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ABSOLUCIÓN A LAS CONSULTAS FORMULADAS A LAS BASES

DEL PROCESO DE SELECCIÓN N° 001-2011-OEFA-DS

7. Acabo de enterarme de la convocatoria de Tercero Supervisor en el OEFA. No he

tenido oportunidad de inscribirme en el Registro de Supervisión y Fiscalizadores el

mes de Abril del 2011, por que me encontraba fuera del país.

He terminado una maestría en Geología Ambiental en Texas y me gustaría saber si

todavía existe alguna oportunidad de presentar mis papeles en la OEFA para TS o si

habrá alguna otra convocatoria pronto. Justamente mi tesis fue sobre contaminación

de suelos y aguas en minas abandonadas y me interesaría mucho poder ser parte del

equipo de TS de la OEFA. Tengo experiencia como Inspectora en SGS.

Respuesta:

La inscripción en el Registro de Supervisores se realizará durante todo el año,

por lo que se puede realizar en cualquier momento, no obstante en el presente

proceso de selección sólo participan los profesionales inscritos en el registro

hasta el 25 de mayo de 2011. De acuerdo a los requerimientos de supervisores

de la Dirección de Supervisión del OEFA se convocará a otros procesos de

selección.

8. Reciban un cordial saludo. Tengo una duda acerca del concurso. He recibido un

mensaje donde se me indica que he sido registrada en el REGISTRO DE

TERCEROS SUPERVISORES FISCALIZADORES DEL OEFA SUB SECTOR

MINERÍA (hasta el 25 de mayo del 2011). He llamado a la Oficina de la OEFA en

Lima, y se me indicó que ahora debería enviar UNA CARTA DE CONFIRMACIÓN DE

PARTICIPACIÓN para los SUPERVISORES FISCALIZADORES SUBSECTOR

MINERÍA, he enviado la carta por físico, por FAX, y a este correo, además

adjuntando la constancia de envío del currier y del FAX, así como se me indicó

cuando hice la llamada telefónica.

El día de hoy, 30 de junio del presente año, he llamado de nuevo para CONFIRMAR

MI PARTICIPACIÓN EN EL CONCURSO, sin embargo se me ha informado que

solamente el concurso es para PERSONAS JURÍDICAS , y yo me he presentado

como PERSONA NATURAL, ya que en LA RESOLUCIÓN DE SECRETARIA

GENERAL N° 018 - 2011 / OEFA-SG, publicada en la PAGINA WEB DE LA OEFA,

en las BASES DEL CONCURSO, indica lo siguiente:

"Que, para cumplir con sus Programas de Supervisión Regular a las diferentes

Unidades Mineras, la Dirección de Supervisión requiere contar con los servicios de

Terceros Supervisores, seleccionándolos mediante concurso de entre las personas

naturales y jurídicas inscritas previamente en el registro antes citado, para lo cual

mediante el Memorándum N° 883-2011-OEFA/DS adjunta las Bases del Proceso de

Selección de Terceros Supervisores para Actividades Mineras;"

En la CONVOCATORIA publicada, se indica lo siguiente:

Se convoca a los Supervisores a participar en el Proceso de Selección de Terceros

Supervisores Fiscalizadores que ejecutarán el Plan Anual de Evaluación y

Fiscalización Ambiental 2011 del Área de Minería de la Dirección de Supervisión del

OEFA. Los postulantes para participar en el proceso de selección, deberán haberse

inscrito en el registro de Supervisores Fiscalizadores o haber solicitado la inscripción

hasta el 25 de mayo de 2011.

Por lo anteriormente mencionado creo conveniente que se debe aceptar mi CARTA

DE CONFIRMACIÓN DE PARTICIPACIÓN EN EL MENCIONADO CONCURSO, ya

que he sido inscrita en el REGISTRO hasta el 25 de mayo del presente año.

Respuesta:

Ver respuesta de la Pregunta N° 06.

9. Los saludamos cordialmente y le solicitamos nos indique si hasta el día de mañana

01 de julio, se puede incluir nuevos supervisores a la Nómina de las Empresas

Supervisoras. Por favor a la espera de su respuesta.

Respuesta:

Ver respuesta de la Pregunta N° 03.

10. El día, 28 de Junio ingresamos nuestra confirmación de inscripción con todos los

documentos requeridos, nuestra consulta es respecto a los supervisores presentados.

En las bases del concurso mencionan que deben ser TSF registrados, que es el caso

de los cuatro profesionales presentados por nosotros, pero en la Absolución de

Consultas (2), mencionan que los Supervisores con categoría 3 "no participaran en el

presente proceso", lo que no es mencionado en las bases de la convocatoria en

ningún punto.

En nuestro caso nosotros contamos con todos los requisitos solicitados en las Bases:

TSF inscritos, número mínimo exigido, CV de cada profesional, etc.

Por lo antes indicado les solicitamos aclarar nuestra condición, toda vez que

reunimos todos los requisitos de las bases.

Respuesta:

En el anexo 2 de las bases del proceso de selección de terceros supervisores

se señala los perfiles de los profesionales requeridos para ejecutar las

supervisiones ambientales en el presente año en el subsector minería. Dentro

de los profesionales requeridos se encuentran supervisores 1 y supervisores 2.

11. Con fecha 12 de abril del presente cumplimos con presentar la empresa

ACOMISA con la documentación solicitada para su publicación del 25 de

abril; en el mes de mayo al observar que no estábamos inscritos, se nos

informó que no se había incluido la Declaración Jurada de Personas

Jurídicas, documento que fue subsanado antes del 25 de mayo del 2011.

En junio se publicó los profesionales aptos hasta el 25 de mayo, en el

cual no figuraban algunos profesionales de nuestra nómina; al realizar

el reclamo correspondiente se nos informó que faltaban algunos

documentos que debían ser subsanados de inmediato para ser considerados

en la lista al 25 de mayo de 2011, se cumplió con fecha 23 y 25 de Junio

con la subsanación correspondiente.

Nuestra consulta es sí al haber subsanado oportunamente la

documentación faltante, se va a considerar a dichos profesionales en el

presente Concurso, ya que son supervisores de mucha experiencia con

categoría 1.

Respuesta:

La subsanación a las observaciones efectuadas por el Comité Especial se ha

efectuado recién los días 23 y 25 de junio, posterior al 25 de mayo de 2011,

fecha de corte que señala las bases del proceso de selección de terceros

supervisores, por lo que los profesionales registrados hasta el 25 de mayo son

los que participan en el presente proceso de selección.

12. Les agradecería me informen si es suficiente presentar ante ustedes los documentos

que los profesionales de nuestro equipo, calificados para el Registro, están recibiendo

de recientes capacitaciones, o si debemos actualizar el Anexo II presentado para el

Registro y remitirlo a Uds. nuevamente.

Respuesta:

Ver respuesta de la Pregunta N° 01.

13. Favor de considerar las siguientes consultas:

1.- En el numeral 4.4 se señala como criterios de conformación de grupos los

siguientes:

a) que tenga mínimo 4 supervisores.

b) por lo menos uno de los supervisores tenga la categoría S1.

¿no se tomará en cuenta las especialidades de los supervisores para conformar los

equipos?

2.- En caso que un profesional tenga amplia experiencia en operaciones mineras,

así como en la elaboración de estudios ambientales, además de una maestría en

medio ambiente, consiguiendo un puntaje de 20 (muy superior al mínimo):

a) ¿Pasaría a la segunda etapa a pesar de no tener ninguna experiencia en

supervisiones ambientales?

b) Si tuviera experiencia en supervisiones o auditorías de seguridad ¿se le

asignaría puntaje?

Respuesta:

Las especialidades de los profesionales fueron evaluados para la inscripción

en el registro de Supervisores, en el proceso de selección no se evaluará las

especialidades.

La evaluación curricular se realizará estrictamente a los criterios de

evaluación señalados en el numeral 7.3.1 de las bases del presente proceso

de selección.

La experiencia en supervisiones o auditorias en seguridad no forma parte de

los criterios de evaluación.

14. Mucho agradeceremos se sirvan tomar en consideración la petición de

incluir en el Proceso de Selección de Supervisores de la Dirección

de Supervisores, a los supervisores y/o empresas supervisoras que han

solicitado su inscripción en el mes de junio del 2011, en el entendido

que todos debemos tener igualdad de oportunidades.

Respuesta:

El proceso de selección se realizara con los profesionales registrados

hasta el 25 de mayo de 2011.

15. Mi consulta es respecto al número mínimo de supervisores que debe acreditarse

para poder participar en el concurso, el tema es que nuestra empresa se

encuentra acreditada con 02 profesionales aptos y un tercer profesional (Abogado

Miguel Pereda Palacios) observada su inscripción por falta de documentos que

sustenten su experiencia profesional, lo que ya fue subsanado y nos encontramos

a la espera que se publique su nombre en la relación de Aptos en su registro de

terceros supervisores.

Al momento de inscribirnos como persona jurídica, no se nos informó respecto a

un número mínimo de profesional para poder participar en futuros concursos,

razón por la cual les solicitamos nos informe si podemos participar con los

profesionales registrados en nuestra empresa.

En caso de ser indispensable de contar con el numero indicado por ustedes (04

profesionales), la forma como poder incorporar otros profesionales y la

documentación que deben firmar o emitir para ser considerados en la nómina de

nuestros profesionales. En caso sea posible contar con los email de los

profesionales aptos y poder contactarnos con alguno de ellos.

Por último, en lo que respecta al CV de cada profesional, para su respectiva

evaluación, si esto debe ser documentado y modo de presentación (algún formato en

especial?).

Respuesta

De acuerdo al numeral 4.4 de las bases del presente proceso de selección, la

cantidad mínima requerida de profesionales por empresa supervisora es 4

profesionales, de los cuales uno debe tener la categoría de supervisor 1.

El cambio de un profesional de una empresa a otra, será posible en la medida

que ambas a la fecha se encuentren inscritas en el Registro de Terceros

Supervisores y Fiscalizadores del OEFA, debiendo adjuntar con su solicitud la

copia de la Carta de Renuncia, con el respectivo sello de recepción de la

empresa donde aparece como profesional inscrito y la copia de la Carta de

Aceptación dirigido al solicitante por parte de la nueva empresa.

En cuanto al Curriculum Vitae, de acuerdo a la absolución de la consulta N° 1,

se presentará dicho documento en la medida que considere que exista

información adicional que deba agregar, para su evaluación de acuerdo a los

criterios establecidos en el numeral 7.3.1 de las bases del concurso.

16. Respecto a las Bases del concurso de selección, no se indica un modelo

de currículo vitae, quisiera saber:

1.- ¿Si se va a considerar para la

enviado para la inscripción de supervisores?

evaluación curricular el currículo

2.- En caso contrario, ¿Se podría volver a presentar el currículo

vitae utilizando el mismo formato que se usó para la inscripción, y

añadir las Supervisiones realizadas, ya que en algunos casos se

presento la experiencia en Supervisiones en forma general en el

Currículo de algunos Profesionales; dado que en la evaluación

curricular de las bases se tomara en cuenta el número de supervisiones

realizadas?

Respuesta:

Ver respuesta de la Pregunta N° 01.

17. Quisiera que nos disculpen por hacer las consultas hoy, debido que en la página del

OEFA no se podía visualizar las bases, gracias a una consulta realizada es que

pudimos tener acceso a la convocatoria.

Las consultas y dudas son las siguientes:

En el punto 8.4 dice "Las supervisoras podrán ser contratados hasta por un plazo

de 4 meses..." . En el período de supervisión del 2010, se firmó el contrato el 3

de setiembre y hasta la fecha estamos aún en el proceso de revisión de informes

o sea, casi 10 meses después. ¿Se realizará el proceso completo en 4 meses?

2. En el punto 9. ..."Así mismo, formarán parte de la liquidación todos aquellos

gastos que irroguen la ejecución de la supervisión como, alojamiento,

alimentación, alquiler de equipos y vehículos, análisis de muestras, etc." En el

período de supervisión del 2010, Tecnología XXI S.A. , cubrió los gastos

operativos, de todas las supervisiones, lo que nos ocasionó gastos financieros,

para cubrir los pagos por préstamos asumidos por mi representada para cumplir

esta labor. El pago de los análisis químicos se hicieron por cuenta de tecnología,

derivando luego a las empresa a pagar directamente al laboratorio, para evitar

gastos administrativos dobles. ¿Este año, se realizará la supervisión en las

mismas condiciones?, ¿Se ha previsto la devolución inmediata de estos gastos?,

¿Se parará juntamente con el arancel?

3. En el punto 10, Examen médico, ¿Qué significa que los supervisores "se

encuentren en condiciones adecuadas..."?

4. En el punto 11, Póliza de seguros. ¿La póliza de seguros de accidentes y salud,

se adquirirá por un periodo de 4 meses?

5. En relación a las condiciones de pago contenidas en el contrato del 2010 , las

mismas, no son compatibles con los principios que rigen en una empresa (con

fines de prestar un servicio por conseguir una ganancia) puesto que a la fecha

después de transcurridos 10 meses de la firma del contrato, nos acaban de pagar

el 30% completando el 80% de lo pactado, quedando aún pendiente de pago el

20%. ¿Cuáles serán las condiciones de pago en este año?, ¿Han considerado

que una empresa no puede funcionar a pérdida, con altos costos financieros y

administrativos?

Les rogaría que nos contesten nuestras dudas y tomen en cuenta nuestras

consultas y opiniones ya que estamos realizando esta labor de supervisión desde

el año 1996.

Respuesta:

El proceso de supervisión de campo debe concluir en el mes de diciembre del

presente año, no obstante, de acuerdo al numeral 8.4 de las bases del proceso

de selección, los contratos se realizarán por un periodo de cuatro meses,

cuyas renovaciones se realizarán previa evaluación del desempeño de los

terceros supervisores. El proceso completo de supervisión debe concluir a los

dos meses de haberse concluido con el proceso de supervisión de campo, en la

medida que los terceros supervisores cumplan a cabalidad con los términos de

referencia y el informe de supervisión este elaborado de acuerdo a las pautas

que la Dirección de Supervisión les haga llegar en su momento.

La empresa supervisora no pagara directamente al laboratorio, éste último

deberá girar su factura a nombre de la empresa minera y este a su vez deberá

remitir al OEFA para dar la conformidad y el trámite respectivo ante dicha

empresa.

Estar en condiciones adecuadas significa aprobar los exámenes médicos que

las empresas mineras someten a su personal para laborar dentro de su

concesión minera.

La póliza deberá tener una vigencia mínima de 4 meses, la cual deberá ser

renovable por un periodo igual.

El tema de los pagos corresponde a los contratos que serán suscritos entre el

OEFA y las empresas supervisoras ganadoras del presente concurso.

Lima, 01 de Julio del 2011

DIRECCIÓN DE SUPERVISIÓN