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2. LA POLIZA. COBERTURAS DE TRANSPORTE DE MERCANCÍAS 1 www.marconsultperu.com / César Salerno / Perito Naval/ MARCONSULT Lloyd's agents Peru, Colombia, Bolivia

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2.LA POLIZA.

COBERTURAS DE TRANSPORTE DE MERCANCÍAS

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Referencias

Código de Comercio SBS INSTITUTE OF LONDON

UNDERWRITERS INTERNATIONAL CHAMBER OF

COMMERCE COGSA

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DEFINICIÓN

El Seguro de Transporte de Mercancías, es

UN CONTRATO DE INDEMNIZACIÓN...”

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ELEMENTOS ESENCIALES

INTERES ASEGURABLE RIESGO ASEGURABLE LA PRIMA LA OBLIGACION DE INDEMNIZACION

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INTERES ASEGURABLE CONTINGENTE

Persona física o jurídica con interés asegurable sobre un bien, en virtud de una operación mercantil, tal es el caso del acreedor.

En el seguro de automóviles,  es también la persona autorizada por el asegurado nombrado a conducir el vehículo.

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Preguntas sobre I. A.1. Interés Asegurable sobre un vehículo

cuyo vendedor lo robó.2. I.A. sobre un camión siniestrado

comprado por una cía y un particular, sin terminar de pagar.

3. Un acreedor sobre las propiedades de su deudor fallecido.

4. Un administrador de patrimonio insolvente sobre una propiedad

5. Un accionista sobre una propiedad de la corporación

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ELEMENTOS DEL CONTRATO DE SEGURO

ELEMENTOS FORMALES

La Póliza

La póliza es el documento que acredita la existencia legal del contrato de seguros y la cobertura del seguro. Se entiende por cobertura al conjunto de riesgos cubiertos por el asegurador

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LA POLIZA

El seguro de transportes es un contrato mediante el cual el asegurador se compromete a indemnizar al asegurado en la forma y medidas convenidas, que pudieran producirse en una aventura maritima.

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Partes de una póliza

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• Condiciones Generales

• Condiciones Particulares

• Condiciones Especiales

• Clausulas adheridaswww.marconsultperu.com / César Salerno / Perito Naval/

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Tipos de Póliza

• POLIZA POR VIAJE

• POLIZA FLOTANTE O ABIERTA

• POLIZAS GLOBALES

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POLIZA POR VIAJE

Asegura una viaje o aventura determinada

Se especifica antes de la aventura: tipo de carga, valor, embalaje.

Costo mas elevado Utilizada por comerciantes con poco

movimiento.

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POLIZA FLOTANTE Describe el seguro en términos generales Se deben declarar todos los embarques Obligación de aceptar todos los embarques. Rectificación de declaraciones erróneas u

omisiones, aún después del arribo. Facturación mediante certificados

individuales o declaraciones mensuales Costo se fija en función a la experiencia

previa y por el tipo de mercancía. Para comercio en grandes volumenes.

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POLIZAS GLOBALES

Cubre todos los transportes terrestres que un asegurado efectúa con sus propios camiones durante un periodo determinado.

Su usa para mercancías homogéneas

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póliza in quo vis (in quo vis policy)

Aquella en que no se designa el buque encargado de transportar las mercancías aseguradas.

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Modalidades de Pólizas

Pólizas Valuadas: Las partes el valor asegurado y será obligatorio para ambas partes.

Pólizas No valuadas : Las partes no han fijado de mutuo acuerdo el valor asegurado de las mercancías.

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DEFINICIONES1.- Riesgo:

Probabilidad de pérdida o daño material… sucesodesfavorable, fortuito y accidental/ … medida matemática de laincertidumbre, a los efectos de la ocurrencia de un peligro o riesgo…

A partir de ello entonces:- Peligros y riesgos marítimos, del mar/ de los mares…

deltransporte o viaje propiamente…

- Peligros y riesgos específicos para cierto tipo demercancías…

2.- Siniestro:

Avería/ pérdida, ocurrencia efectiva del daño material…

(… del término ´Avería Gruesa, General o Común´)16

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… DEFINICIONES

3.- Prima:

El costo del seguro…/Prima neta – prima ´valor de venta´ – prima total o de

factura(con el correspondiente IGV)

4.- Indemnización:

Es el pago (´reparación económica´) de la pérdida…

5.- Reaseguro:

Es una mecánica de ´dispersión´ de riesgos, a cargoestrictamente de las Aseguradoras; podemos entenderlo,

comouna suerte de respaldo financiero para las Cías.

Aseguradoras.17

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COSEGURO El valor asegurado se fracciona entre dos o mas aseguradores.

SOBRESEGURO

El exceso de cobertura por una cantidad mayor al valor de las mercancías.

INFRASEGURO

El objeto se asegura por una cantidad inferior al valor consignado en la póliza.

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Cargas del Asegurado.- Declaración de otros seguros.- Mantener el estado del riesgo.- Evitar o disminuir las pérdidas.- Declaración y denuncia del

siniestro.- Prueba del siniestro y sus

pérdidas.- (*) Información y cooperación.- Deber de salvamento y

recuperación.- Cumplir garantías.

(*) Cuando corresponda

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INCOTERMS

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Ejemplos

FCA Kuala Lumpur Incoterms, 2000

FAS Callao 1/15 Abril Incoterms 2000

FOB Liverpool Incoterms 2000

DDP Frankfurt Schmidt GmbH Warehouse 4 Incoterms 2000

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CLASIFICACION DE LOS INCOTERMS 2000

Entrega en fábrica o depósito del vendedor. Contratación en fábrica (SALIDA)

CategoríaE (1)

EXW Ex Works

Entrega en origen con medio de transporte contratado por elcomprador. Contrataciones de salida (embarque)

(TRANSPORTEPRINCIPAL NO PAGADO)

CategoríaF (3)

FCA Free CarrierFAS Free alongside shipFOB Free on board

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CLASIFICACION DE LOS INCOTERMS 2000

Entrega en origen con medio de transporte contratado por el vendedor. Contrataciones de salida (embarque) -(TRANSPORTE PRINCIPAL PAGADO)

CategoríaC (4)

CFR Cost and Freight

CIF Cost, insurance and

CPT Carriage paid to

CIP Carriage and insurance paid to

Costo, transporte y seguropagados hasta lugar de destinoconvenido

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CLASIFICACION DE LOS INCOTERMS 2000

Entrega en frontera o destino. El vendedor asume gastos de

transporte y seguro. Contrataciones de llegada (LLEGADA)

Categoría D (5)

DAF Delivered at frontier...named place

DES Delivered ex ship...named port of destination

DEQ Delivered ex quay...named port of destination

DDU Delivered duty unpaid…named place of destination

DDP Delivered duty paid...named place

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28Definiciones

Pólizas de Transporte marítimo

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Marine Insurance Act 1906

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INTERES ASEGURABLE

MIA Sección 5: Sujeto a las provisiones de esta Acta, toda

persona tiene un interés asegurable si tiene interés en la aventura marítima.

En particular, una persona tiene interés en la aventura marítima cuando tiene una relación legal u honesta a la aventura o a cualquier propiedad asegurada al riesgo involucrado, a consecuencia del cual, él pueda beneficiarse por la seguridad o arribo seguro del bien, o pueda ser perjudicado por su pérdida, o daño, o demora, o responsabilidad legal.

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Transferencia de Interés

MIA SECCION 6:-   El asegurado debe estar interesado en

la materia asegurada al momento de la pérdida, aún cuando no necesita estar interesado en el seguro al momento de la toma de la póliza.

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Gastos de conservación (Sue and labour)

CLAUSULA ICC 16:-   Es deber del asegurado y sus sirvientes y agentes con

respecto a una pérdida recuperable lo siguiente:   Tomar tales medidas como razonablemente se pueda con

el propósito de detener o minimizar esa pérdida, y Asegurar que todos los derechos contra los transportistas,

depositarios y otras terceras partes están apropiadamente preservados y ejercitados y los aseguradores, en adición a cualquier pérdida recuperable asegurada, reembolsar al asegurado por cualquier cargo en el que se haya incurrido apropiada y razonablemente en el desarrollo de esos deberes.

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Buena Fé

MIA SECCION 17:-   Un contrato de seguro marítimo,

es un contrato basado en una buena fe extrema, y si esta buena fe, no fuera observada por una de las partes, el contrato puede ser desconocido por la otra parte.

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O.M.I.:Convenios Internacionales:

SOLASMARPOLLINEAS DE CARGACOLREGINMARSATTITULACIONetc.

CERTIFICACIONES

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Información al Asegurador MIA SECCION 18:-

Sujeto a lo dispuesto en esta sección, el asegurado debe mostrar al asegurador, antes de que concluya el contrato, toda circunstancia material que sea conocida por el asegurado, y el asegurado está obligado a conocer toda circunstancia que, en el curso ordinario del negocio, deba ser conocida por él. Si el asegurado no cumpliera lo anterior, el asegurador puede invalidar el contrato.

Toda circunstancia es material que podría influenciar el juicio de un asegurador prudente al fijar la prima, o determinar si va a tomar el riesgo o no.

 

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Garantías

MIA Sección 33:-   “Una garantía, significa una garantía promisoria, es decir, una

garantía mediante la cual el Asegurado emprende que alguna cosa en particular debe o no debe hacerse o que alguna condición debe ser cumplida o mediante la cual afirma o niega la existencia de un hecho particular”

Una garantía puede ser expresa o implícita. Una garantía, como se define arriba, es una condición que

exactamente debe ser cumplida, ya sea material para el riesgo o no, y si no fuera cumplida con (sujeto a cualquier disposición expresa en la póliza) el asegurador se descarga de responsabilidad a partir de la fecha de violación de la garantía pero sin perjuicio de cualquier responsabilidad incurrida por él antes de esa fecha.

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Ejemplos de Garantías

• “Garantizar que se usarán sólo nuevos sacos de yute”

• “Garantizar contenido de humedad que no exceda …..%

• “Garantizar que la carga y descarga sea supervisada por ….”

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Garantía de Limitación por edad

Cargueros para carga general o combinados de más de 10 años de edad, u otros buques mayores de 15 años de edad, a menos que ellos:a. Hayan sido utilizados como liners y no excedan los 25 años.b. Buques de contenedores, autos, utilizados en tráfico regular y que no excedan los 30 años.

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Garantías Implícitas (39, 40, 41)

Que el buque sea seguro para la navegación al comenzar el viaje.

Que el buque esté razonablemente preparado para transportar los bienes a su destino.

Que la aventura asegurada sea legal.

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Clasificación de navesSEAWORTHINESS

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CLAUSULA DE CLASIFICACION

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CLASIFICADORAS DE NAVES

ABS [email protected] http://www.eagle.org

BV [email protected] http://www.veristar.com

CCS [email protected] http://www.ccs.org.cnDNV [email protected] http://www.dnv.com

GL [email protected] http://www.gl-group.com

KR [email protected] http://www.krs.co.krLR [email protected] http://www.lr.orgNK [email protected] http://www.classnk.or.jpRINA [email protected] http://www.rina.orgRS [email protected] http://www.rs-head.spb.r

u/

AssociatesIRS [email protected] http://www.irclass.org

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CLAUSULA DE CLASIFICACION DEL INSTITUTO1/8/97 CL.354

THE MARINE TRANSIT RATES AGREED FOR THIS INSURANCE APPLY ONLY TO CARGOES AND/OR INTERESTS CARRED BY MECHANICALLY SELF-PROPELLED VESSELS OF STEEL CONSTRUCTION, CLASSED AS BELOW BY ONE OF THE FOLLOWING CLASSIFICATION SOCIETIES:

Lloyd’s Register................................... 100A1 or B.S.American Bureau of Shipping.............. A1Bureau Veritas..................................... 1 3/3EChina Classification Society................. CSAGermanischer Lloyd............................. 100 A5Korean Register of Shipping................ KRS 1Maritime Register of Shipping............. KMNippon Kaiji Kyokai............................ NS*Norske Veritas..................................... 1A1Registro Italiano.................................. 100a1.1.Nov.L

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Capacidad para enfrentar los peligros del mar

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No es prueba de seaworthiness

La clasificación del buque:

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Navegabilidad (Seaworthiness)

MIA Sección 39(1) “En una póliza de viaje, hay garantía implícita de que

al comienzo del viaje, el buque debe estar en condiciones de navegabilidad para el propósito de una aventura particular asegurada.

MIA Sección 40(2) “En una póliza de viaje sobre bienes u otros movibles

existe una garantía implícita que al inicio del viaje el barco no esté sólo en condiciones de navegar como barco, sino que también esté razonablemente adecuado para llevar los bienes al destino contemplado por la póliza”.

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SI UN BUQUE SE PIERDE POR UN PELIGRO

DEL MAR, COMO SABER SI ERA SEAWORTHY?

Un contrato de fletamento del año 1532, cubriendo un viaje del Anne of Hull a la Isla de Man, estipulaba que el buque debía tener a bordo un perro, y un gato.

…she will carry “a doge and a cat with all other necessaryes.”

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Debida diligencia / Reglas de La Haya – Visby

Este término se define como el esfuerzo genuino, competente y razonable del transportista para llevar a cabo las obligaciones de tener el buque marinero, adecuadamente tripulado, equipado, y dirigido en todo aspecto.

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RELACIONES CON LOS SEGUROS

Entre el dueño de la carga y el transportista

Entre Armador y Charteador Entre compañía aseguradora y dueño

de buque Entre compañía aseguradora y dueños

de la carga

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CARGA DE LA PRUEBA

Recae en quien reclama que el buque es unseaworthy.

El buque tendrá que demostrar que actuó con la debida diligencia.

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UNSEAWORTHINESS EJEMPLOS

1) El casco2) Escotillas y ventilación 3) Generadores y sala de maquinas del buque4) Bombas, tuberias5) Equipo de Navegación6) Radar 7) Competencia de la tripulación8) Estiba

a) Pobre estiba e inestabilidad del buqueb) Pobre estiba y daño directo a la carga

9) Lastre impropio, limpieza de bodegas, refrigeración y calefacción.

10) Alije11) Containers 12) Buque sujeto a arresto

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CASCO

FEDERACION ITALIANA v. MANDANSK Co.

La corte sostuvo que era deber del Capitán y su Armador investigar las causas de unas rajaduras en sus mamparos, y que no era suficiente confiarse en las recomendaciones de la Sociedad Clasificadora respecto a las reparaciones.

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M/V IOANNIS NK

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M/V IOANNIS NK

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Escotillas y ventilación

Kruger Inc v. Baltic Shipping Co. :

Las brazolas defectuosas de un ventilador carecían de soportes que se perdieron durante un mal tiempo esperado en una travesía por el Atlántico Norte, originando el ingreso de agua al buque que resultó en el hundimiento y pérdida de vidas.

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POBRE ESTIBA Y ESTABILIDAD

M/V TORM ALEXANDRA

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Maquina principal y generadores

Falta de análisis de los lubricantes de la maquina principal del buque por parte de los Armadores, y falla en retirar los residuos de los tanques.

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Tuberías y líneas del buque

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Tripulación

No basta que la tripulación tenga sus licencias y certificaciones.

Se necesita experiencia y entrenamiento.

Caso “Eurasian Dream”

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CLAUSULA ICC 5(2):-

Los aseguradores declinan castigo sobre rotura de las garantías implícitas de navegabilidad del buque que transporta el objeto asegurado a su destino, a menos que el asegurado o sus sirvientes hayan tenido conocimiento de dicha condición de no navegabilidad.

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COBERTURAS

SEGUROS DE TRANSPORTE

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Cláusulas de la Cámara (ICC) de

Comercio Internacional para

Cargamentos

1/ 1/ 2009

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Una póliza de seguro de carga cubre solamente cuatro cosas en general:

La pérdida o daño (p.e. pérdida física o daño) para la carga asegurada que ha sido causada por un peligro asegurado;

Los gastos de reparar la pérdida física o los daño para la carga asegurada;

Los gastos de evitar o minimizar la pérdida o los daños para la carga misma (ver el deber del asegurado);

La proporción de la avería general o el salvamento pagadero con respecto a la carga asegurada (no cubierto en este manual).

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LAS EXCLUSIONES EN EL SEGURO DE

MERCANCÍAS

Lo que la póliza no cubre…

“En ningún caso este seguro cubrirá...”

(Daños y pérdidas causadas por… o resultantes de…)

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RIESGOS EXCLUIDOS

Dolo Vicio Propio Mal o insuficiente embalaje Innavegabilidad del buque Guerra, conmoción civil Los causados por captura, embargo Los causados por armas de guerra

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.- Falta Voluntaria o dolosa del Asegurado

.- Los derrames usuales, la pérdida de peso o volumen naturales

.- La insuficiencia o lo inadecuado del embalaje… mala preparación

de la carga

.- El vicio propio o la naturaleza intrínseca de los productos.

.- Demora o retraso, aun cuando fueren causados por un riesgo

asegurado

.- Insolvencia o incumplimiento financiero penable de los

operadores del buque, embarcación o medio de transporte

.- Falta de condiciones de navegabilidad del buque, embarcación o

medio de transporte

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Exclusiones

Pérdida por goteo o pérdida corriente en peso volumen o uso y desgaste.

Ocurre cuando el líquido se pierde a través del envase, barriles por ejemplo.

Esto es inevitable Pero y si la pérdida por goteo ocurre por causa

de un accidente?? Entonces, el asegurado deberá preocuparse

de que se ponga en la póliza un límite, toda pérdida en exceso de ésta cantidad, estará cubierta.

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Pérdida en peso o volumen

Ocurre frecuentemente en mercaderías de una naturaleza vegetal. Como granos, cocoa.

Se compara con una mercadería normal.

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Insuficiencia de embalaje

El contenedor ¿Es un embalaje? … Se considera así, sólo si el llenado del

contenedor ha sido efectuado totalmente por el asegurado o sus servidores, o antes del inicio del seguro.

Los aseguradores no están dispuestos a pagar daños a la mercadería causados por la mala estiba de personal mal entrenado.

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Daños por demora

Aunque la demora sea causada por un riesgo asegurado, está excluida.

Supongamos que una mercadería fácil de malograrse se demore en un buque atrapado en unas rocas en un clima cálido, si por causa de la demora la mercancía se pudrió, la pérdida no sería recuperable aunque la demora haya sido causada por un riesgo de mar que estaba cubierto.

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Daños o insolvencia de los armadores

Es necesario especificar su exclusión, ya que la póliza es “Todo Riesgo”.

Los propietarios insolventes no pueden por ejemplo pagar:

Sueldos de la tripulación. La tripulación abandona el barco y deja la carga la cual es vandalizada.

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EXCLUSIONES DEL SEGURO DE TRANSPORTE DE MERCANCÍAS  

Continuación..

.- Daño deliberado o destrucción deliberada

.- Uso de armas de guerra, que emplean fisión atómica o nuclear

.- Guerra, guerra civil, revolución, rebelión, insurrección, captura, arresto, embargo y secuestro; minas, torpedos y bombas...

.- Actos de Huelguistas y de Obreros bajo paro forzoso

.- Actos de Terroristas y de personas actuando con fines políticos.

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Daños o costos que No están cubiertos por una póliza de carga

Pérdida o daño para alguna otra cosa que NO sea la carga asegurada (por ejemplo la carga de otra persona que se ha contaminado por la fuga de la carga asegurada);

Pérdidas consecuentes (por ejemplo los gastos de limpiar la contaminación del muelle, aunque la carga asegurada fuera la que causó la contaminación);

Pérdidas económicas puras, como la pérdida del mercado porque la carga es repartida tarde o pérdida en el valor causado por el miedo de una pérdida que no está en realidad ahí;

Cargos mayores normales, por ejemplo, el tipo de cargos que el asegurado habría pagado incluso si la carga no habría estado dañada pero que son más altos en razón del daño (por ejemplo los gastos de descarga que aumentan por razón del daño).

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INSTITUTE CARGO CLAUSES – 2009 vs. COGSA

“A” / All Risk

“B” / W.A.

“C” / F.P.A.

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CLAUSULAS ILU :

ICC (A)

ICC (AIR)

= “ALL RISK” BASIS

ICC (B)

ICC (C)

= “NAMED PERILS” BASIS

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I.C.C. “A”

oCUBRE “TODO RIESGO” DE DAÑO, EXCEPTO LO EXPRESAMENTE EXCLUÍDO.

-EL EVENTO DEBE SER FORTUITO O ACCIDENTAL

-CARGA DE LA PRUEBA EN EL ASEGURADOR

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AVERIA GENERAL, COMUN O GRUESA

La “avería general”, “avería común” o “avería gruesa” consiste en la realización de un sacrificio o un gasto extraordinario por parte del Capitán de un buque, con el fin de evitar un peligro actual o inminente que afecta a toda la expedición marítima (buque, carga y flete);

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AMBOS CULPABLES DE COLISION

Los propietarios de las cargas participan proporcionalmente en las pérdidas del buque.

Esta cláusula cubre al asegurado por estos gastos.

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Ambos culpables de colisión

Si dos barcos (A) y (B) colisionan y ambos son culpables, el propietario de la carga en el barco (A) puede reclamar contra la otra embarcación de la colisión.

Si se hiciera así, aquel dueño del barco (B) tendrá que pagar el total del daño, pero el puede reclamar la mitad de eso de la embarcación transportadora (A).

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…Ambos culpables de colisión

Pero normalmente, el armador del Barco (A) pondrá insertar una cláusula en su conocimiento de embarque, diciendo que él no será culpable de pérdidas debidas a navegación deficiente.

Consecuentemente, el armador (A)podrá pedir el reembolso al dueño de la carga siniestrada.

Los aseguradores podrán pelear en nombre del asegurado.

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OTRAS CLAUSULAS

Cláusula de reemplazo Duración / Tránsito Cambio de viaje Gastos de re-expedición Clausula de incremento de valor Aminoración de pérdidas Diligencia Razonable

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Lutine Bell

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I.C.C. “B”

o Son de riesgos enumerados.o La carga de la prueba recae sobre el

asegurado

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I.C.C. “B” COBERTURA

o Incendio o explosión.o Encalladura, varadura, hundimiento,

zozobrao Colisióno Terremotoo Avería generalo Echazón o barrido de olaso Entrada de agua de mar.o Pérdida total de cualquier bulto

mientras se carga o descarga

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I.C.C. “B” COBERTURA …

o Hurtoo Avería Generalo Gastos de salvamentoo Ambos culpables de colisión

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RIESGOS EXCLUIDOS (B)

Dolo Vicio Propio Mal o insuficiente embalaje Innavegabilidad del buque Guerra, conmoción civil, huelga Los causados por captura, embargo Los causados por armas de guerra

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I.C.C. “C”

RIESGOS NOMBRADOS RESTRINGIDOS•Incendio o explosión. •Varadura, encalladura, naufragio o zozobra del buque o la embarcación. •Volcadura o descarrilamiento del medio de transporte terrestre. •Colisión o contacto del buque, embarcación o medio de transporte con cualquier objeto externo diferente al agua. •Descargue de los bienes asegurados en puerto de arribo forzoso.

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I.C.C. “C”

RIESGOS NOMBRADOS RESTRINGIDOSPérdida o daño de los bienes asegurados por:

Echazón.

Caída de aviones o parte de ellos

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“C” …Riesgos cubiertos

Avería general, común o gruesa

Ambas naves culpables de colisión

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Cláusula Cláusula Cláusula Cláusula CláusulaA B C de de

Guerra Huelga1. Incendio o explosión x x x2. Varadura, hundimiento, zozobra x x x3. Vuelco, descarrillamiento de un vehículo x x x4. Colisión del buque x x x5. Descarga en un puerto de abrigo x x x6. Sismo, erupción volcánica, rayo x x7. Sacrificio por avería gruesa x x x8. a) Lanzamiento por la borda x x x b) Arrastre por las olas x x9. Entrada de agua de mar, de lago o de río x x10.Pérdida total del embarque durante la manipulación x x11.Medidas protectoras x x x12.Robo, saqueo, falta de entrega x13.Daños debidos a la condensación o al calor x14.Contaminación por otras mercancías x15.Escapes x16.Rotura y otras averías particulares x Exclusiones 1. Negligencia del asegurado

2. Desgaste normal, envejecimiento3. Embalaje insuficiente o inadecuado4. Indole o defectos intrínsecos de las mercancías aseguradas5. Retrasos y demoras6. Insolvencia del armador7. Utilización de armas atómicas8. Actos ilícitos x9. Guerra x10.Huelgas x

COBERTURA DE SEGURO MARITIMO

TIPO DE SINIESTROCOBERTURA

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Coberturas adicionales

Algunos de los riesgos que se encuentran excluidos pueden ser incluidos dentro de la póliza mediante una cláusula o anexo correspondiente y sujeto al pago de prima adicional a que haya lugar.

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Garantías en las Cartas de Crédito

Por lo general se requiere que el seguro sea Todo Riesgo. Se puede hacer una referencia a las Cláusulas “A”.

El envío debe ser hecho bajo cubierta Los barcos transoceánicos no deben sobrepasar una cierta

edad. Puede haber una referencia a la Cláusula de Clasificación del Instituto (ver más adelante la sub-sección)

Los aseguradores deberán ser de Lloyd’s o “compañías de seguros de primera clase”

Una póliza o certificado debe ser ofrecida como prueba de seguro.

El valor asegurado no puede ser menor al 3% sobre el valor del mercado.

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Cláusulas Adicionales del Instituto de Aseguradores de Londres

.- Cláusulas del Instituto para Guerra (aplicables a Cargamentos)

.- Cláusulas del Instituto para Huelgas, inc. Terrorismo (aplicables a Cargamentos)

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El tránsito asegurado se terminará ya sea:

A la entrega a los Consignatarios u otro depósito final o lugar de almacén en el destino nombrado aquí,

A la entrega en cualquier otro depósito o lugar de almacén, ya sea antes de o en el destino nombrado aquí, que el asegurado elige usar ya sea

Para el almacenamiento diferente al curso del tránsito o Para la asignación o para distribución, o Sobre la expiración de 60 días después de la terminación

de descarga de la nave de los artículos asegurados en el puerto final de descarga

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¿Qué es una póliza Stock Throughput?Definición:

Es una póliza marina que asegura inventario de alto valor y el flujo de los bienes desde la fuente de producción al consumidor.

Se desarrolló a partir de una póliza de producto final del fabricante, cuando éstos comenzaron a tercerizar su producción a otros paises.

Componentes: Ocean Cargo Insurance Inland Transit Property/Storage

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Cláusula de Pérdida Total Constructiva

(Cláusula en los Clausulados A, B y C)

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Cláusulas del Instituto para Guerra

Guerra, guerra civil, revolución, rebelión, insurrección, o contienda civil.

Captura, decomiso, embargo previo, detención que resulten de los riesgos del punto anterior.

Minas, torpedos, bombas y otras armas abandonadas.

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Cláusula de cancelación

La cobertura puede ser cancelada por la compañía o el asegurado , y cuando se dé un aviso de 7 días de anticipación.

Dicha cancelación será efectiva al vencimiento de los siete días.

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Cláusulas del Instituto para Huelgas, inc. Terrorismo (aplicables a Cargamentos)

Huelguistas, trabajadores afectados por cierre patronal, o personas que tomen parte en disturbios laborales, motines o tumultos populares.

Cualquier terrorista, o por cualquier persona que actúe por motivos políticos.

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Libre de avería particular,libre de avería simple

Cláusula relativa a la capacidad de recuperar parcial o totalmente las pérdidas debidas a los riesgos marítimos. Los aseguradores estadounidenses no se responsabilizan por pérdidas parciales a menos que se deban a hundimiento, varada, incendio o colisión con otro buque. Los aseguradores británicos se responsabilizan por pérdidas parciales si el barco se hunde, vara, quema o choca incluso si estos acontecimientos no causaron los daños que sufrieron los bienes.

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Libre de Avería Particular

Cubre únicamente el riesgo de:

Perdida total de la carga por incendio, explosión, colisión.

Gastos incurridos en una arribada forzosa (entrada técnica del medio de transporte en un punto no previsto en su itinerario)

Gastos o participación en una avería gruesa (sacrificio

intencional de parte de la carga o del medio de transporte ante circunstancia de peligro, para salvar el resto

En caso de Ventas CIF, sin especificación en contrario y según Incoterms el vendedor debe contratar esta cláusulawww.marconsultperu.com / César Salerno / Perito Naval/

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TRANSPORTE TERRESTRECOBERTURA

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COBERTURA

1. Descarrilamiento2. Volcadura3. Desbarrancamiento4. Deslizamiento de terraplenes5. Derrumbe de puentes o tuneles6. Choque7. Incendio y/o explosión del motor.

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COBERTURA

Puede incluir transporte adicional por vía fluvial y/o lacustre.

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EXCLUSIONES

Guerra Conmoción civil, huelgas Sabotaje Terremoto Emisiones radioactivas Explosión nuclear

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EXCLUSIONES

Contrabando Mal embalaje Robo, hurto, baratería. Vicio propio Extravío de fardos Retardo de expedición. Negligencia

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Obligaciones del Remitente con el transportista

Informar al transportador lo siguiente: Nombre y dirección del destinatario Lugar de entrega Naturaleza, peso, número, volumen y

valor de la cosa Documentos de sanidad

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Reclamos por daños

En los casos en que se presente pérdida parcial, saqueos o averías notorias a simple vista, la protesta por el destinatario deberá efectuarse por escrito sobre el cumplido o la remesa terrestre de carga ó carta de porte, en el acto de entrega y recibo de la cosa transportada.

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Entrega El transportador inicia su responsabilidad sobre la cosa

transportada, desde el momento en que ella quede a su disposición. Esta responsabilidad sólo terminará. cuando la cosa sea entregada y recibida por el destinatario en el lugar convenido a total satisfacción. También cesará su responsabilidad cuando hayan transcurrido (5) cinco días contados a partir de la fecha fijada para su entrega, sin que el interesado se ha presentado a recibirla.

El transportador podrá ejercer el derecho de retención de la mercancía transportada, hasta que el destinario le haya pagado el flete y los gastos razonables que haya tenido que efectuar.

En caso en que por cualquier circunstancia, hayan pasado tres (3) días y no se hubiere podido efectuar la entrega y recibo de las mercancías transportadas. El transportador podrá solicitar el depósito y la venta en martillo de las mercancías en la cantidad que considere suficiente para cubrir su crédito.

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EXONERACION DE RESPONSABILIDAD DEL TRANSPORTADOR

a. ) Que los daños se originen por la ausencia de información del remitente sobre la naturaleza de la mercancía.

b. ) Que pueda demostrar que el vehículo utilizado para el transporte, cumplía todos los requisitos para efectuar el viaje y acorde con el tipo de carga a transportar.

c. ) Que los daños y pérdidas de la mercancía se originaron por fuerza mayor

d. ) En caso de Hurto, demuestre que tomó todas las medidas de prevención para evitarlo.

e. ) Que el destinatario, no se presento a recibir la mercancía después de cinco (5) días de la fecha en que se dio el aviso para la entrega y demuestre que procedió de acuerdo a lo señalado en la norma.

f. ) Que el destinatario recibió la mercancía, sin ninguna observación en el momento de la entrega.

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Responsabilidad del Transportista Cuando se trate de mercancía destinada a la venta. El

transportador pagará el precio de costo de las mercancía en el lugar de entrega, más el 25% de lucro cesante.

En los demás casos el transportador pagará la indemnización que fijen los peritos.

En caso de que el remitente haya declarado el valor de la mercancía al transportador en el momento de su entrega, el transportador pagará el valor declarado, más el lucro cesante mencionado.

En caso de que el remitente no haya declarado el valor de la mercancía en el momento de su entrega al transportador, o éste haya declarado un mayor valor, el transportador sólo estará obligado a pagar el 80% del valor de la mercancía en el lugar de destino, pero en estos casos el destinario no podrá reclamar ningun valor por lucro cesante

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TRANSPORTE DE CARGA AEREA

LA CONVENCION DE VARSOVIA: Fija normas en relación con la responsabilidad del transportador por aire y la limitación de la misma.

El transportador aéreo es responsable por los daños y pérdidas, así como de los daños por demora que sufra cualquier mercancía durante su transporte por aire.

Carga de la prueba en el transportista

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Periodo de Responsabilidad

Se inicia en el momento que éste recibe la mercancía en el aeropuerto de origen de manos del despachador o proveedor , por cuyo concepto debe expedir un recibo y continua durante el bodegaje en el aeropuerto de origen , aborda la aeronave, efectúa el trayecto, descarga en el aeropuerto de destino y entrega a la aduana del país de destino a disposición del consignatario.

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Reclamos

Para hacer efectiva la responsabilidad del transportador, el consignatario o su representante legal, debe presentar una reclamación escrita dentro de los (14) catorce días siguientes a la fecha de llegada de las mercancías. Sí la reclamación es por demora, la reclamación puede presentarse dentro de los (21) veintiún días siguientes a la fecha en que debió llegar la mercancía. www.marconsultperu.com / César Salerno / Perito Naval/

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Documentación

La Convención establece que una vez el transportador recibe la mercancía, debe expedir el documento denominado “Guía Aérea”, documento que debe ser preparado en tres copias

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Inspección de daños

Debe efectuarse un reconocimiento de las mercancías a la cuál debe asistir el transportador o su representante y elaborar un acta de evaluación de tales daños, la cual debe ser firmada por el consignatario y el transportador y/o sus representantes.

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Defensas del Transportador en presencia de daños a la carga.

Que los daños o pérdidas hayan sido causados por vicio propio o de naturaleza o de calidad de las mercancías.

Que el consignatario no entregó al transportador , la información sobre los cuidados requeridos en el manejo de la carga.

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Límite de responsabilidad

El límite de responsabilidad del transportador aéreo, según el último acuerdo quedó establecido en U. S. 20 dólares por kilo registrado, siempre que el consignante no haya declarado el valor de las mercancías y este haya sido incluido en la Guía Aérea.

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CONCLUSION.- Decisiones - Asegurar o no asegurar (no

obligación) - Que riesgos cubrir (cláusulas) - Moneda asegurar (nacional o

divisa) - Que importe (FOB – CFR ….) - Mediante que póliza (flotante –

individual) - Que asegurador (Compañía

nacional o del exterior) - Cláusulas adicionales (P.ej.

guerra y huelga) - Prima y premio (Costo del

seguro)

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MUCHAS GRACIAS

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