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Ayuntamiento de Utiel Plaza del Ayuntamiento, nº 1, Utiel. - 46300 (Valencia). Tfno. 96 217 05 04. Fax: 96 217 23 78 ACTA DE LA SESION ORDINARIA CELEBRADA POR EL AYUNTAMIENTO PLENO, EL DIA 29 DE MAYO DE 2014 En Utiel a 29 de mayo de 2014, a las 20:03 horas, se reunieron en el Salón de Sesiones de la Casa Consistorial de Utiel, bajo la presidencia del Sr. Alcalde- Presidente, D. José Luís Ramírez Ortiz, los señores que a continuación se relacionan, al objeto de celebrar la presente sesión ordinaria a la cual han sido debidamente citados de conformidad con el art. 21.1.c), de la Ley 7/1985, Reguladora de Bases de Régimen Local: ASISTENTES D. JOSÉ LUIS RAMÍREZ ORTIZ DÑA. JERO JIMÉNEZ JIMÉNEZ D. ANGEL GARCÍA HINAREJOS Dña. JULIA PLATERO MARTÍNEZ D. MARCO ANTONIO ESTELA RAMOS Dña. MARIA JESÚS GARCÍA CREMADES D. JACINTO MURCIANO LATORRE D. JOSÉ LUIS GARCÍA GARCÍA Dña. ROSA MARÍA DIAZ ASENSI DÑA. PAULA RODA MAYORDOMO D. FRANCISCO ARGUDO RAMÍREZ D. ANTONIO FRANCISCO PONS GARCÍA Dña. ZAHIRA ALEGRE NAVARRO DÑA. SUSANA CAMPILLOS BALLESTEROS D. NICOLÁS MOLINA PONCE Sr. Secretario.- D. MIGUEL FORN SÁNCHEZ. Sr. Interventor.- D. MARCO VICENTE MOYA MATAIX. Disculpan su ausencia por motivos particulares D. RICARDO GABALDÓN GABALDÓN y D. JUAN ANTONIO JIMÉNEZ GARCÍA. A continuación, el Pleno de la Corporación Municipal estudia los distintos asuntos incluidos en el Orden del Día:

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Ayuntamiento de Utiel Plaza del Ayuntamiento, nº 1, Utiel. - 46300 (Valencia). Tfno. 96 217 05 04. Fax: 96 217 23 78

ACTA DE LA SESION ORDINARIA CELEBRADA POR EL AYUNTA MIENTO PLENO, EL DIA 29 DE MAYO DE 2014

En Utiel a 29 de mayo de 2014, a las 20:03 horas, se reunieron en el Salón de Sesiones de la Casa Consistorial de Utiel, bajo la presidencia del Sr. Alcalde-Presidente, D. José Luís Ramírez Ortiz, los señores que a continuación se relacionan, al objeto de celebrar la presente sesión ordinaria a la cual han sido debidamente citados de conformidad con el art. 21.1.c), de la Ley 7/1985, Reguladora de Bases de Régimen Local:

ASISTENTES D. JOSÉ LUIS RAMÍREZ ORTIZ DÑA. JERO JIMÉNEZ JIMÉNEZ D. ANGEL GARCÍA HINAREJOS Dña. JULIA PLATERO MARTÍNEZ D. MARCO ANTONIO ESTELA RAMOS Dña. MARIA JESÚS GARCÍA CREMADES D. JACINTO MURCIANO LATORRE D. JOSÉ LUIS GARCÍA GARCÍA Dña. ROSA MARÍA DIAZ ASENSI DÑA. PAULA RODA MAYORDOMO D. FRANCISCO ARGUDO RAMÍREZ D. ANTONIO FRANCISCO PONS GARCÍA Dña. ZAHIRA ALEGRE NAVARRO DÑA. SUSANA CAMPILLOS BALLESTEROS D. NICOLÁS MOLINA PONCE Sr. Secretario.- D. MIGUEL FORN SÁNCHEZ. Sr. Interventor.- D. MARCO VICENTE MOYA MATAIX. Disculpan su ausencia por motivos particulares D. RICARDO GABALDÓN GABALDÓN y D. JUAN ANTONIO JIMÉNEZ GARCÍA. A continuación, el Pleno de la Corporación Municipal estudia los distintos asuntos incluidos en el Orden del Día:

Ayuntamiento de Utiel Plaza del Ayuntamiento, nº 1, Utiel. - 46300 (Valencia). Tfno. 96 217 05 04. Fax: 96 217 23 78

1.- APROBACIÓN, SI PROCEDE, DEL ACTA DE LA SESIÓN ANTERIOR. Abierto el acto, por el Sr. Alcalde-Presidente se dio cuenta de las actas correspondientes a las sesiones celebradas los días 24 de abril de 2014 con carácter ordinario y 28 de abril de 2014 con carácter extraordinario. Encontrando conforme su contenido, la Corporación, por unanimidad de sus miembros presentes, acuerda prestarles su aprobación, de conformidad con lo dispuesto en el art. 91 del Real Decreto 2568/1986 de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales. 2.- DACIÓN DE CUENTA DEL INFORME DE MOROSIDAD CORRESPONDIENTE AL PRIMER TRIMESTRE DE 2014. INFORME.-

Por el Sr. Interventor se da lectura del informe emitido por la Comisión de Hacienda que literalmente se transcribe:

De conformidad con lo establecido en el artículo 4 de la Ley 15/2010, de 5 de julio, de modificación de la Ley 3/2004, de 29 de diciembre, por la que establecen medidas de lucha contra la morosidad en las operaciones comerciales, emito el siguiente informe,

ANTECEDENTES

PRIMERO. Lo dispuesto en el siguiente informe, es de aplicación a todos los pagos efectuados como contraprestación en las operaciones comerciales entre empresas y la Administración de esta Entidad Local, de conformidad con lo dispuesto en el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre. Así, según establece el artículo 216.4 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, la Administración tendrá la obligación de abonar el precio dentro de los treinta días siguientes a la fecha de expedición de las certificaciones de obras o de los correspondientes documentos que acrediten la realización total o parcial del contrato. En caso de demora en el plazo previsto anteriormente, la Administración deberá abonar al contratista los intereses de demora así como la indemnización por los costes de cobro en los términos previstos en la Ley 3/2004, de 29 de diciembre, por la que se establecen medidas de lucha contra la morosidad en las operaciones comerciales. Sin embargo, se debe estar a lo dispuesto en la Disposición Transitoria Sexta del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, que establece una aplicación progresiva de estos plazos para el pago previstos en el artículo

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216.4 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre.

SEGUNDO. Se acompaña un informe sobre el cumplimiento de los plazos previstos en la Ley 15/2010, de 5 de julio, para el pago de las obligaciones de cada Entidad Local, que incluye el número y cuantía global de las obligaciones pendientes en las que se esté incumpliendo el plazo.

TERCERO. Sin perjuicio de su posible presentación y debate en el Pleno del Ayuntamiento, este informe deberá remitirse, en todo caso, a los órganos competentes del Ministerio de Economía y Hacienda y a la Generalitat Valenciana, de conformidad con los artículos 49.1.8 y 51 del Estatuto de Autonomía de la Generalitat Valenciana ejercer la tutela financiera sobre las entidades locales, en el marco y con los límites establecidos en los artículos 140 y siguientes de la Constitución Española y en la legislación básica del Estado.

En dicho informe se consideran la totalidad de los pagos realizados en cada trimestre natural, y la totalidad de facturas o documentos justificativos pendientes de pago al final del mismo.

LEGISLACIÓN APLICABLE

• Ley 15/2010, de 5 de julio, de modificación de la Ley 3/2004, de 29 de diciembre, por la que establecen medidas de lucha contra la morosidad en las operaciones comerciales.

• Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre.

A la vista de ello, este Tesorero/Interventor emite el siguiente,

INFORME

Se detalla a continuación una relación de las obligaciones de la Entidad Local, en la que se especifica el número y cuantía de las obligaciones pendientes en las que se esté incumpliendo el plazo. El Informe trimestral contempla la siguiente información:

a. Pagos realizados en el trimestre.

b. Intereses de demora pagados en el trimestre.

c. Facturas o documentos justificativos pendientes de pago al final del trimestre.

d. Facturas o documentos justificativos con respecto a los cuales, al final de cada trimestre natural, hayan transcurrido más de tres meses desde su anotación en el registro de facturas y no se hayan tramitado los correspondientes expedientes de reconocimiento de la obligación.

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Informe TRIMESTRAL de cumplimiento de plazos Ley 15/2010 Detalle de

Pagos Realizados y Pendientes de

Pago de la Entidad

Pagos realizados en el Trimestre

Periodo medio pago

(PMP) (días)

Periodo medio pago

excedido (PMPE)

Dentro del Periodo

legal de pago

Fuera del Periodo

legal de pago

NP1 IT 2 NP IT

Gastos en Bienes Corrientes y Servicios 75,81 280,72 192 252.617,34 90 56.286,90 Aplicados a Presupuesto (Capitulo 2) por artículos

75,81 280,72 192 252.617,34 90 56.286,90

20- Arrendamientos y Cánones 222,13 318,29 7 15.954,74 2 22.535,28 21- Reparación, Mantenimiento y conservación

19,36 0,00 83 18.385,82 0 0,00

22- Material, Suministro y Otros 57,61 255,63 99 218.104,63 88 33.751,62 23- Indemnización por razón del servicio 0,00 0,00 0 0,00 0 0,00 24- Gasto de Publicaciones 0,00 0,00 0 0,00 0 0,00 26- Trabajos realizados por Instituciones s.f. de lucro

0,00 0,00 0 0,00 0 0,00

27- Gastos imprevistos y funciones no clasificadas

0,00 0,00 0 0,00 0 0,00

2 - Sin desagregar 23,15 0,00 3 172,15 0 0,00 Pendientes de aplicar a presupuesto 0,00 0,00 0 0,00 0 0,00 Inversiones reales 52,08 11,39 2 7.279,69 4 220.716,05 Aplicados a Presupuesto (Capitulo 6) 52,08 11,39 2 7.279,69 4 220.716,05 Pendientes de aplicar a presupuesto 0,00 0,00 0 0,00 0 0,00 Otros Pagos realizados por operaciones comerciales

787,38 752,07 5 6.324,91 13 384.364,39

Aplicados a Presupuesto 787,38 752,07 5 6.324,91 13 384.364,39 Pendientes de aplicar a Presupuesto 0,00 0,00 0 0,00 0 0,00 Sin desagregar 0,00 0,00 0 0,00 0 0,00 Aplicados a Presupuesto 0,00 0,00 0 0,00 0 0,00 Pendientes de aplicar a Presupuesto 0,00 0,00 0 0,00 0 0,00 TOTAL 369,68 464,77 199 266.221,94 107 661.367,34

El PMP se incrementa debido al pago de las obligaciones de la Mancomunidad y de la

1 Número de pagos. 2 Importe total.

Entidad: Ayuntamiento de Utiel Informe correspondiente al ejercicio: 2014 Trimestre: 1º Trimestre

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SGAE, siendo estas obligaciones del ejercicio 2012 y por lo tanto su pago afecta negativamente al PMP del trimestre.

El detalle se encuentra en el Anexo 1 del presente informe.

Facturas o documentos justificativos pendientes de pago al final del

trimestre

Periodo medio del pendiente

de pago

(PMPP) (días)

Periodo medio

del pendiente de pago excedido (PMPPE)

(días)

Dentro del periodo

legal de pago

Fuera del periodo

legal de pago

NO IT NO IT

Gastos en Bienes Corrientes y Servicios

87,43 274,65 63 187.983,10 29 61.554,05

20- Arrendamientos y Cánones 31,18 0,00 3 3.529,13 0 0,00 21- Reparación, Mantenimiento y conservación

77,90 84,42 10 2.401,13 3 3.393,62

22- Material, Suministro y Otros 90,76 285,75 48 173.574,76 26 58.160,43 23- Indemnización por razón del servicio

0,00 0,00 0 0,00 0 0,00

24- Gasto de Publicaciones 0,00 0,00 0 0,00 0 0,00 26- Trabajos realizados por Instituciones s.f. de lucro

0,00 0,00 0 0,00 0 0,00

27- Gastos imprevistos y funciones no clasificadas

0,00 0,00 0 0,00 0 0,00

2 - Sin desagregar 26,50 0,00 2 8.478,08 0 0,00 Inversiones reales 36,58 14,00 2 25.864,16 2 3.850,39 Otros Pagos realizados por operaciones comerciales

322,48 622,11 12 72.823,47 8 61.600,00

Sin desagregar 33,40 0,00 2 2.661,65 0 0,00 TOTAL 159,35 435,27 79 289.332,38 39 127.004,44

Sin embargo el PMPP disminuye debido a que las facturas de la Mancomunidad y de la SGAE han sido pagadas. Sin embargo este periodo es alto debido a que el apartado “Otros Pagos realizados por operaciones comerciales” que incluyen las Cuotas de Mantenimiento de la Asociación del Llano de Chiva a la Plana de Utiel.

El detalle se encuentra en el Anexo 2 del presente informe.

Facturas o documentos justificativos que al final del trimestre, hayan transcurrido mas de tres meses desde su

anotación en el registro de facturas y no se hayan tramitado los correspondientes expedientes de reconocimiento de la

obligación

Periodo medio operaciones pendientes

reconocimiento (PMOPR)

Numero Importe

total

Gastos Corrientes en Bienes y Servicios 366,66 11 50.491,45 Inversiones reales 0,00 0 0,00 Sin desagregar 644,44 5 60.300,00 TOTAL 517,85 16 110.791,45

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Igualmente el PMOPR está igualmente afectado por las Cuotas de Mantenimiento de la Asociación del Llano de Chiva a la Plana de Utiel, y por el Canon de vertidos de la Confederación Hidrográfica del Júcar recurridos durante el ejercicio anterior.

El detalle se encuentra en el Anexo 3 del presente informe.

INTERVENCIONES.-

Doña Rosa María Díaz Asensi, Sra. Concejal Portavoz del Grupo municipal del Partido Socialista Obrero Español: Buenas tardes a todos. Aunque entendemos en este punto que esos 369 días que hay de periodo medio de tardanza en el abono de las facturas, excediendo con mucho los 30 días que marca la ley, se debe a los pagos a la Mancomunidad y a la SGAE, demora que se normalizará en el momento en el que todo esto quede regularizado, queremos incidir sobre estas cuotas que se siguen pagando a la asociación Llano de Chiva, que son 15.000,00 euros al año, lo que supone una deuda de 60.000,00 euros por los últimos cuatro años. Nos gustaría que el equipo de gobierno aclarase de una vez esta cuestión porque, en realidad, si la asociación facilitaba la recepción de fondos de ayuda europeos y tales fondos los recibimos ya hace muchos años, seguimos pagando sin tener ya ningún tipo de rendimiento. No sé si nos interesa seguir dentro a razón de 15.000,00 euros al año, dinero que, por otra parte, no les abonamos, lo debemos. Si no nos salimos de la asociación no sé si sería posible negociar estas cantidades porque la deuda se va acumulando sin que sepamos muy bien cuál es su finalidad.

Por otro lado están los 50.000,00 euros de la Confederación Hidrográfica del Júcar respecto de los que hubo algún recurso y se perdió. También tenemos esta deuda pendiente de pago.

Don José Luis Ramírez Ortiz, Sr. Alcalde-Presidente: Algo que deja claro el informe es que se está pagando como nunca se ha pagado en este Ayuntamiento, con unos plazos de pago que nunca antes se habían cumplido. Esos 15.000,00 euros de los que hablas, Rosa, no se han pagado. Creo que lo he explicado en este Pleno. No se han pagado porque el Ayuntamiento de Utiel no está de acuerdo con ello. Pero cuando presentan las cuotas nosotros las tenemos que contabilizar. Igual que sucede con la Confederación, no estábamos de acuerdo con la cifra que se nos pedía y se recurrió, si bien en este caso se perdió el recurso y se pagó.

En cuanto a la Mancomunidad y la SGAE la deuda sale en este trimestre pero debéis saber que todo eso se ha pagado también.

Doña Rosa María Díaz Asensi: Quiero que me digas qué vamos a hacer con la asociación Llano de Chiva. No estamos de acuerdo con los 15.000,00 euros y no los pagamos, pero siguen girándonos nuevas cantidades. ¿Qué vamos a hacer?

Don José Luis Ramírez Ortiz: No ha venido ninguna cantidad nueva

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desde que dimos la explicación que he mencionado antes.

3.- DACIÓN DE CUENTA DEL ESTADO DE EJECUCIÓN DEL PRESUPUESTO 2014. INFORME.-

Por el Sr. Interventor se da lectura del informe emitido por la Comisión de Hacienda que literalmente se transcribe: En cumplimiento de la Orden HAP/2105/2012, de 1 de octubre, por la que se desarrollan las obligaciones de suministro de información previstas en la Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera, se emite el siguiente

ANTECEDENTES

La Orden HAP/2105/2012, de 1 de octubre, por la que se desarrollan las obligaciones de suministro de información previstas en la Ley Orgánica 2/2012 (LOEPSF), de 27 de abril, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera, establece la obligaciones trimestrales de suministro de información por las Entidades Locales (art. 16), que deberá efectuarse por medios electrónicos a través del sistema que el Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas (MINHAP) habilite al efecto (art. 5.1).

CONSIDERACIONES Considerando las capacidades de desarrollo e implantación del Sistema de Información, para soportar la comunicación de las obligaciones trimestrales de suministro de información correspondientes al 1º trimestre del 2014, la Intervención, u órgano que ejerza las funciones, de la Corporación Local (artículo 4.1.b), tiene que comunicar al MINHAP la siguiente información:

1. De cada una de las entidades, comprendidas en el artículo 2.1 del ámbito subjetivo de aplicación de la Orden, que integran la Corporación Local, de acuerdo con la definición y delimitación del Sistema Europeo de Cuentas (SEC):

a) Si la Entidad está sometida a Presupuesto Limitativo/Contabilidad Pública:

• Actualización del presupuesto en ejecución para el ejercicio 2014 o, en su caso, del prorrogado hasta la aprobación del Presupuesto y detalle de ejecución al final del trimestre vencido.

• Situación del remanente de Tesorería.

• Calendario y presupuesto de Tesorería.

• Datos de ejecución de dotación de plantillas y efectivos (Información requerida por aplicación de lo dispuesto en artículo 16.9 de la Orden).

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• Información que permita relacionar el saldo resultante de ingresos/gastos con la capacidad o necesidad de financiación, de acuerdo con el Sistema Europeo de Cuentas (ajustes SEC).

• Información complementaria para análisis de Regla del Gasto.

b) Si la Entidad está sujeta al Plan de Contabilidad de Empresas o a sus adaptaciones sectoriales:

• Actualización de Estados Financieros iniciales (Balance, Cuenta de Pérdidas y Ganancias previsionales) para el ejercicio 2014 y detalle de ejecución a final del trimestre vencido.

• Calendario y Presupuesto de Tesorería.

• Datos de ejecución de dotación de plantillas y efectivos (Información requerida por aplicación de lo dispuesto en artículo 16.9 de la Orden).

• Actualización de la previsión de la Capacidad/Necesidad de financiación de la entidad en el ejercicio 2014 calculada conforme a las normas SEC.

• Información complementaria para análisis de Regla del Gasto

2. Actualización del Informe de la Intervención local de cumplimiento de los objetivos de estabilidad y de la regla del gasto para el grupo de entidades Sector Administraciones Públicas (Corporación Local de acuerdo con la delimitación SEC).

De acuerdo con el artículo 5 de la Orden, la obligación de remisión de la información indicada en el punto anterior, se realizará por medios telemáticos. Para ello se habilitará en la Oficina Virtual para la Coordinación Financiera con las Entidades Locales (www.eell.meh.es) el sistema que permita su cumplimiento. El sistema permitirá la comunicación de la citada información a través de formularios habilitados al efecto, los cuales incorporarán análisis básicos de coherencia de la información suministrada, y la firma electrónica de la comunicación mediante un certificado reconocido.

FUNDAMENTOS DE DERECHO - Orden HAP/2105/2012, de 1 de octubre, por la que se desarrollan las

obligaciones de suministro de información previstas en la Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera.

- Guía para la comunicación de la ejecución presupuestaria del 2º trimestre de 2013. Información a comunicar para el cumplimiento de las obligaciones contempladas en la Orden HAP/2105/2012, de 1 de octubre, por la que se desarrollan las obligaciones de suministro de información previstas en la Ley Orgánica de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera.

- Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera.

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INFORME

PRIMERO . Actualización del presupuesto en ejecución para el ejercicio 2014 o, en su caso, del prorrogado hasta la aprobación del Presupuesto y detalle de ejecución al final del trimestre vencido.

RESUMEN CLASIFICACIÓN ECONÓMICA DENOMINACION PVT DRE PRE. CDT EJEC REAE REAA TREA PRE. EJEC 1 Impuestos directos. 3.492.000,00 220.133,58 3.492.000,00 128.161,94 111.081,14 26.501,08 137.582,22 3.492.000,00

2 Impuestos indirectos. 101.000,00 32.877,34 101.000,00 30.537,22 14.754,67 4.547,24 19.301,91 119.188,72

3 Tasas, precios públicos y otros ingresos.

630.476,00 144.774,27 630.476,00 110.912,61 77.176,44 73.149,92 150.326,36 597.478,29

4 Transferencia corrientes.

2.439.700,00 591.880,20 2.493.054,22 590.938,09 554.711,64 214.027,52 768.739,16 2.493.213,39

5 Ingresos patrimoniales.

147.100,00 19.006,60 147.100,00 18.065,58 11.633,17 2.109,84 13.743,01 136.380,00

6 Enajenación de inversiones reales.

0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00

7 Transferencias de capital.

277.000,00 0,00 417.689,50 0,00 0,00 204.336,40 204.336,40 417.689,50

8 Activos financieros. 0,00 0,00 62.009,75 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 9 Pasivos financieros. 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 7.087.276,00 1.008.671,99 7.343.329,47 878.615,44 769.357,06 524.672,00 1.294.029,06 7.255.949,90 DENOMINACION CDT OBR PRE. CDT EJEC PAAE PAAA TPAA PRE. EJEC

1 GASTOS DE PERSONAL.

3.281.775,00 667.999,57 3.291.371,22 666.230,89 666.230,89 0,00 666.230,89 2.664.923,56

2

GASTOS CORRIENTES EN BIENES Y SERVICIOS.

2.178.300,00 553.771,74 2.178.300,00 308.623,16 294.098,24 80.762,29 374.860,53 1.632.510,21

3 GASTOS FINANCIEROS.

230.000,00 49.391,60 230.000,00 49.379,60 49.379,60 0,00 49.379,60 206.260,60

4 TRANSFERENCIAS CORRIENTES.

297.550,00 117.102,37 341.308,00 35.779,96 35.779,96 443.783,79 479.563,75 341.308,00

6 INVERSIONES REALES.

364.651,00 120.346,14 567.350,25 90.527,69 90.527,69 137.468,05 227.995,74 567.350,25

7 TRANSFERENCIAS DE CAPITAL.

0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00

8 ACTIVOS FINANCIEROS.

0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00

9 PASIVOS FINANCIEROS.

735.000,00 135.094,54 735.000,00 135.094,54 135.094,54 0,00 135.094,54 735.000,00

7.087.276,00 1.643.705,96 7.343.329,47 1.285.635,84 1.271.110,92 662.014,13 1.933.125,05 6.147.352,62

ESTADO EJECUCIÓN GASTOS DENOMINACION CDT OBR PREV EJEC REAE REAA TREA AUTO

10000 Retribuciones básicas órganos de gobierno.

89.983,00 19.282,02 89.983,00 19.282,02 19.282,02 0,00 89.983,00 77.128,08

10001 Otras remuneraciones órganos de gobierno.

24.000,00 5.536,68 24.000,00 5.536,68 5.536,68 0,00 24.000,00 22.146,72

100 Retribuciones órganos de gobierno. 113.983,00 24.818,70 113.983,00 24.818,70 24.818,70 0,00 113.983,00 99.274,80

10100 Retribuciones básicas personal directivo.

18.792,00 4.698,00 18.792,00 4.698,00 4.698,00 0,00 18.792,00 18.792,00

101 Retribuciones personal directivo. 18.792,00 4.698,00 18.792,00 4.698,00 4.698,00 0,00 18.792,00 18.792,00

Ayuntamiento de Utiel Plaza del Ayuntamiento, nº 1, Utiel. - 46300 (Valencia). Tfno. 96 217 05 04. Fax: 96 217 23 78

10 Órganos de gobierno y personal directivo.

132.775,00 29.516,70 132.775,00 29.516,70 29.516,70 0,00 132.775,00 118.066,80

12000 Sueldos del Grupo A1. 67.000,00 12.905,24 67.000,00 12.905,24 12.905,24 0,00 67.000,00 51.620,96 12001 Sueldos del Grupo A2. 73.000,00 12.083,16 73.000,00 12.083,16 12.083,16 0,00 73.000,00 48.332,64

12003 Sueldos del Grupo C1. 297.500,00 63.400,33 297.500,00 63.089,18 63.089,18 0,00 297.500,00 252.356,72 12004 Sueldos del Grupo C2. 84.500,00 12.584,25 84.500,00 12.584,25 12.584,25 0,00 84.500,00 50.337,00 12005 Sueldos del Grupo E. 31.500,00 5.521,26 31.500,00 5.521,26 5.521,26 0,00 31.500,00 22.085,04

12006 Trienios. 101.500,00 20.863,85 101.500,00 20.841,12 20.841,12 0,00 101.500,00 83.364,48

120 Retribuciones básicas personal funcionario.

655.000,00 127.358,09 655.000,00 127.024,21 127.024,21 0,00 655.000,00 508.096,84

12100 Complemento de destino personal funcionario.

306.000,00 60.269,87 306.000,00 60.094,90 60.094,90 0,00 306.000,00 240.379,60

12101 Complemento específico personal funcionario.

577.000,00 113.122,84 577.000,00 112.723,01 112.723,01 0,00 577.000,00 450.892,04

121 Retribuciones complementarias personal funcionario.

883.000,00 173.392,71 883.000,00 172.817,91 172.817,91 0,00 883.000,00 691.271,64

12

Retribuciones básicas-complementarias personal funcionario.

1.538.000,00 300.750,80 1.538.000,00 299.842,12 299.842,12 0,00 1.538.000,00 1.199.368,48

13000 Retribuciones básicas personal laboral fijo.

327.000,00 59.709,31 327.000,00 59.709,31 59.709,31 0,00 327.000,00 238.837,24

13002 Retribuciones complementarias personal laboral fijo.

318.300,00 59.473,41 318.300,00 59.473,41 59.473,41 0,00 318.300,00 237.893,64

130

Retribuciones básicas-complementarias personal laboral fijo.

645.300,00 119.182,72 645.300,00 119.182,72 119.182,72 0,00 645.300,00 476.730,88

13100 Retribuciones personal laboral temporal.

89.000,00 18.435,53 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00

13101 Retribuciones personal laboral temporal por subvencion.

64.500,00 12.515,01 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00

13102 Retribuciones personal eventual organos de gobierno.

15.500,00 3.316,11 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00

13104 Docentes taller soldadura estructuras ligeras

8.071,92 7.847,69 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00

131 Laboral temporal. 177.071,92 42.114,34 177.071,92 42.114,34 42.114,34 0,00 177.071,92 168.457,36 13 Personal Laboral. 822.371,92 161.297,06 822.371,92 161.297,06 161.297,06 0,00 822.371,92 645.188,24

15000 Complemento productividad personal funcionario

32.000,00 4.318,89 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00

150 Complemento productividad. 32.000,00 4.318,89 32.000,00 4.318,89 4.318,89 0,00 32.000,00 17.275,56

15 Incentivos al rendimiento. 32.000,00 4.318,89 32.000,00 4.318,89 4.318,89 0,00 32.000,00 17.275,56

16000 Seguridad Social. 702.724,30 144.264,34 702.724,30 144.264,34 144.264,34 0,00 702.724,30 577.057,36

16008 Asistencia médico-farmacéutica.

40.000,00 12.138,94 40.000,00 12.138,94 12.138,94 0,00 40.000,00 48.555,76

160 Cuotas sociales. 742.724,30 156.403,28 742.724,30 156.403,28 156.403,28 0,00 742.724,30 625.613,12

16200 Formación y perfeccionamiento del personal.

3.500,00 2.085,00 3.500,00 1.225,00 1.225,00 0,00 3.500,00 4.900,00

16205 Seguros personal 20.000,00 13.627,84 20.000,00 13.627,84 13.627,84 0,00 20.000,00 54.511,36

162 Gastos sociales del personal.

23.500,00 15.712,84 23.500,00 14.852,84 14.852,84 0,00 23.500,00 59.411,36

16 Cuotas, prestaciones y gastos soc. a cargo del empleador.

766.224,30 172.116,12 766.224,30 171.256,12 171.256,12 0,00 766.224,30 685.024,48

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1 GASTOS DE PERSONAL.

3.291.371,22 667.999,57 3.291.371,22 666.230,89 666.230,89 0,00 3.291.371,22 2.664.923,56

20200 Arrendamientos edificios y otras construcciones

4.500,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00

202 Arrendamientos de edificios y otras construcciones.

4.500,00 0,00 4.500,00 0,00 0,00 0,00 4.500,00 4.500,00

20300 Arrendamientos de maquinaria, instalaciones y utillaje.

43.500,00 14.708,43 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00

203

Arrendamientos de maquinaria, instalaciones y utillaje.

43.500,00 14.708,43 43.500,00 11.343,86 11.343,86 22.535,28 43.500,00 43.500,00

20400 Arrendamientos de material de transporte.

43.000,00 10.659,48 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00

204 Arrendamientos de material de transporte.

43.000,00 10.659,48 43.000,00 10.659,48 10.659,48 0,00 43.000,00 43.000,00

20600 Arrendamiento de fotocopiadoras

14.500,00 4.718,32 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00

206 Arrendamientos de equipos para procesos de información.

14.500,00 4.718,32 14.500,00 4.582,32 4.582,32 0,00 14.500,00 14.500,00

20 Arrendamientos y cánones. 105.500,00 30.086,23 105.500,00 26.585,66 26.585,66 22.535,28 105.500,00 105.500,00

21000

Reparacion, mantenimiento y conservacion infraestructuras

71.500,00 12.353,46 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00

21001 Repaciones y mantenimientos

55.000,00 3.695,60 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00

210 Infraestructuras y bienes naturales. 126.500,00 16.049,06 126.500,00 12.811,12 12.811,12 0,00 126.500,00 51.244,48

21200 Edificios y construcciones

23.000,00 4.026,01 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00

21201 Mantenimiento de centros escolares

5.000,00 2.151,77 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00

212 Edificios y otras construcciones. 28.000,00 6.177,78 28.000,00 4.147,56 4.147,56 0,00 28.000,00 16.590,24

21300 Maquinaria, instalaciones técnicas y utillaje.

20.500,00 905,78 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00

21301 Mantenimiento de ascensores y otras instalaciones

10.000,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00

213 Maquinaria, instalaciones técnicas y utillaje.

30.500,00 905,78 30.500,00 560,38 560,38 0,00 30.500,00 2.241,52

21400

Reparacion y mantenimiento elementos de transporte

12.000,00 2.828,97 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00

214 Elementos de transporte.

12.000,00 2.828,97 12.000,00 1.585,71 1.585,71 0,00 12.000,00 6.342,84

21500

Reparación, mantenimiento y conservacion mobiliario

2.500,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00

215 Mobiliario. 2.500,00 0,00 2.500,00 0,00 0,00 0,00 2.500,00 0,00

21900 Repraciones y mantenimiento de otro inmovilizado material

1.000,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00

219 Otro inmovilizado material. 1.000,00 0,00 1.000,00 0,00 0,00 0,00 1.000,00 0,00

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21 Reparaciones, mantenimiento y conservación.

200.500,00 25.961,59 200.500,00 19.104,77 19.104,77 0,00 200.500,00 76.419,08

22000 Ordinario no inventariable.

12.500,00 1.888,40 12.500,00 825,86 825,86 0,00 12.500,00 3.303,44

22001 Prensa, revistas, libros y otras publicaciones.

6.000,00 939,45 6.000,00 715,04 715,04 0,00 6.000,00 2.860,16

22002 Material informático no inventariable.

4.000,00 233,87 4.000,00 233,87 233,87 0,00 4.000,00 935,48

220 Material de oficina. 22.500,00 3.061,72 22.500,00 1.774,77 1.774,77 0,00 22.500,00 7.099,08 22100 Energía eléctrica. 611.500,00 215.447,98 611.500,00 111.847,96 111.847,96 0,00 611.500,00 447.391,84 22101 Agua. 30.000,00 129,47 30.000,00 83,27 83,27 0,00 30.000,00 30.000,00

22103 Combustibles y carburantes.

117.500,00 44.004,61 117.500,00 21.064,15 21.064,15 0,00 117.500,00 84.256,60

22104 Vestuario. 9.000,00 411,07 9.000,00 210,00 210,00 0,00 9.000,00 9.000,00 22105 Productos alimenticios. 9.000,00 304,23 9.000,00 0,00 0,00 1.133,16 9.000,00 9.000,00

22106 Productos farmacéuticos y material sanitario.

500,00 0,00 500,00 0,00 0,00 0,00 500,00 0,00

22110 Productos de limpieza y aseo.

6.500,00 924,95 6.500,00 638,28 638,28 0,00 6.500,00 2.553,12

22111 Suministros de taller de soldaduras de estructuras ligeras

0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00

22113 Suministros varios 2.000,00 172,76 2.000,00 128,50 128,50 0,00 2.000,00 514,00 22199 Otros suministros. 9.000,00 0,00 9.000,00 0,00 0,00 190,18 9.000,00 9.000,00

221 Suministros. 795.000,00 261.395,07 795.000,00 133.972,16 133.972,16 1.323,34 795.000,00 591.715,56

22200 Servicios de Telecomunicaciones.

41.000,00 1.902,29 41.000,00 1.720,79 1.720,79 0,00 41.000,00 41.000,00

22201 Postales. 15.000,00 2.249,04 15.000,00 2.073,02 2.073,02 0,00 15.000,00 8.292,08

22203 Informáticas. 12.000,00 5.091,29 12.000,00 2.776,49 2.776,49 0,00 12.000,00 12.000,00

222 Comunicaciones. 68.000,00 9.242,62 68.000,00 6.570,30 6.570,30 0,00 68.000,00 61.292,08 22300 Transportes. 6.000,00 190,49 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00

223 Transportes. 6.000,00 190,49 6.000,00 21,60 21,60 0,00 6.000,00 86,40 22400 Primas de seguros. 34.000,00 832,56 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00

224 Primas de seguros. 34.000,00 832,56 34.000,00 832,56 832,56 0,00 34.000,00 34.000,00 22500 Tributos estatales. 84.000,00 50.996,64 84.000,00 642,65 642,65 24.423,79 84.000,00 84.000,00

225 Tributos. 84.000,00 50.996,64 84.000,00 642,65 642,65 24.423,79 84.000,00 84.000,00

22601 Atenciones protocolarias y representativas.

5.500,00 1.800,90 5.500,00 1.390,40 1.390,40 21,05 5.500,00 5.561,60

22602 Publicidad y propaganda.

24.500,00 2.197,76 24.500,00 1.056,95 1.056,95 267,89 24.500,00 4.227,80

22603 Publicación en Diarios Oficiales.

5.000,00 402,56 5.000,00 44,03 44,03 0,00 5.000,00 176,12

22604 Jurídicos, contenciosos.

27.000,00 3.525,00 27.000,00 3.525,00 3.525,00 0,00 27.000,00 27.000,00

22606 Reuniones, conferencias y cursos.

4.000,00 80,00 4.000,00 80,00 80,00 518,00 4.000,00 320,00

22609 Actividades culturales y deportivas

40.800,00 4.442,09 40.800,00 2.390,37 2.117,77 42,40 40.800,00 2.390,37

22698 Gastos corrientes del taller de reparacion del polideportivo

0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00

22699 Otros gastos diversos 40.000,00 5.848,14 40.000,00 5.268,81 1.059,49 662,96 40.000,00 21.075,24

226 Gastos diversos. 146.800,00 18.296,45 146.800,00 13.755,56 9.273,64 1.512,30 146.800,00 60.751,13 22700 Limpieza y aseo. 280.500,00 79.796,04 280.500,00 67.379,28 57.336,28 0,00 280.500,00 280.500,00

22701 Seguridad. 10.000,00 1.641,88 10.000,00 1.401,57 1.401,57 0,00 10.000,00 10.000,00

22704 Custodia, depósito y almacenaje.

2.000,00 0,00 2.000,00 0,00 0,00 0,00 2.000,00 2.000,00

22706 Estudios y trabajos técnicos.

53.500,00 33.412,67 53.500,00 12.702,09 12.702,09 0,00 53.500,00 53.500,00

Ayuntamiento de Utiel Plaza del Ayuntamiento, nº 1, Utiel. - 46300 (Valencia). Tfno. 96 217 05 04. Fax: 96 217 23 78

22707 Trabajos por otras empresas ejecucion subsidiaria

0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00

22708 Servicios de recaudación a favor de la entidad.

225.500,00 23.985,45 225.500,00 15.429,90 15.429,90 0,00 225.500,00 225.500,00

22799 trabajos realizados por otras empresas

136.000,00 14.044,96 136.000,00 7.911,72 7.911,72 30.967,58 136.000,00 31.646,88

227 Trabajos realizados por otras empresas y profesionales.

707.500,00 152.881,00 707.500,00 104.824,56 94.781,56 30.967,58 707.500,00 603.146,88

22 Material, suministros y otros.

1.863.800,00 496.896,55 1.863.800,00 262.394,16 247.869,24 58.227,01 1.863.800,00 1.442.091,13

23000 De los miembros de los órganos de gobierno.

500,00 0,00 500,00 0,00 0,00 0,00 500,00 500,00

23010 Del personal directivo. 500,00 11,80 500,00 11,80 11,80 0,00 500,00 500,00

230 Dietas. 1.000,00 11,80 1.000,00 11,80 11,80 0,00 1.000,00 1.000,00

23100 De los miembros de los órganos de gobierno.

500,00 0,00 500,00 0,00 0,00 0,00 500,00 500,00

23120 Locomocion del personal laboral

3.000,00 815,57 3.000,00 526,77 526,77 0,00 3.000,00 3.000,00

231 Locomoción. 3.500,00 815,57 3.500,00 526,77 526,77 0,00 3.500,00 3.500,00 23300 Asistencia a tribunales 3.500,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00

23320 Indemnización asistencia a tribunales miembros corporacion

500,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00

233 Otras indemnizaciones. 4.000,00 0,00 4.000,00 0,00 0,00 0,00 4.000,00 4.000,00

23 Indemnizaciones por razón del servicio. 8.500,00 827,37 8.500,00 538,57 538,57 0,00 8.500,00 8.500,00

2

GASTOS CORRIENTES EN BIENES Y SERVICIOS.

2.178.300,00 553.771,74 2.178.300,00 308.623,16 294.098,24 80.762,29 2.178.300,00 1.632.510,21

31000 Intereses operaciones corto plazo dentro sector publico

205.000,00 49.064,45 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00

310 Intereses. 205.000,00 49.064,45 205.000,00 49.064,45 49.064,45 0,00 205.000,00 205.000,00

31 De préstamos y otras operaciones financieras en euros.

205.000,00 49.064,45 205.000,00 49.064,45 49.064,45 0,00 205.000,00 205.000,00

35200 INTERESES DE DEMORA

23.000,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00

352 Intereses de demora. 23.000,00 0,00 23.000,00 0,00 0,00 0,00 23.000,00 0,00

35900 Otros gastos financieros.

2.000,00 327,15 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00

359 Otros gastos financieros.

2.000,00 327,15 2.000,00 315,15 315,15 0,00 2.000,00 1.260,60

35 Intereses de demora y otros gastos financieros.

25.000,00 327,15 25.000,00 315,15 315,15 0,00 25.000,00 1.260,60

3 GASTOS FINANCIEROS. 230.000,00 49.391,60 230.000,00 49.379,60 49.379,60 0,00 230.000,00 206.260,60

46100 Transferencias corrientes a diputaciones

3.750,00 3.668,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00

461 A Diputaciones, Consejos o Cabildos insulares.

3.750,00 3.668,00 3.750,00 0,00 0,00 0,00 3.750,00 3.750,00

46300 A Mancomunidad Interior

85.000,00 71.963,47 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00

463 A Mancomunidades. 85.000,00 71.963,47 85.000,00 0,00 0,00 384.364,39 85.000,00 85.000,00

46601 Aportacion a asociaciones de municipios y otras

4.000,00 3.478,91 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00

Ayuntamiento de Utiel Plaza del Ayuntamiento, nº 1, Utiel. - 46300 (Valencia). Tfno. 96 217 05 04. Fax: 96 217 23 78

466 A otras Entidades que agrupen municipios.

4.000,00 3.478,91 4.000,00 3.178,91 3.178,91 0,00 4.000,00 4.000,00

46700 A consorcios 42.558,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00

467 A Consorcios. 42.558,00 0,00 42.558,00 0,00 0,00 0,00 42.558,00 42.558,00 46 A Entidades Locales. 135.308,00 79.110,38 135.308,00 3.178,91 3.178,91 384.364,39 135.308,00 135.308,00

48000 Transferencias corrientes a particulares

42.800,00 10.726,99 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00

48001

Transferencias corrientes a instituciones sin fines de lucro

26.700,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00

480 Subvenciones libre concurrencia

69.500,00 10.726,99 103.000,00 16.300,53 16.300,53 29.709,70 103.000,00 69.500,00

48100 Transferencias corriientes premios, becas, pensiones y est.

59.000,00 6.150,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00

481 Convenios con entidades 59.000,00 6.150,00 51.500,00 8.150,26 8.150,26 14.854,85 51.500,00 59.000,00

48900 Otras transferencias 77.500,00 21.115,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00

489 Subvenciones y transferencias nominativas

77.500,00 21.115,00 51.500,00 8.150,26 8.150,26 14.854,85 51.500,00 77.500,00

48 A Familias e Instituciones sin fines de lucro.

206.000,00 37.991,99 206.000,00 32.601,05 32.601,05 59.419,40 206.000,00 206.000,00

4 TRANSFERENCIAS CORRIENTES.

341.308,00 117.102,37 341.308,00 35.779,96 35.779,96 443.783,79 341.308,00 341.308,00

60000 Adquisicion de terrenos

62.009,75 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00

600 Inversiones en terrenos.

62.009,75 0,00 62.009,75 0,00 0,00 0,00 62.009,75 62.009,75

60902 Instalaciones 7.000,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00

609 Otras invers nuevas en infraest y bienes dest al uso gral

7.000,00 0,00 7.000,00 0,00 0,00 0,00 7.000,00 7.000,00

60 Invers nueva en infraestructuras y bienes dest al uso gral

69.009,75 0,00 69.009,75 0,00 0,00 0,00 69.009,75 69.009,75

61000 Inversiones de reposición en infraestructuras

51.651,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00

610 Inversiones en terrenos. 51.651,00 0,00 51.651,00 0,00 0,00 0,00 51.651,00 51.651,00

61901 Depuradoras piscina 95.000,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00

61902 PPOS 2013 84.500,82 83.248,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00

61903 Obras P.E.R. reposicion de inversiones

0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00

61904 Inversion reposicion de infraestructuras

170.000,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00

61905 PLAN NUCLEOS 2013

56.188,68 31.332,90 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00

61906 Plan Nucleos Año 2009 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00

61907 Otras infraestructuras viarias

0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00

619 Otras inver de reposic en infraest y bienes dest al uso gral

405.689,50 114.580,90 405.689,50 88.727,69 88.727,69 34.000,00 405.689,50 405.689,50

61 Invers de reposición de infraes y bienes dest al uso gral

457.340,50 114.580,90 457.340,50 88.727,69 88.727,69 34.000,00 457.340,50 457.340,50

Ayuntamiento de Utiel Plaza del Ayuntamiento, nº 1, Utiel. - 46300 (Valencia). Tfno. 96 217 05 04. Fax: 96 217 23 78

62215

Inversiones nuevos edificios funcionamiento de servicios

0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00

622 Edificios y otras construcciones. 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00

62300 Maquinaria, instalaciones técnicas y utillaje.

0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00

623 Maquinaria, instalaciones técnicas y utillaje.

0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00

62500 Mobiliario. 10.000,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 62501 Equipos de oficina 4.000,00 114,85 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00

625 Mobiliario. 14.000,00 114,85 14.000,00 0,00 0,00 0,00 14.000,00 14.000,00

62600 Equipos para procesos de información.

6.000,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00

62601 Sistemas informaticos ayuntamiento

2.000,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00

62602 Sistemas telecomunicaciones ayuntamiento

0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00

626 Equipos para procesos de información.

8.000,00 0,00 8.000,00 0,00 0,00 0,00 8.000,00 8.000,00

62

Inversión nueva asociada al funcionam operat de los serv.

22.000,00 114,85 22.000,00 0,00 0,00 0,00 22.000,00 22.000,00

63200 Escuelas Pias 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00

63201 Cubierta vestuarios polideportivo

0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00

63202 Cubierta paelleros polideportivo

0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00

632 Edificios y otras construcciones. 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00

63300 Utillaje y maquinaria 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00

633 Maquinaria, instalaciones técnicas y utillaje.

0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 103.468,05 0,00 0,00

63700 Proyectos tecnicos 19.000,00 5.650,39 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00

637 Proyectos complejos. 19.000,00 5.650,39 19.000,00 1.800,00 1.800,00 0,00 19.000,00 19.000,00 63900 Inversion de reposicion 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00

63901 RESTOS ARQUEOLOGICOS AYUNTAMIENTO

0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00

639

Otras inver de reposición asoc al func operat de los serv

0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00

63 Inv de repos asociada al funcionamiento operat de los serv

19.000,00 5.650,39 19.000,00 1.800,00 1.800,00 103.468,05 19.000,00 19.000,00

6 INVERSIONES REALES.

567.350,25 120.346,14 567.350,25 90.527,69 90.527,69 137.468,05 567.350,25 567.350,25

91301 Amortizacion de prestamos

735.000,00 135.094,54 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00

91302 Amortizacion de prestamos del RDL 8/2010

0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00

913 Amort de prést a l/p de entes de fuera del sector público.

735.000,00 135.094,54 735.000,00 135.094,54 135.094,54 0,00 735.000,00 735.000,00

Ayuntamiento de Utiel Plaza del Ayuntamiento, nº 1, Utiel. - 46300 (Valencia). Tfno. 96 217 05 04. Fax: 96 217 23 78

91 Amortización de préstamos y de operaciones en euros.

735.000,00 135.094,54 735.000,00 135.094,54 135.094,54 0,00 735.000,00 735.000,00

9 PASIVOS FINANCIEROS. 735.000,00 135.094,54 735.000,00 135.094,54 135.094,54 0,00 735.000,00 735.000,00

TOTAL 7.343.329,47 1.643.705,96 7.343.329,47 1.285.635,84 1.271.110,92 662.014,13 7.343.329,47 6.147.352,62

ESTADO EJECUCIÓN INGRESOS DENOMINACION PVT DRE PREV EJEC REAE REAA TREA AUTO

11200 I.B.I. DE NATURALEZA RUSTICA

100.000,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00

112 Impto sobre Bienes Inmuebles. Bienes Inmueb de Nat Rústica 100.000,00 0,00 100.000,00 0,00 0,00 0,00 100.000,00 100.000,00

11301 I.B.I.DE NATURALEZA URBANA

2.450.000,00 153.692,51 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00

113 Impto sobre Bienes Inmuebles. Bienes inmuebles de Nat Urbana

2.450.000,00 153.692,51 2.450.000,00 84.685,33 84.685,33 0,00 2.450.000,00 2.450.000,00

11500 IMPUESTO SOBRE VEHICULOS TRACCION MECAN.

740.000,00 16,63 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00

115 Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica. 740.000,00 16,63 740.000,00 16,63 16,63 0,00 740.000,00 740.000,00

11600 IMPUESTO INCREMENTO VALOR TERRENOS

100.000,00 66.668,41 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00

116 Impuesto sobre Increm del Valor de los Terren de Nat Urbana.

100.000,00 66.668,41 100.000,00 43.703,95 26.623,15 24.501,08 100.000,00 100.000,00

11 Impuestos sobre el capital. 3.390.000,00 220.377,55 3.390.000,00 128.405,91 111.325,11 24.501,08 3.390.000,00 3.390.000,00

13000 I.A.E. ACTIVIDADES EMPRESARIALES

102.000,00 -243,97 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00

130 Impuesto sobre Actividades Económicas. 102.000,00 -243,97 102.000,00 -243,97 -243,97 2.000,00 102.000,00 102.000,00

13 Impuesto sobre las Actividades Económicas. 102.000,00 -243,97 102.000,00 -243,97 -243,97 2.000,00 102.000,00 102.000,00

1 Impuestos directos. 3.492.000,00 220.133,58 3.492.000,00 128.161,94 111.081,14 26.501,08 3.492.000,00 3.492.000,00

29000 IMPTO.S/CONSTRUCCIONES, INSTALAC. Y OBRA

100.000,00 31.890,62 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00

290 Impuesto sobre construcciones, instalaciones y obras.

100.000,00 31.890,62 100.000,00 29.550,50 13.767,95 4.086,11 100.000,00 118.202,00

29100 COTOS DE CAZA Y PESCA 1.000,00 986,72 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 986,72

291 Impuesto sobre gastos suntuarios (Cotos de caza y pesca).

1.000,00 986,72 1.000,00 986,72 986,72 461,13 1.000,00 986,72

29 Otros impuestos indirectos. 101.000,00 32.877,34 101.000,00 30.537,22 14.754,67 4.547,24 101.000,00 119.188,72 2 Impuestos indirectos. 101.000,00 32.877,34 101.000,00 30.537,22 14.754,67 4.547,24 101.000,00 119.188,72

30201 TASA RECOGIDA DE BASURA

0,00 196,70 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00

302 Servicio de recogida de basuras. 0,00 196,70 0,00 153,00 153,00 0,00 0,00 0,00

30 Tasas por la prestación de servicios públicos básicos.

0,00 196,70 0,00 153,00 153,00 0,00 0,00 0,00

31201 TASAS ESCUELAS DE VERANO

3.500,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00

31202 TASA SERVICIO EPA 0,00 5,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00

312 Servicios educativos. 3.500,00 5,00 3.500,00 5,00 5,00 0,00 3.500,00 3.500,00

31301 TASA PABELLON Y P0LIDEPORTIVO

3.000,00 777,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00

31302 TASA ESCUELAS DEPORTIVAS

42.000,00 9.413,40 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00

313 Servicios deportivos. 45.000,00 10.190,40 45.000,00 10.190,40 10.190,40 0,00 45.000,00 40.761,60

31 Tasas por la prest de servic públ de carácter social y prefe 48.500,00 10.195,40 48.500,00 10.195,40 10.195,40 0,00 48.500,00 44.261,60

Ayuntamiento de Utiel Plaza del Ayuntamiento, nº 1, Utiel. - 46300 (Valencia). Tfno. 96 217 05 04. Fax: 96 217 23 78

32101 TASA LICENCIAS URBANISTICAS

25.000,00 6.139,33 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00

321 Licencias urbanísticas. 25.000,00 6.139,33 25.000,00 5.557,69 3.392,06 1.761,97 25.000,00 22.230,76

32201 TASAS LICENCIA DE OCUPACION

4.000,00 385,63 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00

322 Cedulas de habitabilidad y licencias de primera ocupación. 4.000,00 385,63 4.000,00 385,63 385,63 0,00 4.000,00 1.542,52

32501 TASA EXPEDICION DE DOCUMENTOS

2.000,00 286,85 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00

32502 TASA CONCESION PLACAS, DISTINTIVOS ,ETC

500,00 15,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00

325 Tasa por expedición de documentos. 2.500,00 301,85 2.500,00 286,85 286,85 0,00 2.500,00 1.147,40

32600 TASA RETIRADA DE VEHICULOS DE LA VIA PUBLICA

8.500,00 1.010,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00

326 Tasa por retirada de vehículos. 8.500,00 1.010,00 8.500,00 1.010,00 1.010,00 115,00 8.500,00 4.040,00 32900 TASA BASCULA PUBLICA 3.000,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00

32902 TASA ALBERGUE EL REMEDIO

8.000,00 1.852,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00

32903 TASA ASISTENCIA A PRUEBAS SELECTIVAS

500,00 638,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00

32904 TASA CELEBRACION MATRIMONIOS CIVILES

1.300,00 250,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00

32905 TASA LICENCIAS AUTOTAXI 500,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00

32906 TASA APERTURA DE ESTABLECIMIENTOS

18.000,00 6.495,02 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00

329 Otras tasas por la realizac de activid de compet local 31.300,00 9.235,02 31.300,00 6.145,84 4.416,57 1.164,68 31.300,00 31.300,00

32 Tasas por la realizac de activid de competencia local. 71.300,00 17.071,83 71.300,00 13.386,01 9.491,11 3.041,65 71.300,00 60.260,68

33101 TASA ENTRADA DE VEHICULOS Y RESERVA ESTACIONAMIENTO

85.000,00 575,23 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00

331 Tasa por entrada de vehículos. 85.000,00 575,23 85.000,00 264,07 264,07 0,00 85.000,00 85.000,00

33201 TASA OCUPACION VIA PUBLICA: TELEFONICA E IBERDROLA

110.000,00 37.065,20 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00

332 Tasa por util privat o aprove esp por emp expl de ser de sum 110.000,00 37.065,20 110.000,00 26.103,35 8.039,92 33.015,40 110.000,00 110.000,00

33401 TASA OCUPACION VIA PUBLICA CON ZANJAS

3.000,00 12,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00

334 Tasa por apertura de calas y zanjas. 3.000,00 12,00 3.000,00 12,00 -12,00 48,00 3.000,00 48,00

33501 TASA OCUPACION CON KIOSCOS Y OTAS INSTALACIONES

1.500,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00

33502 TASA MESAS Y SILLAS 15.000,00 885,20 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00

33503 TASA OCUPACION VIA PUBLICA CON CAJEROS AUTOMATICOS

1.676,00 1.257,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00

335 Tasa por ocupación de la vía pública con terrazas.

18.176,00 2.142,20 18.176,00 885,20 885,20 405,01 18.176,00 18.176,00

33901 TASAS OCUPACION CON PUESTOS Y BARRACAS

30.000,00 3.203,10 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00

33902 TASA OCUPACION VIA PUBLICA CON MATERIALES, MERCANCIAS

17.000,00 158,08 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00

339 Otras tasas por utilización privativa del dominio público. 47.000,00 3.361,18 47.000,00 2.414,98 2.350,76 24.225,77 47.000,00 47.000,00

33 Tasas por utilizac privat o el aprovech esp del dom púb loc 263.176,00 43.155,81 263.176,00 29.679,60 11.527,95 57.694,18 263.176,00 260.224,00

34901 PRECIO VENTAS PUBLICACIONES E IMPRESOS

1.000,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00

Ayuntamiento de Utiel Plaza del Ayuntamiento, nº 1, Utiel. - 46300 (Valencia). Tfno. 96 217 05 04. Fax: 96 217 23 78

34902 PRECIO PUBLICO PUBLICIDAD RADIO

35.000,00 10.782,04 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00

349 Otros precios públicos. 36.000,00 10.782,04 36.000,00 8.399,62 5.553,30 4.598,21 36.000,00 33.598,48 34 Precios públicos. 36.000,00 10.782,04 36.000,00 8.399,62 5.553,30 4.598,21 36.000,00 33.598,48

36200 VENTA ENTRADAS GASTRONOMICA

20.000,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00

362 20.000,00 0,00 20.000,00 0,00 0,00 0,00 20.000,00 20.000,00 36 Ventas. 20.000,00 0,00 20.000,00 0,00 0,00 0,00 20.000,00 20.000,00

38900 REINTEGRO DE PRESUPUESTOS CERRADOS

8.000,00 4.978,61 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00

38901 REINTEGROS POR INCAUTACION DE FIANZAS

500,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00

38902 REINTEGROS DE GASTOS POR DAÑOS EN BIENES MUNICIPALES

500,00 4.161,45 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00

38903 REINTEGRO DE OBRAS A CARGO DE PARTICULARES

1.000,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00

38904 REINTEGROS DE ANUNCIOS DE PARTICULARES

500,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00

38905 REINTEGRO GASTOS DE LUZ DEPENDENCIAS MUNICIPALES

7.000,00 7.734,46 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00

38906 REINTEGRO GASTOS SEGUROS PRIVADOS FUNCIONARIOS

23.000,00 8.605,35 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00

389 Otros reintegros de operaciones corrientes.

40.500,00 25.479,87 40.500,00 21.627,98 15.480,16 213,35 40.500,00 86.511,92

38 Reintegros de operaciones corrientes.

40.500,00 25.479,87 40.500,00 21.627,98 15.480,16 213,35 40.500,00 86.511,92

39100 MULTAS INFRACCIONES URBANISTICAS

500,00 0,00 500,00 0,00 0,00 0,00 500,00 0,00

39110 MULTAS POR INFRACCIONES TRIBUTARIAS

500,00 0,00 500,00 0,00 0,00 0,00 500,00 0,00

39120 MULTAS DE TRAFICO 85.000,00 3.678,55 85.000,00 3.678,55 3.678,55 4.370,26 85.000,00 14.714,20

39190 OTRAS MULTAS Y SANCIONES

3.000,00 2.650,01 3.000,00 0,00 0,00 90,01 3.000,00 0,00

391 Multas. 89.000,00 6.328,56 89.000,00 3.678,55 3.678,55 4.460,27 89.000,00 14.714,20 39210 RECARGO EJECUTIVO 20.000,00 17.853,08 20.000,00 11.971,31 11.471,52 0,00 20.000,00 47.885,24 39211 RECARGO DE APREMIO 3.000,00 136,44 3.000,00 102,21 102,21 217,73 3.000,00 408,84

392 Recar del periodo ejec y por declarac extemp sin requer prev

23.000,00 17.989,52 23.000,00 12.073,52 11.573,73 217,73 23.000,00 48.294,08

39300 INTERESES DE DEMORA 12.000,00 7.182,07 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00

39301 INTERESES DE DEMORA RECAUDADOS POR AYUNTAMIENTO

500,00 335,34 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00

393 Intereses de demora. 12.500,00 7.517,41 12.500,00 5.964,80 3.803,57 1.938,59 12.500,00 23.859,20 39600 CANON DE URBANIZACION 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00

396 Ingresos por actuaciones de urbanización. 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00

39901 RECURSOS EVENTUALES 2.000,00 115,08 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 1.150,83

39903 INGRESOS EXPOSITORES DE FERIAS

10.000,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 1.150,83

39904 TAQUILLAS ESPECTACULOS 9.000,00 5.311,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 1.150,83 39905 CUOTAS BIBLIOTECA 5.000,00 108,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 1.150,83

39906 VENTA PAPEL Y CARTON 500,00 523,05 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 1.150,83

399 Otros ingresos diversos. 26.500,00 6.057,13 26.500,00 5.754,13 5.719,67 475,00 26.500,00 5.754,13 39 Otros ingresos. 151.000,00 37.892,62 151.000,00 27.471,00 24.775,52 7.091,59 151.000,00 92.621,61

3 Tasas, precios públicos y otros ingresos. 630.476,00 144.774,27 630.476,00 110.912,61 77.176,44 72.638,98 630.476,00 597.478,29

42000 PARTICIPACION MUNICIPAL EN LOS TRIBUTOS DEL ESTADO

2.182.000,00 523.943,46 2.182.000,00 523.943,46 523.943,46 0,00 2.182.000,00 2.182.000,00

Ayuntamiento de Utiel Plaza del Ayuntamiento, nº 1, Utiel. - 46300 (Valencia). Tfno. 96 217 05 04. Fax: 96 217 23 78

42001 SUBVENCION PROGRAMA CENTRO ACTIV. CULTURALES -LUDICAS

0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00

42020 COMPENSACION BONIFICACION IAE Y OTROS BENEFICIOS FISCALES

54.500,00 2.983,72 54.500,00 2.983,72 2.983,72 0,00 54.500,00 54.500,00

42090 DISCTRIBUCION CUOTAS NAC Y PROV. IAE Y TELEFONIA , OTRAS TRA

40.000,00 28.464,05 40.000,00 27.484,46 27.484,46 0,00 40.000,00 40.000,00

420 De la Administración General del Estado.

2.276.500,00 555.391,23 2.276.500,00 554.411,64 554.411,64 0,00 2.276.500,00 2.276.500,00

42 De la Administración del Estado.

2.276.500,00 555.391,23 2.276.500,00 554.411,64 554.411,64 0,00 2.276.500,00 2.276.500,00

45002 TRANSFERENCIAS CCAA EN MATERIA DE SERVICIOS SOCIALES

59.000,00 0,00 68.000,00 0,00 0,00 29.485,79 68.000,00 59.000,00

45003 TRANSFERENCIAS CCAA EN MATERIA DE RENTA GARANTIZADA

32.300,00 8.135,80 32.300,00 20.367,28 0,00 27.401,20 32.300,00 32.300,00

45004 TRANSFERENCIAS CCAA AGENCIA AMICS

9.000,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 9.000,00

45030 TRANSFENCIAS CCAA EN MATERIA DE EDUCACION-EPA-

3.500,00 0,00 3.500,00 0,00 0,00 0,00 3.500,00 3.500,00

45050 SUBVENCIONES CCAA EN MATERIA DE EMPLEO

25.496,22 14.700,00 25.496,22 14.700,00 0,00 100.437,06 25.496,22 25.496,22

45051 SUBVENCION TALLER EMPLEO LEONARDO DE FIGUEROA

0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00

45052 SUBVENCION PAMER, EMCORP Y SALARIO JOVEN 2011

0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00

45053 SUBVENCION TALLER SOLDADURA ESTRUC. LIGERAS DICBRE 2011

0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00

45080 OTRAS TRANSFERENCIAS CORRIENTES DE LA COM. AUTONOMA

0,00 12.194,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00

45081

SUBVENCION FERIA GASTRONOMICA-CONSELLERIA AGRICULTURA

0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00

45082 SUBVENCION PARA GASTOS CORRIENTES 2012

0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00

450 De la Administración General de las Comunidades Autónomas.

129.296,22 35.029,80 129.296,22 35.067,28 0,00 157.324,05 129.296,22 129.296,22

45300 SUBVENCION AGENCIA VALENCIANA DE TURISMO

1.000,00 1.159,17 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 1.159,17

453 De soc merc, ent púb empr y otros org púb depen de CC.AA 1.000,00 1.159,17 1.000,00 1.159,17 0,00 8.800,90 1.000,00 1.159,17

45 De Comunidades Autónomas. 130.296,22 36.188,97 130.296,22 36.226,45 0,00 166.124,95 130.296,22 130.455,39

46100 SUBVENCION DIPUTACION APORTACION CONSORCIO BOMBEROS

42.558,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00

46101 SUBVENCION IMELSA 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00

461 De Diputaciones, Consejos o Cabildos. 42.558,00 0,00 42.558,00 0,00 0,00 14.994,99 42.558,00 42.558,00

46202 SUBVENCION DIPUTACION PAGO DE FACTURAS -PLAN DE CHOQUE

0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00

46203 SUBVENCION DIPUTACION PROGRAMAS DEPORTIVOS, JUVENTUD Y OTROS

0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00

46204 SUBVENCION " LA DIPU TE BECA "

0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00

Ayuntamiento de Utiel Plaza del Ayuntamiento, nº 1, Utiel. - 46300 (Valencia). Tfno. 96 217 05 04. Fax: 96 217 23 78

46205 SUBVENCION DIPUTACION FERIA GASTRONOMICA

0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00

46206 SUBVENCIONES MANT. AREAS RECREATIVAS EL REMEDIO Y HONTANAR

0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00

462 De Ayuntamientos. 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 32.907,58 0,00 0,00

46601 SUBVENCIONES CORRIENTES FVMP

0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00

46602 SUBVENCION FVPM PROGRAMAS DEPENDENCIA

0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00

46603 TRANSFERENCIA COMPENSACION ADL MANCOMUNIDAD

42.000,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00

46604 APORTACION MANCOMUNIDAD PROGRAMA DEPENDENCIA

1.700,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00

466 De otras Entidades que agrupen Municipios. 43.700,00 0,00 43.700,00 0,00 0,00 0,00 43.700,00 43.700,00

46 De Entidades Locales. 86.258,00 0,00 86.258,00 0,00 0,00 47.902,57 86.258,00 86.258,00

48000 APORTACIÓN DE PARTICULARES

0,00 300,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00

48005 REINTEGRO CAMARA DE COMERCIO

0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00

48006 SUBVENCION PROGRAMAS ATENCION INMIGRANTES

0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00

480 0,00 300,00 0,00 300,00 300,00 0,00 0,00 0,00

48 De familias e instituciones sin fines de lucro. 0,00 300,00 0,00 300,00 300,00 0,00 0,00 0,00

4 Transferencia corrientes. 2.493.054,22 591.880,20 2.493.054,22 590.938,09 554.711,64 214.027,52 2.493.054,22 2.493.213,39

52000 INTERESES EN CUENTAS BANCARIAS

1.200,00 1.412,01 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00

520 1.200,00 1.412,01 1.200,00 1.412,01 1.412,01 0,00 1.200,00 5.648,04 52 Intereses de depósitos. 1.200,00 1.412,01 1.200,00 1.412,01 1.412,01 0,00 1.200,00 5.648,04

54100 PROD. ARRENDAM. FINCAS URBANAS-SEPIVA-CUARTEL-

12.000,00 8.091,30 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00

541 Arrendamientos de fincas urbanas. 12.000,00 8.091,30 12.000,00 7.150,28 7.150,28 0,00 12.000,00 12.000,00

54200 ARRENDAMIENTO DE FINCAS RUSTICAS

5.000,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00

542 Arrendamientos de fincas rústicas. 5.000,00 0,00 5.000,00 0,00 0,00 0,00 5.000,00 5.000,00

54900 OTRAS RENTAS DE INMUEBLES- PUESTOS MERCADO

23.000,00 2.082,99 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00

549 Otras rentas de bienes inmuebles. 23.000,00 2.082,99 23.000,00 2.082,99 2.082,99 2.109,84 23.000,00 8.331,96

54 Rentas de bienes inmuebles. 40.000,00 10.174,29 40.000,00 9.233,27 9.233,27 2.109,84 40.000,00 25.331,96 55000 CANON SERVICIO DE AGUAS 31.000,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 55001 PARTICIPACION O.R.A. 28.000,00 6.432,41 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 55002 CANONES 8.000,00 306,25 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00

550 De concesiones admtivas con contraprestación periódica 67.000,00 6.738,66 67.000,00 6.738,66 306,25 0,00 67.000,00 67.000,00

55400 PRODUCTOS DE EXPLOTACIONES FORESTALES

0,00 0,00 17.400,00 681,64 681,64 0,00 17.400,00 0,00

55401 APROVECHAMIENTOS CAZA 3.400,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00

55402 APROVECHAMIENTOS MADERA

10.000,00 14,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00

55403 APROV. FORESTALES PASTOS, TRUFA, APICOLA, LABOR

4.000,00 667,64 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00

554 Aprovechamientos agrícolas y forestales. 17.400,00 681,64 17.400,00 681,64 681,64 0,00 17.400,00 17.400,00

Ayuntamiento de Utiel Plaza del Ayuntamiento, nº 1, Utiel. - 46300 (Valencia). Tfno. 96 217 05 04. Fax: 96 217 23 78

55500 APROVECHAMIENTO AGRICOLA MONTES

21.000,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00

555 Aprovechamientos especiales con contraprestación.

21.000,00 0,00 21.000,00 0,00 0,00 0,00 21.000,00 21.000,00

55901 OTROS APROVECHAMIENTOS : VIA PUBLICA

0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00

559 Otras concesiones y aprovechamientos. 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00

55 Productos de concesiones y aprovechamientos especiales. 105.400,00 7.420,30 105.400,00 7.420,30 987,89 0,00 105.400,00 105.400,00

59900 OTROS INGRESOS PATRIMONIALES

500,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00

599 Otros ingresos patrimoniales. 500,00 0,00 500,00 0,00 0,00 0,00 500,00 0,00 59 Otros ingresos patrimoniales. 500,00 0,00 500,00 0,00 0,00 0,00 500,00 0,00 5 Ingresos patrimoniales. 147.100,00 19.006,60 147.100,00 18.065,58 11.633,17 2.109,84 147.100,00 136.380,00 60000 VENTA DE SOLARES 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00

600 Venta de solares. 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 60 De terrenos. 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00

6 Enajenación de inversiones reales. 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00

72001 SUBVENCION PLAN EMPLEO Y SOSTENIBILIDAD SOCIAL 2010 / RESTO

0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00

720 De la Administración General del Estado. 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00

72 De la Administración del Estado.

0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00

75003 TRANSFERENCIA CAPITAL REHABILITACION AYTO. PRIMERA FASE

0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00

75060

TRANSFERENCIAS DE CAPITAL DE LA GENERALITAT , PLAN CONFIANZA

0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00

75082 TRANSF. CAPITAL REURB. C/. SANTA MARIA - PTA. ERAS/2011

0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00

750 De la Administración General de las Comunidades Autónomas.

0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00

75 De Comunidades Autónomas. 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00

76100 DE DIPUTACION: PLANES PROVINCIALES 2014

95.000,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00

76101 DE DIPUTACION, PPOS 2013 84.500,82 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00

76102 SUBVENCION PROYECTOS TECNICOS DE OBRA

12.000,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00

76103 DE DIPUTACION : PLAN DE NUCLEOS DE 2013

56.188,68 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00

76104 SUBVENCION CAPITAL DIPUTACION : LAMPARAS LED

0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00

76105 SUBVENCION CAPITAL DIPUTACION RENOVACION MOBILIARIO

0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00

76106 SUBVENCION DIPUTACION PN AÑOS 2008 Y ANTERIORES

0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00

76107 SUBVENCION DIPUTACION PN 2012

0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00

76108 SUBVENCION CAMINOS RURALES 2011-CAMINO CUESTA DEL TRULLO

0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00

76109 SUBVENCION DIPUTACION PLAN NUCLEOS 2013

170.000,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00

Ayuntamiento de Utiel Plaza del Ayuntamiento, nº 1, Utiel. - 46300 (Valencia). Tfno. 96 217 05 04. Fax: 96 217 23 78

76110 SUBVENCION DIPUTACION: PLAN COMPLEMENTARIO PPOS 2011

0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00

761 De Diputaciones, Consejos o Cabildos. 417.689,50 0,00 417.689,50 0,00 0,00 204.336,40 417.689,50 417.689,50

76 De Entidades Locales. 417.689,50 0,00 417.689,50 0,00 0,00 204.336,40 417.689,50 417.689,50 7 Transferencias de capital. 417.689,50 0,00 417.689,50 0,00 0,00 204.336,40 417.689,50 417.689,50

87000 REMANENTE DE TESORERIA PARA GASTOS GENERALES

0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00

87010 REMANENTE DE TESORERIA PARA GASTOS CON FINANCIACION AFECTADA

62.009,75 0,00 62.009,75 0,00 0,00 0,00 62.009,75 0,00

870 Remanente de tesorería. 62.009,75 0,00 62.009,75 0,00 0,00 0,00 62.009,75 0,00 87 Remanente de tesorería. 62.009,75 0,00 62.009,75 0,00 0,00 0,00 62.009,75 0,00 8 Activos financieros. 62.009,75 0,00 62.009,75 0,00 0,00 0,00 62.009,75 0,00

91100 PRESTAMO RDL 4 / 2012 PARA PAGO PROVEEDORES

0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00

911 Préstamos recibidos a l/p de entes del sector público.

0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00

91301 Préstam recibidos a l/p de entes de fuera del sector público

0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00

91302 Prestamo Remanente de Tesoreria 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00

913 Préstam recibidos a l/p de entes de fuera del sector público 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00

91 Préstamos recibidos en euros. 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 9 Pasivos financieros. 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 TOTAL 7.343.329,47 1.008.671,99 7.343.329,47 878.615,44 769.357,06 524.161,06 7.343.329,47 7.255.949,90

Ayuntamiento de Utiel Plaza del Ayuntamiento, nº 1, Utiel. - 46300 (Valencia). Tfno. 96 217 05 04. Fax: 96 217 23 78

SEGUNDO. Calendario, Presupuesto de Tesorería y cuantías necesidades endeudamiento.

CONCEPTO

RECAUDACIÓN /PAGOS REALES Y ESTIMADOS TRIMESTRE CERRADO

RECAUDACIÓN /PAGOS ACUMULADA AL FINAL DEL TRIMESTRE VENCIDO

(2)

PREVISIONES TRIMESTRE EN CURSO PREVISIÓN

RECAUD./PAGOS RESTO

EJERCICIO (5)

PREVISIÓN RECAUDACIÓN /PAGOS EN CADA MES(3)

PREVISIÓN RECAUD./PAGOS

EN EL TRIMESTRE (4) CORRIENTE CERRADOS TOTAL ABRIL MAYO JUNIO

Fondos líquidos al inicio del periodo (1)

1.692.247,31 1.178.460,48 1.271.543,48 1.426.122,48 1.178.460,48 1.494.950,48

Cobros presupuestarios 769.357,06 524.672,00 1.294.029,06 327.000,00 327.000,00 327.000,00 981.000,00 1.962.000,00

1. Impuestos directos

111.081,14 26.501,08 137.582,22 35.000,00 35.000,00 35.000,00 105.000,00 210.000,00

2. Impuestos indirectos

14.754,67 4.547,24 19.301,91 0,00

3. Tasas y otros ingresos

77.176,44 73.149,92 150.326,36 115.000,00 115.000,00 115.000,00 345.000,00 690.000,00

4. Transferencias corrientes

554.711,64 214.027,52 768.739,16 177.000,00 177.000,00 177.000,00 531.000,00 1.062.000,00

5. Ingresos patrimoniales

11.633,17 2.109,84 13.743,01 0,00

6. Enajenación de inversiones reales

0,00 0,00 0,00 0,00

7. Transferencias de capital

0,00 204.336,40 204.336,40 0,00

8. Activos financieros

0,00 0,00 0,00 0,00

9. Pasivos financieros

0,00 0,00 0,00 0,00

Cobros no presupuestarios

1.866.074,09 1.866.074,09 230.000,00 230.000,00 230.000,00 690.000,00 1.380.000,00

Cobros realizados pendientes de aplicación definitiva

796.404,06 796.404,06 0,00

Pagos Presupuestarios

1.271.110,92 662.014,13 1.933.125,05 443.917,00 382.421,00 468.172,00 1.294.510,00 2.669.783,00

1. Gastos de personal

666.230,89 0,00 666.230,89 205.000,00 205.000,00 341.000,00 751.000,00 1.386.000,00

2. Gastos en bienes corrientes y servicios

294.098,24 80.762,29 374.860,53 120.000,00 120.000,00 120.000,00 360.000,00 720.000,00

3. Gastos financieros

49.379,60 0,00 49.379,60 4.000,00 43.800,00 222,00 48.022,00 92.096,00

4. Transferencias corrientes

35.779,96 443.783,79 479.563,75 0,00

5. Fondo de contingencia y Otros imprevistos

0,00 0,00 0,00 0,00

6. Inversiones reales

90.527,69 137.468,05 227.995,74 0,00

7. Transferencias de capital

0,00 0,00 0,00 0,00

8. Activos financieros

0,00 0,00 0,00 0,00

9. Pasivos financieros

135.094,54 0,00 135.094,54 114.917,00 13.621,00 6.950,00 135.488,00 471.687,00

Pagos no presupuestarios

2.481.124,25 2.481.124,25 20.000,00 20.000,00 20.000,00 60.000,00 120.000,00

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Pagos realizados pendientes de aplicación definitiva

56.044,74 56.044,74 0,00

Fondos líquidos al final del periodo

1.178.460,48 1.271.543,48 1.426.122,48 1.494.950,48 1.494.950,48 2.047.167,48

TERCERO. Remanente de Tesorería. A partir de los datos obrantes en la contabilidad se ha obtenido el remanente de tesorería a treinta de junio de dos mil trece.

CONCEPTO CODIGO IMPORTE 1.(+) FONDOS LIQUIDOS R29t 1.179.010,48 2.(+) TOTAL DERECHOS PENDIENTES DE COBRO R09t 1.953.130,09 (+) Del Presupuesto corriente R01 109.258,38 (+) De Presupuestos cerrados R02 2.043.247,40 (+) De Operaciones no presupuestarias R04 616.739,23 (-) Cobros realizados pendientes de aplicación definitiva R06 -816.114,92 3.(-) TOTAL OBLIGACIONES PENDIENTES DE PAGO R19t 296.704,34 (+) Del Presupuesto corriente R11 14.524,92 (+) De Presupuestos cerrados R12 14.288,03 (+) De Operaciones no presupuestarias R15 323.936,13 (-) Pagos realizados pendientes de aplicación definitiva R16 -56.044,74 I. REMANENTE DE TESORERIA TOTAL (1+2-3) R39t 2.835.436,23 II. Saldos de dudoso cobro R41 1.250.937,17 III. Exceso de financiación afectada R42 0,00 IV. REMANENTE DE TESORERIA PARA GASTOS GENERALES (I -II-III)

R49t 1.584.499,06

V. Saldo de obligaciones pendientes de aplicar al Presupuesto a final de periodo R59 60.000,00 VI. Saldo de acreedores por devolución de ingresos a final de periodo R69 37,48 VII. REMANENTE DE TESORERIA PARA GASTOS GENERALES AJUSTADO(IV-V-VI)

R79t 1.524.461,58

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CUARTO. Dotaciones de plantillas y retribuciones. Se distribuyen la ejecución presupuestaria por los grupos establecidos por el Ministerio.

Administración General y Resto de sectores

Gastos distribuidos por grupos de personal

GRUPO DE PERSONAL

NUMERO DE EFECTIVOS

OBLIGACIONES RECONOCIDAS (ARTÍCULOS : 10,11,12,13,14,15) ASISTENCIAS A ÓRGANOS DE GOBIERNO

(CAPÍTULO 2) BASICAS COMPLEMENTARIAS

INCENTIVOS AL RENDIMIENTO

PLANES DE PENSIONES

TOTAL RETRIBUCIONES

Organos de Gobierno

21 29.516,70 0,00 0,00 0,00 29.516,70 0,00

Personal Directivo

0 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00

Personal eventual

1 3.316,11 0,00 0,00 0,00 3.316,11 0,00

Funcionarios de carrera

23 61.906,66 78.766,68 4.384,01 0,00 145.057,35 0,00

Funcionarios interinos

4 6.058,02 7.169,67 0,00 0,00 13.227,69 0,00

Funcionarios en prácticas

0 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00

Laboral fijo 30 52.453,86 44.260,52 0,00 0,00 96.714,38 0,00 Laboral temporal

23 16.326,02 4.640,52 0,00 0,00 20.966,54 0,00

Otro personal 0 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00

Total 102 169.577,37 134.837,39 4.384,01 0,00 308.798,77 0,00

Gastos Comunes sin distribuir por grupos.

OBLIGACIONES RECONOCIDAS (ARTÍCULO 16) IMPORTE Acción social 14.852,84 Seguridad Social 92.329,18 Resto del artículo 16 = Resto de Cuotas, prestaciones y gastos sociales a cargo del empleador 27.681,47 Total gastos comunes 134.863,49

Policía Local

Gastos distribuidos por grupos de personal

GRUPO DE PERSONAL

NUMERO DE

EFECTIVOS

OBLIGACIONES RECONOCIDAS (ARTÍCULOS : 10,11,12,13,14,15) ASISTENCIAS A ÓRGANOS

DE GOBIERNO (CAPÍTULO

2)

BASICAS COMPLEMENTARIAS INCENTIVOS

AL RENDIMIENTO

PLANES DE PENSIONES

TOTAL RETRIBUCIONES

Organos de Gobierno

0 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00

Personal Directivo

0 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00

Personal eventual

0 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00

Funcionarios 20 50.561,38 70.643,50 0,00 0,00 121.204,88 0,00

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de carrera Funcionarios interinos

3 7.272,36 12.319,07 0,00 0,00 19.591,43 0,00

Funcionarios en prácticas

0 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00

Laboral fijo 0 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 Laboral temporal

1 5.766,66 0,00 0,00 0,00 5.766,66 0,00

Otro personal

0 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00

Total 24 63.600,40 82.962,57 0,00 0,00 146.562,97 0,00

Gastos Comunes sin distribuir por grupos.

OBLIGACIONES RECONOCIDAS (ARTÍCULO 16) IMPORTE Acción social 0,00 Seguridad Social 43.279,30 Resto del artículo 16 = Resto de Cuotas, prestaciones y gastos sociales a cargo del empleador 0,00 Total gastos comunes 43.279,30

Sector Asistencia social y dependencia

Gastos distribuidos por grupos de personal

GRUPO DE PERSONAL

NUMERO DE

EFECTIVOS

OBLIGACIONES RECONOCIDAS (ARTÍCULOS : 10,11,12,13,14,15) ASISTENCIAS A ÓRGANOS

DE GOBIERNO (CAPÍTULO

2)

BASICAS COMPLEMENTARIAS INCENTIVOS

AL RENDIMIENTO

PLA NES DE PENSIONES

TOTAL RETRIBUCIONES

Organos de Gobierno

0 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00

Personal Directivo

0 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00

Personal eventual

0 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00

Funcionarios de carrera

1 3.711,42 3.910,08 0,00 0,00 7.621,50 0,00

Funcionarios interinos

0 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00

Funcionarios en prácticas

0 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00

Laboral fijo 4 7.029,81 8.095,77 0,00 0,00 15.125,58 0,00 Laboral temporal

1 1.323,42 0,00 0,00 0,00 1.323,42 0,00

Otro personal

0 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00

Total 6 12.064,65 12.005,85 0,00 0,00 24.070,50 0,00

Gastos Comunes sin distribuir por grupos

Ayuntamiento de Utiel Plaza del Ayuntamiento, nº 1, Utiel. - 46300 (Valencia). Tfno. 96 217 05 04. Fax: 96 217 23 78

OBLIGACIONES RECONOCIDAS (ARTÍCULO 16) IMPORTE Acción social 0,00 Seguridad Social 8.655,86 Resto del artículo 16 = Resto de Cuotas, prestaciones y gastos sociales a cargo del empleador 0,00 Total gastos comunes 8.655,86

QUINTO. Estado de situación de la deuda viva y perfil de vencimiento de la deuda.

CONCEPTO

Deuda viva final

trimestre vencido

Vencimiento previsto

Abril Mayo Junio

Deuda a corto plazo (operaciones de tesorería) 0,00 0,00 0,00 0,00 Operaciones con entidades de crédito 1.595.187,93 115.357,08 13.613,67 6.950,00 Deuda con Administraciones publicas (exclusivamente FFPP)

3.192.898,35 0,00 0,00 0,00

Deuda a largo plazo 4.788.086,28 115.357,08 13.613,67 6.950,00 Avales ejecutados hasta final del trimestre vencido 0,00 0,00 0,00 0,00 Avales reintegrados hasta final del trimestre vencido

0,00 0,00 0,00 0,00

SEXTO. Anexos de Información:

a) Ajustes Informe de Evaluación para relacionar Ingresos/Gastos con normas SEC. Los ajustes para la evaluación de ingresos y gastos no han podido actualizarse a fecha de final de segundo trimestre.

CONCEPTOS 2014 Ajuste por recaudación ingresos Capitulo 1 0,00 Ajuste por recaudación ingresos Capitulo 2 -18.384,61 Ajuste por recaudación ingresos Capitulo 3 -62.567,85 (+)Ajuste por liquidación PTE – 2008 0,00 (+)Ajuste por liquidación PTE – 2009 0,00 Intereses 0,00 Diferencias de cambio 0,00 (+/-) Ajuste por grado de ejecución del gasto 0,00 Inversiones realizadas por Cuenta de la Corporación Local 0,00 Ingresos por Ventas de Acciones (privatizaciones) 0,00 Dividendos y Participación en beneficios 0,00 Ingresos obtenidos del presupuesto de la Unión Europea 0,00 Operaciones de permuta financiera (SWAPS) 0,00 Operaciones de reintegro y ejecución de avales 0,00 Aportaciones de Capital 0,00 Asunción y cancelación de deudas 0,00 Gastos realizados en el ejercicio pendientes de aplicar a presupuesto 0,00 Adquisiciones con pago aplazado 0,00 Arrendamiento financiero 0,00 Contratos de asociación publico privada (APPs) 0,00 Inversiones realizadas por la corporación local por cuenta de otra Administración Publica 0,00 Prestamos 0,00

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Otros (1) 0,00 Total de ajustes a Presupuesto de la Entidad -80.952,46

b) Información para la aplicación de la Regla del Gasto. Al igual que para la evaluación de la estabilidad presupuestaria, para la evaluación de la regla del gasto no se han actualizado los datos a final de segundo trimestre.

CONCEPTOS 2013 2014 Suma de los capítulos 1 a 7 de gastos 6.751.934,40 5.206.092,02 AJUSTES Calculo empleos no financieros segun el SEC 0,00 0,00 (-) Enajenación de terrenos y demás inversiones reales 0,00 0,00 (+/-) Inversiones realizadas por cuenta de la Corporación Local 0,00 0,00 (+/-) Ejecución de Avales 0,00 0,00 (+) Aportaciones de capital 0,00 0,00 (+/-) Asunción y cancelación de deudas 0,00 0,00 (+/-) Gastos realizados en el ejercicio pendientes de aplicar al presupuesto 0,00 0,00 (+/-) Pagos a socios privados realizados en el marco de las Asociaciones publico privadas

0,00 0,00

(+/-) Adquisiciones con pago aplazado 0,00 0,00 (+/-) Arrendamiento financiero 0,00 0,00 (+) Prestamos 0,00 0,00 (-) Mecanismo extraordinario de pago proveedores 2012 0,00 0,00 (-) Inversiones realizadas por la Corporación local por cuenta de otra Administración Publica

0,00 0,00

(+/-) Ajuste por grado de ejecución del gasto 0,00 0,00 (+/-) Otros 0,00 0,00 Empleos no financieros términos SEC excepto intereses de la deuda 6.751.934,40 5.206.092,02 (-) Pagos por transferencias (y otras operaciones internas) a otras entidades que integran la Corporación Local

0,00 0,00

(+/-) Gasto financiado con fondos finalistas procedentes de la Unión Europea o de otras Administraciones publicas

304.778,63 634.402,89

Unión Europea 0,00 0,00 Estado 0,00 0,00 Comunidad Autónoma 115.606,02 130.455,39 Diputaciones 147.067,05 460.247,50 Otras Administraciones Publicas 42.105,56 43.700,00 (-) Transferencias por fondos de los sistemas de financiación 0,00 0,00 Total de Gasto computable del ejercicio 6.447.155,77 4.571.689,13

Tasa Referencia 96.707,34

(1,50%)

Medidas Legislativas 0,00 Limite de la Regla del Gasto 6.543.863,11 Suma del capitulo 3 de gastos 206.260,60 (+) Gasto financiado con fondos finalistas procedentes de la Unión Europea o de otras Administraciones publicas

634.402,89

Limite del Gasto No Financiero/Gasto No Financiero 7.384.526,60

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CONCLUSION

PRIMERO. En cuanto al resultado Estabilidad Presupuestaria Grupo Administración Pública del 1º Trimestre Ejercicio 2014, se calcula una capacidad de financiación de 1.027.644,82 euros, por lo que se establece que se cumple con el objetivo de estabilidad presupuestaria.

SEGUNDO. En cuanto al informe de cumplimiento de la Regla del Gasto 1º Trimestre Ejercicio 2014, igualmente la corporación cumple con el objetivo de la regla del gasto.

Lo que se emite a los efectos oportunos.

4.- DACIÓN DE CUENTA DEL PLAN PRESUPUESTARIO A MEDI O PLAZO 2014. INFORME.-

Por el Sr. Interventor se da lectura del informe emitido por la Comisión de Hacienda que literalmente se transcribe: De conformidad con lo establecido en el artículo 29 de la Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera, emito el siguiente,

INFORME

ANTECEDENTES

PRIMERO. Las Administraciones Públicas elaborarán un marco presupuestario a medio plazo en el que se enmarcará la elaboración de sus Presupuestos anuales y a través del cual se garantizará una programación presupuestaria coherente con los objetivos de estabilidad presupuestaria y de deuda pública.

Los marcos presupuestarios a medio plazo abarcarán un periodo mínimo de tres años y contendrán, entre otros parámetros:

a. Los objetivos de estabilidad presupuestaria y de deuda pública de las respectivas Administraciones Públicas.

b. Las proyecciones de las principales partidas de ingresos y gastos teniendo en cuenta tanto su evolución tendencial, es decir basada en políticas no sujetas a modificaciones, como el impacto de las medidas previstas para el periodo considerado.

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c. Los principales supuestos en los que se basan dichas proyecciones de ingresos y gastos.

Los marcos presupuestarios servirán de base para la elaboración del Programa de Estabilidad.

SEGUNDO. Antes del quince de marzo de cada año, de acuerdo con la información sobre el objetivo de estabilidad presupuestaria y de deuda pública que previamente suministre el Estado, se remitirán los marcos presupuestarios a medio plazo en los que se enmarcará la elaboración de sus Presupuestos anuales.

TERCERO. Se detallarán en el Marco Presupuestario a medio plazo:

a) Las proyecciones de las principales partidas de ingresos y gastos teniendo en cuenta tanto su evolución tendencial, es decir basada en políticas no sujetas a modificaciones, como el impacto de las medidas previstas para el periodo considerado.

b) Los principales supuestos en los que se basan dichas proyecciones de ingresos y gastos.

El marco presupuestario de la entidad local deberá elaborarse a nivel consolidado para todos aquellos entes que formen parte del subsector S.1313 «Corporaciones Locales» de Contabilidad Nacional dentro de la entidad local.

La información estará expresada en términos consolidados conforme a la normativa de estabilidad presupuestaria.

El Informe contempla los ingresos y gastos del período 2015-2017, partiendo del año 2014, en el que tendrán que recoger las previsiones de la liquidación de aquel ejercicio.

CUARTO. Las proyecciones de las principales partidas de ingresos y gastos deben tener en cuenta tanto su evolución tendencial, es decir basada en políticas no sujetas a modificaciones, como el impacto de las medidas previstas para el periodo considerado.

La situación de la economía actual, afecta de manera directa e indirecta a la financiación de este Ayuntamiento, y como consecuencia a su capacidad de actuación en los próximos años. Por ello las proyecciones de ingresos y gastos, en cuanto a su evolución tendencial, deben plantearse desde la austeridad y control del gasto que nos permitan ser más eficientes de acuerdo con las políticas económicas actuales.

En las proyecciones de gastos las medidas que derivan de modificaciones de políticas, debe tenerse en cuenta la aplicación de la regla de gasto.

De acuerdo con el artículo 15.5 de la Ley Orgánica de Estabilidad Presupuestaria, le

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corresponde al Ministerio de Economía y Competitividad elaborar periódicamente un informe de situación de la economía española.

Dicho informe contendrá, entre otras informaciones, la tasa de referencia de crecimiento del Producto Interior Bruto de medio plazo de la economía española, que limitará la variación del gasto de las Administraciones Públicas.

Según el último informe de situación de la economía española, de 25 de junio de 2013, se estima para el periodo 2014-2016 como límite el 1,5; 1,7 y 1,9 respectivamente.

Estas proyecciones deben ir acompañadas del efecto que sobre las mismas tendrán las medidas presupuestarias previstas para el período 2015- 2017, y que pueden clasificarse en medidas del Estado de Gastos, y medidas del Estado de Ingresos.

CONCLUSIONES

Los planes presupuestarios pueden ser una magnifica oportunidad para establecer la planificación económica y financiera del Ayuntamiento, deben enfocarse como una manera de proyectar los proyectos de inversión y de gestión a largo plazo, y aunque ellos no puedan considerarse vinculantes, pueden ser un instrumento de transparencia y hacia el ciudadano.

Así para próximos Planes a medio plazo se aconseja la elaboración de una memoria económica de los mismos que determine medidas concretas y desarrolle los planes de gestión y políticos del equipo de gobierno.

De acuerdo con el informe del marco presupuestario y con los anexos que lo forman, de acuerdo con el informe de secretaría y la providencia de alcaldía, por todo ello, y visto el Marco Presupuestario a medio plazo elaborado por esta Entidad Local,

PRIMERO. Que el estado de gastos incluye los créditos necesarios para cubrir las necesidades del Ayuntamiento derivadas del presente Plan a Medio Plazo (ver Anexos 1 y 2 del presente informe).

SEGUNDO. Que de los saldos y magnitudes no se derivan situaciones de inestabilidad presupuestaria y financiera del Ayuntamiento (ver Anexo 3 del presente informe).

TERCERO. Informo favorablemente el presente Marco Presupuestario.

Lo que se emite a los efectos oportunos, no obstante, la Corporación, con su superior criterio, resolverá lo que estime pertinente.

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ANEXO 1. ESTADO DE GASTOS

GASTOS SEGÚN MEDIDAS

Corrientes 2014 % Var. 2015 % Var. 2016 % Var. 2017

Derivados de evolución tendencial

5.987.625,00 -0,05% 5.984.488,31 0,71% 6.026.831,56 0,76% 6.072.632,88

Total Corrientes 5.987.625,00 -0,05% 5.984.488,31 0,71% 6.026.831,56 0,76% 6.072.632,88

Capital 2014 % Var. 2015 % Var. 2016 % Var. 2017

Derivados de evolución tendencial

364.651,00 -70,66% 107.001,00 186,38% 306.433,96 -9,31% 277.900,52

Total Capital 364.651,00 -70,66% 107.001,00 186,38

% 306.433,96 -9,31% 277.900,52

Financieros 2014 % Var. 2015 % Var. 2016 % Var. 2017

Derivados de evolución tendencial

735.000,00 1,19% 743.733,69 -30,86% 514.227,19 0,02% 514.324,00

Total Financieros 735.000,00 1,19% 743.733,69 -30,86% 514.227,19 0,02% 514.324,00

Total 7.087.276,00 -69,52% 6.835.223,00 156,23

% 6.847.492,71 -8,53% 6.864.857,40

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GASTOS SEGÚN CLASIFICACIÓN ECONÓMICA

Corrientes 2014 % Var. 2015 % Var. 2016 % Var. 2017

Capítulo 1. Gastos de personal

3.281.775,00 2,00% 3.347.410,50 2,00% 3.414.358,71 2,00% 3.482.645,88

Capítulo 2. Gastos corrientes en bienes y servicios

2.178.300,00 0,00% 2.178.300,00 0,00% 2.178.300,00 0,00% 2.178.300,00

Capítulo 3. Gastos financieros

230.000,00 -

29,90% 161.227,81

-15,26%

136.622,85 -

16,46% 114.137,00

Capítulo 4. Transferencias corrientes

297.550,00 0,00% 297.550,00 0,00% 297.550,00 0,00% 297.550,00

Capítulo 5: Fondo de Contingencia

0,00 0,00% 0,00 0,00% 0,00 0,00% 0,00

Total Corrientes 5.987.625,00 -0,05% 5.984.488,31 0,71% 6.026.831,56 0,71% 6.072.632,88

Capital 2014 % Var. 2015 % Var. 2016 % Var. 2017

Capítulo 6. Inversiones reales

364.651,00 -

70,66% 107.001,00

186,38%

306.433,96 -9,31% 277.900,52

Capitulo 7. Transferencias de capital

0,00 0,00% 0,00 0,00% 0,00 0,00% 0,00

Total Capital 364.651,00 -

70,66%

107.001,00 186,38

% 306.433,96

186,38%

277.900,52

Financieros 2014 % Var. 2015 % Var. 2016 % Var. 2017

Capítulo 8. Activos financieros

0,00 0,00% 0,00 0,00% 0,00 0,00% 0,00

Aportaciones patrimoniales

0,00 0,00% 0,00 0,00% 0,00 0,00% 0,00

Otros gastos en activos financieros

0,00 0,00% 0,00 0,00% 0,00 0,00% 0,00

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Capítulo 9. Pasivos financieros

735.000,00 1,19% 743.733,69 -

30,86% 514.227,19 0,02% 514.324,00

Total Financieros 735.000,00 1,19% 743.733,69 -

30,86%

514.227,19 -

30,86%

514.324,00

Total 7.087.276,00 -3,56% 6.835.223,00 0,18% 6.847.492,71 0,18% 6.864.857,40

ANEXO 2. INGRESOS

INGRESOS SEGÚN MEDIDAS

Corrientes 2014 % Var. 2015 % Var. 2016 % Var. 2017

Derivados de evolucion tendencial

6.810.276,00 0,04% 6.813.223,00 -3,56% 6.570.492,71 0,26% 6.587.857,40

Medida 1: Subidas tributarias, supresión de exenciones y bonificaciones voluntarias

0,00 0,00% -255.000,00 -

100,00%

0,00 0,00% 0,00

Total Corrientes 6.810.276,00 0,04% 6.558.223,00 -

103,56%

6.570.492,71 0,26% 6.587.857,40

Capital 2014 % Var. 2015 % Var. 2016 % Var. 2017

Derivados de evolucion tendencial

277.000,00 0,00% 277.000,00 0,00% 277.000,00 0,00% 277.000,00

Total Capital 277.000,00 0,00% 277.000,00 0,00% 277.000,00 0,00% 277.000,00

Financieros 2014 % Var. 2015 % Var. 2016 % Var. 2017

Derivados de evolucion tendencial

0,00 0,00% 0,00 0,00% 0,00 0,00% 0,00

Total Financieros 0,00 0,00% 0,00 0,00% 0,00 0,00% 0,00

Total 7.087.276,00 0,04% 6.835.223,00 -

103,56%

6.847.492,71 0,26% 6.864.857,40

Ayuntamiento de Utiel Plaza del Ayuntamiento, nº 1, Utiel. - 46300 (Valencia). Tfno. 96 217 05 04. Fax: 96 217 23 78

INGRESOS CLASIFICACIÓN ECONÓMICA

Corrientes 2014 % Var. 2015 % Var. 2016 % Var. 2017

Cap. 1 y 2: Impuestos directos e indirectos

3.593.000,00 -7,02% 3.340.947,00 0,37% 3.353.216,71 0,52% 3.370.581,40

IBI 2.550.000,00 -

10,00% 2.295.000,00 0,55% 2.307.622,50 0,55% 2.320.314,42

IAE 102.000,00 0,35% 102.357,00 0,55% 102.919,96 0,55% 103.486,02

IVTM 740.000,00 0,35% 742.590,00 0,55% 746.674,25 0,55% 750.780,95

IIVTNU 100.000,00 0,00% 100.000,00 -5,00% 95.000,00 0,00% 95.000,00

ICIO 100.000,00 0,00% 100.000,00 0,00% 100.000,00 0,00% 100.000,00

Cesión de impuestos del Estado

0,00 0,00% 0,00 0,00% 0,00 0,00% 0,00

Ingresos de capítulos 1 y 2 no incluidos

1.000,00 0,00% 1.000,00 0,00% 1.000,00 0,00% 1.000,00

Cap. 3. Tasas, precios públicos y otros ingresos

630.476,00 0,00% 630.476,00 0,00% 630.476,00 0,00% 630.476,00

Cap. 4. Transferencias corrientes

2.439.700,00 0,00% 2.439.700,00 0,00% 2.439.700,00 0,00% 2.439.700,00

Participación en tributos del Estado

2.182.000,00 0,00% 2.182.000,00 0,00% 2.182.000,00 0,00% 2.182.000,00

Resto de Transferencias corrientes (resto Cap.4)

257.700,00 0,00% 257.700,00 0,00% 257.700,00 0,00% 257.700,00

Capítulo 5. Ingresos patrimoniales

147.100,00 0,00% 147.100,00 0,00% 147.100,00 0,00% 147.100,00

Total Corrientes 6.810.276,00 -3,70% 6.558.223,00 0,19% 6.570.492,71 0,19% 6.587.857,40

Ayuntamiento de Utiel Plaza del Ayuntamiento, nº 1, Utiel. - 46300 (Valencia). Tfno. 96 217 05 04. Fax: 96 217 23 78

Capital 2014 % Var. 2015 % Var. 2016 % Var. 2017

Capítulo 6. Enajenación de inversiones

0,00 0,00% 0,00 0,00% 0,00 0,00% 0,00

Capítulo 7. Transferencias de capital

277.000,00 0,00% 277.000,00 0,00% 277.000,00 0,00% 277.000,00

Total Capital 277.000,00 0,00% 277.000,00 0,00% 277.000,00 0,00% 277.000,00

Financieros 2014 % Var. 2015 % Var. 2016 % Var. 2017

Capítulo 8. Ingresos por activos financieros

0,00 0,00% 0,00 0,00% 0,00 0,00% 0,00

Capítulo 9. Ingresos por pasivos financieros

0,00 0,00% 0,00 0,00% 0,00 0,00% 0,00

Total Financieros 0,00 0,00% 0,00 0,00% 0,00 0,00% 0,00

Total 7.087.276,00 -3,56% 6.835.223,00 0,18% 6.847.492,71 0,18% 6.864.857,40

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ANEXO 3. SALDOS Y OTRAS MAGNITUDES

Saldos y otras magnitudes

2014 % Var. 2015 % Var. 2016 % Var. 2017

Saldo operaciones Corrientes

822.651,00 573.734,69 543.661,15 515.224,52

Derivados de evolución tendencial

822.651,00 828.734,69 543.661,15 515.224,52

Derivados de modificaciones de políticas

0,00 -255.000,00 0,00 0,00

Saldo operaciones Capital

-87.651,00 169.999,00 -29.433,96 -900,52

Derivados de evolución tendencial

-87.651,00 169.999,00 -29.433,96 -900,52

Derivados de modificaciones de políticas

0,00 0,00 0,00 0,00

Saldo operaciones Financieros

-735.000,00 -743.733,69 -514.227,19 -514.324,00

Derivados de evolución tendencial

-735.000,00 -743.733,69 -514.227,19 -514.324,00

Derivados de modificaciones de políticas

0,00 0,00 0,00 0,00

Saldo operaciones no Financieras

735.000,00 743.733,69 514.227,19 514.324,00

Ajustes para el cálculo de cap. o neces. Financ. SEC95

441.021,22 441.021,22 441.021,22 441.021,22

Capacidad o necesidad de financiación

1.176.021,22 1.184.754,91 955.248,41 955.345,21

Deuda viva a 31/12 4.180.910,00 -17,81

3.436.367,00 -14,96

2.922.141,00 -17,60

2.407.816,00

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% % %

A corto plazo 0,00 0,00% 0,00 0,00% 0,00 0,00% 0,00

A largo plazo 4.180.910,00 -

17,81% 3.436.367,00

-14,96%

2.922.141,00 -

17,60% 2.407.816,00

Ratio Deuda viva/Ingresos corrientes

0,6139 -

14,65%

0,5240 -

15,12%

0,4447 -

17,82%

0,3655

5.- APROBACIÓN, SI PROCEDE, DE LA MODIFICACIÓN PRESUPUESTARIA Nº 5/2014, EN LA MODALIDAD DE TRANSFERENCIA DE CRÉDITO ENTRE APLICACIONES DE GASTO DE DISTINTA ÁREA. DICTAMEN.-

Por el Sr. Interventor se da lectura del informe emitido por la Comisión de Hacienda que literalmente se transcribe:

Reunida la Comisión Informativa de Hacienda, en sesión ordinaria celebrada el día 21 de mayo de 2014, con los tres votos favorables de los representantes del Partido Popular y las tres abstenciones de cada uno de los representantes de los Partidos PSOE, Utiel Siglo XXI e Izquierda Unida, se acordó elevar al Pleno de la Corporación la siguiente propuesta de acuerdo:

Ante la existencia de gastos que no pueden demorarse hasta el ejercicio siguiente para los que el crédito consignado en el vigente Presupuesto de la Corporación es insuficiente y no ampliable, y dado que cabe efectuar transferencias de créditos de otras aplicaciones del Presupuesto vigente no comprometidas pertenecientes a aplicaciones de gastos de distinta área de gasto que no afectan a bajas y altas de créditos de personal.

Visto el informe de Secretaría de fecha 14 de Mayo de 2014 sobre la Legislación aplicable y el procedimiento a seguir, vista la Memoria de Alcaldía y el informe de Intervención de fecha 16 de Mayo de 2014, así como el certificado de disponibilidad de crédito a minorar, esta Comisión Informativa de Economía , Hacienda y Cuentas propone al Pleno la adopción del siguiente,

ACUERDO

PRIMERO. Aprobar el expediente de modificación de créditos n.º 5/2014, con la

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modalidad de transferencia de créditos entre aplicaciones de distinta área de gasto, de acuerdo al siguiente detalle:

Altas en aplicaciones de gastos

APLICACIÓN PRESUPUESTARIA

DESCRIPCIÓN EUROS

2014 342 13001 GRATIFICACIONES PERSONAL LABORAL 583,16

2014 151 13001 GRATIFICACIONES PERSONAL LABORAL 2.750,00

2014 232 48001 SUBVENCIONES LIBRE CONCURRENCIA ASOC. BENEFICAS PROMOC. SOC.

16.000,00

TOTAL DE GASTOS 19.333,16

Baja en aplicaciones de gastos

APLICACIÓN PRESUPUESTARIA

DESCRIPCIÓN EUROS

2014 931 12100 COMPLEMENTO DESTINO ADMON. ECONOMICA 4.899,02

2014 931 12004 SUELDOS GRUPO C2 ADMON. ECONOMICA 8.378,58

2014 931 12101 COMPLEMENTO ESPECIFICO ADMON. ECONOMICA 6.055,56

TOTAL DE GASTOS 19.333,16

SEGUNDO. Exponer este expediente al público mediante anuncio inserto en el tablón de edictos del Ayuntamiento y en el Boletín Oficial de la Provincia, por el plazo de quince días, durante los cuales los interesados podrán examinarlo y presentar reclamaciones ante el Pleno. El expediente se considerará definitivamente aprobado si durante el citado plazo no se hubiesen presentado reclamaciones; en caso contrario, el Pleno dispondrá de un plazo de un mes para resolverlas.

INTERVENCIONES.-

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Doña Rosa María Díaz Asensi: Esta modificación presupuestaria se realiza para poder abonar los 16.000,00 euros de ayuda a las familias de los usuarios del centro ocupacional con el fin de que la Ley de Dependencia no les sea tan gravosa.

También tiene como fin pagar las horas extras realizadas por el personal laboral, correspondientes al periodo enero-abril de 2014, que no estaban incluidas en el Presupuesto. Me llama la atención que cuando nunca se reconoce que en este Ayuntamiento se hacen horas extraordinarias ahora hace falta crédito para poder pagarlas, aunque se les llame gratificaciones. Me parece bien esta modificación presupuestaria pero que se tenga en cuenta que se ha reconocido lo que nunca se había reconocido, que se hacen horas extras en este Ayuntamiento.

Doña Susana Campillos Ballesteros, Sra. Concejal Portavoz del

Grupo municipal de Utiel Siglo XXI: Buenas tardes. Le diría al equipo de gobierno que cuando elabore el Presupuesto contemple las horas extraordinarias del personal laboral. No pasa nada, lo hemos comentado muchas veces, es lógico que a veces se tengan que realizar horas extraordinarias, tanto para el personal laboral como los servicios extraordinarios de las Policía. En lugar de tener que modificar el Presupuesto se deben contemplar en él desde el inicio y, además, llamarlas por su nombre, horas extraordinarias, no gratificaciones.

Además quiero preguntar por qué se pagan las horas extras del personal laboral y no se pagan los servicios extraordinarios de la Policía.

Don Nicolás Molina Ponce, Sr. Concejal Portavoz del Grupo

municipal de Izquierda Unida del País Valenciano: Buenas tardes. Me alegro que, después de todo, se venga a reconocer lo que tanto hemos discutido en este Pleno y en las Comisiones, la realización de horas extras por los trabajadores del Ayuntamiento. Parece que daba vergüenza reconocerlo. Aún hoy en que se llega a acuerdos sobre ello con los trabajadores y se pagan, parece que sigue dando vergüenza reconocerlo. Y digo esto porque intentan camuflarse, primero, no poniéndolas en el Presupuesto del Ayuntamiento y, segundo, haciendo una transferencia entre partidas presupuestarias y no teniendo la valentía de llamarlas por su nombre. Todos entendemos que hay momentos en que es necesario realizar horas extras. No tenemos más que remitirnos a la resolución de Alcaldía nº 385/2014, de 19 de mayo, en la que se reconocen 66 horas extras por los días de Carnaval. Siempre se ha negado, hasta hace un par de Plenos, que en este Ayuntamiento se pagaran horas extras o se hicieran horas extras. Haciendo hincapié en este tema veo que hay una diferencia entre las horas extras que se pagaron el año pasado, a 16 euros, y este año que se están pagando, según resolución de Alcaldía, a 19 euros. Ya hemos hablado de este tema en otra ocasión. A 16 euros netos que se pagaban las horas a los trabajadores el coste para el Ayuntamiento era hacia arriba por la asunción de los costes de IRPF y la cotización a la Seguridad Social. Me pregunto ahora, esos 19 euros a que se refiere la resolución de la Alcaldía ¿son brutos o netos? Si son netos estamos hablando de un coste de 2.375,00 euros cuando la transferencia de crédito realizada es de 3.333,16 euros. La diferencia entre ambas cantidades ¿son los costes de IRPF y SS a cargo del Ayuntamiento? En ese caso la resolución de Alcaldía no recoge esa diferencia. Aunque para los trabajadores sea más beneficioso recibir el pago en neto al final el coste para el Ayuntamiento no es el mismo para cada trabajador. El Ayuntamiento debería plantearse pagar de forma que tratase igual a todos los trabajadores en función de sus categorías.

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Don José Luis Ramírez Ortiz: Voy a explicar otra vez cómo hemos

funcionado con las horas extras que ha hecho en este Ayuntamiento el personal laboral. Por supuesto que son necesarias en momentos determinados, festivos sobre todo. Lo que ocurre es que durante dos años, y quiero agradecer públicamente al personal laboral el acuerdo al que se llegó con ellos, como consecuencia de la situación económica del Ayuntamiento se realizaron las horas extras sin retribución económica, compensándose con descanso. Así hemos estado durante dos años. En esa misma negociación nos comprometimos con los trabajadores a retribuir económicamente esas horas extras cuando las cuentas del Ayuntamiento fueran otras, fueran mejores, como está pasando en este momento. Eso es lo que se ha hecho. El que sean 19 euros, como fueron 16 en su momento, no es caprichoso, es algo negociado con los trabajadores, aceptado por el Comité de Empresa. Es cierto que no se ha llegado a las cifras de lo que valía una hora extra anteriormente, de ahí que se le llame gratificación, al no coincidir la cifra con los acuerdos que ellos puedan tener. Independientemente de que los acuerdos generales de este Ayuntamiento puedan marcar una retribución de la hora extra superior, los 19 euros están pactados con los trabajadores.

Sobre lo que comentaba Susana acerca de la Policía, estamos pendientes

de negociar un acuerdo parecido con los representantes de la plantilla o representantes sindicales. Ya se le les ha dicho que se va a negociar un acuerdo.

Doña Susana Campillos Ballesteros: Me consta que hay quien lo ha

solicitado por escrito. Me extraña ese trato diferente respecto al personal laboral. Don José Luis Ramírez Ortiz: Entiende que el acuerdo debemos

llevarlo a cabo con ese sector de la plantilla y sabes los problemas que hay para negociar con los representantes sindicales de ese sector. Hoy no hay un interlocutor de la plantilla de la Policía que se siente a hablar de esos temas, aunque sea su obligación el hacerlo.

Don Nicolás Molina Ponce: Para acabar. ¿Has dicho 19 euros brutos?

No me importa tanto la cantidad sino que sean brutos. Don José Luis Ramírez Ortiz: Son brutos. Al Ayuntamiento le sale

prácticamente igual que cuando se pagaban 16 euros netos.

VOTACIÓN.- Sometido el dictamen a votación resulta aprobado con los votos a favor de los Sres. Concejales presentes del Grupo municipal del Partido Popular (8), de los Sres. Concejales presentes del Grupo municipal del Partido Socialista Obrero Español (5) y de la Sra. Concejal del Grupo municipal de Utiel Siglo XXI (1), y la abstención del Sr. Concejal del Grupo municipal de Izquierda Unida del País Valenciano (1). 6.- APROBACIÓN, SI PROCEDE, DE LA MODIFICACIÓN

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PRESUPUESTARIA Nº 6/2014, EN LA MODALIDAD DE SUPLEMENTO DE CRÉDITO FINANCIADO CON CARGO A REMANENTE LÍQUIDO DE TESORERÍA. DICTAMEN.-

Por el Sr. Interventor se da lectura del informe emitido por la Comisión de Hacienda que literalmente se transcribe: Reunida la Comisión Informativa de Hacienda en sesión ordinaria celebrada el día 21 de Mayo de 2014 y vista la propuesta de Modificación del Presupuesto, expediente 6/2014 mediante suplemento de créditos con cargo a Remanente Líquido de Tesorería, con los tres votos favorables de los representantes del Partido Popular y las tres abstenciones de cada uno de los representantes de los Partidos PSOE, Utiel Siglo XXI e Izquierda Unida, se acordó dictaminar favorablemente ante el pleno de la Corporación Municipal la siguiente propuesta de acuerdo: Considerando que existen gastos que no pueden demorarse hasta el ejercicio siguiente para los que el crédito consignado en el vigente Presupuesto de la Corporación es insuficiente y no ampliable, y dado que se dispone de remanente líquido de Tesorería según los estados financieros y contables resultantes de la liquidación del ejercicio anterior, por la Alcaldía se propuso la concesión de un suplemento de crédito financiado con cargo al remanente líquido de Tesorería.

Considerando que en el caso en cuestión se trata de reconocer en el presente presupuesto Obligaciones que provienen de ejercicios cerrados, correspondientes al reconocimiento de la parte devengada de la paga extraordinaria de Diciembre de 2012, y suplementar la aplicación presupuestaria de Tributos y Cánones de vertido debido que al imputar a la misma los importes de 2013 , el crédito restante será insuficiente.

Considerando que con fecha 16 de mayo de 2014 se emitió Informe de Evaluación del Cumplimiento de Evaluación del Objetivo de Estabilidad Presupuestaria y con la misma fecha por Intervención se informó favorablemente la propuesta de Alcaldía.

Realizada la tramitación legalmente establecida se propone al Pleno la adopción del siguiente.

ACUERDO

PRIMERO. Aprobar inicialmente el expediente de modificación de créditos n.º 6 /2014, en la modalidad de suplemento de créditos, financiado con cargo al remanente líquido de Tesorería resultante de la liquidación del ejercicio anterior, de acuerdo con el siguiente resumen :

Suplemento en aplicaciones de gastos

Aplic. Importe

Ayuntamiento de Utiel Plaza del Ayuntamiento, nº 1, Utiel. - 46300 (Valencia). Tfno. 96 217 05 04. Fax: 96 217 23 78

2014 920 13002 202,10

2014 151 12001 273,54

2014 341 13100 297,74

2014 931 12100 622,59

2014 163 13100 283,53

2014 230 12100 107,48

2014 151 12101 1.019,56

2014 331 12100 96,50

2014 171 13000 331,89

2014 130 12006 566,01

2014 934 22500 50.019,45

2014 151 13000 2.277,68

2014 151 12100 583,68

2014 342 13002 170,57

2014 340 12006 29,63

2014 230 12006 43,38

2014 340 12005 134,07

2014 331 12003 152,12

2014 230 12101 211,12

2014 920 12005 134,07

2014 491 13000 958,31

2014 230 12001 170,96

2014 340 12100 74,56

2014 920 12006 339,83

2014 331 12101 157,69

Ayuntamiento de Utiel Plaza del Ayuntamiento, nº 1, Utiel. - 46300 (Valencia). Tfno. 96 217 05 04. Fax: 96 217 23 78

2014 920 12003 456,35

2014 241 13100 542,41

2014 230 13000 354,44

2014 912 13100 269,18

2014 233 13000 1.133,13

2014 342 13100 554,03

2014 130 12003 3.498,71

2014 931 12004 304,24

2014 130 12001 170,96

2014 338 48001 750,00

2014 320 12006 29,63

2014 340 12101 101,18

2014 151 12003 152,12

2014 920 12101 1.626,35

2014 337 13100 61,12

2014 130 12101 3.522,50

2014 151 12004 290,30

2014 912 10000 1.571,13

2014 920 12004 725,74

2014 920 12001 170,96

2014 171 13002 305,18

2014 130 12100 2.192,88

2014 320 12101 202,36

2014 931 12006 188,31

2014 151 12006 163,08

Ayuntamiento de Utiel Plaza del Ayuntamiento, nº 1, Utiel. - 46300 (Valencia). Tfno. 96 217 05 04. Fax: 96 217 23 78

2014 931 12003 152,12

2014 920 12100 965,14

2014 342 13000 176,64

2014 920 13000 491,97

2014 331 13000 733,30

2014 331 12006 5,56

2014 320 12005 268,14

2014 230 13002 243,22

2014 151 13002 2.154,02

2014 931 12000 334,58

2014 320 12100 149,12

2014 931 12101 1.106,98

2014 151 12000 184,02

TOTAL GASTOS 85.559,16

Financiación

Esta modificación se financia con cargo al remanente líquido de Tesorería resultante de la liquidación del ejercicio anterior, en los siguientes términos:

Aplicación. Importe

2014 87000 Remanente de tesorería para gastos generales 85.559,16

SEGUNDO. Exponer este expediente al público mediante anuncio inserto en el Boletín Oficial de la Provincia de Valencia, por el plazo de quince días, durante los cuales los interesados podrán examinarlo y presentar reclamaciones ante el Pleno. El expediente se considerará definitivamente aprobado si durante el citado plazo no se hubiesen presentado reclamaciones; en caso contrario, el Pleno dispondrá de un plazo de un mes para resolverlas.

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INTERVENCIONES.-

Doña Susana Campillos Ballesteros: Entiendo que el pago de la paga

extra es para todos igual, por ello estamos de acuerdo, no como en el punto anterior que daba un trato diferente a laborales y policía.

Don Nicolás Molina Ponce: Quiero aclarar que no se paga la paga extra

de diciembre de 2012 sino solo la parte devengada hasta el 15 de julio de 2012. No sé si es una casualidad o una causalidad el que se paguen las horas extras y la paga extra de diciembre de 2012 mediante resoluciones firmadas unos días antes de las elecciones europeas. Viene esto a cuento porque el día 13 de diciembre de 2013 hubo una reunión de la Mesa de Negociación en la que algún representante de los trabajadores expuso al Alcalde y a la Concejal de personal que se pagase la parte proporcional de la paga extra para evitar tener que acudir a los Tribunales; incluso algún representante sindical habló de la conveniencia de llegar a un acuerdo y no incurrir en los gastos derivados de un proceso judicial. Yo mismo dije que, si había algunos informes favorables al pago de la paga extra, incluso resoluciones judiciales favorables, debía pagarse. En aquel momento, tanto el Alcalde como la Concejal de personal dijeron, y así consta en el acta de la sesión, “Don José Luis Ramírez Ortiz informa que por parte del equipo de gobierno se ha decidido no realizar el abono de la paga extra en este momento, asimismo informa que en el transcurso del procedimiento judicial espera llegar a un acuerdo”. Sorprendentemente, antes de llegar al procedimiento judicial, a primeros de mayo de 2014, vemos que se hace una resolución de Alcaldía en la que se insta a pagar la parte proporcional de la paga extra. No sé si se trata de casualidad o causalidad el que haya sido unos días antes de las elecciones. De cualquier manera me alegro de que poco a poco se le venga dando la razón a los trabajadores del Ayuntamiento y se les devuelva una parte, esperamos que al final sea toda, de la paga extra de diciembre de 2012 que tan felizmente nos quitó a los trabajadores públicos el gobierno del Partido Popular.

Don José Luis Ramírez Ortiz: No somos tan maquiavélicos como para

pensar en las elecciones para tomar este tipo de decisiones. Si lo fuéramos no seríamos tan torpes de aprobarlas una vez han pasado las elecciones.

Por otro lado, en esa reunión del 13 de diciembre lo que se dijo por parte del equipo de gobierno es que en ese momento no íbamos a pagar y que estábamos pendientes de la postura que tomaran otros ayuntamientos, incluso la Diputación de Valencia. Una vez hemos hecho las consultas que hemos creído convenientes hemos tomado la decisión de pagar esos 44 días. Además, el juicio era para el 2015, fíjate si hubiéramos tenido tiempo de alargar el tema. VOTACIÓN.-

Sometido el dictamen a votación resulta aprobado con los votos a favor de los Sres. Concejales presentes del Grupo municipal del Partido Popular (8), de los Sres. Concejales presentes del Grupo municipal del Partido Socialista Obrero Español (5) y de la Sra. Concejal del Grupo municipal de Utiel Siglo XXI (1), y la abstención del Sr. Concejal del Grupo municipal de Izquierda Unida del País Valenciano (1).

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7.- APROBACIÓN, SI PROCEDE, DE LA ADHESIÓN DEL AYUN TAMIENTO DE UTIEL A LA PLATAFORMA ELECTRÓNICA DE INTERCAMBIO DE INFORMACIÓN “EMPRENDE EN 3” DE LA SECRETARÍA DE EST ADO DE ADMINISTRACIONES PÚBLICAS.

Con carácter previo a la lectura del dictamen por Don Nicolás Molina Ponce se realiza la siguiente observación: En el punto número 20 está la aprobación del acogimiento por parte del Ayuntamiento de Utiel a las medidas de modificación de las condiciones financieras del préstamo para el pago a proveedores. Resulta que la aprobación de ese acuerdo está condicionada a que se aprueben los tres puntos siguientes.

Don José Luis Ramírez Ortiz: Nicolás, se me ha pasado a mí. Le

acababa de hacer la consulta al Secretario y os lo iba a proponer. Ya que los tres puntos siguientes son derivados de este acuerdo número 20, si todos estamos de acuerdo votamos la inclusión de este punto 20 y adelantamos a este momento su debate y votación.

Sr. Secretario: Como el acogerse a la modificación de las condiciones

del préstamo está condicionada a la adopción previa de tres acuerdos es mejor adoptar esos tres acuerdos y, posteriormente, el número 20.

Don José Luis Ramírez Ortiz: Aunque yo tenía la misma idea que tú,

Nicolás, vamos a dejarnos asesorar por el Secretario y el Interventor, que para eso están, y seguimos con el punto 7. DICTAMEN.-

Por el Sr. Interventor se da lectura del informe emitido por la Comisión de Hacienda que literalmente se transcribe:

La Comisión Informativa de Hacienda, en sesión ordinaria celebrada el día 21 de mayo de 2014, con los votos a favor de los tres concejales del Grupo municipal del Partido Popular y las tres abstenciones de cada uno de los representantes de los Partidos PSOE, Utiel Siglo XXI e Izquierda Unida, acordó elevar al Pleno la siguiente PROPUESTA DE ACUERDO:

ANTECEDENTES

I

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Dentro del ámbito de las propuestas de reducción de trabas burocráticas examinadas por la Comisión para la Reforma de las Administraciones Públicas, creada en virtud de un Acuerdo del Consejo de Ministros, en su reunión de 26 de octubre de 2012, se encuentra la de reducción de aquellas trabas a las que se enfrentan los ciudadano a la hora de crear sus empresas.

II

Con ello, se trata de continuar avanzando y dar un paso más, en la adopción de aquellas medidas necesarias para facilitar la creación de empresas, objetivo, entre otros, con el que surge la iniciativa legislativa que culmina en la Ley 12/2012, de 26 de diciembre, de medidas urgentes de liberalización del comercio y de determinados servicios.

II

En este sentido, el Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas, en colaboración con los Ministerios de Presidencia, de Industria, Energía y Turismo y de Economía y Competitividad y en coordinación con la Federación Española de Municipios y Provincias, ha desarrollado un proyecto de simplificación administrativa denominado “Emprende En Tres” para las Entidades Locales que deseen adherirse al mismo que incluye, por un lado, la fijación del modelo electrónico de declaración responsable de acuerdo con la citada Ley y, por otro, una plataforma electrónica que posibilita la tramitación electrónica de las declaraciones responsables de aquellos emprendedores, empresarios o titulares de actividades económicas o empresariales que deseen iniciar si actividad o trasladar su negocio y la integración automática de esta tramitación con las plataformas ya existentes para la creación de empresas.

III

A través de esta plataforma se pondrá también a disposición de los municipios de los municipios el modelo de Ordenanza tipo previsto en la Disposición adicional primera de la citada Ley 12/2012 y sus actualizaciones.

Dicho proyecto de simplificación administrativa ha sido aprobado por Acuerdo de Consejo de Ministros de 24 de mayo de 2013.

En cumplimiento de lo previsto en el citado acuerdo de Consejo de Ministros, en su apartado 3, las condiciones de uso de la plataforma han sido aprobadas por resolución de la Secretaría de Estado de Administraciones Públicas del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas de 31 de mayo de 2013 y publicadas en el BOE de 4 de junio del mismo año.

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En virtud de cuanto antecede, visto el informe de Secretaría, el Pleno de la Corporación Municipal adopta el siguiente:

ACUERDO

PRIMERO.- Aprobar la adhesión del Ayuntamiento de Utiel a la plataforma electrónica “Emprende en 3” de la Secretaría de Estado de Administraciones Públicas del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas, prevista en el Acuerdo del Consejo de Ministros de 24 de mayo de 2013.

SEGUNDO.- Conocer y aceptar las Condiciones de Uso de la citada plataforma, aprobadas por Resolución de la Secretaría de Estado de las Administraciones Públicas de 31 de mayo de 2013, modificadas por Resolución de 20 de enero de 2014, que son las siguientes:

1. Aceptar y utilizar el Modelo de Declaración Responsable adjunto como Anexo a estas “Condiciones de Uso”, de conformidad con las previsiones de las Leyes 12/2012, de 26 de diciembre, de medidas urgentes de liberalización del comercio y de determinados servicios y, así como sus sucesivas modificaciones. 2. No solicitar ninguna otra documentación que la mencionada en el apartado anterior de este documento. 3. Adaptar su normativa propia al nuevo marco jurídico establecidos por la Ley 12/2012 a cuyo efecto se pondrá a su disposición la Ordenanza Tipo prevista y adoptada de acuerdo con la disposición adicional primera número 2 de la misma, así como a sus sucesivas modificaciones. 4. Colaborar con la Administración General del Estado y con la Federación Española de Municipios y Provincias, en todo lo necesario para el óptimo funcionamiento de la plataforma electrónica “Emprende en Tres”, y, especialmente, en la actualización permanente del Modelo de Declaración Responsable anexo a las presentes “Condiciones de Uso”, con vistas a los destinatarios de la plataforma citada y siguiendo criterios de racionalidad y de eficiencia de las Administraciones Públicas. 5. Garantizar el correcto ejercicio de los derechos de los ciudadanos y de las empresas a llevar a cabo a su actividad empresarial o comercial y disponer, para ello, de los medios materiales y personales que resulten adecuados.

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En este sentido, asegurar, especialmente, que cualquier solicitud, escrito o comunicación que reciban a través de los servicios de administración electrónica asociados a la plataforma electrónica “Emprende en Tres” y localizados en el Portal de la Ventanilla Única de la Directiva de Servicios, el Portal de Entidades Locales de la Secretaría de Estado de Administraciones Públicas o en cualesquiera otros portales mencionados en el apartado primero de esta Resolución, se tramite de acuerdo con los siguientes criterio: a.La aceptación de cualquier solicitud, escrito o comunicación del destinatario de la plataforma, recibida dentro del horario de atención ciudadana, se producirá, en todo caso, dentro de las 24 horas siguientes a la recepción. b.La gestión de la responsable, incluyendo la del pago de tasas y las comunicaciones pertinentes, de conformidad con la normativa de aplicación en el territorio de que se trate, se realizará en plazo máximo de 3 día hábiles, salvo en el caso de demora no imputable a los servicios de la entidad local. c.Las comunicaciones de cualquier naturaleza que los usuarios de la plataforma “Emprende en 3” dirijan a los destinatarios deberán constar en la plataforma en alguna de las maneras que esta provea. 6. Mantener permanentemente actualizada la información que los servicios de atención al ciudadano de cualquier Administración necesiten consultar para suministrarla a los ciudadanos y empresas por cualquier canal de atención, o que los órganos de la Administración General del Estado precisen para el desarrollo de las funciones relacionadas con la plataforma “Emprende en Tres”, especialmente, las vinculadas a la Ventanilla Única de la Directiva de Servicios y a la Red CIRCE de creación de empresas. En todo caso, esta información se referirá a las tasas y otros tributos correspondientes al inicio y ejercicio de la actividad, así como a las actividades y supuestos de inexigibilidad de licencias que la normativa autonómica correspondiente haya ampliado haciendo uso de las facultades que le confiere la disposición final décima de la Ley 12/2012 de 26 de diciembre. 7. Mantener actualizada, de forma continua, la relación de usuarios de la plataforma “Emprende en 3” autorizados en el Portal de Entidades Locales para la atención de los servicios de la misma, así como proveer a los citados usuarios los mecanismos de acceso necesarios, tales como microinformática, conexión a Internet y en su caso acceso al Sistema de Aplicaciones y Redes de las Administraciones (Rede Sara). A efectos de dicha actualización deberá ajustarse a las instrucciones de los manuales a que se refiere el punto 9. 8. Hacer uso responsable de los datos de carácter personal contenidos en las solicitudes, escritos o comunicaciones recibidas, de conformidad con lo dispuesto en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal y su normativa de desarrollo.

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Especialmente, deberán advertir que tales datos podrán ser comunicados a otros órganos de la Administración que tengan atribuidas competencias relacionadas con el objeto de dichas solicitudes, salvo manifestación expresa en contrario del interesado en el procedimiento. 9. Cumplir las instrucciones técnicas de los manuales de uso de la plataforma electrónica “Emprende en 3”, que serán publicadas en el Portal de Entidades Locales de la Secretaría de Estado de Administraciones Públicas. En especial, responsabilizarse del buen uso y gestión del software y plataforma utilizada y de cualquier daño y prejuicio directo o indirecto que provenga del mal empleo de los componentes o de la no disponibilidad del servicio.

TERCERO.- Autorizar al Sr. Alcalde-Presidente para la firma del Documento de Adhesión de las Entidades Locales y cuantas otras actuaciones sean necesarias para dar cumplimiento al presente acuerdo.

INTERVENCIONES.-

Doña Rosa María Díaz Asensi: Entiendo que todo este asunto tiene que ver con el préstamo ICO de pago a proveedores que solicitamos por 3.900.000,00 euros. Quiero decir que no nos gusta nada esa nueva vuelta de tuerca que supone por parte del gobierno central del Partido Popular a los ayuntamientos. Nos tienen martirizados a las administraciones pequeñas, el régimen de exigencias es implacable. Ahora vamos a poder pagar menos intereses por el préstamo recibido. Eso está muy bien si no hubiéramos estado pagando dos años un interés del 5,25%. O sea hemos pagado 40.000,00 euros de más al año. Durante dos años hemos estado manteniendo a los Bancos, otra inyección de moral para los Bancos a costa de las pequeñas administraciones.

Doña Susana Campillos Ballesteros: Ese mismo razonamiento lo

hemos hecho nuestro grupo desde el principio. Se trata de un interés abusivo que impuso el gobierno a la administración local. Si se puede pagar el 3,80% ¿por qué hemos pagado hasta ahora el 5,25%? Incluso el 3,80% nos parece demasiado alto para una administración local. Además, ahora se nos imponen una serie de condiciones para poder acogernos a esa disminución del tipo de interés que no tienen nada que ver con dicha disminución. Se trata de una especie de chantaje. Además, por ejemplo, respecto del “Emprende en 3”, nosotros ya disponemos de una plataforma, no la necesitamos, al contrario, nos va a costar trabajo el tener que adaptarla a la plataforma del gobierno. Se trata de una más de las descabelladas medidas de que hace uso el gobierno. Votaremos a favor aunque sea un pequeño chantaje: “si usted no se adhiere a la plataforma no tiene la reducción”.

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Don Nicolás Molina Ponce: Como soy tan maquiavélico, como antes decía, José Luis, quiero pensar que el gobierno del Partido Popular crea una plataforma, “Emprende en 3”, para dar en tres días licencias de apertura de pequeños establecimientos o industrias, evitándose trámites burocráticos. Cuando un emprendedor, palabra con la que se llena la boca el Partido Popular, pretenda montar un nuevo negocio, en tres días la Administración va a resolver su expediente y va a poder empezar a funcionar. Bueno, pues después de estar varios meses en marcha esta plataforma el gobierno se da cuenta de que no funciona, que prácticamente no hay ningún ayuntamiento que se acoja a esa plataforma. ¿Qué hace? Como nos tiene cogidos a todos los ayuntamientos a los que nos ha obligado a refinanciarnos con el famoso préstamo de pago a proveedores, pues dice, muy bien, el chocolate del loro, vamos a rebajarles el tipo de interés al que se acoja a esta plataforma y después publicitaremos que se han acogido tantos miles de ayuntamientos. Ese es el quid de la cuestión, esa es la razón por la que el gobierno de la nación nos está rebajando ahora el tipo de interés. Porque las otras dos condiciones que nos hacen cumplir para rebajarnos el tipo de interés no es más que, ojo al dato, la aprobación, si procede, de la confirmación del Plan de Ajuste aprobado por acuerdo plenario de 30 de marzo de 2012 (estamos hablando de que aprobemos lo ya aprobado el 30 de marzo de 2012) y adherirnos al punto general de entrada de facturas electrónicas de la Administración General del Estado cuando, como decía Susana, la mayoría de los ayuntamientos tenemos otras plataformas con las que estamos funcionando y esto hace que tengamos que duplicar el trabajo. No es más que una medida de propaganda política. Como a todos nos interesa rebajar el tipo de interés del préstamo, pues todos engordamos la plataforma “Emprende en 3”. Nos hacen pasar por el cuello pequeño de la botella cuando a ellos (administración del estado y administraciones autonómicas) no se les exige tanto, siendo como somos la administración local la única que está cumpliendo con el objetivo de déficit.

Don José Luis Ramírez Ortiz: Hemos escuchado muchas

interpretaciones, ahora quiero que quede clara la nuestra. Por parte del gobierno se nos facilita que paguemos dos puntos menos en cuanto a los intereses de este préstamo. Que digas, Nicolás, que es una herramienta política, pues que utilicen muchas herramientas políticas de este tipo, que faciliten los pagos. El hecho de que antes se estuviera pagando más yo entiendo que es porque han variado las condiciones económicas, no se está vendiendo la deuda pública en las mismas condiciones que se estaba vendiendo hace dos años ni la prima de riesgo era la misma hace dos años que ahora. Veo justo que si las condiciones de financiación al Estado han cambiado cambien también las condiciones de ese préstamo ICO. Es cierto que hay tres condiciones que tenemos que aprobar también. Yo entendería que hablarais de chantaje si esas condiciones fueran perjudiciales para los ayuntamientos, pero se está hablando de la adhesión a una plataforma que facilita las condiciones a los emprendedores (yo soy partidario, Nicolás, de facilitar las cosas a los emprendedores, y a los empresarios también), otra que facilita la gestión administrativa con un registro de facturas electrónicas y otra que implica la confirmación del plan de ajuste, efectivamente es una obviedad, pero…¿de verdad esas condiciones te impiden o condicionan la aprobación de lo fundamental, que es la reducción del tipo de interés del préstamo?

Don Nicolás Molina Ponce: Me gustaría hacerte una observación. El

acogernos a la plataforma “Emprende en 3” significa que vamos a tener que resolver los

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expedientes de licencia de apertura en tres días. ¿Qué va a cambiar para que antes no se pudiera hacer y ahora sí? Es una cuestión organizativa del Ayuntamiento. A partir de ahora ¿vamos a poder tramitar en tres días esos expedientes cuando hasta ahora no lo hacíamos? ¿Por qué?

Don José Luis Ramírez Ortiz: Te puedo decir que en este

Ayuntamiento uno puede abrir un negocio, con la declaración responsable, prácticamente en 24 horas. VOTACIÓN.- Sometido el dictamen a votación resulta aprobado por unanimidad de los miembros de la Corporación presentes. 8.- APROBACIÓN, SI PROCEDE, DEL COMPROMISO DE ADHESIÓN AUTOMÁTICA POR EL AYUNTAMIENTO DE UTIEL AL PUNTO GE NERAL DE ENTRADA DE FACTURAS ELECTRÓNICAS DE LA ADMINISTR ACIÓN GENERAL DEL ESTADO CONFORME A LO PREVISTO EN LA LEY 25/2013, DE 27 DE DICIEMBRE, DE LA FACTURA ELECTRÓNICA Y CRE ACIÓN DEL REGISTRO CONTABLE DE FACTURAS EN EL SECTOR PÚBLICO. DICTAMEN.-

Por el Sr. Interventor se da lectura del informe emitido por la Comisión de Hacienda que literalmente se transcribe: Reunida la Comisión Informativa de Hacienda, en sesión ordinaria celebrada el día 21 de mayo de 2014, con los tres votos favorables de los representantes del Partido Popular, así como, las tres abstenciones de cada uno de los representantes de los Partidos PSOE, Utiel Siglo XXI e Izquierda Unida, se acordó elevar al Pleno la siguiente Propuesta de Acuerdo: De conformidad con el acuerdo de la Comisión Delegada del Gobierno para asuntos económicos de 24 de abril de 2014, por la que se modifican las condiciones financieras de los préstamos suscritos al amparo del Real Decreto Ley 4/2012 de 24 de febrero, para facilitar el pago de los proveedores de las entidades locales, así como, de la Resolución de 13 de mayo de 2014, de la Secretaria General de Coordinación Autonómica y Local, por la que se da cumplimiento al referido acuerdo de la Comisión Delegada y publicada en el B.O.E. de 14 de mayo de 2014.

Considerando que de las medidas contempladas en la citada resolución, la que mejor se ajusta a las circunstancias económicas del Ayuntamiento de Utiel es la que se menciona en tercer lugar, es decir: “ una mayor deducción, respecto de los casos anteriores, del tipo de interés en los términos que fija aquel acuerdo, manteniendo los iniciales periodos de autorización y de carencia”.

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Considerando que de conformidad con la citada Comisión Delegada y con la Resolución de 13 de mayo de 2014, los Ayuntamientos que se acojan a estas medidas, deberán cumplir con una serie de requisitos.

Vistos los informes pertinentes, se propone por la Comisión Informativa de Hacienda la adopción del siguiente acuerdo:

PRIMERO. Comprometerse a la adhesión automática al Punto General de Entrada de Facturas Electrónicas de la Administración General del Estado, desde el día siguiente al de la aprobación de la Orden del Ministerio de Hacienda y Administraciones, por la que se regulan las condiciones técnicas y funcionales que debe reunir el punto general de entrada de facturas electrónicas.

SEGUNDO. Autorizar a la Alcaldía para llevar a cabo las acciones necesarias que implique el cumplimiento del compromiso anterior.

INTERVENCIONES.-

Don Nicolás Molina Ponce: Quería preguntar al Sr. Interventor si nosotros tenemos ya un registro de facturas y si adherirnos al del Estado no va a suponer duplicar el trabajo de los trabajadores de la Intervención del Ayuntamiento.

Sr. Interventor : Registro electrónico de facturas no tenemos, tenemos

un registro de facturas, pero no electrónico. Tenemos la obligación de tener registro electrónico de facturas antes del 31 de diciembre de este año. Esta es una alternativa para tenerlo. Con este acuerdo nos obligamos a conectar el registro de facturas del Estado con nuestro sistema de contabilidad, cosa que todavía no sabemos cómo lo haremos.

Don José Luis Ramírez Ortiz: En este punto, por ejemplo, vamos a

tener algo que hasta ahora no teníamos y que va a facilitar la relación entre la administración y el ciudadano.

VOTACIÓN.- Sometido el dictamen a votación resulta aprobado por unanimidad de los miembros presentes de la Corporación. 9.- APROBACIÓN, SI PROCEDE, DE LA CONFIRMACIÓN DEL PLAN DE

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AJUSTE APROBADO POR ACUERDO PLENARIO DE 30 DE MARZO DE 2012. DICTAMEN.-

Por el Sr. Interventor se da lectura del informe emitido por la Comisión de Hacienda que literalmente se transcribe: Reunida la Comisión Informativa de Hacienda, en sesión ordinaria celebrada el día 21 de mayo de 2014, con los tres votos favorables de los representantes del Partido Popular, así como, las tres abstenciones de cada uno de los representantes de los Partidos PSOE, Utiel Siglo XXI e Izquierda Unida, se acordó elevar al Pleno la siguiente Propuesta de Acuerdo: De conformidad con el acuerdo de la Comisión Delegada del Gobierno para asuntos económicos de 24 de abril de 2014, por la que se modifican las condiciones financieras de los préstamos suscritos al amparo del Real Decreto Ley 4/2012 de 24 de febrero, para facilitar el pago de los proveedores de las entidades locales, así como, de la Resolución de 13 de mayo de 2014, de la Secretaria General de Coordinación Autonómica y Local, por la que se da cumplimiento al referido acuerdo de la Comisión Delegada y publicada en el B.O.E. de 14 de mayo de 2014.

Considerando que de las medidas contempladas en la citada resolución, la que mejor se ajusta a las circunstancias económicas del Ayuntamiento de Utiel es la que se menciona en tercer lugar, es decir: “ una mayor deducción, respecto de los casos anteriores, del tipo de interés en los términos que fija aquel acuerdo, manteniendo los iniciales periodos de autorización y de carencia”.

Considerando que de conformidad con la citada Comisión Delegada y con la Resolución de 13 de mayo de 2014, los Ayuntamientos que se acojan a estas medidas, deberán cumplir con una serie de requisitos.

Considerando que la modificación del Plan de Ajuste aprobado mediante acuerdo plenario de 30 de marzo de 2012 solo afectará a una menor carga financiera en el capítulo III de Gastos, como consecuencia de la minoración del diferencial aplicable al tipo de interés vigente para el préstamo que pasaría del Euribor Trimestral +5,25% al Euribor Timestral más 3,80%.

Vistos los informes pertinentes, se propone por la Comisión Informativa de Hacienda la adopción del siguiente acuerdo:

PRIMERO. Confirmar el Plan de Ajuste aprobado mediante acuerdo plenario de 30 de marzo de 2012.

INTERVENCIONES.-

Don Nicolás Molina Ponce: En los otros dos puntos que condicionan la

aprobación de la adhesión del Ayuntamiento a la modificación del tipo de interés del préstamo he votado a favor, pero en este, que me parece una obviedad que haya que

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hacerlo y que además en el Pleno de 30 de marzo de 2012 en que se aprobó el Plan yo me abstuve, quiero que entendáis que me voy a abstener en este punto. VOTACIÓN.-

Sometido el dictamen a votación resulta aprobado con los votos a favor de los Sres. Concejales presentes del Grupo municipal del Partido Popular (8), de los Sres. Concejales presentes del Grupo municipal del Partido Socialista Obrero Español (5) y de la Sra. Concejal del Grupo municipal de Utiel Siglo XXI (1), y la abstención del Sr. Concejal del Grupo municipal de Izquierda Unida del País Valenciano (1). 10.- DACIÓN DE CUENTA DE LA DENEGACIÓN, POR LA COMI SIÓN TERRITORIAL DE URBANISMO DE VALENCIA, DE LA APROBAC IÓN DEFINITIVA DEL PLAN PARCIAL MODIFICATIVO DEL SECTOR 2 DE UTIEL Y APROBACIÓN, SI PROCEDE, DE LA DEVOLUCIÓN DE LA GARANTÍA CONSTITUIDA POR EL URBANIZADOR. DICTAMEN.-

Por el Sr. Secretario se da lectura del informe emitido por la Comisión de Urbanismo que literalmente se transcribe: La Comisión Informativa de Urbanismo, en sesión ordinaria celebrada el día 23 de mayo de 2014, con los votos a favor de todos los concejales asistentes, acordó elevar al Pleno la siguiente PROPUESTA DE ACUERDO:

ANTECEDENTES

I

El Ayuntamiento de Utiel acordó, en sesión plenaria de 28 de diciembre de 2006, la aprobación de las bases particulares para la adjudicación por gestión indirecta del Programa de Actuación Integrada del Sector 2 de suelo urbanizable programado del PGOU de Utiel, publicándose dichas bases en el Boletín Oficial de la Provincia nº 25, de 7 de febrero de 2007, y el anuncio de licitación en el DOUE el 7 de febrero del mismo año, así como en el DOCV nº 5466, de 8 de marzo de 2007.

II

Una de las mercantiles que concurrió al concurso fue “Habitat Utiel, S.L.”, que sometió a información pública su Programa de Actuación Integrada mediante anuncio en el DOCV nº 5529, de 7 de junio de 2007, así como en el diario “Las Provincias”, de 10 de mayo de 2007. A la alternativa técnica de dicho Programa acompañaba un Plan Parcial Modificativo del Sector 2 de Utiel.

III

Por acuerdo del Pleno de este Ayuntamiento adoptado en sesión ordinaria

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de 30 de octubre de 2008, se adjudicó el programa a la mercantil mencionada, y se aprobó, remitiéndose a la Consellería competente para su aprobación definitiva.

IV

La Comisión Territorial de Urbanismo de Valencia, en sesión celebrada el 13 de diciembre de 2013, acordó denegar la aprobación definitiva del Plan Parcial Modificativo del Sector 2 de Utiel en atención a los fundamentos jurídicos primero y segundo del acuerdo. De dicha resolución se dio traslado a “Habitat Utiel, S.L.” para su conocimiento y efectos en fecha 10 de abril de 2014.

V

El artículo 137.5 de la Ley 16/2005, de 30 de diciembre, Urbanística Valenciana, establece que “si la alternativa técnica acompaña a planes de desarrollo que modifiquen la ordenación estructural, la aprobación municipal se entenderá provisional y no legitimará el despliegue y ejecución del Programa de actuación integrada hasta la aprobación definitiva del plan correspondiente por dicha consellería. El acuerdo de adjudicación se entenderá, en todo caso, condicionado a la mencionada aprobación definitiva”.

VI

El Plan Parcial Modificativo que acompañaba a la Alternativa Técnica de la adjudicataria proponía la modificación del aprovechamiento tipo, incrementándose la edificabilidad y redelimitándose el ámbito del sector, cuestiones que afectan a la ordenación estructural.

VII

En virtud de todo ello, como consecuencia de la denegación de la aprobación definitiva del Plan Parcial Modificativo por la Comisión Territorial de Urbanismo se tiene por no adjudicado el Programa de Actuación Integrada al no concurrir la condición suspensiva a la que estaba sujeto.

En virtud de cuanto antecede, con fundamento en el artículo 137.5 de la Ley 16/2005, de 30 de diciembre, Urbanística Valenciana, en el artículo 22.2 c) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, y demás de general y pertinente aplicación, visto el informe de Secretaría, el Pleno de la Corporación Municipal adopta el siguiente

ACUERDO

PRIMERO.- Darse por enterado de la denegación de la aprobación definitiva del Plan Parcial Modificativo del Sector 2 de Utiel por la Comisión Territorial de Urbanismo y de su consecuencia: tener por no adjudicado el Programa de Actuación Integrada al no concurrir la condición suspensiva a la que estaba sujeto.

SEGUNDO.- Devolver la garantía constituida por el agente urbanizador.

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TERCERO.- No reconocer al adjudicatario del Programa el derecho al reintegro de los gastos ocasionados por la redacción de proyectos al ser imputable a él la denegación de la aprobación definitiva del Plan Parcial Modificativo por la Comisión Territorial de Urbanismo.

CUARTO .- Notificar el presente acuerdo al adjudicatario.

INTERVENCIONES.- No se producen. VOTACIÓN.- Sometido el dictamen a votación resulta aprobado por unanimidad de los miembros presentes de la Corporación. 11.- DACIÓN DE CUENTA DE LA DENEGACIÓN, POR LA COMI SIÓN TERRITORIAL DE URBANISMO DE VALENCIA, DE LA APROBAC IÓN DEFINITIVA DEL PLAN DE REFORMA INTERIOR MODIFICATIV O DEL POLÍGONO 2 DE UTIEL Y APROBACIÓN, SI PROCEDE, DE LA DEVOLUCIÓN DE LA GARANTÍA CONSTITUIDA POR EL URBANI ZADOR. DICTAMEN.-

Por el Sr. Secretario se da lectura del informe emitido por la Comisión de Urbanismo que literalmente se transcribe: La Comisión Informativa de Urbanismo, en sesión ordinaria celebrada el día 23, de mayo de 2014, con los votos a favor de todos los concejales asistentes, acordó elevar al Pleno la siguiente PROPUESTA DE ACUERDO:

ANTECEDENTES

I

El Ayuntamiento de Utiel acordó, en sesión plenaria de 28 de diciembre de 2006, la aprobación de las bases particulares para la adjudicación por gestión indirecta del Programa de Actuación Integrada del Polígono 2 de suelo urbano del PGOU de Utiel, publicándose dichas bases en el Boletín Oficial de la Provincia nº 34, de 9 de febrero de 2007, y el anuncio de licitación en el DOUE el 9 de febrero del mismo año.

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II

Una de las mercantiles que concurrió al concurso fue “Habitat Utiel, S.L.”, que sometió a información pública su Programa de Actuación Integrada mediante anuncio en el DOCV nº 5529, de 7 de junio de 2007, así como en el diario “Las Provincias”, de 10 de mayo de 2007. A la alternativa técnica de dicho Programa acompañaba un Plan de Reforma Interior Modificativo del Polígono 2 de Utiel.

III

Por acuerdo del Pleno de este Ayuntamiento adoptado en sesión ordinaria de 30 de octubre de 2008, se adjudicó el programa a la mercantil mencionada, y se aprobó, remitiéndose a la Consellería competente para su aprobación definitiva.

IV

La Comisión Territorial de Urbanismo de Valencia, en sesión celebrada el 13 de diciembre de 2013, acordó denegar la aprobación definitiva del Plan de Reforma Interior Modificativo del Polígono 2 de Utiel en atención a los fundamentos jurídicos primero y segundo del acuerdo. De dicha resolución se dio traslado a “Habitat Utiel, S.L.” para su conocimiento y efectos en fecha 10 de abril de 2014.

V

El artículo 137.5 de la Ley 16/2005, de 30 de diciembre, Urbanística Valenciana, establece que “si la alternativa técnica acompaña a planes de desarrollo que modifiquen la ordenación estructural, la aprobación municipal se entenderá provisional y no legitimará el despliegue y ejecución del Programa de actuación integrada hasta la aprobación definitiva del plan correspondiente por dicha consellería. El acuerdo de adjudicación se entenderá, en todo caso, condicionado a la mencionada aprobación definitiva”.

VI

El Plan de Reforma Interior Modificativo que acompañaba a la Alternativa Técnica de la adjudicataria proponía la modificación del aprovechamiento tipo, incrementándose la edificabilidad y redelimitándose el ámbito del sector, cuestiones que afectan a la ordenación estructural.

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VII

En virtud de todo ello, como consecuencia de la denegación de la aprobación definitiva del Plan de Reforma Interior Modificativo por la Comisión Territorial de Urbanismo se tiene por no adjudicado el Programa de Actuación Integrada al no concurrir la condición suspensiva a la que estaba sujeto.

En virtud de cuanto antecede, con fundamento en el artículo 137.5 de la Ley 16/2005, de 30 de diciembre, Urbanística Valenciana, en el artículo 22.2 c) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, y demás de general y pertinente aplicación, visto el informe de Secretaría, el Pleno de la Corporación Municipal adopta el siguiente

ACUERDO

PRIMERO.- Darse por enterado de la denegación de la aprobación definitiva del Plan de Reforma Interior Modificativo del Polígono 2 de Utiel por la Comisión Territorial de Urbanismo y de su consecuencia: tener por no adjudicado el Programa de Actuación Integrada al no concurrir la condición suspensiva a la que estaba sujeto.

SEGUNDO.- Devolver la garantía constituida por el agente urbanizador.

TERCERO.- No reconocer al adjudicatario del Programa el derecho al reintegro de los gastos ocasionados por la redacción de proyectos al ser imputable a él la denegación de la aprobación definitiva del Plan de Reforma Interior Modificativo por la Comisión Territorial de Urbanismo.

CUARTO .- Notificar el presente acuerdo al adjudicatario.

INTERVENCIONES.- No se producen intervenciones. VOTACIÓN.-

Sometido el dictamen a votación resulta aprobado por unanimidad de los miembros presentes de la Corporación.

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12.- APROBACIÓN, SI PROCEDE, DEL CONVENIO URBANÍSTICO PARA EDIFICACIÓN DE VIVIENDA EN URBANIZACIÓN CASA MEDINA DE UTIEL.

DICTAMEN.-

Por el Sr. Secretario se da lectura del informe emitido por la Comisión de Urbanismo que literalmente se transcribe: La Comisión Informativa de Urbanismo, en sesión ordinaria celebrada el día 23 de mayo de 2014, con los votos a favor de los concejales del Grupo municipal del Partido Popular y las abstenciones de los Grupos PSOE, UTIEL SIGLO XXI e IU, acordó elevar al Pleno la siguiente PROPUESTA DE ACUERDO:

ANTECEDENTES

I

En fecha 29 de octubre de 2013 se suscribió el texto inicial de convenio urbanístico entre el Ayuntamiento de Utiel, por un lado, y don Juan Luis Pérez Hernández, don Miguel Falaguera Iranzo y don Cesidio Ángel Navarro Pérez en representación de doña Margarita Rosa Navarro Pérez, por otro, por el que se establecen las condiciones en las que se concreta la cesión de las dotaciones públicas exigibles conforme al planeamiento en relación con la actuación aislada a llevar a cabo en calle Hoya de la Tía Paca, número 165, de la Urbanización Casa Medina de Utiel.

II

El Texto inicial del Convenio fue sometido a información pública por veinte días mediante publicación de anuncio en el Tablón de Edictos de este Ayuntamiento, sin que durante ese plazo se presentasen alegaciones, por lo que adquirió el carácter de texto definitivo.

En virtud de cuanto antecede, con fundamento en la Disposición Adicional Cuarta de la Ley 16/2005, de 30 de diciembre, Urbanística Valenciana, artículo 253 del Decreto 67/2006, de 19 de mayo, de desarrollo de la anterior, y demás de general y

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pertinente aplicación, visto el informe de Secretaría, el Pleno de la Corporación Municipal adopta el siguiente:

ACUERDO

PRIMERO.- Elevar a definitivo el texto inicial del Convenio Urbanístico a suscribir entre el Ayuntamiento y don Juan Luis Pérez Hernández, don Miguel Falaguera Iranzo y don Cesidio Ángel Navarro Pérez en representación de doña Margarita Rosa Navarro Pérez, por el que se establecen las condiciones en las que se concreta la cesión de las dotaciones públicas exigibles conforme al planeamiento en relación con la actuación aislada a llevar a cabo en calle Hoya de la Tía Paca, número 165, de la Urbanización Casa Medina de Utiel, cuyo contenido literalmente se transcribe:

“ PROPUESTA DE CONVENIO URBANÍSTICO A SUSCRIBIR CON EL M.I. AYUNTAMIENTO DE UTIEL PARA LA CESION DE VIALES

Reunidos en Utiel, a 29 de Octubre de 2013.

- De una parte, D. JOSÉ LUIS RAMÍREZ ORTIZ, Alcalde del M.I. Ayuntamiento de Utiel, en representación del mismo, con CIF nº P-4625100-E, con domicilio en Utiel, Plaza del ayuntamiento, nº. 1, C.P. 46300.

Y de otra parte:

- D. JUAN LUIS PEREZ HERNANDEZ, mayor de edad, con DNI nº 73769011-F, en nombre propio, como propietario único de la parcela sita en Urbanización Casa Medina de Utiel C/ Hoya Tía Paca nº 165, y con domicilio a los efectos de notificaciones en San Antonio de Requena, c/ Mayor, nº. 31, C.P. 46390, y tfno . 680 470 907.

- D. MIGUEL FALAGUERA IRANZO, mayor de edad, con DNI nº. 19696285-M en nombre propio, como copropietario de los viales de la Urbanización Casa Medina de Utiel, y con domicilio a los efectos de notificaciones en Utiel, c/ Juan Ramón Jiménez, nº. 3, C.P. 46300, y tfno. 687711835.

- D. CESIDIO ANGEL NAVARRO PEREZ, mayor de edad, con DNI nº. 25397303-J en representación de Dña MARGARITA ROSA NAVARRO PEREZ con pasaporte de nacionalidad española nº 9302594 expedido en el consulado español en Caracas, como copropietaria de los viales de la Urbanización Casa Medina de Utiel, y con domicilio a los efectos de notificaciones en Valencia, Urbanización “Cumbres de San Antonio”, calle del Naranjo nº 15, C.P. 46117 y tfno. XXXXXXX.

EXPONEN

PRIMERO. El objeto del presente Convenio es el establecimiento de las condiciones en las que se concrete la cesión de las dotaciones públicas exigibles conforme al planeamiento, y en su caso la compensación de los eventuales excedentes

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de aprovechamiento, se propone la suscripción del convenio urbanístico dado que resulta necesario que se concrete la cesión de viales por parte de los propietarios de la actuación aislada sobre la Parcela sita en calle Hoya Tía Paca nº 165 de la Urbanización Casas de Medina de Utiel.

Asimismo se presenta la propuesta de convenio a esta Administración ya que nos encontramos ante el supuesto establecido en el artículo 253 del Reglamento de Gestión y Ordenación Territorial y Urbanística, Decreto 67/2006 de 19 de mayo, el cual establece:

Este convenio se suscribe por la necesidad ceder al M.I. Ayuntamiento de Utiel y urbanizar en su caso los viales afectos a la parcela en cuestión, dado que se presenta escrito de conformidad de ambos propietarios.

SEGUNDO. Que D. Juan Luis Pérez Hernández es propietario de la parcela en calle Hoya Tía Paca nº 165 de la Casa Medina, D. Miguel Falaguera Iranzo y Dña Margarita Rosa Navarro Pérez son propietarios conjuntos del terreno que ocupa el frente viario de la parcela afectada por el Convenio urbanístico y que se describe a continuación:

Solar de forma cuadrangular con 1.023 m2 de superficie según ficha catastral y referencia catastral nº 7278216XJ5877N0001EZ, con fachadas recayentes a Calle Hoya Tía Paca nº 165. Linda tomando como frente la calle Hoya Tía Paca, a la derecha con parcela sita en calle Hoya Tía Paca nº 166, a la izquierda con parcela sita en calle Hoya Tía Paca nº 164 y al fondo con parcela sita en Calle Avda. del General nº 161[A].

A los efectos de llevar a cabo la actuación que se pretende, las partes citadas se reconocen mutua capacidad jurídica y de obrar para la firma del presente Convenio, de conformidad con la Disposición Adicional Cuarta de la Ley 16/2005, de 30 de diciembre, de la Generalitat, Urbanística de Valencia, con arreglo a las siguientes,

CLÁUSULAS

PRIMERA. Las estipulaciones del presente Convenio sólo tendrán el efecto de vincular a las partes en cuanto a la iniciativa e impulso de tramitación del procedimiento pertinente sobre la base del acuerdo respecto de la oportunidad, conveniencia y posibilidad de concretas soluciones de ordenación. En ningún caso vincularán o condicionarán al Ayuntamiento en el ejercicio de sus potestades urbanísticas o administrativas.

SEGUNDA. Las partes que suscriben se comprometen, en la medida que les corresponda y dentro de los estrictos límites, términos y procedimientos autorizados por la vigente legislación en materia urbanística y de régimen local, a asumir las obligaciones que se deriven de conformidad con lo establecido en el presente Convenio.

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TERCERA. Los deberes legales de cesión de los propietarios son:

La cesión de los metros correspondientes en el frente de la fachada del solar y la elevación de la misma en escritura pública.

CUARTA. El plazo de vigencia del presente Convenio será hasta que se presente el certificado final de obra.

QUINTA. Los compromisos voluntariamente adquiridos son los siguientes:

1-. Ceder gratuitamente y libre de cargas al Ayuntamiento de Utiel los metros lineales de viales descritos en el informe redactado por el arquitecto Don Néstor García Pago.

2- Ejecutar en su caso la urbanización correspondiente.

SEXTA. Las causas de resolución del presente Convenio serán:

El incumplimiento de alguna de las partes de los compromisos citados anteriormente y causas sobrevenidas de interés público. Estos deberes se suponen cumplidos con la recepción de las obras de urbanización.

SÉPTIMA. La resolución del Convenio por causas imputables al incumplimiento de una de las partes dará lugar a las indemnizaciones o compensaciones que procedan por su incumplimiento.

OCTAVA. El objeto del presente Convenio urbanístico de planeamiento se incorporará e integrará con el planeamiento municipal vigente.

NOVENA. El presente Convenio tendrá a todos los efectos naturaleza y carácter jurídico-administrativo, y las cuestiones relativas a su cumplimiento, interpretación, efectos y extinción serán competencia del Orden Jurisdiccional Contencioso-Administrativo.

Para que así conste, y en prueba de conformidad, lo firman en el lugar y fecha arriba indicado. “

SEGUNDO.- Facultar a la Alcaldía para la firma del mismo, que se formalizará mediante documento administrativo, sin perjuicio de la inscripción en el Registro de la Propiedad de los actos y condiciones que lo requieran, conforme a la legislación

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urbanística e hipotecaria.

TERCERO.- Notificar y emplazar a las personas interesadas a los efectos de firmar el Convenio en el plazo de los 30 días siguientes a la notificación de la aprobación del texto definitivo.

CUARTO .- Anotar y custodiar un ejemplar completo del texto definitivo del Convenio y su documentación anexa en el Registro Municipal de Urbanismo de este Ayuntamiento.

QUINTO .- Publicar el Convenio una vez suscrito en el Tablón de Anuncios de este Ayuntamiento dentro del mes siguiente a su firma y remitir un ejemplar al Registro de Urbanismo de la Comunidad Valenciana.

INTERVENCIONES.-

En el curso del debate de este punto el Sr. Secretario sale del Salón de Plenos reintegrándose en el mismo antes de la votación.

Don Francisco Argudo Ramírez, Sr. Concejal del Grupo municipal de Partido Socialista Obrero Español: La propuesta de acuerdo debería poner “aprobación provisional” porque, según el informe del Secretario esto tiene que volver otra vez al Pleno.

Sr. Secretario: Una vez negociado el convenio y suscrito el texto inicial,

se somete a información pública y después se trae al Pleno para su aprobación definitiva y se firma.

Don Francisco Argudo Ramírez: Pero hoy la aprobación es

provisional… Sr. Secretario: No, no, ya se suscribió el texto inicial y se sometió a

información pública. Don Francisco Argudo Ramírez: He entendido mal, pues. Mi grupo se

va a abstener básicamente por dos motivos. En la pasada legislatura se tuvieron varias reuniones con el dueño de la mayoría de las parcelas y otros propietarios para solucionar, de una vez por todas, el tema de la urbanización. Si ahora vamos dando estas licencias para que puedan construir casas el que sale beneficiado es el dueño de esos terrenos que es el dueño de los viales según pone en el convenio. Con ello va seguir vendiendo parcelas que no tienen la condición de solares porque les falta urbanización. El segundo motivo es que si a un señor, cuando urbanice su frente de propiedad, le toca poner una farola y a otro señor no le toca, ¿cómo se va a hacer? ¿va a pagar uno sí y

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otro no? Lo que debería hacerse es que el propietario de las parcelas urbanizase y cuando las venda que sean solares.

Doña Susana Campillos Ballesteros: Además de en la legislatura

pasada, en esta ya hubo en julio de 2012 un punto similar a éste respecto de otra parcela y se planteó lo que acaba de plantear el concejal del Partido Socialista. Recuerdo que entonces el Sr. Alcalde dijo que no era el momento de debatir el tema sino simplemente aprobar el convenio que se trajo al Pleno. Desde entonces no se ha vuelto a tratar este asunto, ni aquí ni en la Comisión de Urbanismo. Si seguimos así se seguirán dando licencias mediante convenio y no va a haber una solución definitiva. En aquél momento nos abstuvimos a ahora vamos a hacer lo mismo.

Don Nicolás Molina Ponce: Tengo aquí el certificado del Pleno del día

26 de julio de 2012 donde aparecía como puntos 4 y 5 la aprobación de un convenio en los términos del presente. Me sorprende que el Partido Socialista diga ahora que vota en contra o se va a abstener cuando en su momento apoyó esos dos convenios. Mi grupo votó en contra por los motivos que ha expuesto Paco. Pienso exactamente lo mismo. Si no tomamos el toro por los cuernos estaremos siempre a merced de que el agente urbanizador quiera o pueda urbanizar alguna parcela. Esta es una situación que hay que cortar por lo sano. Para darle homogeneidad al conjunto de terrenos de la Casa Medina lo que debe hacer el agente urbanizador es urbanizar y, una vez hecho, que las parcelas adquieran la naturaleza de suelo urbano con todos los condicionantes. Lo que no podemos hacer es ir legalizando parcela a parcela según se venden. Por ese motivo pienso que este punto no hay que aprobarlo y por ese motivo pienso que lo que hay que hacer es reunirse el Ayuntamiento con el agente urbanizador y con quien corresponda y darle una solución homogénea al sector.

Don José Luis Ramírez Ortiz: Por parte del Ayuntamiento no se han

dejado de mantener reuniones con el que se supone que es agente urbanizador, (que esa es otra, ahora explicaré por qué) y los propietarios con los que se ha llegado ya a un principio de acuerdo. Se ha heredado una situación que viene ya de hace prácticamente cincuenta años. Cuando se hace la urbanización Casa Medina en un principio hay un plan especial urbanístico que se va desarrollando. Las deficiencias que hoy tiene la urbanización no van a ser asumidas por el Ayuntamiento. Se está llegando a acuerdos puntuales por fases, que están supervisando los técnicos, para urbanizar entre los propietarios y el agente urbanizador, nosotros actuamos de meros intermediarios. Nosotros somos los primeros a los que no nos gusta tener que venir aquí cada vez que se da una licencia, aunque el procedimiento sea totalmente correcto y más lógico que como se han estado dando las licencias durante cuarenta años, es decir, sin tener en cuenta para nada el estado de la urbanización.

Por otro lado entiendo tu postura, Paco, la que has defendido en cuanto al agente urbanizador, pero hay casos concretos, y este es uno de ellos, que a quien realmente se está perjudicando si no se da la licencia no es al agente urbanizador sino al pequeño propietario que, a lo mejor, compró la parcela hace quince o veinte años y ahora quiere edificar. El procedimiento que actualmente estamos utilizando es el que se nos recomendó tanto por parte de urbanismo como por parte de los servicios jurídicos. Por lo demás, os garantizamos que se está trabajando desde hace tiempo con las dos partes. Marco, incluso, puede dar más detalles.

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Don Marco Antonio Estela Ramos, Sr. Concejal delegado de

Urbanismo y tercer Teniente de Alcalde: Buenas noches. Entre propietarios de parcelas y de edificaciones en la Casa Medina y el agente urbanizador están redactando, con la colaboración de los servicios técnico del Ayuntamiento, un convenio para la finalización de la urbanización de la Casa Medina por fases. Estas fases se van a desarrollar en cuatro años. En ese tiempo, con las directrices que les indiquen los servicios técnicos del Ayuntamiento, podrá el Ayuntamiento recepcionar totalmente la urbanización.

Este Convenio que se somete a aprobación es a tres bandas. Principalmente es entre el Ayuntamiento y la persona que quiere edificar la casa, si bien aparece un tercero como propietario de los viales. Con el convenio lo que se permite es edificar a dicha persona.

Don Francisco Argudo Ramírez: Es muy fácil decir que se perjudica al

pequeño propietario pero se está beneficiando al gran propietario que ha estado vendiendo parcelas y después no tendrá que urbanizar.

Doña Rosa María Díaz Asensi: Una puntualización a Nicolás. Es cierto

que en el Pleno de 26 de julio de 2012 el Grupo municipal socialista votó a favor pero se pidió, aquí tengo la nota de la intervención: primero, urbanizar parcela y después lo demás. No estamos despistados. Sabemos lo que decimos, lo que ocurre es que vemos que esta solución provisional se va perpetuando por eso nos abstenemos ahora, porque queremos que se complete definitivamente la urbanización.

VOTACIÓN.- Sometido a votación el dictamen resulta aprobado con los votos a favor de los Sres. Concejales presentes del Grupo municipal del Partido Popular (8), las abstenciones de los Sres. Concejales presentes del Grupo municipal del Partido Socialista Obrero Español (5) y de la Sra. Concejal del Grupo municipal de Utiel Siglo XXI (1) y el voto en contra del Sr. Concejal del Grupo municipal de Izquierda Unida del País Valenciano (don Nicolás Molina Ponce). 13.- NOMBRAMIENTO DE LA PERSONA QUE HA DE OCUPAR LA SECRETARÍA DE LA COMISIÓN INFORMATIVA DE URBANISMO DEL AYUNTAMIENTO DE UTIEL. DICTAMEN.-

Por el Sr. Secretario se da lectura del informe emitido por la Comisión de Urbanismo que literalmente se transcribe: La Comisión Informativa de Urbanismo, en sesión ordinaria celebrada el día 23 de mayo de 2014, con los votos a favor de todos los concejales asistentes, acordó elevar al

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Pleno la siguiente PROPUESTA DE ACUERDO:

ANTECEDENTES

I

En sesión plenaria extraordinaria de 16 de junio de 2011 se acordó la creación de la Comisión Informativa Permanente de Urbanismo, Obras Públicas, Parques y Jardines, Servicios Generales, Limpieza y Patrimonio, Seguridad Ciudadana, Tráfico y Policía. Asimismo se designó como Secretario de la misma a don Alfredo Cárcel Ponce.

II

Mediante resolución de Alcaldía nº 2014-0147 se declaró la jubilación parcial del mismo disponiéndose su cese en el trabajo a partir de 28 de febrero de 2014, circunstancia que determinó la vacante en la Secretaría de la Comisión referida y obliga a su sustitución.

En virtud de cuanto antecede, con fundamento en los artículos 38 y 125 del Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, y demás de general y pertinente aplicación, visto el informe de Secretaría, el Pleno de la Corporación Municipal adopta el siguiente:

ACUERDO

PRIMERO.- Designar como Secretaria de la Comisión Informativa Permanente de Urbanismo, Obras Públicas, Parques y Jardines, Servicios Generales, Limpieza y Patrimonio, Seguridad Ciudadana, Tráfico y Policía a la funcionaria de este Ayuntamiento, doña Inmaculada Hernández Alcalde, con fecha de efectos 1 de marzo de 2014.

SEGUNDO.- Dar traslado de este acuerdo a la interesada y a los Departamentos de Personal e Intervención-Tesorería del Ayuntamiento de Utiel y proceder a su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia de Valencia.

INTERVENCIONES.-

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No se producen intervenciones. VOTACIÓN.-

Sometido el dictamen a votación resulta aprobado por unanimidad de los miembros presentes de la Corporación.

14.- NOMBRAMIENTO DE LA PERSONA QUE HA DE OCUPAR LA SECRETARÍA DE LA MESA PERMANENTE DE CONTRATACIÓN DE L AYUNTAMIENTO DE UTIEL. DICTAMEN.-

Por el Sr. Secretario se da lectura del informe emitido por la Comisión de Urbanismo que literalmente se transcribe: La Comisión Informativa de Urbanismo, en sesión ordinaria celebrada el día 23 de mayo de 2014, con los votos a favor de todos los concejales asistentes, acordó elevar al Pleno la siguiente PROPUESTA DE ACUERDO:

ANTECEDENTES

I

En sesión plenaria extraordinaria de 16 de junio de 2011 se acordó la creación de la Mesa de Contratación de carácter Permanente. Asimismo se designó como Secretario de la misma a don Alfredo Cárcel Ponce.

II

Mediante resolución de Alcaldía nº 2014-0147 se declaró la jubilación parcial del mismo disponiéndose su cese en el trabajo a partir de 28 de febrero de 2014, circunstancia que determinó la vacante en la Secretaría de la Mesa referida y obliga a su sustitución.

En virtud de cuanto antecede, con fundamento en los artículos 320 del Texto Refundido de la Ley de Contratos deL Sector Público, 21 del Real Decreto 817/2009, de 8 de mayo, y demás de general y pertinente aplicación, visto el informe de Secretaría, el Pleno de la Corporación Municipal adopta el siguiente:

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ACUERDO

PRIMERO.- Designar como Secretaria de la Mesa de Contratación Permanente a la funcionaria de este Ayuntamiento, doña Sonia Reyes Hernández, con fecha de efectos 1 de marzo de 2014.

SEGUNDO.- Dar traslado de este acuerdo a la interesada y a los Departamentos de Personal e Intervención-Tesorería del Ayuntamiento de Utiel y proceder a su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia de Valencia.

INTERVENCIONES.- No hay intervenciones. VOTACIÓN.-

Sometido a votación el dictamen resulta aprobado por unanimidad de los miembros presentes de la Corporación.

15.- APROBACIÓN, SI PROCEDE, DEL ACUERDO DE SOMETIM IENTO A INFORMACIÓN PÚBLICA DE LA MODIFICACIÓN PUNTUAL Nº 1 8 DEL PGOU DE UTIEL, Nº 1 DEL PLAN PARCIAL DEL POLÍGONO I NDUSTRIAL “NUEVO TOLLO”, Y Nº 2 DE LOS PLANES PARCIALES DE LO S POLÍGONOS INDUSTRIALES “EL TOLLO” Y “EL MELERO”, SO BRE IMPLANTACIÓN DE USO DE TANATORIO-CREMATORIO EN EL C ASCO URBANO. DICTAMEN.-

Por el Sr. Secretario se da lectura del informe emitido por la Comisión de Urbanismo que literalmente se transcribe: La Comisión Informativa de Urbanismo, en sesión ordinaria celebrada el día 23 de mayo de 2014, acordó elevar al Pleno la siguiente PROPUESTA DE ACUERDO:

ANTECEDENTES

I El Plan General de Ordenación Urbana de Utiel fue aprobado definitivamente el día 27

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de enero de 1987.

II El artículo 94 de la Ley 16/2005, de 30 de diciembre, de la Generalitat, Urbanística de la Comunidad Valenciana autoriza a los Ayuntamientos a modificar los planes urbanísticos según el procedimiento establecido en cada tipo de Plan.

III La presente modificación se plantea por la necesidad de resolver la indefinición que actualmente tiene el planeamiento vigente frente a la posibilidad de implantación de los usos de tanatorio-crematorio en las diferentes zonas del casco.

IV En el último año se ha detectado la necesidad de definir la compatibilidad del uso crematorio-tanatorio en las zonas del casco urbano definidas en el Plan General, por lo que es objeto de esta modificación incluir un nuevo uso para servicios funerarios en la Normas Urbanísticas e incluir la compatibilidad de éste en las Zonas definidas por el Plan que se consideran aptas para su implantación. En definitiva, se trata de regular expresamente en qué zonas sería posible la implantación de este nuevo uso para servicios funerarios recogiéndolo en las Normas Urbanísticas del Plan General y partiendo de la base de que se considera incompatible con el uso residencial, permitiéndolo única y exclusivamente como uso compatible en el suelo de uso industrial.

VI La modificación del PGOU indicada comporta las subsiguientes modificaciones de los Planes Parciales de “El Melero”, “El Tollo” y “El Nuevo Tollo”.

En virtud de cuanto antecede, con fundamento en los artículos 65 a 68, 83.2 a), 90.2, 91, 94 y 104 a 106 de la Ley 16/2005, de 30 de diciembre, de la Generalitat, Urbanística Valenciana, el artículo 223 del Decreto 67/2006, de 12 de mayo, del Consell, por el que se aprueba el Reglamento de Ordenación y Gestión Territorial y Urbanística, los artículos 22.2 c) y 47.2 i) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, y demás de general y pertinente aplicación, visto el informe emitido por el Arquitecto Técnico Municipal, y teniendo en cuenta el Informe de la Técnico de Administración General y la Nota de Conformidad con el mismo de la Secretaría General, el Pleno de la Corporación Municipal adopta el siguiente:

ACUERDO

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PRIMERO .- Someter a información pública la propuesta de Modificación Puntual nº 18 del PGOU de Utiel, nº 1 del Plan Parcial del Polígono Industrial Nuevo Tollo y nº 2 de los Planes Parciales de los Polígonos Industriales El Tollo y El Melero, por un periodo de un mes, mediante anuncio en el Diario Oficial de la Comunidad Valenciana y en un diario no oficial de amplia difusión en la localidad. Dicha propuesta implica la redacción de las Ordenanzas del PGOU de Utiel y de los Planes Parciales indicados en los extremos a que se extiende la modificación en los siguientes términos:

NORMAS URBANÍSTICAS DEL PGOU DE UTIEL.

VI.- NORMAS DE USO.-

6.1 CLASIFICACIÓN DE USOS A efectos de las presentes Normas, se establece la siguiente agrupación de usos:

- Residencial.

- Garajes y Servicios de Transporte.

- Artesanía.

- Industria y Almacenaje.

- Comercio, Servicios y Oficinas.

- Educativo y Cultural.

- Religioso.

- Hotelero y Colectivo Especial.

- Sanitario.

- Espectáculos y Salas de Reuniones.

- Deportivo.

- Zonas verdes.

- Minas y Canteras.

- Explotaciones Agropecuarias y Forestales.

- Recreo y Esparcimiento.

- Servicios Funerarios. 6.17 SERVICIOS FUNERARIOS

Se consideran incluidos en este uso los tanatorios y crematorios con las limitaciones indicadas en el Decreto DECRETO 39/2005, de 25 de febrero, del Consell de la Generalitat, por el que se aprueba el Reglamento que regula las prácticas de policía sanitaria mortuoria en el ámbito de la Comunidad Valenciana o cualquier otro que legalmente lo sustituya.”

VII.- DIVISIÓN DEL SUELO Y REGULACIÓN DE ZONAS.-

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7.1.- SUELO URBANO.-

7.1.6.- ZONA IV. INSDUSTRIA EXISTENTE.-

………………………………………… Condiciones de Uso ………………………………………….

- Comercio, Servicios y Oficinas: Todas las categorías.

- Educativo y Cultural: categorías s1 y 5.

- Religioso: categorías 2 y 3.

- Sanitario: categorías 3 y 4.

- Hotelero: todas las categorías.

- Deportivo: categorías 4 y 5.

- Zonas Verdes: todas las categorías. - -Servicios funerarios (A excepción de en la manzana delimitada por las calles Actor Rambal, Maldonado, Comuneros de Castilla y Marín Lázaro por su proximidad al suelo residencial ). ……………………………………………………..

7.2.- SUELO URBANIZABLE PROGRAMADO 7.2.5.- ZONA IX. URBANIZABLE INDUSTRIAL.-

1. Subzona IX. A - Industria y Almacenaje “……… Condiciones de Uso Usos Permitidos: En esta zona se permite la ubicación de los siguientes: - Residencial: unifamiliar cuando sea necesario para la protección de las instalaciones industriales. - Garajes y Servicios de Transporte: categorías 2, 3, 4, 5, 6 y 7.

- Artesanía: todas las categorías.

- Industria y Almacenaje: todas las categorías.

- Comercio, Servicios y Oficinas: categorías 1, 2, 5 y 7.

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- Educativo y Cultural: Todas las categorías.

- Religioso: categorías 2 y 3.

- Hotelero: Todas las categorías

- Sanitario: categorías 2, 3 y 4. - Espectáculos: Todas las categorías. Sólo destinadas a actividades relacionadas con fines industriales. - Deportivo: categorías 2, 3, 4 y 5.

- Zonas Verdes: Todas las categorías.

- Servicios Funerarios Usos prohibidos: Los no especificados anteriormente.

…………” 2. Subzona IX.B - Pequeña industria y servicios de carretera. “……… Condiciones de Uso Usos permitidos: Se permite la ubicación de los siguientes usos:

- Residencial: unifamiliar, cuando sea necesario para la protección de las instalaciones. - Garajes y S. de Transporte: categorías 2, 3, 5, 6 y 7.- - Artesanía: Todas las categorías. - Industria y almacenaje: categorías 1, 2, 3, 4 y 5. La categoría 3 sólo industrias insalubres y nocivas en indice bajo (grado 1 y 2) según el Nomenclátor de actividades MINP.. - Comercio, Servicios y Oficinas: categorías 1, 2 y 7. - Educativo y Cultural: categoría 5, destinada a guarderías infantiles. - Religioso: categoría 3. - Sanitario: categoría 3. - Deportivo: categoría 4. - Zonas Verdes: todas las categorías. -.Espectáculos y Salas recreativas categorías 3,4,5 - Servicios Funerarios Usos prohibidos: Los no especificados anteriormente.

NORMAS URBANÍSTICAS PLAN PARCIAL POLÍGONO INDUSTRIAL “EL MELERO”.-

Art. 28: USOS COMPATIBLES CON EL INDUSTRIAL Se incluyen actividades no específicamente industriales como almacenes, laboratorios, centros informáticos, hipermercados, así como la venta y distribución de los productos correspondientes.

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El uso de viviendas se excluye, excepto las destinadas al personal encargado de la vigilancia y conservación de acuerdo con el Art. 50 de estas Ordenanzas. Así mismo se permite el uso de oficinas relacionadas directamente con las industrias establecidas. También en casos especiales, debidamente justificadas se podrá permitir el establecimiento de instalaciones de comercio al por mayor, con la aprobación previa de la Corporación Municipal. Se permiten actividades docentes y culturales de interés público. También se permite como Uso compatible con el Uso Industrial, el Uso Terciario, que se corresponde con el señalado en el art. 77 del Reglamento de Zonas de Ordenación Urbanística de la Comunidad Valenciana, esto es “Artículo 77.Uso Terciario”. En cualquier caso, los Estudios de Detalle se ajustarán al Reglamento de Planeamiento (Art. 65 y 66). Con el fin de establecer la mayor precisión y claridad de aplicación de las presentes Ordenanzas y sin perjuicio de las estipulaciones anteriormente indicadas, los Estudios de Detalle observarán los condicionamientos siguientes: 1.- En la Memoria se justificará la subparcelación que se proponga en función de la demanda de los tipos de parcela. 2.- Las vías interiores de nueva planta propuesta en el Estudio de Detalle se considerarán compatibles con el art. 65-C del Reglamento de Planeamiento cuando cumplan las condiciones siguientes: La suma de las longitudes de tramos de las nuevas vías será inferior a 500m. Los puntos de conexión de la vía del E.D. con la red del Plan Parcial serán como máximo 2. En este caso la distancia entre los puntos de conexión medida sobre ejes de la red viaria del Plan Parcial no será superior a 750m. Se permite el Uso Servicios Funerarios (definido en el Art. 6.17 del Plan General). NORMAS URBANÍSTICAS PLAN PARCIAL “EL TOLLO”.- 2.- REGLAMENTACIÓN URBANÍSTICA DEL SUELO.- 2.2.- USOS PORMENORIZADOS.-

“b) Los Usos Permitidos: Para la zona IX-B dentro de las parcelas industriales, son

los siguientes:

- Garajes y servicios de transporte: Categorías: 2.3.5.6 y 7 del P.G. (Estacionamiento en Planta baja para utilización de usuarios del edificio o para su uso comercial como estacionamiento público. Estacionamiento al aire libre en espacios privados. Taller de automóviles. Servicios públicos de transporte y estaciones de servicio).

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- Residencial (Unifamiliar, cuando sea necesario para la protección de las instalaciones, a razón de una vivienda por parcela. - Talleres de artesanía: Todas las categorías. -Industria y almacenaje: (Categorías 1.2.4 3 y 5 del P.G., que cumpla lo legislado en el Reglamento de Actividades Molestas, Insalubres, Nocivas y Peligrosas, así como las disposiciones vigentes sobre la materia). La categoría 3 sólo industrias insalubres y nocivas en índice bajo (grado 1 y 2) según el Nomenclátor de actividades MINP. - Oficinas, comercio y servicios de asistencia, reparación y exposición: Categorías 1.2. y 7 del P.G. - Educativo y Cultural: Categoría 5 del P.G, destinada a guarderías infantiles, para las necesidades del Sector. - Deportivo: Categoría 4 del P.G. - Zonas Verdes: Todas las categorías. - Sanitario para las necesidades del Sector: Categoría 3 P.G. -.Espectáculos y Salas recreativas categorías 3,4,5 - Uso Servicios Funerarios (definido en el Art. 6.17 del Plan General) NORMAS URBANÍSTICAS PLAN PARCIAL “NUEVO TOLLO”.- TÍTULO II.- CLASIFICACIÓN URBANÍSTICA. CONDICIONES GENERALES DE LOS USOS.-

Art.2.11.- Regulación del uso Servicios Funerarios (Art. 6.17 del Plan General)

Se deberá respetar las limitaciones indicadas en el Decreto DECRETO 39/2005, de 25 de febrero, del Consell de la Generalitat, por el que se aprueba el Reglamento que regula las prácticas de policía sanitaria mortuoria en el ámbito de la Comunidad Valenciana o cualquier otro que legalmente lo sustituya.”

SEGUNDO.- Solicitar informes de los distintos Departamentos y órganos de las Administraciones exigidos por la legislación reguladora de sus respectivas competencias en caso de resultar éstas afectadas por la modificación propuesta así como de las empresas que gestionen o exploten infraestructuras de servicios declarados esenciales o de utilidad pública, en los mismos casos.

INTERVENCIONES.- No se producen intervenciones. VOTACIÓN.-

Sometido el dictamen a votación resulta aprobado por unanimidad de los

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miembros presentes de la Corporación.

16.- APROBACIÓN, SI PROCEDE, DE LA MODIFICACIÓN PUN TUAL Nº 19 DEL PGOU DE UTIEL SOBRE MODIFICACIÓN DE USOS EN LA ZONA IV “INDUSTRIA EXISTENTE”. DICTAMEN.-

Por el Sr. Secretario se da lectura del informe emitido por la Comisión de Urbanismo que literalmente se transcribe: La Comisión Informativa de Urbanismo, en sesión ordinaria celebrada el día 23 de mayo de 2014, acordó elevar al Pleno la siguiente PROPUESTA DE ACUERDO:

ANTECEDENTES

I El Plan General de Ordenación Urbana de Utiel fue aprobado definitivamente el día 27 de enero de 1987.

II El artículo 94 de la Ley 16/2005, de 30 de diciembre, de la Generalitat, Urbanística de la Comunidad Valenciana autoriza a los Ayuntamientos a modificar los planes urbanísticos según el procedimiento establecido en cada tipo de Plan.

III La presente modificación se plantea por la limitación de usos en Zona IV Industrial Existente, en base a los condicionantes de los ámbitos incluidos en ella.

IV En la regulación de uso en la Zona IV Industrial Existente, es necesaria la modificación de las Normas Urbanísticas del Plan General en lo referente a los usos en la subzona IV Industria Existente. Con ello se pretende concretar y acotar los usos permitidos en la manzana delimitada por las calles Actor Rambal, Maldonado, Comuneros de Castilla y Marín Lázaro. El resto de Zonas más alejadas del suelo residencial, dadas sus ubicaciones tan diversas, deberían ser objeto de un estudio aparte

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que contemplara los usos existentes, la cercanía al suelo residencial, entre otros aspectos. La justificación de esta modificación se encuentra en la conveniencia de ajustar la ordenación a los usos ya implantados con anterioridad al PGOU, como es el caso de la indicada manzana, donde se propone permitir única y exclusivamente la industria agropecuaria.

En virtud de cuanto antecede, con fundamento en los artículos 65 a 68, 83.2 a), 90.2, 91, 94 y 104 a 106 de la Ley 16/2005, de 30 de diciembre, de la Generalitat, Urbanística Valenciana, el artículo 223 del Decreto 67/2006, de 12 de mayo, del Consell, por el que se aprueba el Reglamento de Ordenación y Gestión Territorial y Urbanística, los artículos 22.2 c) y 47.2 i) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, y demás de general y pertinente aplicación, visto el informe emitido por el Arquitecto Técnico Municipal, y teniendo en cuenta el Informe de la Técnico de Administración General y la Nota de Conformidad con el mismo de la Secretaría General, el Pleno de la Corporación Municipal adopta el siguiente:

ACUERDO

PRIMERO .- Someter a información pública la propuesta de Modificación Puntual nº 19 del PGOU de Utiel, por un periodo de un mes, mediante anuncio en el Diario Oficial de la Comunidad Valenciana y en un diario no oficial de amplia difusión en la localidad. Dicha propuesta implica la redacción de las Ordenanzas del PGOU de Utiel en los extremos a que se extiende la modificación en los siguientes términos:

VII.- DIVISIÓN DEL SUELO Y REGULACIÓN DE ZONAS.-

7.1.- SUELO URBANO.-

7.1.6.- ZONA IV. INSDUSTRIA EXISTENTE.-

Definición: Está constituido por el suelo urbano ocupado por actividades industriales almacenaje, de acuerdo con la zonificación del anterior Plan General de 1975. Concretamente en seis zonas :

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1. Los terrenos situados junto a la N-330 ocupados por UTISA (antes COVALMA) entre la citada carretera y la vía férrea. 2. Los terrenos situados en junto a la N-330 ocupados por las industrias de fabricación de artículos de plástico UTIEL INDUSTRIAL , SERVIPLAST. y terrenos anexos situados entre la N-330 y el polígono Industrial El Melero 3. El P-7 que comprende los terrenos ocupados por SIBELCO (fabricación de caolines) al OESTE del Camino del Cementerio 4. La U A 11 Terrenos situados al oeste del camino del Cementerio ocupados por GAPOMA (almacén y venta de materiales de construcción) y terrenos anexos 5. La U A 12 Terrenos situados entre SIBELCO vías férreas y camino del Cementerio Ocupados en su día por varias Industrias Vinícolas , Carpintería de Ricardo Fernández, varios almacenes de muebles, etc. 6. La manzana delimitada por las calles Actor Rambal, Maldonado, Comuneros de Castilla y Marín Lázaro ocupada en su totalidad por la COOPERATIVA AGRÍCOLA DE UTIEL Tipología Edificatoria: Edificación aislada, permitiéndose únicamente edificación adosada en industria nido, con superficie de parcela igual o menor de 1.000 m2 agrupadas en manzanas, y edificación pareada en parcelas de 1.000 a 3.000 m2 de superficie. Parcela Edificable: La superficie mínima de parcela será de 250 m2 con longitud mínima de fachada de 10 metros y en la que se pueda inscribir un rectángulo de 8 m. x 20 m. Retranqueos: El retranqueo mínimo frontal desde el lindero de la parcela a la línea de edificación será de 7 metros, y para la industria nido será de 5 metros. Respecto a cualquier otro límite de parcela, el retranqueo mínimo será d 3 metros. Unicamente se permitirá prescindir de los retranqueos laterales, cuando la edificación vaya adosada lateralmente a la de ora parcela contigua, prevista en la ordenación aprobada. En este caso, será obligada la construcción simultánea de ambos bloques o el compromiso formal de propietario a realizar la construcción de acuerdo con dicha ordenación. Edificabilidad Máxima: Considerando la edificabilidad sobre parcela neta, se asigna a esta superficie un aprovechamiento igual a 1,5 metros cuadrados construidos por metro cuadrado de parcela. Ocupación de Parcela: La edificación podrá ocupar una superficie máxima en planta del 70% de la parcela neta, salvo para la industria nido, cuya ocupación máxima en planta baja será del 80%. Altura Máxima de Edificación: En la edificación destinada a fabricación y almacenaje, ésta será d 10 metros salvo para las chimeneas, silo y demás elementos de edificación singular, en que la altura será libre. En los bloques destinados a oficinas, servicios y similares, la altura máxima será de 7 metros en dos plantas. Condiciones de Uso Usos dominantes: Industria y almacenaje.

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Usos obligatorios: 1 plaza de estacionamiento por cada 100 metros cuadrados de superficie construida. Cesión del 10% de la superficie de la parcela para zonas verdes de uso y dominio público que señale el Plan General. Usos permitidos: Se permitirán los usos que se especifiquen a continuación:

- Residencial: categoría 1 y solo cuando se necesario para protección de las instalaciones industriales de parcelas de 2.000 m2 de superficie mínima. - Garajes y S. de Transporte: categoría 3, 4, 5, 6 y 7.

- Artesanía: categorías 1 y 2.

- Industria: todas las categorías, salvo las clasificadas como nocivas o peligrosas en el Nomenclator anejo al Reglamento de Actividades Molestas, Insalubres, Nocivas o Peligrosas. A excepción de en la manzana delimitada por las calles Actor Rambal, Maldonado, Comuneros de Castilla y Marín Lázaro donde únicamente se admite la categoría 4 (industrias cuyo objeto es la preparación o transformación de materias primas agrícolas, ganaderas y forestales) sea cual sea su calificación según el citado Nomenclátor. ……………………………………………………

SEGUNDO.- Solicitar informes de los distintos Departamentos y órganos de las Administraciones exigidos por la legislación reguladora de sus respectivas competencias en caso de resultar éstas afectadas por la modificación propuesta así como de las empresas que gestionen o exploten infraestructuras de servicios declarados esenciales o de utilidad pública, en los mismos casos.

TERCERO.- Suspender la tramitación y el otorgamiento de licencias de actividad y de licencias urbanísticas conexas con aquéllas, en la zona afectada por la modificación en cuanto resulten incompatibles con la ordenación vigente y/o con la propuesta. Dicha suspensión se extinguirá, en todo caso, en el plazo de un año, si bien si dentro de ese plazo se produce la convocatoria de información pública, se mantendrá para el área indicada afectada por la modificación extinguiéndose definitivamente transcurridos dos años desde este acuerdo de suspensión.

INTERVENCIONES.-

Doña Susana Campillos Ballesteros: Nos sorprende que en el punto anterior estemos hablando de sacar una actividad molesta a los polígonos industriales mientras que en este punto se trate de lo contrario, es decir, de permitir en una zona industrial pero dentro del casco urbano una actividad calificada como molesta, insalubre y nociva. Para un tema delicado como es éste, para el que hay que buscar una solución porque es necesario el traslado de la almazara de su ubicación actual, no sé cómo se nos convoca hace quince días cuando la concejalía de urbanismo nos consta que tenía el tema sobre la mesa hace más tiempo, no sé por qué no se nos ha convocado antes para sentarnos tranquilamente para buscar una solución que sea buena para las dos partes,

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tanto para los socios de la Cooperativa como para los ciudadanos de Utiel. Si hay industrias pequeñas como, por ejemplo, una carpintería, a las que ya no se les deja instalarse hoy en día en el casco urbano teniendo que ubicarse en los polígonos, no entiendo cómo la almazara sí se puede permitir. Creemos que hay soluciones mejores y debería haberse tratado el asunto con más tiempo.

De todas formas, como el acuerdo dice que hay que solicitar ciertos informes y tenemos dudas sobre la cuestión, nos vamos abstener y una vez conozcamos dichos informes tomaremos una decisión.

Don Nicolás Molina Ponce: Voy a empezar leyendo parte del dictamen,

porque el Sr. Secretario no ha leído todo, se ha remitido a la propuesta de acuerdo. Para que todo el mundo tenga claro, lo que vamos a modificar en el PGOU afecta al punto VII División del suelo y regulación de zonas, Zona 4 Industria existente, donde regula los usos permitidos, en industria dice “todas las categorías salvo las clasificadas como nocivas o peligrosas en el nomenclátor anejo al reglamento de actividades molestas, insalubres, nocivas o peligrosas, a excepción de la manzana delimitada por las calles Actor Rambal, Maldonado, Comuneros de Castilla y Marín Lázaro donde únicamente se admite la categoría 4 Industrias cuyo objeto es la preparación a la transformación de materias primas agrícolas, ganaderas y forestales sea cual sea su calificación según el citado nomenclátor”. Para que todos nos entendamos esto significa poder poner la almazara del aceite en los terrenos de la Cooperativa Agrícola. En la reunión que tuve con la Presidente de la Cooperativa y con otra compañera ya les expuse que no me parecía la mejor solución por la razón que acaba de exponer Susana, porque en el punto anterior estamos intentando sacar industrias nocivas, insalubres o peligrosas fuera del casco urbano (aunque no sé hasta qué punto puedo calificar así a un tanatorio) y, sin embargo, aquí estamos abriendo la posibilidad contraria, por mucho que la manzana de que estamos hablando sea de suelo industrial. Dije tanto en la Comisión de Urbanismo como en la reunión citada y lo vuelvo a repetir aquí que me parece que el futuro de la Cooperativa Agrícola será salir del casco urbano de Utiel, como ya ha habido planteamientos no hace mucho tiempo. El Ayuntamiento debería hacer un esfuerzo para poder facilitar a la Cooperativa la instalación de la forma más rápida y económicamente posible, de esta actividad de almazara en los terrenos de los polígonos industriales. Por un lado porque, si algún otro interesado pretende hacer alguna modificación en terrenos de uso industrial que ya utilice ¿vamos a acceder igualmente? Y por otro lado, porque, como leía el Sr. Secretario, ahora el trámite es la exposición pública y la suspensión de otorgamiento de licencias, lo que significa que, si nos atenemos a la legalidad, muy probablemente no se podrán iniciar las obras de instalación de la almazara como mínimo en un par de meses. Si existiese algún suelo o alguna nave donde se pudiera instalar esta actividad, por ejemplo las famosas naves del SEPIVA, se podrían acortar mucho los plazos.

Insisto, cuando estamos sacando industrias fuera del casco urbano no entiendo que tengamos que modificar el Plan General para permitir industrias nocivas, insalubres o peligrosas dentro del casco urbano. También dije en la reunión con la Presidente de la Cooperativa y en la Comisión de Urbanismo que no sería yo el que esté en contra de que se instale en el lugar pretendido, pero me parece que el Ayuntamiento debe hacer el esfuerzo de facilitar que esas instalaciones estén en suelo industrial fuera del casco urbano. Es probable que en la ubicación que se pretende no se llegue nunca a la situación que hoy se vive con el vecino de la almazara en su localización actual pero

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pudiera ser que otros vecinos se consideren molestos con el cambio. Pienso que no se debe modificar el Plan General cuando creo que el Ayuntamiento puede ofrecer otras posibilidades.

Don José Luis Ramírez Ortiz: Por parte del Grupo municipal del

Partido Popular entendemos que hay un interés social claro, que es una decisión justa, y que nada tiene que ver con el punto anterior. En el punto anterior se trata de que una actividad que puede ser molesta para los vecinos, no se permita que esté en zona residencial. Aquí estamos hablando de una zona que en este momento es industrial, es muy distinto al supuesto anterior. Hasta qué punto no tiene mucho sentido la norma del PGOU que limita el establecimiento de ciertas actividades en dicho suelo industrial que la propia bodega no podría estar. La bodega de 1927, con los condicionantes del Plan General de sesenta años después, de 1985, no podría estar donde está. Lo que estamos haciendo con este cambio es que pueda estar la Cooperativa y que pueda estar uno de los centros productivos de la Cooperativa, como es la almazara. Es muy fácil apelar a otras soluciones. Creo que no habéis aportado ni en la Comisión ni aquí, ninguna que pueda tener cierta base. Decir que el Ayuntamiento ponga unas naves que ya están fabricadas (la actividad tendría que acondicionarse a la nave) y que luego las pague la Cooperativa no es realista. Por otra parte, hay que contar con la opinión de los titulares de la actividad. Ellos mismos habrán estudiado diversas posibilidades dentro de los condicionantes económicos que tienen. Entendemos, en fin, que no es nada descabellada, para nada, la propuesta que hoy traemos al Pleno. Por nuestra parte tenemos muy claro que vamos a votar a favor.

Doña Susana Campillos Ballesteros: Simplemente una matización. En

los tiempos actuales si se tuviese que hacer una Cooperativa nueva no se permitiría en el lugar donde está.

Don José Luis Ramírez Ortiz: Digo que el PGOU calificó esos terrenos

como de uso industrial porque estaba en ellos la bodega y, sin embargo, cometió la incongruencia de prohibir el uso de bodega. Lo que se hace con esta modificación es adecuar el Plan a una realidad ya existente.

Doña Susana Campillos Ballesteros: Nosotros queremos que se

solucione el problema pero entendemos que hablando con tiempo suficiente y no en quince días se podrían haber encontrado otras soluciones factibles y mejores, tanto para los socios de la Cooperativa como para el resto de los ciudadanos.

Don José Luis Ramírez Ortiz: No habéis propuesto ninguna en este

Pleno. Doña Susana Campillos Ballesteros: No lo he hecho porque sabía que

iba a hacerlo Nicolás, apoyo más su propuesta que la vuestra. Don José Luis Ramírez Ortiz: Me refiero a propuestas viables y con

cierta lógica.

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Don Nicolás Molina Ponce: Dime qué es una propuesta viable para ti. Todos sabemos el interés social de la Cooperativa de Utiel en Utiel, pero eso no tiene nada que ver porque el interés social de la Cooperativa sigue siendo el mismo estando la almazara en un sitio o en otro. Que me digas que la opción que propone la Cooperativa le interesa más económicamente, lo entiendo perfectamente, estamos discutiendo por un interés económico de la Cooperativa.

La viabilidad o no de las opciones depende de que se estudien y se vean las posibilidades. Hace un par de meses se trató este asunto en la Comisión de Urbanismo y se decidió dejarlo para más adelante. No debemos dejarnos llevar por la urgencia que tiene la Cooperativa para hacer el traslado antes de la próxima campaña. Al final se trata de un motivo particular de la Cooperativa, el económico, y el Ayuntamiento debe actuar a favor del interés general.

He dicho que yo no seré el que ponga un palo en la rueda pero considero que hay otras posibilidades, y he expuesto una, las naves del SEPIVA. Todo lo demás es pura demagogia.

Don José Luis Ramírez Ortiz: Te agradezco que hayas dicho que se vio

el asunto hace más de dos meses en la Comisión de Urbanismo porque entonces no coincide con la premura con la que decís que ha venido este tema al Pleno.

Doña Susana Campillos Ballesteros: No digas eso porque este tema no

se ha visto. Don José Luis Ramírez Ortiz: Digo lo que ha dicho Nicolás. Don Nicolás Molina Ponce: He dicho que se comentó. Don José Luis Ramírez Ortiz: Lo has dejado muy claro, Nicolás. Tú

también tendrás que contar con la voluntad de la empresa que va a llevar a cabo algo para que sea viable. Estas haciendo propuestas sin contar ni con la Cooperativa ni con el dueño del suelo industrial al que te refieres.

Nicolás, como has dicho que por ti no va a ser, te invito a que votes a favor.

VOTACIÓN.- Sometido el dictamen a votación resulta aprobado con los votos a favor de los Sres. Concejales presentes del Grupo municipal del Partido Popular (8) y de los Sres. Concejales presentes del Grupo municipal del Partido Socialista Obrero Español (5) y las abstenciones de la Sra. Concejal del Grupo municipal de Utiel Siglo XXI (1) y del Sr. Concejal del Grupo municipal de Izquierda Unida del País Valenciano (1). 17.- APROBACIÓN, SI PROCEDE, DE LA PRÓRROGA DEL CONVENIO SUSCRITO POR EL AYUNTAMIENTO DE UTIEL CON LA DIPUTA CIÓN PROVINCIAL DE VALENCIA PARA EL MANTENIMIENTO DEL CE NTRO

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MUNICIPAL DE FORMACIÓN DE PERSONAS ADULTAS. DICTAMEN.-

Por el Sr. Secretario se da lectura del informe emitido por la Comisión de Bienestar Social que literalmente se transcribe: La Comisión Informativa de Bienestar Social, en sesión celebrada el 22-05-2014, emitió el siguiente dictamen: DICTAMEN

Visto el escrito presentado por Diputación de Valencia, solicitando la conformidad de la prórroga del Convenio de colaboración para el mantenimiento del Centro de Educación Permanente de Adultos de Utiel establecido con este Ayuntamiento, según lo estipulado en la cláusula 6 del citado convenio, correspondiente al curso escolar 2014-2015 (1 de septiembre 2014 al 31 de agosto 2015), la Comisión Informativa de Bienestar Social dictamina por unanimidad de los miembros favorablemente el mismo, proponiendo al Pleno de la Corporación la adopción del siguiente acuerdo:

“Vista la propuesta que formula la Comisión de Bienestar Social con motivo del escrito presentado por Diputación de Valencia, solicitando la conformidad de la prórroga del Convenio de colaboración para el mantenimiento del Centro de Educación Permanente de Adultos de Utiel establecido con este Ayuntamiento, según lo estipulado en la cláusula 6 del citado convenio, correspondiente al curso escolar 2014-2015 (1 de septiembre 2014 al 31 de agosto 2015).

Para que se produzca la prórroga es preciso la conformidad de ambas entidades, estando conforme con la misma Diputación de Valencia.

La Comisión Informativa de Bienestar Social por unanimidad de sus miembros propone al Pleno de la Corporación la aprobación de la prórroga:

PRIMERO.- Dar la conformidad para la prórroga del Convenio suscrito entre la Diputación de Valencia y este Ayuntamiento para el mantenimiento del Centro Municipal de Formación de Personas Adultas por un año más, del 1 de Septiembre de 2014 al 31 de Agosto de 2015 (curso escolar 2014-2015).

SEGUNDO.- Comprometerse a cumplir con las obligaciones que se deriven de la recepción de la subvención.”

INTERVENCIONES.-

No se producen intervenciones. VOTACIÓN.-

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Sometido a votación el dictamen resulta aprobado por unanimidad de los miembros presentes de la Corporación. 18.- NOMBRAMIENTO DE LA PERSONA QUE HA DE OCUPAR LA SECRETARÍA DE LA COMISIÓN SECTORIAL DE FESTEJOS DEL AYUNTAMIENTO DE UTIEL. DICTAMEN.-

Por el Sr. Secretario se da lectura del informe emitido por la Comisión de Bienestar Social que literalmente se transcribe: La Comisión Informativa de Bienestar Social, en sesión ordinaria celebrada el día 22 de mayo de 2014, con los votos a favor de todos los concejales miembros de esta Comisión, pertenecientes a los Grupos: Partido Popular, PSOE, Izquierda Unida y Utiel Siglo XXI, acordó elevar al Pleno la siguiente PROPUESTA DE ACUERDO:

ANTECEDENTES

I

En sesión plenaria extraordinaria de 16 de junio de 2011 se acordó la composición de la Comisión Sectorial de Festejos. Asimismo se designó como Secretaria de la misma a doña Inmaculada Hernández Alcaide.

II

Como consecuencia de la redistribución de funciones llevada a cabo en el Departamento de Urbanismo se considera conveniente la sustitución de la titular de la Secretaría por doña Sonia Reyes Hernández.

En virtud de cuanto antecede, con fundamento en el art. 131 del Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, y demás de general y pertinente aplicación, visto el informe de Secretaría, el Pleno de la Corporación Municipal adopta el siguiente:

ACUERDO

PRIMERO.- Cesar en el cargo de Secretaria de la Comisión Sectorial de Festejos, con fecha de efectos 1 de marzo de 2014, a la funcionaria de este Ayuntamiento, doña Inmaculada Hernández Alcalde, agradeciéndole los servicios prestados.

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SEGUNDO.- Designar como Secretaria de la Comisión Sectorial de Festejos a la funcionaria de este Ayuntamiento, doña Sonia Reyes Hernández, con fecha de efectos 1 de marzo de 2014.

TERCERO.- Dar traslado de este acuerdo a la interesada y a los Departamentos de Personal e Intervención-Tesorería del Ayuntamiento de Utiel y proceder a su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia de Valencia.

INTERVENCIONES.- No se producen intervenciones. VOTACIÓN.- Sometido a votación el dictamen resulta aprobado por unanimidad de los miembros presentes de la Corporación. 19.- APROBACIÓN, SI PROCEDE, DE INCOACIÓN EXPEDIENT E DE INVESTIGACIÓN DE BIENES PRESUNTAMENTE PÚBLICOS EN RELACIÓN CON EL CAMINO EXISTENTE ENTRE LAS PARCELAS 187 DEL POLÍGONO 24 Y PARCELAS 1,2 Y 3 DEL POLÍGONO 29, DEL TÉRMINO MUNICIPAL DE UTIEL. DICTAMEN.-

Por el Sr. Secretario se da lectura del informe emitido por la Comisión de Agricultura que literalmente se transcribe:

Habiéndose suscitado dudas sobre la titularidad del camino existente entre las parcelas 187 del polígono 24, y parcelas 1, 2 y 3 del polígono 29, de este Término municipal, como consecuencia de los escritos presentados en el Retén de la Policía Local por D. Luís Navarro Fernández, solicitando se reconozca a su favor la titularidad del camino mencionado, que figura a nombre de este Ayuntamiento de Utiel, y las vertidas por D. Luís Lacruz Ponce que se afirma en sentido contrario.

Considerando que en este caso concurren los presupuestos para el ejercicio de la potestad de investigación.

Visto el informe emitido por la Vicesecretaría General, y de conformidad con lo establecido en el artículo 49 del Real Decreto 1372/1986, de 13 de junio, por el que se aprueba el Reglamento de Bienes de las Entidades Locales, la Comisión Informativa de Agricultura y Medio Ambiente, en reunión celebrada el pasado día 12 de mayo del corriente, por unanimidad de sus miembros, propone a la Corporación Municipal la adopción del siguiente

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ACUERDO

PRIMERO. Incoar expediente de investigación sobre la titularidad de los bienes referenciados al objeto de determinar sobre la pertenencia a la Corporación Local y recabar de los Registros que procedan cuantos antecedentes y datos conste relativos a los investigados, incorporándose al expediente las certificaciones que se expidan a este efecto.

SEGUNDO. Publicar el acuerdo de iniciación en el Boletín Oficial de la Provincia de Valencia. Asimismo exponer en el tablón de anuncios del Ayuntamiento un ejemplar de dichos boletines durante un plazo de quince días.

TERCERO. Dar traslado, si da lugar, del acuerdo de iniciación a la Administración General del Estado y a la de la Comunidad Autónoma para que, en su caso, puedan hacer valer sus derechos y alegar lo procedente.

CUARTO. Notificar a los afectados por el expediente de investigación que resulten conocidos e identificables.

QUINTO. Abrir trámite de información pública por plazo de un mes, contado desde el día siguiente al que deba darse por terminada la publicación de los anuncios en el tablón de la Corporación, para que las personas afectadas por el expediente de investigación puedan alegar por escrito cuanto estimen conveniente a su derecho ante la Corporación, acompañando todos los documentos en que funden sus alegaciones.

SEXTO. Finalizado el plazo para presentar alegaciones, abrir un período de prueba por plazo de quince días en el que serán admisibles los siguientes elementos:

— Los documentos públicos judiciales, notariales o administrativos otorgados con arreglo a Derecho.

— El reconocimiento y dictamen pericial.

— La declaración de testigos.

SÉPTIMO. Practicadas las pruebas y valoradas por los Servicios de la Corporación, poner de manifiesto el expediente a las personas a quienes afecte la investigación y hubieren comparecido en él, para que, durante un plazo de 10 días, aleguen lo que crean conveniente a su derecho.

INTERVENCIONES.-

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Don Francisco Argudo Ramírez: Es simplemente una aclaración. Se trata de un bien que se considera que es de propiedad pública y alguien dice que no, entonces se abre un expediente y se lleva a Pleno. Hay otro escrito que hemos visto en la Comisión de Agricultura en el que una señora dice que un terreno que está inscrito a nombre del Ayuntamiento es de ella. También habrá que ver si tiene razón o no. ¿No se lleva a Pleno? Un caso se trae y el otro no. Quiero que se me explique la diferencia.

Don José Luis Ramírez Ortiz: Considero que si alguien realiza una

reclamación y el Ayuntamiento ve clarísimo que no tiene razón se le contesta sin más. Otra cosa es cuando haya que aportar pruebas por ambas partes porque la cuestión no esté del todo clara. Entiendo, no sé.

Don Francisco Argudo Ramírez: ¿En el caso de esta parcela la señora

tiene razón?, sin llevarlo a Pleno, sin hacer investigación. Sólo quiero una aclaración jurídica.

Don Jacinto Murciano Latorre, Sr. Concejal delegado de agricultura

del Grupo municipal del Partido Popular: En la Comisión vimos tres expedientes. Uno que todos consideramos que estaba claro y los otros dos respecto de los que se iba a abrir expediente de investigación.

Don Francisco Argudo Ramírez: ¿Por qué se trae aquí uno y el otro

no? Don Jacinto Murciano Latorre: Se va a hacer la investigación en los

dos casos. Supongo que no habrá dado tiempo a traerlo a este Pleno y vendrá al siguiente.

Don Francisco Argudo Ramírez: De acuerdo, era simplemente una

aclaración. VOTACIÓN.-

Sometido a votación el dictamen resulta aprobado por unanimidad de los miembros presentes de la Corporación.

20.- PROPOSICIÓN.- APROBACIÓN, SI PROCEDE, DEL ACOGIMIENTO POR PARTE DEL AYUNTAMIENTO DE UTIEL A LAS MEDIDAS D E MODIFICACIÓN DE LAS CONDICIONES FINANCIERAS DE LA OPERACIÓN DE PRÉSTAMO SUSCRITO POR ESTE AYUNTAMIENT O AL AMPARO DEL REAL DECRETO LEY 4/2012, DE 24 DE FEBRERO, PREVISTAS EN EL ACUERDO DE LA COMISIÓN DELEGADA DEL

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GOBIERNO PARA ASUNTOS ECONÓMICOS DE 24 DE ABRIL DE 2014. Previamente al debate y votación de la proposición, la Corporación acuerda, por unanimidad de los miembros presentes, tratar este asunto inmediatamente después del noveno de los del orden del día, como consecuencia de la conexión de sus objetos. No habiendo sido dictaminado este punto por la Comisión informativa correspondiente, se somete a la consideración del Pleno su inclusión en el orden del día, conforme al artículo 82.3 del Real Decreto 2568/1986, siendo ratificada la misma por unanimidad de los miembros presentes.

DICTAMEN.-

Por el Sr. Interventor se da lectura de la proposición presentada por el Concejal Delegado de Hacienda, que literalmente se transcribe: Solicitud de acogimiento a la modificación de determinadas condiciones financieras de la operación de endeudamiento suscrita por el Ayuntamiento de Utiel con cargo al mecanismo de financiación para el pago a los proveedores de las entidades locales.

Reunida la Comisión de Hacienda en sesión ordinaria celebrada el día 21 de mayo de 2014, con los tres votos favorables de los representantes del Partido Popular y las tres abstenciones de cada uno de los representantes de los Partidos PSOE, Utiel Siglo XXI e Izquierda Unida, se acordó elevar al Pleno la siguiente propuesta de acuerdo:

Dada cuenta tanto del acuerdo de la Comisión delegada del Gobierno para asuntos económicos de 24 de Abril de 2014 por la que se modifican las condiciones financieras de los préstamos suscritos al amparo del Real Decreto Ley 4/2012 de 24 de Febrero para facilitar el pago de los proveedores de las entidades locales, así como de la Resolución de 13 de mayo de 2014, de la Secretaría General de Coordinación Autonómica y Local por la que se da cumplimiento al referido acuerdo de la Comisión Delegada, y publicada en el B.O.E. de 14 de Mayo de 2014.

Considerando que de las medidas contempladas en la citada resolución la que mejor se ajusta a las circunstancias económicas del Ayuntamiento de Utiel es la que se menciona en tercer lugar, es decir: “una mayor reducción, respecto de los casos anteriores, del tipo de interés en los términos que fija aquel acuerdo, manteniendo los iniciales periodos de autorización y de carencia “.

Considerando que en el citado caso la reducción máxima del tipo de interés será de unos 140 puntos básicos, lo que significa reducir el diferencial actual sobre el Euribor trimestral del 5,25 % al 3,80 %.

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De acuerdo con los compromisos adoptados por el Pleno de esta Corporación, vistos los informes pertinentes, se propone por el Concejal de Hacienda la adopción del siguiente acuerdo:

1º) Acogerse a las medidas de modificación de las condiciones financieras de la operación del préstamo suscrito por este Ayuntamiento al amparo del Real Decreto Ley 4/2012 de 24 de Febrero que regulaba el Plan de Pago a Proveedores de las entidades locales, y en concreto a la prevista en el apartado “ mayor reducción, respecto de los casos anteriores, del tipo de interés en los términos que fija el Acuerdo de la Comisión Delegada del Gobierno para asuntos económicos de 24 de Abril de 2014, manteniendo los iniciales períodos de amortización y de carencia.”

La citada modificación supone la reducción del tipo de interés en unos 140 puntos básicos.

2º) Que por Intervención Municipal se remita telemáticamente la información requerida por el Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas dentro del plazo concedido al efecto.

INTERVENCIONES.-

No hay intervenciones. VOTACIÓN.- Sometido a votación el dictamen resulta aprobado por unanimidad de los miembros presentes de la Corporación. 21.- FUNCIONES DE CONTROL Y FISCALIZACIÓN.

A.- RESOLUCIONES DE ÓRGANOS UNIPERSONALES.

De conformidad con el artículo 46 e) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local y el artículo 42 del Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, por el Sr. Alcalde-Presidente se dio cuenta de las Resoluciones de la Alcaldía números 2014-0287 a 2014-0418 ambas inclusive, de las Resoluciones adoptadas por la Concejalía Delegada de Urbanismo, números 2014-0078 a 2014-0107, ambas inclusive, y de las Resoluciones adoptadas por la Concejalía Delegada de Hacienda, números 2014-0059 a 2014-0077, ambas inclusive, emitidas todas ellas desde la última sesión ordinaria.

Don Nicolás Molina Ponce: La resolución de Alcaldía 321/2014 dice

que se contrata a una persona como peón de mantenimiento del albergue de Estenas desde el 5 de mayo de 2014, realizando 10 horas semanales y percibiendo una

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retribución bruta mensual de 300 euros por todos los conceptos. Mi pregunta es por qué esa plaza no se saca públicamente como otras.

Don José Luis Ramírez Ortiz: Prácticamente lo que va a hacer es la

limpieza y recoger y dejar las llaves, igual que el del albergue de El Remedio. Se habló con la Junta de Vecinos de Estenas y se les dijo que convenía que fuera una persona que estuviera allí o que tuviera allí casa, pues teniendo en cuenta lo que se cobra no puede realizar muchos desplazamientos hasta el albergue. Independientemente de eso el procedimiento seguido es totalmente legal.

Don Nicolás Molina Ponce: Se trata simplemente de una cuestión de

transparencia y de igualdad. Ya sabemos que Estenas no es muy grande pero probablemente hubiera habido más personas interesadas.

Doña Susana Campillos Ballesteros: No me voy a meter en la

contratación, otras veces se ha hecho también sin transparencia o por procedimientos no legales. Pero que no se diga que es una persona que viva allí porque la contratada no vive allí, vive en Utiel.

Don José Luis Ramírez Ortiz: O que tenga casa allí, he dicho.

B.- RUEGOS Y PREGUNTAS.

Don Nicolás Molina Ponce: El día 24 de abril tiene entrada en el Registro del Ayuntamiento una moción de un sindicato agrario en la que habla de la situación del sector y pretende que se lleve a Pleno para debatir y para que se aprueben los puntos que propone. Si somos tan sensibles al problema agrario ¿por qué no se atiende esta moción y se lleva al Pleno?

Hay una solicitud de la empresa CHM Obras e Infraestructuras para el

pago de las certificaciones emitidas correspondientes a la obra de la piscina cubierta de Utiel. Después de tantos años de la obra de la piscina ¿todavía hay alguna certificación pendiente?

Hay otro escrito comunicando un auto del Juzgado de lo Mercantil nº

Uno de Valencia por el que se procede a la apertura de la fase de liquidación de la empresa Valencia Reial S.L.U. ¿Es la empresa de lo de la Cruz Roja, la obra por la que pregunté hace un par de Plenos? ¿En qué situación se encuentra la obra?

Hay otro escrito del área de Carreteras de la Diputación de Valencia

solicitando información sobre el proyecto de rehabilitación de la plataforma de la CV391. Entiendo que es la carretera de El Remedio que va hacia Villar de Tejas y hacia Villar de Olmos. Esta carretera se arregló hace un año o año y medio. ¿Se está asfaltando otro tramo de carretera?

Por último, un escrito con entrada el día 27 de mayo de la Consellería de

Educación, Cultura y Deporte remitiendo resolución de aprobación de las obras

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definitivas del proyecto de refuerzo de estructura de cubierta, reapertura de puerta, instalación de cortavientos y rampa de acceso a la capilla de la Iglesia de Nuestra Señora de la Asunción de Utiel. ¿Tiene el Ayuntamiento algo que ver en esa reforma o se nos comunica por la Consellería simplemente porque afecta a un inmueble de Utiel?

Don José Luis Ramírez Ortiz: Te contesto las que en este momento te

puedo contestar. Respecto a la moción del sindicato, no tenemos obligación de

introducirla en el Pleno. En cuanto a la finalización de la obra de la entrada te puedo avanzar poco

más. Estamos esperando que Consellería invite a las empresas de Utiel cuyos datos proporcionamos al concurso para la finalización de la obra.

Y en cuanto a la notificación de la Consellería de Cultura, hemos

conseguido financiación de la Diputación para arreglar la capilla posterior de la Iglesia. El coste lo va a cubrir al cien por cien la Diputación. Al ser un BIC necesitamos autorización de la Consellería de Cultura. Lo que has visto es esa autorización de la Consellería. Y, no habiendo más asuntos oficiales que tratar y ninguno de los presentes más que añadir, por el Sr. Alcalde-Presidente se dio por terminado el acto siendo las 22:00 horas, ordenando que por mí, el Secretario se extendiera la correspondiente acta, de todo lo cual doy fe. EL ALCALDE, EL SECRETARIO GENERAL, D. JOSÉ LUIS RAMÍREZ ORTÍZ. D. MIGUEL FORN SÁNCHEZ.