. Así recordaremos que los estados dela cuestión era para ser supuestos de objetos simples yque su forma lógica era para ser supuesta a ser deter-minada por relaciones entre ellos.

Dondequiera, “una cosa es el arte, otra la estética yotra la filosofía. El arte es la obra de arte, la estética es elhablar sobre el arte, y la filosofía es el hablar sobre elhablar sobre el arte”. El arte sería una práctica; la estética,un lenguaje-objeto sobre esa práctica, y la filosofía, unmetalenguaje sobre ese lenguaje.

“En arte, es difícil decir algo que sea tan bueno comono decir nada”. Esta frase, típica de la primera filosofía deWITTGENSTEIN, sería radicalmente verdad. En su primerafilosofía, la estética se identificaba con la ética y con lareligión en lo místico, y con lo indecible. Cada cosaresalta en su momento en nuestra consideración, como sifuera la única en el mundo. Con y contra el mundo enteroy total, desdibujado, controvertido en un trasfondo. Laestética, como la ética y la religión, proporciona al hombreun talante.

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La estética intenta interpretar el arte; la filosofía,analizar el lenguaje estético sobre arte en vistas a susentido último, a su significado y a su verdad. Eso tradu-ciría bien el pensamiento del segundo WITTGENSTEIN,quien pretende limpiar el discurrir de telarañas absolutascomo “lo bello”, lo “inconsciente”, o la “verdad”, supuestointerior de la imaginación y exterior del lenguaje.

Entendida la estética como un ejercicio de análisisfilosófico sobre el lenguaje y sobre las imágenes interioresque genera el arte, se comprende cómo nada tiene que vercon una ciencia de alcance psicológico sobre lo bello. Lapretendida mecánica del espíritu no llevaría, en estética,sino a identificar un mecanismo, en vana persecución deuna causa. “La causa”, que explica fenómenos como laperplejidad, el sentimiento de emoción frecuente anteuna obra maestra.

Si nos interesa el lenguaje estético no es por susignificado, que no lo tiene, sino por su inclusión comoacto de habla en el propio proceso de la creación uobservación. Tampoco nos interesa el lenguaje por sureferencialismo, sino como reacción espontánea inclusaen el procedimiento total del arte que se manifiesta enforma de interjección: las palabras son hechos.

CHOMSKY demostró cómo las lenguas humanas sonsímbolos creativos. Esto significa que no hay límites alnúmero de mensajes diferentes que se pueden produciro comprender. Cada día nos encontramos un gran númerode frases completamente nuevas. Esto quiere decir que lasignificación de señales lingüísticas, tal como las frases,depende de elementos constitutivos. Estos signos no sondados en forma de bloque que no pueda descomponerse.Por el contrario, poseen una estructura interna, que per-mite absorber la significación cuando se crean,descomponen o combinan.

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El estudio de la significación debe partir de la funciónexpresiva del lenguaje. Cuando se habla de función derepresentación del lenguaje la significación es una relacióndirecta entre las palabras y las cosas.

El uso particular de la palabra consiste en transformarnuestro discurso mental (pensamientos) en discurso ver-bal (palabras). El discurso mental debe retener todanuestra atención; si no es así el resultado será un pobrediscurso público. Aquello que es interno al espíritu, en larepresentación mental es anterior a la expresiónlingüística. Las palabras no tienen el poder, por sí solas,de significar algo. Las palabras no están dotadas de unpoder que puedan remitir a entidades mentales en donderesiden las ideas. Las imágenes mentales, los pensa-mientos, las concepciones, las sensaciones y las impre-siones sensibles pueden ser llamadas signos privilegiados,o, por qué no, simples ideas.

Las palabras no son moneda de cambio para unaimagen, y las imágenes no podrían remplazar las palabras.Tampoco es posible decir cuál es más receptiva. ¿Quéviene primero, el pensamiento o el lenguaje? ¿Acaso ellenguaje no es un simple medio para comunicar nuestropensamiento?

Las representaciones mentales poseen una estructuralingüística. Por tanto, las propiedades semánticas de lossímbolos lingüísticos pueden ser relacionadas a los esta-dos del espíritu, al estado de pensamiento y de las ideas.

GRICE afirma la anterioridad de la significación dellocutor sobre aquella de las frases. Primero, porque que-remos decir ciertas cosas cuando utilizamos palabras quevienen a vehicular información.

Hay corrientes que otorgan a la psiquis una impor-tancia especial como fuente de inspiración para describirsiguiendo las regularidades mentales en que cada indi-viduo razona.

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En el mundo multiforme de la juridicidad hay que irmás allá de las palabras que la explican. Qué mejor quecentrarnos en una perspectiva analítica que permita conel tiempo ordenar nuestras palabras y pensamientológicamente. Hoy sólo identificamos los primeros sobre-saltos de una materia cuya tesitura nos intriga, pero sucomplejidad nos desborda.

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III. INTERPRETACIÓN JURÍDICA

A. La comprensión lingüística de la ley

El lenguaje jurídico tiene por objeto ser un instrumentode control, toda vez que el propósito de todas las dispo-siciones jurídicas es influir en la conducta de los hombres.Tiene que ser considerado como un medio para tal fin. Es,a su turno, directo, por oposición al difuso que nor-malmente emplea la comunicación extra-legal.

Una palabra no tiene sentido a menos que posea unareferencia inmediata a la experiencia. Cuando una palabraposee un estímulo emocional, entonces no puede tenervalor como instrumento intelectual. El lenguaje emo-cional puede convertirse en un objeto de estudio científico,del mismo modo que lo es el lenguaje de la percepción.Ahora, el lenguaje emocional es accesible a la ciencia; encambio, no sucede lo mismo con la decisión fundamentadaen el sentimiento.

FERNANDO HINESTROSA se refiere en los siguientestérminos al lenguaje jurídico:

El derecho es una creación espiritual técnica, que semanifiesta en su propio lenguaje. Una lingua, que, a másde ser una técnica, es la expresión de un sistema racionaly ético, correspondiente a una moral material jurídica. Yapenas hay que decir que tampoco el lenguaje jurídico esneutro o inocente. Lleva consigo todo un sistema de

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pensamiento, una articulación de conceptos y de prin-cipios, una carga afectiva o pasional de valores. Precisoes recordar la experiencia del idioma vulgar y del derechovulgar. Las palabras, los giros, las normas, comprometen,envuelven, afilán8.

Cuando se examina una ley para valorar sus consecuenciasen relación con el hecho puede suceder que la certezaaparente se sustituya por la ambivalencia de significados.Esto provoca incertidumbre en el sistema. Con la mismaley se puede absolver o condenar, se puede permitir oprohibir. Incluso se puede revocar la sentencia precedentey modificar sus efectos definitivos. Este es el problema dela interpretación de la ley, toda vez que la dialéctica sehace presente a partir de la manera como se escribe y laforma como se lee.

La ley puede ser cerrada o abierta, rígida o elástica,mantenerse incólume o ser manipulada. Históricamente,estas alternativas teóricas podrán rastrearse a partir de laaceptación de la lex horrendi carmenis por parte de las DoceTablas, en el derecho romano arcaico, que imponía elriguroso respeto de su letra: dura lex, sed lex, sed scripta est.

Con el tiempo aparece la sugestiva fraseología paulina.En su segunda Carta a los Corintios el apóstol afirma:Littera enim occidit, spiritus autem vivifica. Esta frase aparececon el comentario que de ella hizo SAN AGUSTÍN, en la queel término spiritus mantuvo su valor religioso y místico.Esto proporcionó a los juristas nuevo punto de referenciadel ejercicio de la interpretación, que no ha dejado desuscitar intrincados debates.

8. F. HINESTROSA. “Principios sobre los contratos internacionales”, UNIDROIT,Ministerio de Justicia y del Derecho, Bogotá, Imprenta Nacional, 1997,p. 19.

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La interpretación jurídica del análisis lingüístico tienesu progenitor en HOBBES, quien en el Leviatán escribió:

There is only one sense of the Law. But if by the Letter, bemeant the litteral sense, then the Letter, and the Sentenceor intention of the Law, is all one.

Una ley no puede tener más que un solo significado. Estese expresa en la letra de la ley junto a la intención de la leyque es todo uno. Por esto, a los jueces británicos les estáprohibido salirse de la letra de la ley, entrar en la intencióndel legislador e ir hasta los debates parlamentarios paraescudriñar un último motivo, que en virtud de la bina-riedad de los debates presenta una estructura ambivalentey acomodaticia.

NORBERTO BOBBIO afirma:

El paso de la interpretación de la letra a la inter-pretacióndel espíritu no representa más que la extensión delestudio del uso de las palabras en cuestión a contextos deproporciones cada vez más numerosos y menos afines alcontexto inicial.

UMBERTO SCARPELLI, en su Premesse alla teoria dell’inter-pretazione giuridica, manifiesta:

La llave para una adecuada y satisfactoria teoría de lainterpretación está en el concepto de estructura lingüísticacomo estructura regulativa […] en las condiciones idealesde la comunidad lingüística completamente homogéneay del conocimiento perfecto se puede asumir que lainterpretación corresponde perfectamente al significadoentendido por el autor.

La interpretación jurídica consiste en la reformulaciónlingüística de los textos normativos. El lenguaje del texto

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interpretado debe ser distinguido del lenguaje del intér-prete. Del mismo modo que un texto traducido debedistinguirse del resultado de la traducción.

B. Acto de la interpretación

Hacer, reorganizar, acortar, suprimir, llenar, imaginarficciones, falsificar, son actos constitutivos de cualquierinterpretar. ¿De dónde surge el acto de imposición de lainterpretación, o es éste quizá parte del análisis? Acaso lainterpretación es injusticia, superposición o violencia.Una vez reconocida aquella explícitamente como consti-tutiva de cada darse de las cosas, la violencia cambiatambién de significado. Y se convierte como todos lostérminos metafísicos causa: principio, sustancia, sujeto.

Dado que la interpretación es un acto de violencia ysuperposición, no se puede pensar que su logro se midasegún una mayor o menor correspondencia con la esenciade la cosa. Toda la actividad de forzamiento y falsificaciónque constituye la interpretación está pensada como“experimento”.

En el mundo posmoderno, la prisa obliga a estarpronto entendidos del suceso, más allá de las palabras,para poder contar con un criterio que nos mantenga aldía. Incluso los medios de comunicación ya no soninformativos, sino, sobre todo, explicativos.

Las lenguas tienen así un fundamento común, porqueposeen un propósito común, que es el de permitir “signi-ficar”, o mejor, hacer conocer un determinado pensa-miento. La comunicación mediante el habla exige queésta última sea una representación del pensamiento.Pero la palabra dice más de lo que intenta transmitir, apartir del pensamiento de quien habla y del entendimientode quien escucha.

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No hay límite para los mensajes incorporados a unaspalabras y su posterior descodificación. El uso acertadode la frase consiste en bien valerse de ella para podertransformar el discurso mental en discurso verbal, o en elpaso de la idea significada a la significante.

Desde luego, como dice la sabiduría oriental, “elanzuelo trae al pez”, y “guardemos el pez y olvidemos elanzuelo”. Las palabras traen las ideas; olvidemos laspalabras y conservemos las ideas.

Pero, ¿qué puede ofrecernos hoy la reflexión sobrelingüística? ¿Qué es comprender el lenguaje? ¿Cuál es elsentido de la palabra o del texto?

Tan pronto el hombre decide ir más allá de los objetosmismos encuentra que estos tienen un valor que lostrasciende. Ante un cuadro de Velásquez un curadorencuentra mensajes que un lego no percibe. De la mismamanera, un objeto puede indicar el estado social de lapersona que lo posee, en ocasiones su actividad y sugusto. Cuando vemos en alguien algo que lo significa, enotras palabras, cuando tomamos un objeto como repre-sentación de otro hecho distinto del objeto mismo, se loestá considerando un signo, es decir, un hecho percepti-ble que nos da información sobre algo distinto a élmismo.

El valor significativo del signo importa mucho, conindependencia de su grado de evidencia. Cuando damosgolpes en la puerta para indicar que estamos allí yqueremos entrar, la expresión puede ser poligénica. Lossignos son estudiados por la semiótica. Hay signos usadosmientras hablamos y signos usados mientras escribimos.Estos forman un sistema de expresión oral y escrita. Lalengua es así y desde siempre un método regido inexo-rablemente por signos.

Entre los comunicados lingüísticos y no lingüísticosexisten diferencias. Un semáforo tiene tres signos no

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lingüísticos, el verde, el amarillo y el rojo. Estos nopueden segmentarse. En cambio, si tomamos una palabrala podemos segmentar en elementos sin significado.Estos elementos los llamamos, en la lengua hablada,fonemas, y en la escrita letras; tales elementos no tienen,per se, valor, pero sirven para originar cualquier signo.

La teoría del signo lingüístico es una asociación de unaimagen acústica o significante y de una imagen mental osignificado, uno y otro unidos, indisolublemente.

Se considera al signo lingüístico un medio arbitrario,porque entre él y la realidad a la que hace referencia nohay relación natural, ni siquiera una estructura subyacenteen la que se apoye. Este hecho hace posible, curiosamente,la existencia de varias lenguas.

Como puede verse, los distintos signos en nada separecen a la cosa nombrada, pero permiten expresarlo oescribirlo de diferente manera y en diferentes idiomas.Lo que se une en un signo es el significante y el significado,nunca el nombre y la cosa a la cual pertenece.

En toda lengua, algunas palabras tienen múltiplesacepciones. Para seleccionar la adecuada necesitamosubicar la palabra en un contexto predeterminado, esdecir, entre otras palabras. El contexto es el marco dereferencia mediante el cual los signos adquieren unevidente contenido conceptual.

En semántica, un signo cualquiera adquiere significadoal referirlo al significado de otros signos. En el ordensituacional, esto viene dado mediante la antinomia de loshablantes en los planos espacial, temporal y dialógico.

WITTGENSTEIN dice que la lengua es un retrato de laentelequia y que traza la estructura formal de los hechosreferidos.

Existe siempre una interacción singular y estrechaentre una lengua y la realidad general. Toda lengua es uncódigo constituido por un sistema de signos utilizados

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mediante reglas para producir mensajes y un sistema defonemas con los cuales se forman signos. Así, todo mensajesupone un proceso de selección. De acuerdo con lo dicho,la lengua o código lingüístico supone un conjunto de pre-ferencias o paradigmas que nos indican cómo combinarlos elementos que forman los sintagmas o unidadeslingüísticas.

Desde un punto de vista general, los conceptos, losparadigmas y los sintagmas responden a una forma deorganizar el mundo, o mejor, de organizar el pensamiento.Nuestra mente relaciona los objetos con similitudes (es elcaso de los paradigmas), como por su contenido (es elcaso de los sintagmas).

Cuando hablamos sin estar sometidos a interrogatorioy lo hacemos por voluntad propia, damos informaciónsobre nosotros y buscamos información sobre los demás.En este orden se cree al “descripcionismo” la concepcióndel significado de la palabra y el entenderla es poseer unconcepto. Se dice que una palabra es un concepto, unarepresentación mental, o mejor, una razón de espíritu. Ental orden, la idea en el lenguaje conduce al descubrimientodel ser. Si la significación es una verdad, podemos decirtambién que es el ser mismo y, además, la verdad máspura. De hecho, parte del inconsciente más profundo sematerializa en el diálogo, o bien, al escribir.

La teoría semiótica saussuriana tiene una contrapuertallamada estructuralismo. Esta singular escuela se interesamás en la gramática de la lingüística que en el mensajemismo. Para acotarlo se vale de TALES DE MILETO, filósofopresocrático, quien creyó al agua, o mejor, a la fertilidadque existe en ella, forma sacra de todo principio.

Era época de fines del mito, la primera lingüística, yhabía que conservar en forma distinta mucho de suesencia. TALES lo expresa cuando dice: “el mundo tieneuna profundidad”.

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El mito griego sería entendido en forma superficial sise tomara tan sólo como relacionado con entes fabulososa los que se da el nombre de dioses. Cuando los griegoshablan de dioses no significan lo que nosotros signi-ficamos. Se refieren a su mensaje, es decir, a la profundidadque hay en ellos.

De esa manera formalizan la verdad antigua queconsiste en descubrir en lo real un rostro cierto al frentey uno más profundo casi siempre arcano. Persiste, pues,el peligro evidente que en un momento dado se llegue alextremo de interpretar al uno sólo desde el punto mate-rial y se olvide su cara oculta, la profunda, la verdaderay eterna, la iluminación interior. ¿Acaso el mundo no esun constante debate que consiste en luchar por establecerla línea crucial que divide la superficie de la profundidad?

La posmodernidad busca representar los problemasactuales desde una perspectiva que le es propia: la deusar caracteres muy localistas. Vemos cómo ella señalaque en el pasado se presenta el concepto de certeza comoigual a lo objetivo, al confundir lo que se piensa sobredeterminada materia y la certeza que resulta de la mate-ria en relación con el entorno. Así y al cabo, todo enten-dimiento ocurre en el lenguaje al hacer la diferencia entrelo explicado y el fenómeno.

No debemos fiarnos del lenguaje, que al nombrar des-truye. Una vez aceptamos la realidad de las cosas,debemos escapar de la tentación latente de sistematizartodo, de definir todo, de valorar todo, hasta de-limitar yal cabo “designificar”.

ZHUANG ZI SHI FEI dice:

La palabra no está hecha sólo de aire,la palabra tiene un decir,pero lo que dice no es nunca fijo […]Lo que ya es vida es muerte.

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Lo que ya es muerte ya es vida.Lo que ya es posible es imposible.Lo que ya es imposible ya es posible […]

Porque lo que se puede afirmar,se puede negar.Porque lo que se puede negar,se puede afirmar […]

Se transmite, no se recibe.Se posee, no puede verse9.

Cuando alguien piensa y se circunscribe a una corrienteuniversal, debe estar precavido para que ella no lo induzcaa perder el espíritu en bien de conservar la materia. Lalibertad de interpretar no es arbitrio, sino lo contrario,obligación de sumirse en la realidad misma. El com-promiso ajustado a esto último debe seguir una ordenque le dé su verdadero contenido.

El hombre no puede evitar la necesidad de sobrevivirvaliéndose de medios que varían a menudo. De momentosurgió una nueva economía a partir de las comunicacionesy, podríamos agregar, a partir de su medio de expresión,la lingüística. En 1970, las acciones con mejor proyecciónde la bolsa de Nueva York provenían de emisores delsector manufacturero. Hoy, la especulación mira con ma-yor avidez hacia el enigmático sector de las corporaciones“punto-com”.

También se ha modificado el comportamiento econó-mico. Antes, el recurso humano podía cambiarse por otrocualquiera. En la actualidad, eso no es posible. Este re-

9. “Los capítulos interiores de ZHUANG ZI”. Trotta y UNESCO, 1998, p. 148.

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curso de hoy está acondicionado para ser el centro de lacreación de los valores materiales. En el ayer, esa clase devalores se producía a partir de la máquina, y en los díasque pasan, esos mismos valores surgen de la mente degente especializada, con capacidad adquirida paraentender, con manejo hábil de la información, en fin, conel conocimiento de la lingüística.

Lo que determina la diferencia de clase y del ingresoper cápita es la desigualdad de la educación. El problemano es de tecnología, la cual puede adquirirse; el problemareal es de educación, para poder entender a tiempo elsignificado y el significante.

Quien se adscribe a una escuela o corriente de pensa-miento debe hacer esfuerzos para no dejar perder algunosde los significados importantes respecto de problemascentrales.

En una playa de hotel, en el Pacífico mexicano, escucha-mos vociferar a una bañista a quien le habían robado unatoalla. El camarero para ayudarla le pregunta por el colorde la prenda y ésta le responde que es amarilla, y que pormás señas tiene impresa una leyenda en negro que dice“Hotel Nueva York, Nueva York”. Unos encuentran a ladama de clase media social, otros de clase media bajamoral y los más dentro de los designios del código penal.Sin referirnos a las otras instancias, vemos cómo en laúltima de ellas se desliga la lingüística jurídica de todaotra lingüística.

C. Intención original y sentido original

Los intérpretes pueden tener acceso a las visionessubjetivas de sus autores. Sin embargo, se cuestiona hoyla fidelidad entre la intención original y el sentido origi-nal del texto.

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En el caso de una norma, el sentido original deriva delas palabras, o bien de la estructura, e incluso de identificarla clase de problema. De ese modo, las palabras y lostextos son escogidos para crear un cuerpo de intención,y esto reemplaza cualquier remisión a los estados men-tales de su autor.

No es elaboración o reconstrucción, sino deformacióno descomposición. Sin embargo, uno puede discernirsobre métodos de acercamiento al sentido original, peronunca a la intención original.

El movimiento hacia el textualismo, el cual permanecelejos e independiente del intencionalismo subjetivo, nodebe ser entendido como un movimiento universal. Todolo contrario, son movimientos aislados y rara vez sesalvan de ser rotulados de oportunistas.

En todo caso, algunos estudiosos muestran ciertaempatía con el intencionalismo, y otros tantos son ambi-valentes. La teoría que explica la diferencia entre losextremos es aquella que permite al intérprete identificaruna descodificación entre la mente del autor y la de sureceptor. Cuando nos enfrentamos a un caso de un textooscuro debemos recurrir a una reconstrucción, la cual noes del todo libre, por mucho que así lo quisiéramos, ydonde la intención original y el sentido original no puedenacomodarse.

D. Interpretación textual e intención del autor

Existe diferencia de aproximación entre la interpretacióntextual y la intención del autor. Al mirar de cerca el de-bate entre intencionalistas y textualistas se podrá entenderel reclamo del textualismo sobre el sentido. Si los textua-listas manifiestan que los intérpretes no tienen acceso a lamente del autor y que el sentido es público, el siguiente

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nivel de visión es que el sentido debe ser tenido en cuentay no separado del mismo. Esta visión considera que eltexto y el autor son una misma cosa.

A fin de salvaguardar la integralidad del contenidopodemos afirmar que el autor no es un ente independiente.Sin embargo, para revitalizarse o para restringir el sentido,la fuente genésica no puede arbitrariamente autoabaste-cerse.

Hay que diferenciar lo que dice el texto y lo que suautor quiso decir. Lo que aparece en el texto debe serconsiderado la intención efectiva del autor. Una vezaceptamos la separación aparente entre texto y autor, sehará presente un amplio espectro de opciones inter-pretativas que no hay que desaprovechar.

La interpretación jurídica se reduce a una paráfrasisexplicativa del contenido lingüístico de la ley, a una eli-minación de las dudas y de los equívocos verbales. Másaún, la interpretación puede tener un valor agregado, yconsiste en delimitar las zonas grises originadas por loque se ha consentido en individualizar como la fuzzylogic.

Dice KAUFMANN que la fuzzy logic se ha desarrollado enlos últimos tiempos, como una lógica con perfiles difusos,no claramente determinados, mediante los cuales serequiere sobre todo apoderarse de los conceptos jurídicosindeterminados, quizá incluso de la analogía.

La escuela analítica manifiesta que la labor delintérprete consiste en la transcripción de un lenguaje delcual se vale el operador judicial o el comentarista doctri-nal. A la ley se le atribuye una sola dimensión, la dimensiónsemántica, y una sola fuerza, la fuerza literal –constituidapor las palabras que componen el texto–, con exclusiónde un “exceso de valor” de su significado, es decir, másallá de su terminología.

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E. La intención del texto

El texto tiene autonomía semántica, no porque haya algodetrás del mismo, la intención del autor, sino por elcosmos creado por el texto. Debe ser entendido entoncesen forma dinámica, en virtud de que abre un nuevotiempo y un nuevo espacio a la reformulación de ideas.La atención sobre el sentido va a desplazarse desde laintención del autor a la del texto. Las dos intencionesexisten de forma independiente sin siquiera interrela-cionarse.

Contra la teoría de la intención, los cuerpos colegiadoshan manifestado que no existe una intención, sino uncúmulo de ellas, toda vez que son creadas por variaspersonas y no por una sola. DWORKIN hace ver cómo elsentido de una ley puede tener una intención institu-cionalizada y se refiere más al concepto de propósito delsentido del texto que a las reflexiones sobre el sentido ensí. No obstante, cabe resaltar la diferencia entre la intencióninstitucional y el entendimiento colectivo.

Sin embargo, quienes se han opuesto a profundizarsobre el concepto de la intención institucional concluyenque, si bien existe, es prácticamente imposible de des-cubrir, y si se descubre resulta a la postre irrelevante.

F. Papel del intérprete

Es posible desestimar la interpretación simple escapandode ella. Parece que estamos en un lugar común de acepta-ción donde se escucha el clamor hermenéutico, en el cualse manifiesta que la interpretación no es ocasional, ni unhecho posterior, como complemento del entendimiento,sino quizá una forma explícita de entendimiento.

Si es ineluctable la asunción del pasado, al menos unaconsecuencia aparece inevitablemente: un acceso al

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sentido –sin mediación– no existe. Sea lo que sea, al“sentido literal”10 no se disputa el hecho que está ahí, másque independiente, como un producto. Las palabras noposeen un sentido en sí mismo original.

Debemos irnos hacia una ramificación del ejerciciopara no sobrecargar el término interpretación y trabajarotro más sutil por su complejidad inteligible, que es elconstruir.

En este paso de la conceptualización, la construcciónse materializa en estructura de la idea que se hace sentido.Así, hablaremos más de construir que de interpretar, sincaer en eufemismos11. Pensemos, por ejemplo, un pro-blema complejo de cálculo matemático. Será muy dis-pendioso encontrar el resultado, pero una vez obtenidouna sola respuesta es válida. Las interrelaciones en unaley son intrincadas, pero cuando son trabajadas debenguiar hacia una sola respuesta.

Por tanto, la interpretación debe conducirnos haciauna construcción cuya última respuesta sea siempre lamisma. Así, el sentido será pleno, si bien no alcanza a serobvio o inmediato, sino construido por medio de la com-posición que merece. La construcción no debe reposarsobre ruinas del pasado sino sobre reconstruccionesautónomas.

10. Un sentido que no admite análisis.11. Los tabúes del discurso jurídico se dividen en tres grupos, dependiendo

de la motivación psicológica que haya tras ellos: unos se deben al miedo,otros a un sentido de delicadeza, y otros a un sentido de decoro. Loseufemismos surgen en este tipo de discurso debido al desprestigio socialen que ha caído un término (ancianidad); para evitar evocaciones queresultan penosas (la muerte, causante) o los términos pertenecientes alcampo semántico del “amor”; para eliminar cualquier posible discri-minación social o racial (criada por empleada de hogar); y, por último, setienen los que obedecen a la formalidad que caracteriza al discursojurídico.

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Absorber el sentido de una palabra es poseer unconcepto. Una palabra, un concepto o, mejor aún, unarepresentación mental que podrá ser correctamente uti-lizada. La comprensión se presenta como una operacióndel espíritu.

Así se ha manifestado que es necesario distinguir endiferentes descripciones definidas: un uso atributivo yun uso referencial. Es el caso cuando se asiste a un juiciopor asesinato: se hablará del “supuesto asesino de Juan”.No conocemos quién es, pero suponemos que existe.

Los nombres propios son designaciones rígidas,contrariamente a descripciones definidas utilizadas deforma atributiva. Es imposible reducir la significación deun nombre propio a las indicaciones conceptuales que enun mundo dado permitan definir de manera única lareferencia. Inútil resulta identificar el sentido de unapalabra como un nombre propio a los objetos puramentementales.

El estudio del lenguaje conduce al estudio del ser. Si lasignificación de una frase consiste en las condiciones deverdad, como una forma de correspondencia, podemosconcluir que el lenguaje habla del ser y de la realidad.Ahora, si el lenguaje nos permite representar la realidad,vehicular las informaciones del mundo, podemos suponerque es a fin de permitir a los hombres comunicar pensa-mientos e incluso estados mentales privados o incons-cientes que se materializan por medio del lenguaje.

La unidad lingüística es la frase afirmativa que permitedescribir un hecho y expresar un conocimiento o comu-nicar una información. Por tanto, una frase es un objetoabstracto, susceptible de tener multiplicidad de posi-bilidades de realizarse en el tiempo y en el espacio, comotambién es una diversidad de los sentidos.

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G. La autonomía semántica del texto

La semántica surge de la relación entre la palabra y lafrase. La palabra preserva la semántica constituida porlos valores contextuales depositados, precisamente, en elcapital semántico. La palabra puede tener textura múl-tiple. Lo que la palabra aporta, en últimas, es un potencialal sentido.

El paso del potencial al sentido actual de la palabrarequiere la mediación de una nueva frase, y el sentido po-tencial surge de la sedimentación y de valores contextualesprevios.

Palabra o texto en un nuevo contexto no es lo mismo,sino, por el contrario, diferente. Cuando existe un vacíoy se permite revisar la historia de la creación del texto, seabre la peligrosa puerta de las especulaciones, laspreferencias y las asunciones.

Es posible que el sentido sea causa del desprendimientodel texto de la intención del autor. La interpretaciónprocede sobre la base del lenguaje y de los signos públicosmediante los cuales descubrimos el sentido. De hecho,los signos pueden ser usados por sí solos si son separablesde la intención. En otras palabras, si y sólo si ellos signi-fican por sí solos lo que quisimos manifestar.

La intención del autor debe evitar limitar el enten-dimiento del intérprete. Ella debe incluso hacerse alentendimiento. No se trata de repetir sin antes concebir.

El entendimiento en principio ocurre en un espacioestrictamente semántico. La interpretación del sentido esmediada por la inscripción en signos lingüísticos. Debe-mos tener en cuenta que los signos son independientesde la autoridad que designan y por la que fueron ins-pirados.

La autonomía semántica del texto se desdobla en laintención del autor, así como en las condiciones culturales

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del texto y en su audiencia original. El texto es por ello unespacio de sentido autónomo.

H. Texto y contexto

Texto y contexto son términos que hacen referencia acomponentes básicos del ejercicio de interpretación. Eltexto del cuerpo semántico es interno, mientras el contextoestá compuesto por los elementos externos del docu-mento.

El complejo papel que juegan en el contexto lo internoy lo externo permite formular la pregunta sobre el gradoen que el juicio interpretativo permanece como elementoineluctable en la determinación del sentido del texto.

El análisis estructural enfatiza, no el sentido de laspalabras individualmente consideradas, sino en el sentidodel texto dentro de un contexto. Para evitar que la inter-pretación sea objeto de manipulación, el carácter semán-tico del sentido debe ser tenido en consideración. Elcarácter estructural del análisis textual es diferente, portanto, del sentido pleno.

El textualismo estructural acepta que las palabrasganan sentido cuando se interrelacionan con el resto deltexto. La naturaleza de esta interrelación entre texto ypalabra no deriva propiamente del lenguaje. El sentidono es una función del léxico en el lenguaje del texto. Noestá dado en los signos escritos sino que debe ser cons-truido a partir de su entorno.

El sentido literal de una frase está totalmente deter-minado por el sentido de las partes y su combinaciónsintáctica en la frase misma. Así, es imposible conocer suspartes sin conocer el todo. En numerosos casos, la nociónliteral de sentido de una frase sólo tiene aplicación relativaa una serie de asunciones del pasado, las cuales tienendificultad para expresarlo en un solo intento.

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Recurrir al pasado ha sido siempre una transiciónineluctable hacia el textualismo. El texto es claro sólo envirtud de la concurrencia lingüística y cultural. La inter-pretación de las palabras es posible porque pueden serconjugadas con otros conceptos que hacen del entendi-miento algo de naturaleza racional.

El sentido literal sólo debe ser aquel que es anterior ala conceptualización de la idea, toda vez que ésta restringela interpretación en versión contraria. El sentido no puedeser formalmente calculado. El sentido literal existe cuandono se altera su significado y se mantiene inmodificable,independiente del emisor o del receptor e incluso delcontexto.

I. Textualismo

El textualismo se ha ido inclinando primero hacia lafilosofía y luego hacia las ciencias sociales. El textualismoincluye trabajos de escritores posmodernos, comoDERRIDA y FOUCAULT, quienes distinguen entre interpre-tación e intención del autor. Para ellos, la intención delautor no es propiamente tema de investigación.

La teoría textualista señala que es necesario preguntarpor la naturaleza de la relación entre autor, texto e inter-pretación que conduce a la determinación del sentido.Hay que diferenciar entre el sentido del texto, la intencióny su estructura propia.

Los textualistas norteamericanos alegan que los legis-ladores y las altas Cortes pueden enfatizar conductasmediante el manejo de la interpretación de los textos,descubriendo en ellos una intención oculta, o bien enfa-tizando un aspecto suyo más que otro.

El textualismo examina primero la forma interna deltexto y luego la externa. El momento interno se centra enel aspecto lingüístico y su estudio comprende el carácter

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semántico de la estructura del texto, mientras el externogira alrededor del contexto institucional.

La palabra y la frase, y la frase y el texto, requiereninterrelación de cada parte con el todo. El significado deltexto no es dado por las palabras, más bien, es necesarioconstruirlo. En cambio, la construcción de las interrela-ciones entre elementos textuales depende de contenidosexternos mediante la asunción del pasado, siemprelatente.

El sentido debe ser construido porque no está dado enlos signos escritos. Todo esto sin negar los aspectos cultu-rales que confluyen, sin sobredimensionarlos.

Una argumentación no puede jamás entenderse sinpremisas particulares previas, sin acuerdos tácitos, sinreferencias implícitas, sin una manera particular de enten-der lugares comunes y sin una memoria compartida.

La crítica que se le hace al textualismo jurídico se con-centra en la interpretación de elementos extralegales queafectan la interpretación misma, es decir, hechos talescomo las ideologías y los procesos dialécticos, que aportanvariantes difíciles de contemplar por fuera de lacircunstancia de la época.

Por lo anterior, es necesario concentrar la atención enla estructura textual y en el contexto textual. La interpreta-ción de una norma es un análisis textual. El textualismo,según su uso, limita o elimina la discreción judicial, alpaso que reconoce un espacio entre lo interno y lo externo.En últimas, la interpretación permanece como una tareamás de valoración a partir de la experiencia.

Uno de los elementos que caracterizan al textualismoconsiste en centrar la atención sobre la intención deltexto, más que en el texto mismo del autor. Interpretar noconsiste tanto en analizar lo que el texto presenta, comoen estudiar la intención que tenía su autor.

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Entre el autor y el texto existe una marcada distancia.Recordemos que entre el texto y el autor media el lenguaje.Sin embargo, no es necesario preocuparse tanto por elespacio entre texto y autor. Tal espacio puede ser superadopor el intelecto. Por tanto, para entender lo que dijo unautor, debe comprenderse el tema tratado, no nece-sariamente a la persona.

La interpretación no es un tema de intuición, sino demediación del sentido con el recurso al lenguaje. Elentendimiento nunca es intuición directa, sino enten-dimiento a partir de la reconstrucción.

El sentido de un texto reposa no en la intención escon-dida detrás del texto, sino sólo en el mundo que el textodesdobla. WITTGENSTEIN, GADAMER y RICOEUR se oponena la identificación del sentido con la intención mental.RICOEUR dice que nada está peor designado en la cabezaque llamar al sentido una actividad mental. Quiere estodecir que no es un asunto del lenguaje privado o de laintención privada en la mente de alguien, sino, por elcontrario, un fenómeno universal. La noción de lenguajeprivado ha rechazado el hecho de que el sentido sea unasunto de interpretación del lenguaje y no una intenciónsubjetiva.

Un intérprete no tiene acceso directo a la mente de otrapersona. La interpretación de la mente de otro sólo puedehacerse con medios externos, tales como signos, actos,palabras, lenguaje o textos.

El textualismo incluso inspiró una subcorriente, dentrodel mismo orden de ideas, que se conoció comoexpectationism, hoy en día desaparecida. Esta corrientepretendía que, al materializarse el resultado definitivo, elmétodo de aplicación de interpretación debería verificarlopara comprobar que se hubiera llenado satisfactoriamentelo prometido, y si aún subsistía un margen de desajustealgo debía haber salido mal y, por tanto, era necesario

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corregirlo. Luego el resultado iría siempre de la mano dela expectativa. El texto –se decía– genera una expectativa;sin embargo, hay que mirarlo más como un valor quecomo un límite. Se insistía en que la expectativa en sí esciertamente objetiva y puede aparecer como garante dela utilidad de una norma: el orden, el equilibrio y laprotección de derechos.

La propuesta en su momento fue considerada de pocatrascendencia, por no prestar utilidad real, si no sólo teó-rica. Se pensó además que complicaría mucho en lugarde aclarar el concepto de la textualidad de la norma. Fueasí como el expectationism se despreció como corrientedoctrinal, aunque alcanzó a tener el carácter de innova-dora propuesta académica.

J. Desconstructivismo

El término “desconstructivismo” sirve para designaruna forma de interpretar los textos. En ciertas ocasiones,este término ha sido utilizado para expresar que elrazonamiento jurídico es indeterminado, contradictorioe ideológicamente sesgado. De cualquier forma, antes dejustificar su valor, nuestro interés es presentar este método,que parte en gran medida de la influencia del lenguajesobre el entendimiento.

Nos limitaremos a analizar, sin defender, en un intentode demostrar la fragilidad de los contenidos frente a lasolidez exponencial de la estructura que la contiene.Dicha técnica conduce a examinar el lado oculto de lasantinomias del lenguaje. Es necesario adentrarnos en elinstrumento del lenguaje que seguro pondrán de presenteaspectos filosóficos singulares del meditar jurídico antesconceptuales, hoy indicio de contracontendidos.

El desconstructivismo provee un método para analizarlas diferentes doctrinas legales. Su técnica permite señalar

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cómo los argumentos de una doctrina pueden disfrazarlos pensamientos ideológicos. Su técnica ofrece un nuevoestímulo para reformular las estrategias jurídicas em-pleadas en el ejercicio intelectual. Promueve la crítica encuanto a la interpretación convencional de los textoslegales. El desconstructivismo hace abstracción delcontexto pasado, antes justificación plena. Hoy, categoríasy parámetros se despojan de sus investiduras para que elpresente surja a partir de un nuevo giro inferido.

Sin duda, el desconstructivismo está por encima deaquello que queremos decir y de aquellos signos queutilizamos para expresarlo. Se centra en las diferenteslecturas de los textos y pretende entender aquello queotros previamente han convenido. Un texto nos invita atrabajar a partir de la utilización de la selección, el discer-nimiento, el criterio editorial, hasta la reinterpretación.Estas son opciones conceptuales abiertas que nutren laspuntas activa y pasiva de la comunicación.

Resulta interesante ver cómo se utilizan corrientes enel discurso legal, abriendo y cerrando espacios de pensa-mientos a partir de giros conceptuales imperceptibles. Eldesconstructivismo debe entenderse más como prácticaintuitiva que como aproximación filosófica prometedoray definitiva. Por ello es considerado como fuente retro-alimentadora del escepticismo posmoderno.

La teoría desconstructivista primero identifica lasjerarquías implícitas en la argumentación, luego lasconfronta. Es aquí donde el concepto reúne su ingredientemás singular en materia filosófica. En cada elementodoctrinal es necesario determinar la esencia fundacionalpara luego reducirla12 a su contenido conceptual. El ele-

12. Téngase presente que cuando se hace referencia a reducirla no debeentenderse en el sentido de incurrir en el reduccionismo.

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mento fundacional será una coordenada indispensablepara dirigir el juicio crítico en terreno delimitado, paraluego identificar la autoridad y establecer el grado desubordinación.

La filosofía occidental procede de las premisas ocultasque consisten en que lo aparente a nuestra conciencia eslo más real, verdadero y fundacional. Hay una tendenciaa considerar con mayor fortaleza aquello que está presentey no lo que está ausente. La presencia por sí misma es unvalor autosuficiente e inmediato en la existencia cognos-cible. El contenido fundacional de las categorías des-constructivistas parte de una relación estrecha, primerodel objeto y luego con su contrario. “Soy” por oposicióna algo; tengo identidad diferente a un tercero.

¿Acaso la teoría desconstructivista puede cuestionaraspectos relacionados con la autosuficiencia conceptual(nociones fundacionales que contenga el sistema depensamiento)? Ese es, precisamente, el “punto crítico”del desconstructivismo. Al proponer términos funda-cionales éstos dependen en últimas de los conceptossubordinantes.

La teoría desconstructivista se opone a la validez delproyecto cartesiano que pretende descubrir el funda-mento último de las cosas. El desconstructivismo niegaque se deba depender de conceptos fundacionales a loscuales se deberá el vínculo vulnerable de subordinación.

Inicialmente, DESCARTES manifestó el principio delnavegar en el pensamiento: “Pienso luego existo”. HUME,por su parte, señaló que, si bien existe una certeza inelu-dible, el verdadero principio se encuentra en el discurrirde la experiencia. Es el flujo del pensamiento el quepermite tener certeza de la existencia. A partir de HUME,el concepto fundacionalista está basado en las ideas y susopuestos, las cuales son generadoras incuestionables delos fundamentos filosóficos autosuficientes.

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Al tener una idea en la mente, ésta es retenida segúnes concebida por contener identidad propia y no en otradiferente. DERRIDA señala que cuando tenemos una ideaen nuestra mente, la presencia de ella incluye elementoscontradictorios. La noción de “diferencia” y la de rastrearsugiere una revolucionaria teoría como se infiere el pensa-miento abstracto.

Adquirimos una idea en nuestra mente, y ésta sepresenta instantáneamente tal y como la concebimos. Poresto, cuando pensamos en la idea de identidad, pensa-mos en ella y no en otra diferente. Cuando retenemos unaidea en nuestra mente retenemos ambas: la idea y sucontrario. Los pensadores, como SAUSSURE y LÉVI-STRAUSS,argumentaron que el estado consciente está estructuradoen términos de definiciones de oposición mutua.

No pretendemos elaborar una teoría filosófica siste-mática para explicar este fenómeno. El propósito consisteen señalar cómo tiene aplicación el desconstructivismoen el terreno del derecho, lo cual parece empresa prag-mática, comparada con la filosofía. Aspectos tales comola capacidad fundacional del pensamiento pueden serobjeto de la filosofía y, sobre todo, de aquellos que buscanla verdad. El derecho, cuando agota la verdad, hechamano de la ficción.

El desconstructivismo nos permite ver aquello que sedesdobla detrás del mero concepto legal para evaluardesde un ángulo contextual y no sólo textual. Revelandosu contrario, se descontamina la esencia, para serconducidos a una visión moral y legal, más próxima a lospostulados que defiende. Es de notar que el derecho estábasado principalmente en conceptos fundacionales.

El desconstructivismo, lejos de pretender fundar unsistema filosófico, es una aproximación a un sistema delectura de contenidos. Así recordamos que nuestra certezaes quizá sólo una interpretación. ¿Dentro del sistema

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jurídico es necesario definir un sistema de interpretaciónpara legitimar la sentencia? ¿Adquiere ésta mayor firmezay arraigo si se expresan ante todo los criterios privile-giados? ¿Es necesario establecer las categorías, el marcode influencia y el orden de prioridad que le ha otorgadoa cada uno de los elementos que la inspiran? ¿Quizá elsilencio del sistema es omisión pretermitida por la justicia?¿O quizá es el eslabón perdido para llegar a un estado dejusticia? ¿Podríamos decir que es un problema sistémicoy no de contenido? Se puede objetar que una apro-ximación al desconstructivismo de instituciones legaleso sociales ofrece un punto de partida pero no necesaria-mente uno de llegada.

El desconstructivismo puede convertirse en unaamenaza al revertir en una serie nociones como sentido,valor, autoridad, para convertir en una amenaza lasfuerzas y las prácticas institucionales. Por tanto, eldesconstructivismo debe ser entendido específicamentecomo un instrumento analítico.

El desconstructivismo puede desplazar momentánea-mente jerarquías, puede identificar vínculos ocultos dedependencia, pero no puede proponer nuevos funda-mentos; toda vez que carece de fertilidad, goza de unaaparente desnutrición científica. Así como es de contro-vertible el constructivismo, su aporte crítico es limitadocuando se trata de “reoxigenar” los contenidos. Sin em-bargo, su énfasis se encuentra en el orden de demostraruna diferencia entre aquello que contiene un acentoparticular y el resto.

Lo que se convierte en ley no es el texto tal y como estáescrito, sino como es leído. Expresamos más de lo quequeremos decir y vehiculamos sin saber más de lo quequisimos representar. Los textos legales presentan a loslectores subsecuentes significados, conexiones y escollosque en su origen no fueron contemplados por el autor.

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Nuevos sentidos son puestos al descubierto medianteinterpretaciones sucesivas en contextos históricos y cul-turales disímiles por ávidos lectores. La discordia entrelenguaje y pensamiento parte de entender el margenentre lo que el autor dicta por medio del lenguaje y lo queel lenguaje puede contener.

La ley provee un campo fértil para el análisis de lateoría desconstructivista. Los juristas están avocados adefinir principios regulatorios del comportamiento ennormas constitucionales y cláusulas contractuales. Estapráctica necesita de la prerrogativa de los conceptos y delejercicio fundacional.

La ley refleja una visión dialéctica que involucraprivilegios de particular naturaleza humana. Al des-construir principios legales, descomponemos la ideologíao la visión que la nutre. Finalmente, al paso las doctrinas“deshacen” su propio curso. El desconstructivismo esuna herramienta inexpugnable que permite conjugar elanálisis ideológico con el histórico.

K. Estructuralismo

El estructuralismo recurre a describir la lengua en sí mis-ma, con independencia de la psicología. El enfoque estruc-turalista europeo, implícito en la obra de SAUSSURE, sedesarrolla en el marco del Círculo Lingüístico de Praga;allí se concibe como un “sistema funcional”.

Para sus exponentes, la estructura y la función sonindisociables. No se puede comprender ningún fenómenode la lengua sin hacer referencia al sistema en el cualdicho fenómeno está inserto. Este sistema debe serconsiderado ante todo como un conjunto de mediosadecuados para una función.

El método lingüístico se vale sobre todo de la intuicióndel sujeto, de su capacidad de introspección. Uno de los

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fines del análisis es construir sistemas que luego cons-tituyan fundamento de las lenguas. Esta creación exigeestablecer un método comparativo, destinado a haceraparecer las leyes estructurales de las lenguas, es decir,los medios empleados por cada una de ellas para re-sponder a las necesidades de la comunicación.

El estructuralismo europeo se caracterizó por lavoluntad de aplicar al estudio de la sintaxis un métodoque había demostrado su eficacia en el estudio de lafonología. Este enfoque constituye un fracaso relativo.Los principios explícitos del autor hacen referencia a losconceptos fonológicos, pero los análisis concretos integranun hecho semántico, que queda desamparado por lagramática tradicional.

El lenguaje no es solamente el vehículo de informaciónque describe el estructuralismo, sino más bien una acti-vidad que tiende a regular el comportamiento.

Hoy es el lenguaje la entidad epistemológica prepon-derante. Todo lo que no es naturaleza prácticamente con-verge en el lenguaje.

La estructura –según GADAMER– debe entenderse comootra forma de verdad. Estructura es coherencia de laspartes. Se piensa que ninguna de las partes es prioritaria:en el organismo vivo no hay una parte que esté antes,como función de guía, y otras que estén después. Encambio, todas están unidas en el mismo organismo ytienen una función en él: esto significa que no existeprimero una causa y después un efecto, sino la coherenciade los efectos. DILTHEY se aleja de la distinción causa-efecto y fundamenta el contexto formado por la relaciónde los efectos entre sí.

Un biólogo comprende que tiene necesidad de laquímica y de la física. Un químico entiende que su cienciase basa en la física. Un físico conoce que sin las matemáticasno puede sustentar nada en absoluto. En cambio, en las

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ciencias humanas las interacciones son débiles debido,precisamente, a la ausencia de una interdependenciajerárquica.

El hecho del lenguaje recorre todo el itinerario humano.Va desde las primarias manifestaciones de la culturainconsciente hasta las más complejas formalizacioneslógicas. Los lingüistas han observado que es posible cam-biar las palabras sin alterar la estructura de la lengua.

La crisis de la gramática tradicional y el surgimientode la nueva lingüística marcan el paso de una época. Lagramática como estudio normativo del lenguaje es untipo de saber que se remonta a los primeros tiempos, cuyaúltima gran obra fue la de Port-Royal.

La lingüística es disciplina de fundación reciente. AFRANZ BOPP se le deben los primeros estudios compara-tistas que pronto se alían, a partir de GRIMM, con elhistoricismo. Las explicaciones genéticas conducen apensar en un lenguaje del que serían evoluciones y dege-neraciones las diversas lenguas.

La llamada escuela neogramática se entrega a unalabor erudita realizada con criterios del método experi-mental. A finales del siglo XIX es notable la lingüística deorientación psicológica representada por WUNDT ySTEINTHAL.

En pugna con la antigua gramática lógica y con elhistoricismo, aparece la escuela idealista de VOSSLER yCROCE, quienes buscan la explicación de los fenómenosdel lenguaje en el espíritu creador de carácter cultural delas naciones.

En Francia, MEILLET lleva a cabo la construcción de unalingüística general sobre el sociologismo durkheimiano,que consideraba que el todo social emergía de la reuniónde los individuos, como las moléculas de los átomos.SAUSSURE irrumpe imprimiendo una nueva dinámica a lalingüística. Con él guardan estrecha vinculación el

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replanteamiento de la lingüística, el surgimiento delestructuralismo como corriente de pensamiento dentrode la filosofía del lenguaje y la irradiación de esta corrientea otros ámbitos del saber, incluso al derecho13.

El estructuralismo es más método que esencia. Se debehablar más de método estructuralista que de derechoestructural. Esto no modifica el derecho formal, sólo lohace discernible en ciertos espacios don-de antes existíaambivalencia.

El estructuralismo lingüístico nace cuando SAUSSURE

muestra que los procesos de la lengua no se reducen a ladiacronía y que la historia de una palabra está con fre-cuencia muy lejos de explicar su significado. La razón esque el sistema consiste en escuetas leyes de equilibrio querepercuten sobre sus elementos. Cada momento dependede la sincronía; es decir, la relación fundamental queinterviene en el lenguaje es una correspondencia entre elsigno y el sentido.

El existencialismo fue pensamiento especulativo,impulsado por los conflictos bélicos de la época, que lle-garon a trascender como problemática social, sin alcanzarproyectarse por fuera del humanismo. El existencialismoen su última versión se despoja por fin del hombre, no sinantes agotarlo como propósito. Su decaimiento favorecióel surgimiento del estructuralismo. Sin embargo, nuncahubo entre estas corrientes confrontación intelectual, ymenos aún encadenamiento secuencial.

Al surgir el estructuralismo, considerado más cercanoal positivismo que al existencialismo, busca refugio lejosde la metafísica, aunque no logra aliarse con la feno-menología.

13. ANTONIO GIL HERNÁNDEZ y otros. Estructuralismo y derecho, Madrid,Alianza Universitaria, 1973, p. 241.

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La estructura es concepto disfuso. No se puede ir deltérmino estructura a la definición del estructuralismo. Elrecorrido a seguir es el inverso. El estructuralismo hahecho surgir un concepto de estructura que sólo en élreconoce su paternidad. El uso banal del término estruc-tura propende a lo antagónico.

Las estructuras son totalidades provistas de unaregulación emanada de ellas mismas. No se pliegan a lasingularidad de los acontecimientos. El elemento esencontrado a partir de la estructura y no ésta por inter-medio de aquél. Todo lo que nos cabe hacer es encontrarla clave para la identificación. Individualizar equivale adescubrir, y lo descubierto preexiste.

Una estructura –se ha dicho– comprende tres carac-terísticas: totalidad, transformación y autorregulación.El carácter de totalidad es propio de la estructura. Lasdiferentes corrientes del estructuralismo coinciden enque las estructuras y los agregados parten de elementosindependientes del todo. Es como designar el todo apartir de las partes. Una estructura está formada deelementos y éstos se subordinan a leyes que caracterizanal sistema. Estas leyes no son asociaciones acumulativas;por el contrario, confieren al sistema propiedades deconjunto diversas a aquellas particulares de cada ele-mento.

Una actividad estructurante sólo puede consistir enun sistema de transformaciones. Una estructura es unsistema de transformaciones compuesto de leyes que seconservan o enriquecen a partir de elementos propios oajenos. Lejos aún están los estructuralistas de asentar deuna vez por todas las estructuras sobre fundamentosintemporales.

Así como la gramática participa con sus cánones paraedificar la semántica, el estructuralismo abarca lasintáctica para elaborar el conocimiento en teoría. La

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actuación consciente encierra regularidades, implica-ciones y equivalencias que constituyen la trama de laestructura. Hay muchos sistemas de signos que requierenser descifrados. Poder leer ese lenguaje es lo que en elfondo persigue el análisis estructural y encarna lossiguientes postulados: la anteposición de las relaciones alas cosas, y la anteposición del todo a sus elementos.

Si los cometidos fundamentales de la ciencia son laprevisión y la explicación, podría decirse que el estruc-turalismo, en lugar de prever, explica, y en vez de explicar,constata. Representa, en todo caso, el prototipo delpensamiento formalizado. Ello no quiere decir abstrac-ción, en el sentido de prescindir del contenido. Por elcontrario, significa elaboración de modelos que dotan deinteligibilidad a las estructuras y desechan las experienciasdel sujeto.

Si bien el estructuralismo plegado a la lingüística sólotiene pretensiones metódicas, al trasladarse a otroscampos y al explicarse ha llegado a adquirir dimensiónpropia dentro del campo filosófico. En el caso de lasdisciplinas de las diferentes ciencias sociales, los mé-todos aplicados concentran tanta atención en los resul-tados como en la misma investigación.

La inteligencia se logra por medio de cada lengua. Porel derecho se alcanza la convivencia enmarcada en orde-namientos. La lengua conserva una dimensión social queel derecho formaliza mediante una progresiva regla-mentación. Mientras la lengua sigue siendo fruto deconsensos imperceptibles, el derecho experimenta unaprogresiva formalización mediante la fuerza impositivay coercitiva del Estado. El ordenamiento es una versióninconclusa del sistema que se encuentra en permanenteconstrucción.

El lenguaje y el derecho tienen de común ser creacioneshumanas, fenómenos sociales e instrumentos de comu-

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nicación intersubjetiva. El hombre no es en ningún casodueño absoluto de sí mismo, de lo que percibe o capta.

El derecho ofrece un marcado grado de formalización.El análisis estructural no puede consistir en poner demanifiesto el sistema con que ya se ofrece el derecho enlos ordenamientos jurídicos. La estructura no está en lasuperficie, es una construcción subyacente cuya fortale-za es imperceptible, pero presente, que se oculta detrásde principios rectores.

El estructuralismo como corriente del derecho generacierta expectativa de renovación. El saber jurídico estánecesitado de profunda penetración analítica. La alterna-tiva depende, en gran medida, de que se haga de él másciencia.

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IV. HERMENÉUTICA JURÍDICA

A. EL FUNDAMENTO ONTOLÓGICO

En sus origenes el hombre era un animal cuadrúpedo sinvoz. Al conseguir los medios de comunicarse adquiereprimero el gruñido y después la palabra suelta. Yahvehle ordena nombrar a las aves del cielo y a los animales dela tierra, en un acto que inaugura el diálogo secular. Nosvalemos, desde ese momento, de las comunicaciones,bien y mejor cuando logramos entender algo más que loque nadie entiende.

El hombre, antes de nombrar el mundo, empieza porser. Se dice que primero tuvo esencia y después existencia.La ontología, o mejor, el ente, es ese primer sujeto de lalingüística. Como tal toma, para poder sobrevivir, unaconducta, una norma de vida, es decir, una moral.

Para muchos no es clara la evidente distancia quesepara la ética de la moral. Se habla de códigos éticoscomo si fuera lo mismo que decir códigos morales, deconducta ética cuando nos referimos a “conducta moral”,y de “ética profesional” en lugar de hablar de moral pro-fesional.

Las relaciones humanas crean problemas. En casostales, el hombre ajusta su conducta a normas previstas ysurge, de esa manera, una moral determinada. Sobre elcontenido moral de ese comportamiento, personas dedi-cadas a ello juzgan conforme a métodos conocidos y

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formulan juicios de valor. Tenemos así dos concepcionesdispares: una la conducta moral, otra el juicio de valor. Ala conducta moral la llamamos moral, mientras al juiciode valor lo denominamos ética.

Al plantearse el individuo el problema de cómo actuar,recurre a una norma de conducta aceptada en concienciay de libre arbitrio. Sería ilusorio recurrir a la ética enbusca de una respuesta concreta. El filósofo ético investiga“qué es lo bueno”; el problema de “qué hacer” es moral.Lo primero posee carácter individual; lo segundo, caráctergeneral.

Confusión parecida a la anterior sucede con la herme-néutica y la interpretación. La hermenéutica revela dosaspectos: el ontológico y el lingüístico. El ontológico seaborda, sobre todo, desde el punto de vista del sentidodel ser, de su moral y de la filosofía del lenguaje. Aunque,por qué no reconocerlo, el intento de situar a la herme-néutica en el cuadro general de la filosofía contemporáneaes al parecer todavía incierto.

Hay razones para aproximar la hermenéutica a lafilosofía analítica, al menos en la fase en que da impor-tancia al análisis del lenguaje. Si existe la crítica pura debeexistir en alguna parte la hermenéutica pura o, al menos,rastro de sus rasgos epistemológicos más significativos.

La hermenéutica tiene como peculiaridad la pretensiónde ser universal. La habilidad de explicar los textos estásubordinada a la capacidad de entenderlos, no sólo porparte de quien los explica, sino de quien los escucha.

El predicador cuando clarifica las Escrituras se dirigea la inteligencia de sus oyentes. Cada comunicación esobjeto de interpretación. En la relación, SCHLEIERMACHER

distingue entre subtilitas explicandi14 y subtilitas inte-

14. Interpretación.

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lligendi15. Toda comprensión es siempre una interpreta-ción y consiste en un tercer momento de elucubración,conocida como subtilitas applicandi16.

No solamente la comprensión y la interpretación, sinotambién la aplicación, es comprensión de sí mismo, ytodas hacen parte de un proceso hermenéutico único. Elcomprender e interpretar están siempre interrelacionados,pero en una esfera distinta a la hermenéutica.

La comprensión como etapa dentro del proceso delentendimiento se realiza no en el momento del estudiodel objeto, sino al principio, y precede al conjunto. Esnecesario desprenderse de todo pensamiento pasadopara no abrir la puerta a los prejuicios implícitos.

La interpretación de la tradición no es una simplerepetición de esta última, sino más bien un nuevo ejerciciode creación a partir de la palabra que interpreta. Lainterpretación debe apuntar a la intención primera y a laperspectiva central del contenido.

Los poderes reales se empeñan en controlar todainformación. Fue claro desde el principio que somosdueños del concepto cuando, habiéndolo comprendido,podemos expresarlo. Una primera conquista se logra conla imprenta. A partir del renacimiento surgen corrientesque abren el espacio de la prensa escrita a la expresiónindividual.

Este hecho resulta más evidente en años cercanos,cuando el dominio de las comunicaciones se hizo dedifícil control al entrar en uso los satélites capaces detraspasar fronteras en cuestión de instantes.

Estamos en presencia de una nueva clase de libertadque amplía el alcance de la persona. Si el pensamiento ha

15. Comprensión.16. Aplicación.

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modelado el lenguaje, ¿no será, en lo futuro, el lenguaje,a través del pensamiento, el que modifique el mundo?

Dice a este respecto VILLAR BORDA:

Las realidades de la posguerra produjeron tan profundoscambios en la sociedad, que nuevas respuestas se exigendel derecho y de las instituciones estatales. Estas transfor-maciones coinciden con formidables avances tecnológicosy científicos en multitud de campos. La propia concepciónde la ciencia fue puesta en cuestión por estos progresosasombrosos, al relativizar leyes y principios tenidoshasta entonces por indiscutidos. La misma ley de causa-lidad, en la cual se había basado toda la ciencia de lanaturaleza, aparecía comprometida, y con ella la clasi-ficación neokantiana en las llamadas ciencias del ser y lasciencias del deber, que tan útil había sido para la ubicacióndel derecho17.

Se vuelve laborioso, por decir lo menos, escoger con eldebido acierto entre la imagen y lo dicho o escrito sobreella. En ese lugar, el filo de la navaja separa lo real de lovirtual, y puede suceder que mientras el nivel de cono-cimiento aumente el de sabiduría descienda.

La historia está en permanente confrontación con elcontenido del mensaje. La interpretación errónea y laautorrepresentación del lenguaje permiten mensajescontradictorios de una misma proposición.

No hay que pensar en contra del lenguaje. Texto einterpretación conforman el fundamento de la teoría dela comprensión. A partir de unidades de sentido cons-truimos las partes de aquello que se nos revela. La

17. Prólogo a VALENTIN PETEV. Metodología y Ciencia Jurídica en el umbral delsiglo XXI, Bogotá, Universidad Externado de Colombia, 1996, p. 15.

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estructura de la lengua y la dialéctica de la palabra sonescenarios complejos que permiten el enriquecimiento amedida que le damos nuevos contenidos al enten-dimiento, etapa por etapa.

La hermenéutica, usada en aclarar textos bíblicos,clásicos y jurídicos, se emplea de igual modo en cualquiertipo de mensaje, escrito u oral. Existe una hermenéuticageneral que da pie a una realidad definitiva.

Sólo a finales del siglo XIX se tiene la necesidad deseparar en campos distintos las ciencias exactas de lassociales. Dos tipos de ciencia que deberán adoptar mé-todos de verificación diversos, en donde uno parece estarcondenado a poder probar todo, mientras el otro intentareplantear indefinidamente todo.

El método, rector de las ciencias sociales, es la únicaforma de probar la continuidad y recurrencia de nuestrospostulados y conclusiones. Sin embargo, en las cienciassociales siempre hay algo de carácter filosófico que nologra ser conceptualizado. Por eso, al referirnos a la legi-mitidad de las ciencias humanas hay quienes no dudanen manifestar que el concepto del método científico esinadecuado, ya que éste contiene elementos estricta-mente filosóficos que de por sí las hacen sospechosas.

El juez tiene que formular la norma, aunque las más delas veces lo haga bajo la falsa apariencia de interpretarviejas reglas18. Antes se legislaba para garantizar laestabilidad política por medio del control de poder; hoyse legisla para favorecer el crecimiento económico. Sebusca con esto la consolidación de mercados que avalanla continuidad del Estado como proyecto. La frecuenciay rapidez con que se legisla a fin de absorber los cambios

18. KANT: “No hay reglas que prescriban cómo aprender a aplicar lahermenéutica”.

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de ritmo de la vida hacen que las normas parezcan ines-tables e inciertas.

En el esfuerzo de fundamentar las ciencias sociales, lahermenéutica moderna revela su segundo rasgo carac-terístico: la tendencia a la explosión más allá de lospropios límites y a abrir un abanico de alternativas sobrela fundamentación. Con la búsqueda de las ciencias delespíritu se prepara el hombre a dar el paso decisivo haciala definición de la noción de fundamentación.

La interpretación trata de explicar el texto situándoloen la lengua del autor. Estos dos tipos de colocaciónremiten circularmente el uno al otro, y esta circularidadno encuentra conclusión. La falta de conclusión podríaser una de las razones profundas del estado inacabado dela hermenéutica, la cual ha quedado reducida a unconjunto de ensayos, continuamente modificados, sinadquirir nunca una apariencia definitiva.

Se ha dicho que hay que entender el discurso, primero,igual de bien, y luego, mejor de cuanto lo entiende suautor. Pero, ¿hasta qué punto están ya predispuestas,forjadas, determinadas las interpretaciones por la lengua?¿Acaso es inevitable la remisión circular dentro del con-texto?

Se dice que la hermenéutica apunta a llevar a la crisisla noción de fundamentación de los primeros principios.Sin embargo, este proceso a veces se eclipsa, pero atiempo retorna revitalizada. Ese reaparecer intermitentese considera más una característica potencial que un ver-dadero compromiso epistemológico.

Esta tendencia de la hermenéutica hacia la desfunda-mentación está representada en la noción de certeza. Lafilosofía moderna, bajo el influjo de las ciencias positivas,ha identificado la certeza con el método. Ahora nosdebemos proponer, entonces, redescubrir la experienciade la certeza misma.

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A partir de los efectos de los hechos del pasado surgeel significado de fenomenología como “ciencia de laexperiencia de la conciencia”. Es así como la experienciafavorece la integración de lo nuevo con todo lo que yaexistía, para lograr una transformación. La experiencia sedefine como un evento que convierte la conciencia en unojo hacia el interior por medio del cual se ven nuevosobjetos.

En el diálogo interpretativo, cuando es experiencia deverdad y juego en este sentido, no hay un interlocutorque venza y reduzca al otro. La función de los horizontesenfrenta a los interlocutores. Queda por plantearse elinterrogante de si la desfundamentación es propia de lahermenéutica o es sólo una forma de sí misma. La expe-riencia, sin embargo, no puede detenerse en su concurrircon el inconsciente y debe, por el contrario, ser convertidaen inercia reaccionante.

B. Razón de ser

HEIDEGGER ha concebido la existencia del hombre comola de un ser arrojado en el lenguaje. Ser-ahí equivale a ser-en-el-mundo, es decir, ser en el sentido de la significación.

El ser no es en el mundo en cuanto allí está en contactocon todos los elementos mundanos. El existe en cuantoestá en relación con una red de retornos dadas en ellenguaje. Parecemos estar presos en una red: es la red delo que en el lenguaje nos es transmitida y que condicionacualquier experiencia propia del mundo, por muy insigni-ficante que pueda ser.

El ser puede, en un texto tejido por nodos, pasar deuna a otra experiencia. Allí navega en una continuidadde retornos, de retenciones y de extensiones. Por ello sedice que el mundo se abre en dimensiones del lenguaje.

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La historia puede ser mirada como historia de latransmisión de mensajes lingüísticos, de la constitucióny reconstitución de mensajes lingüísticos, de horizontesde comunicación que son siempre hechos del lenguaje.

Para SCHLEIERMACHER, el malentendido es la condiciónnormal de toda operación interpretativa. Por eso, hayquienes distinguen las etapas del hombre a partir de lapercepción y dicen, con razón, que mientras el niño viveen el sobreentendido, el hombre permanece en el malen-tendido.

La comunicación entre individuos, sociedades, épocas,es una empresa compleja que se encuentra amenazadapor los riesgos propios de malentendidos. Parece entoncesclara la exigencia de señalar el alcance normativo de laestructura lingüística de la experiencia.

Ahora, no hay que olvidar que todo juego lingüísticoes por naturaleza un juego comunicativo. Si se reconocela estructura lingüística de la experiencia, es precisoproceder en función normativa de la comunidad decomunicación intencional. Estos son horizontes comu-nicativos, en el sentido que no podemos jugar solos el“juego lingüístico”. Cualquiera que use un lenguaje,hasta el más arbitrario, obedece a reglas de cuya obser-vancia siempre responde. El hombre debe por tantoatenerse a ellas en cuanto fundador de leyes.

La hermenéutica legal es la percepción consustancialdel hecho. Es anterior a la formulación conceptual utili-zada en elaborar cualquier argumento. La hermenéuticainvolucra una actitud filosófica general referida a cómoabordar la vida. Abarca, por tanto, todo empeño cientí-fico, humanístico y artístico.

En la discusión sobre el lenguaje se ha visto cómo laexperiencia hermenéutica es la realidad constitutiva dela existencia humana. El sentido es sólo posible porqueexiste una apertura ontológica al mundo que formula

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prejuicios de orden subjetivo. El conocimiento se ubicaen una dimensión de experiencia precognoscitiva. Laspreexistencias hermenéuticas se nutren de un marcoreferencial que precede al conocimiento.

El sentido del texto va más allá del alcance inicial dadopor su autor. Nuestras intenciones semánticas son supe-radas por el entendido del hecho que inferimos y quetransferimos al comprender. El objeto del acto herme-néutico no puede ser el que perfecciona el lector alrecobrar la intención del autor. Es necesario recordar quela interacción interpretativa ocurre entre lector y texto, yno entre lector y autor. En consecuencia, el entendimientono es una actividad reproductiva, sino en todo casoproductiva.

El intérprete llega al texto con su propia estructuraconceptual, la cual entrará en juego ante el sentido tex-tual. La lectura involucra la fusión de horizontes inde-terminados para aproximarnos a la realización de laconversación. En ella algo se expresa que no es propio delautor pero se convierte en el sentido del texto.

Al hecho de dejar dejar que un texto hable lo llamamosinterpretación. El límite del lenguaje es el que se lleva acabo en términos de temporalidad durante el discursomismo, durante el decir, pensar, o al comunicar. El len-guaje no se realiza mediante enunciados, sino en y comoconversación, como la unidad del sentido que se construyea partir de la palabra y la respuesta.

La tarea central del intérprete es buscar la pregunta defondo y, sin duda, el texto a su vez debe responderla.Entender un texto es comprender la pregunta inmersa enél. Un texto sólo se convierte en un objeto de interpretaciónmediante la representación de una pregunta realizadapor el intérprete. El texto es conducido a un eventodentro de un contexto lógico de preguntas y respuestasque representa una alternativa en sí mismo. El sentido

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del lector presenta una apertura sensible, la cual seinfiere y al cabo termina por ser comprendida. El enten-dimiento al cual hacemos referencia es aquel presente ennuestra conciencia, en la medida en que la lógica aportauna estructura única y, desde luego, repetible.

Significamos más de lo que decimos y decimos más delo que expresamos. Nuestras palabras elaboran tejidosentre sí. Sin intentarlo establecen conexiones signi-ficativas que conducen a conclusiones que no teníamospresentes cuando al expresarnos representamos la idea.Curioso hábito de las palabras, que al romper las costurasde la intención del autor construyen un sentido propio.Así, la exposición permanente nos expone a su albedríodentro del libre juego del texto.

Es preferible no profundizar acá en las disquisicionesfilosóficas sobre la relación que se instaura entre elintérprete y el texto; bastará con reafirmar que entre elintérprete y el texto se establece un círculo hermenéutico.

La interpretación no consiste en un rompimiento delas anteestructuras ni en un amalgamiento de ellas. Encambio, el dar y tomar del juego persiste en el centro dela experiencia hermenéutica. Esto reafirma la estructuracircular de la apropiación conceptual. La interpretacióncumple su función primordial que consiste en cerrar labrecha del círculo hermenéutico.

La confrontación entre horizontes forja una reformula-ción del presente. La tradición no puede ser entendidacomo un dictado que implica adherencia ciega, sinocomo sujeción racional a la confrontación abierta. Entreel horizonte del lector y la creación del texto surge unmargen creativo.

Un texto adquiere, por el hecho de la lectura, unsentido potencial. El lector aportará indeclinables pre-juicios a la conversación textual. El texto es estimuladopor la intención del autor y al cabo crea un espacio

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autónomo. Ningún lector puede ejercer un control com-pleto sobre el significado del texto.

La interpretación es más esencia que ejercicio concep-tual. Es nuestra apertura al sentido, mediante el cual losnuevos horizontes se fusionan con los del texto.

Es necesario distinguir un modelo hermenéutico paraadquirir conocimiento. Este elemento no es proveído poruna simple metodología. Por el contrario, la metodologíaes estrategia conceptual diseñada para facilitar losesfuerzos temáticos, a fin de descodificar un númerodeterminado de objetos.

La metodología está íntimamente atada a la desacre-ditada distinción entre el sujeto y el objeto. Las categoríasobjetivas y subjetivas sobresimplifican la materia encuestión, permitiendo un entendimiento preclusivo perono necesariamente concluyente. Sin embargo, nos atre-vemos a decir que la hermenéutica no depende de talmetodología.

A diferencia de la metodología, la hermenéutica noaporta una fórmula propia para interpretar. El problemaque concentra toda la atención de la hermenéutica radicaen aquello que ocurre sobre y arriba de lo que queremosy hacemos.

El enlace necesario para la existencia de una comunidadconsiste en el puente entre los hechos del presente y susvínculos más significativos con el pasado. El peligro deesta aproximación es la posibilidad de caer en el raciona-lismo extremo, el cual está asimilado a una tendenciadesraizada.

El efecto de centrar en bordes tan rígidos los aspectoscognoscitivos del entendimiento puede tener comoconsecuencia que las limitaciones terminen por aislar lascuestiones lingüísticas de la aproximación crítica de lainvestigación racional.

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Los argumentos desprovistos de norma superiorpueden establecer espacios con criterio para la crítica ygenerar la diferenciación entre prejuzgamiento y des-pojamiento de prejuicios, o entre la autoridad legítima yla represión.

¿Dónde se encuentra radicada la línea fronteriza ycuándo desaparece? ¿Debemos persistir en identificaraquellos argumentos que albergan un indudable déficitde fundamentación? La naturaleza establece que la con-ducta desplegada por la loba siberiana es correcta,mientras se reprocha la del insaciable caníbal. Es acasonecesario revisar el espacio delimitado para analizar elverdadero alcance teórico dentro de la metodología alhacer crítica desfundacional sin traspasar su mandato.

La naturaleza de la interpretación es el ejercicio delcriterio fundamentado en principios; no así la herme-néutica, la cual se atiene a los aspectos ontológicos.

Sin embargo, el proceso de interpretación debeconsistir, entre otras, en la emancipación de intereses.Por eso sería necesario establecer los principios herme-néuticos a partir del fundamento ontológico. El significadofinal que emerge a propósito de una interacción dinámicaestá más allá del control de la intención del autor.

El punto de partida para construir un modelo deinterpretación legal debe ser el acto hermenéutico. Unacto, por naturaleza, contiene elementos ontológicos quelo hacen trascender por su significante, y siempre lainterpretación ocurre sólo dentro de un contexto de unacomunidad lingüística.

HABERMAS justifica la teoría crítica mediante la refor-mulación de los fundamentos del conocimiento. La teoríadel “interés humano” adquiere particular interés a partirde la formación del conocimiento. HABERMAS se refiere ala existencia de tres intereses cognoscitivos, cada uno consus propias reglas que sustentan el conocimiento. Según

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él: la aproximación a la ciencia empírica incorpora uninterés técnico; el acercamiento a la ciencia hermenéuticaincorpora uno práctico, y el acercamiento a la ciencia crí-ticamente orientada incorpora un interés cognoscitivo decarácter emancipatorio.

Estos intereses corresponden a las orientaciones básicasfundadas en las específicas condiciones fundamentalesde la posible reproducción propia de la especie humana.Por esto, la necesidad de adaptarnos para sobrevivir nosfuerza a orientar la existencia.

HABERMAS ha dicho que estos intereses humanos tienenun status “quasi-transcendental”. Aunque las cienciasdeben preservar su objetividad frente a intereses par-ticulares, las condiciones de posibilidad de la propiaobjetividad que se busca preservar incluyendo un interéscognoscitivo fundamental.

HABERMAS y GADAMER están entregados a preservar elstatus de la hermenéutica como conocimiento. Aunque elconocimiento se guía por una diferencia humana deinterés. El proceso de reflexión mediante el cual des-cubrimos nuestras orientaciones cognoscitivas está en-raizado en un interés de conformación del conocimiento.

En la reflexión el conocimiento viene a coincidir con elinterés en autonomía. Se puede señalar que la razón obe-dece a un interés emancipatorio. Al proponer una estruc-tura tripartita del interés humano, HABERMAS legitima lacrítica racional sobre y más allá del conocimiento,generado bien por las ciencias empíricas o por las cienciassociales.

La universalización de la hermenéutica expresada porGADAMER permanece en una forma de argumentaciónlógica contra la posibilidad de una metodología desde elpunto de vista trascendental. Cualquier intento parahacerlo es inconsistente con las mismas condiciones de

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posibilidad de entendimiento de la lingüística y latradición.

HABERMAS critica la aproximación al conocimiento deGADAMER, bajo la consigna exclusiva de falta de discerni-bilidad de las normativas estándares en materia deestablecer los intereses emancipatorios. En este punto seha establecido que HABERMAS, utilizando un giro lingüís-tico, retiene el interés emancipatorio, caracterizándolocomo un status del ejercicio cognoscitivo. HABERMAS

intenta localizar los estándares sustantivos y normativosde la emancipación crítica dentro de un interés prácticode las ciencias hermenéuticas.

Alega HABERMAS el discurso presupone y anticipa unasituación ideal, desde un punto de condiciones teóricas yprácticas que existen para la comunicación. Esto se conocecomo el diálogo ilimitado, porque los fundamentos de lacrítica racional están basados, precisamente, en el acto decomunicación.

A este nivel es necesario recurrir a un concepto comple-mentario referente a la “hermenéutica en profundidad”,diseñada para descubrir la estructura universal deldiscurso y sus implicaciones normativas. HABERMAS de-scribe este concepto con la noción de “pragmatismo uni-versal”, cuya tarea consiste en reconstruir e identificar lascondiciones del posible entendimiento. El tipo de accióndirigida para alcanzar el entendimiento enunciado evitalas limitaciones epistemológicas ubicadas en la teoríalingüista formal. Estas imposiciones analíticas hanpermitido asilar aspectos lingüísticos de la investiga-ción racional.

El análisis lógico del lenguaje delimita el objeto ha-ciendo abstracción de las propiedades pragmáticas dellenguaje mismo. Esta abstracción del lenguaje no es su-ficiente razón para tener una dimensión pragmática en

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cuanto análisis formal. El lenguaje es fuente creativa queconcede un renovado curso al agotado análisis racional.

El fundamento del programa del pragmatismo estábasado en la creencia que señala las condiciones delentendimiento inevitables. Todos los oradores debenevocar ciertos reclamos de validez universal y suponerque el acto de comunicación en sí mismo o el discursosubsecuente los vindicarán.

El acto discursivo tiene dos estructuras. En la superficiese maneja el sentido comprensible por los participantes,mientras en el nivel más elevado hay complejas condi-ciones de entendimiento.

Hay que distinguir entre el know-how práctico, esdecir, la habilidad de un intérprete para entender untexto, y el know-that, el conocimiento explícito de cómo esque el intérprete llega a tal entendimiento.

El know-how hermenéutico es guiado por el interéspráctico en el entendimiento intersubjetivo (orador-oyente, texto-intérprete). A su turno, el know-that esguiado por el interés emancipatorio de remover todos losobstáculos para lograr los ajustes axiológicos del caso.

El pragmatismo universal, como teoría de la validezintersubjetiva, reconoce su base racional verificable me-diante exámenes cognoscitivos. Invoca un modelo decuestionamiento científico que permanece atento al sta-tus prelógico de la comunicación como actividad creativa.A su vez, reconoce el papel exacto de la búsqueda delinterés emancipatorio en el conocimiento de sí mismo.

GADAMER obtuvo asistencia de HABERMAS en la confron-tación permanente de problemas que trató justificandoen sus trabajos de la intersubjetividad del conocimientoy desarrolló una crítica defensiva de la tradición irracional,referida en la mayoría de casos a los prejuicios. El cono-cimiento intersubjetivo es el límite máximo de la extensiónpresente de la comprensión.

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Según GADAMER, en las Sagradas Escrituras la Torrede Babel19 narra, de forma invertida, el problema de launidad y la pluralidad: ahí la unidad representa el peligroy la pluralidad su conjuración.

A la hermenéutica se le atribuye el hecho de contenerelementos fundacionales, cuya misión consiste enconfirmar y contener el precepto principal sin destruir oafectar su verdadera dimensión significativa. La herme-néutica tiene una esencia oculta que aún no está totalmenteidentificada, pero que puede ser entendida al menoscomo una actividad de desciframiento.

El análisis de repensar es el de reinterpretar a partir nodel razonamiento abstracto, sino de la fundamentacióndel principio mismo. Es el juicio de valor el que hará ladiferencia. A partir del juicio podemos ver el alcance delsignificado de la desfundamentación. Pasa así a primerplano del debate el nexo causal entre fundamentación ydesfundamentación dentro del proceso propio de laelaboración constructiva frente a la problemática críticade la ideología.

El horizonte está construido por la transmisión ymediación de concretos mensajes lingüísticos selec-

19. “Tenía entonces toda la Tierra una sola lengua y unas mismas palabras.Y aconteció que cuando salieron de Oriente, hallaron una llanura en latierra de Sinar, y se establecieron allí. Y dijeron: ‘Vamos, edifiquémonosuna ciudad y una torre, cuya cúspide llegue al Cielo; y hagámonos unnombre, por si fuéremos esparcidos sobre la faz de toda la Tierra’.

“Bajó Yahveh a ver la ciudad y la torre que habían edificado los hijosde los hombres. Y dijo Yahveh: ‘He aquí, el pueblo es uno, y todos éstostienen un solo lenguaje; y han comenzado la obra, y nada les hará desistirahora de lo que han pensado hacer. Ahora, pues, descendamos, yconfundamos allí su lengua, para que ninguno entienda el habla de sucompañero’.

“Y desde aquel punto los desperdigó Yahveh por toda la faz de laTierra, y dejaron de edificar la ciudad” (Génesis 11).

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cionados por la razón, como si una parte de nosotrosalcanzara a trascender más allá del contexto concedidopor la historia.

El hecho de construir tiene que ver con la comunicaciónpura. Hay que mirar la estructura de los mensajes, la“forma” de su comunicabilidad, los a priori20, y prestaratención, en estricta secuencia, a sus diversos contenidos.Lo que cuenta no son las leyes de la fonética o de la gra-mática, sino las cadenas etimológicas subterráneas.

La red en que nuestra existencia está inmersa teje losmensajes que la humanidad transmite, y estos mensajesadquieren carácter de hecho. No hay estructuras fijas,sólo acomodamientos.

El discurso toma cuerpo a partir del momento en quela disposición creativa del lector suma su voluntad y seobliga a realizarlo con los sentidos. El sentido del lectordebe darle dimensión a los signos con símbolos multi-plicadores de entendimiento.

La polémica de gran parte de la cultura contra lasociedad de consumo es, también, una consecuencia dela supervivencia de prejuicios. La experiencia del valorpasa por la fuerza centrífuga de la degradación mani-pulada. Dicha oposición debe ser superada mediante eldiálogo social. La sociedad se comunica por intermediode producciones estéticas en búsqueda de nuevas alter-nativas de interpretaciones.

Al sumar una experiencia personal en la lectura de untexto, difícilmente se reduce su ambigüedad. El texto no

20. Los sentidos a priori lingüísticos que hacen posible nuestra experienciadel mundo no son estructuras de la razón, sino justamente actos depalabra, transmisión de mensajes que nos llegan del pasado, de la“cultura”, y sólo al responder a ellos podemos dar sentido a la experienciavivida.

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puede protestar o defenderse contra el sentido que le dael lector. El texto está sometido a las limitaciones delcódigo simbólico en que se basa su primer nivel de com-prensión. Ahora, no hay forma de darle autenticidad alsentido primario interpretado con base en los códigos deltexto mismo. El texto es limitativo y no prescriptivo, perode todas maneras presenta un contenido al cual debeatenerse el lector.

GADAMER pide a la teoría que dé cuenta de la condiciónde “interruptora” de la comunicación y de la continuidadsocial en la que la hermenéutica nace y muere. Paraambas exigencias, la solución parece ser la de llevar lahermenéutica a una condición trascendental que contenganormas, medidas, criterios de juicio y de acción, para asílegitimar el fundamento definitivo que merece.

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EL AUTOR

Abogado de la Universidad Externado de Colombia,Especializado en Derecho Civil y Comercial, Universidadde París II (Pantheon-Assas). Docente de las facultades deDerecho y Finanzas, Gobierno y Relaciones Internacionalesde la Universidad Externado de Colombia. Se desempeñócomo abogado interno de Avianca y Sam, asociado de lasfirmas Cavelier Abogados y Gómez Pinzón & Asociados,Primer Secretario de la Delegación de Colombia ante laUnesco, París, Jefe de la Oficina Asesora de Jurídica de laSuperintendencia de Valores y Asesor del Despacho delSuperintendente de Industria y Comercio. Actualmente esel Director Jurídico de la Organización Terpel S. A.

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Editado por el Departamento de Publicacionesde la Universidad Externado de Colombia

en febrero de 2002

Se compuso en caracteres Palatino de 11.5 puntosy se imprimió sobre propalbond de 70 gramos,

con un tiraje de 1.000 ejemplaresBogotá, Colombia

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