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ACUERDO No.689/2015 I P.O.UNÁNIME
HONORABLE DIPUTACiÓN PERMANENTE.-P R E S E N T E.
La suscrita, en mi carácter de Diputada a la Sexagésima Cuarta Legislatura,
con fundamento en lo dispuesto por los artículos 57, 58 Y 68, fracción 1, de la
Constitución Política y 97 Y 98 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo, ambos
ordenamientos jurídicos del Estado de Chihuahua, acudo ante esta Honorable
Representación, a efecto de presentar Iniciativa de Acuerdo mediante la cual se
exhorte, de manera respetuosa y comedida, al Ayuntamiento del Municipio de
Delicias, Chih., analice la posibilidad de conceder estímulos fiscales para el
pago del impuesto Predial, para el ejercicio fiscal correspondiente al año 2016,
y subsecuentes, a cargo de Asociaciones Civiles domiciliadas en el citado
Municipio y que se distingan por su labor social a favor de los grupos
vulnerables de la región.
Lo anterior al tenor de la siguiente:
E X P O SIC I Ó N D E M O TI V O S:
El impuesto Predial encuentra su base gravable en el avalúo catastral que se
hace de la edificación o predio al que corresponde dicho impuesto. La finalidad de
recaudarlo, es contar con recursos municipales que apoyen al Ayuntamiento en la
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creación de planes de desarrollo y sirvan para atender la demanda de servicios
públicos de la comunidad.
Como todos sabemos, este gravamen representa la mayor fuente de recursos
propios del municipio y, por tanto, resultan imprescindibles para que la autoridad
municipal cumpla con los planes y proyectos que fueron plasmados en el Plan de
Desarrollo Municipal y algunas otras actividades que sobre la marcha requieren de la
atención del gobierno municipal.
No obstante la necesidad que tienen los municipios de allegarse de recursos
para cumplir con su encomienda, existen grupos de personas que requieren un trato
diferenciado, en cuanto al pago de sus obligaciones fiscales, pues su situación
económica no es del todo satisfactoria. Tales son los casos de los adultos mayores,
viudas, madres solteras, jefas de familia, entre otras.
A estos grupos de personas, prácticamente todos los municipios, en sus leyes
de ingresos de cada año, reflejan este trato diferenciado otorgándoles ciertos
beneficios, como ya dijimos, respecto del cumplimiento de sus obligaciones fiscales.
Ejemplo de ello es que algunos municipios otorgan un estímulo fiscal del 50% a los
adultos mayores de 60 años, sobre el monto a cubrir del impuesto predial,
únicamente sobre la casa que habitan y que no exceden cierto valor.
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Por otra parte, existen personas físicas y/o morales, constituidas y conocidas
como asociaciones civiles, que llevan a cabo una labor altruista, que mucho apoyan y
colaboran con la sociedad, buscando o generando recursos que distribuyen,
principalmente, a personas con dificultades económicas o que requieren de apoyos
en atención médica, medicamentos, alimentación e, incluso, medios para poderse
mover, como es el caso de sillas de ruedas o la dotación de alguna prótesis.
Ejemplos de este tipo de instituciones que se caracterizan por su actividad
desinteresada y de gran ayuda para los grupos vulnerables que acuden a recibir
asistencia en diversas necesidades que se les presentan, son: El Asilo de ancianos,
"San Vicente de Paúl", la Casa Hogar de niñas "G. Cusmano", ambos ubicados en el
Sector Sur de la ciudad de Delicias; el Albergue ubicado en el Sector Poniente, cuyo
fin es recibir pacientes enviados por el IMSS y el Hospital Regional, así como los
cinco dispensarios del mismo Sector.
Estas personas generosas están establecidas o son propietarias de inmuebles
que los ponen al servicio de dichos grupos vulnerables, sin recibir contraprestación
alguna por su noble labor. En ese sentido, resulta pertinente que el Ayuntamiento, a
manera de reconocimiento y consideración, examinara la posibilidad de establecer un
estímulo fiscal, respecto del impuesto predial, que tienen que cubrir estas
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asociaciones, lo cual al hacer una simple operación matemática del costo-beneficio, a
todas luces resulta, por demás conveniente, apoyarlas, pues no representaría un
decremento que afectara de forma importante al erario municipal.
Así las cosas, en razón de los argumentos vertidos, la suscrita reitera mi
solicitud a esta Honorable Asamblea, para que de manera respetuosa y comedida, se
exhorte al Ayuntamiento de Delicias, analice la posibilidad de establecer un estímulo
fiscal, respecto del pago del Impuesto Predial, a determinadas Asociaciones Civiles
que se dedican a atender a grupos sociales en situación de vulnerabilidad. Tal
beneficio deberá estar considerado en su Ley de Ingresos, para el ejercicio fiscal de
2016, así como establecerse anualmente.
Por lo anteriormente expuesto, me permito someter a la consideración de este
H. Congreso, el siguiente proyecto de:
A C U E RDO.
ÚNICO.- La Sexagésima Cuarta Legislatura del Honorable Congreso del Estado,
exhorta respetuosamente al Ayuntamiento del Municipio de Delicias, Chih.,
para que tenga a bien analizar la posibilidad de incluir en su Ley de Ingresos
para el próximo Ejercicio Fiscal correspondiente al año 2016, y en los años
subsecuentes, un estímulo fiscal equivalente al 100% del monto a cubrir por
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concepto del Impuesto Predial, a las Asociaciones Civiles que se distingan por
su labor social a favor de los grupos vulnerables existentes en el municipio de
Delicias.
ECONÓMICO.- Aprobado que sea, túrnese a la Secretaría a efecto de que elabore
la minuta de Acuerdo en los términos correspondientes.
Dado en el Salón de Sesiones del Poder Legislativo, a los 30 días del mes de
septiembre del año 2015.
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